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DIAN - Resolución 600402 de 23-07-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600402 de 23-07-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 (23 JUL. 2025)

Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002342 de 15 de abril de 2025, la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificad a con cédula de ciudadanía 45 .555.683, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1, con NIT 800.053.508-9, mandataria de la Sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS con NIT 800 .224.148-5, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como

“SISTEMA DE RIEGO POR GOTEO PARA AROMATICAS”

La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud SIE –SARP en cuatro (4) páginas, mandato aduanero en una (1) página, comprobante de pago en una (1) página, descripción del proceso en dieciocho (18) páginas, planos en (2) páginas, lista de equipos en una hoja excel.

La solicitante pagó un millón trescientos noventa y cinco mil pesos M/cte ($ 1.395.000,00)

páginas, lista de equipos en una hoja excel.

La solicitante pagó un millón trescientos noventa y cinco mil pesos M/cte ($ 1.395.000,00) según Consignación número 10864624 de 14 de abril de 2025 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000327 del 02 de mayo de 2025 este Despacho solicitó al usuario: cómo y con qué máquina, equipo, aparato o elemento realiza la captación de agua, cómo y con qué máquina, equipo, aparato o elemento realiza el transporte de agua hasta el centro de cabecera , cuáles máquinas, equipos, aparatos componen el centro de cabecera y que función cumple cada uno en él, cómo y con qué máquina, equipo, aparato o elemento realiza la inclusión de fertilizantes o similares y d ónde se encuentran ubicados dentro del sistema, cómo y con qué máquina, equipo, aparato o elemento se transporta los líquidos desde el centro de cabecera a la parcela de riego o cultivo, cómo y con qué máquina, equipo, aparato o elemento se expulsa, aplica o se descarga el líquido en el cultivo, anexar un diagrama, plano o foto que identifique cada una de las partes del sistema de riego (como quedaría instalado) y su ubicación en éste, cantidad de área de la parcela de riego o cultivo que asperja el sistema cuando está en funcionamiento pleno , valor exacto por etapa (captación, transporte a la cabecera, transporte hasta el cultivo, aspersión) de la presión que requiere el sistema para cumplir con cada una de estas etapas y cómo garantiza el sistema (con qué máquina, equipo, aparato o elemento) la presión requerida en cada etapa, indicar la ubicación y lugar

transporte hasta el cultivo, aspersión) de la presión que requiere el sistema para cumplir con cada una de estas etapas y cómo garantiza el sistema (con qué máquina, equipo, aparato o elemento) la presión requerida en cada etapa, indicar la ubicación y lugar geográfico del territorio nacional en el cual será instalado el sistema y área, describir en forma resumida y en orden secuencial el proceso que realiza el sistema de riego desde la toma de agua del re servorio hasta su uso final, incluyendo la explicación de redes deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 de 23 JUL. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada superficie, allegar fichas técnicas en español de las m áquinas que componen el sistema, allegar listado de máquinas, equipos, aparatos o elementos y cantidad exacta a importar para este sistema de riego. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000371 del 12 de junio de 2025, en 21 folios, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.

Con oficios Nos. 100165398–1136 y 100165398–1137 del 02 de mayo de 2025, dirigidos a los jefes de División de Fiscalización y Liquidación Aduanera, División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria, División Jurídica de varias Direcciones Seccionales y a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, se solicitó a estas dependencias indicar la existencia de procesos investigativos para los bienes objeto de este estudio; cuyo resultado fue negativo.

las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, se solicitó a estas dependencias indicar la existencia de procesos investigativos para los bienes objeto de este estudio; cuyo resultado fue negativo.

Por medio del formato se indicó que se notifique a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a la s direcciones electrónicas manifestada por la interesada: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85, en Cartagena - Bolívar

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.24RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 de 23 JUL. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 y 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones, - artículos 3 05 al 31 1 y 316 mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002342 de 15 de abril de 2025, y E2025000100165398000371 del 12 de junio de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como: aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, que funciona mediante el siguiente proceso:

La captación del agua desde el reservorio se hace mediante un equipo de bombeo Diesel; compuesto por un motor de combustión interna, acoplado a una bomba centrifuga, que le proporciona al agua una altura o carga dinámica Total (CDT) como consecuencia de la transformación de la energía mecánica generada por el motor, en energía hidráulica; mediante el uso de la fuerza centrífuga. Este proceso, permite abastecer el sistema de riego, con un caudal de agua a la presión requerida. El agua es tomada desde la fuente, mediante su puerto de succión y posteriormente a través del puerto de descarga, luego es

riego, con un caudal de agua a la presión requerida. El agua es tomada desde la fuente, mediante su puerto de succión y posteriormente a través del puerto de descarga, luego es impulsada tuberías de polietileno hasta los demás elementos del centro de cabecera que permiten realizar el tratamiento primario de ésta para garantizar las condiciones físicas y químicas adecuadas para su correcta operación. Cuenta con una batería de filtrado para retener material orgánico y suspendido fino.

La unidad de inyección de solución de cloro tiene como fin evitar la proliferación de algas o microorganismos que generen taponamiento de los goteros; conformada por una bomba dosificadora y un agitador de turbina, que evita la precipitación del cloro en el depósito. Tanto la succión, como la descarga a canalización primaria se hace mediante galápagos de derivación que permiten la dosificación de cloro y similares.

Desde el centro de cabecera, el agua es transportada a través de canalización primaria en tubería de polietileno (línea madre) que abastece cada una de las parcelas. El riego de cada parcela es controlado por un módulo de riego por goteo compuesto de válvulas solenoides para control de apertura y cierre del paso de agua hacia las parcelas . La canalización secundaria transporta el agua desde la canalización primaria hasta la red de superficie gotaRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 de 23 JUL. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada a gota con goteros . La red de superficie con goteros es el equipo que expulsa y aplica el líquido en el cultivo.

El proceso que realiza el sistema desde la toma de agua del reservorio hasta su uso final se resume así:

  • El agua de lluvia se almacena en un reservorio. - Se bombea mediante equipo Diesel hacia el centro de cabecera. - En el centro de cabecera, se realiza filtrado físico y dosificación química (inyección de cloro). - El agua tratada fluye por canalización primaria y secundaria hacia las parcelas. - Cada parcela es controlada mediante válvulas solenoides. -El agua se entrega a través de la red de superficie gota a gota con goteros (líneas de goteo) directamente a cada planta. - Posteriormente, cuando se requiere efectuar el mantenimiento del sistema de riego; con las líneas de goteo presurizadas, se realiza la apertura de las válvulas de final de línea para efectuar su limpieza por arrastre de material.

El sistema será instalado en las inmediaciones de Nemocón (Cundinamarca) para un área total de 8 hectáreas.

Listado de componentes:

Centro de cabecera:

1. Un (1) equipo de bombeo diesel compuesto por (1) un motor integrado, un (1) cuerpo, un (1) impulsor y un acople intermedio en hierro fundido, empaques y un (1) sello mecánico en carbón/cerámica.

un (1) impulsor y un acople intermedio en hierro fundido, empaques y un (1) sello mecánico en carbón/cerámica.

2. Cuatro (4) filtros de anillo. Compuesto por una coraza plástica de polipropileno con un elemento filtrante en su interior (discos polipropilenomalla en acero inoxidable), constituidos por anillos plásticos ranurados apilados que permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras . Cuenta con tuercas de cierre en poliamida, reforzado con fibra de vidrio y juntas en caucho de nitrilo.

3. Un (1) galápago de derivación en polietileno diseñado para efectuar derivaciones a las tuberías, con cuerpo y tapa en copolímero y empaque 0-Ring o junta tórica, anillo de refuerzo en acero inoxidable, tuercas y tornillos en acero zincado.

4. Una (1) bomba dosificadora DOSTEC. Con motor eléctrico, diferentes tipos de piñones (1 inyección, 2 inyecciones, inyecciones estándar) juntas tóricas en caucho acronitrilo-butadieno, rodamiento, arandelas elásticas onduladas, tornillos y arandela

18x5x2,5F5.

5. Un (1) agitador de turbina con motor eléctrico, tornillos, brida para agitador, arandela eje agitador, acople eje agitador, arandela eje agitador d25, anillo eje agitador, eje agitador t80 y turbina agitadora.

Canalizaciones primarias y secundarias

eje agitador, acople eje agitador, arandela eje agitador d25, anillo eje agitador, eje agitador t80 y turbina agitadora.

Canalizaciones primarias y secundarias

6. Mil ochocientos (1.800) metros de tubería lisa de polietileno.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 de 23 JUL. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada

7. Cinco (5) válvulas solenoides conformadas por resorte en acero in oxidable de alto grado.

8. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) silletas goteo de 12 y 16 mm. En polipropileno.

9. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) conectores de goteo en polipropileno y fibra de vidrio.

Red de superficie:

10. Trecientos dieciséis mil ochocientos (316.800) metros de líneas y cintas de riego en polietileno, extruida con goteros de flujo turbulento insertados a lo largo de esta , cuentan con un prefiltro como mecanismo de seguridad para evitar taponamientos prematuros.

11. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) válvulas de goteo, diseñadas con espigo para facilitar el agarre de los tubos.

Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 al 11, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que trabajan

facilitar el agarre de los tubos.

Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 al 11, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para conformar un sistema de riego por goteo, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clas ifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “sistemas de riego por goteo o aspersión”.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.686 ) incluido el IVA . De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de ONCE MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS ($11.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe de la Coordinación de Clasificación

($11.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 de 23 JUL. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del

direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el solicitante Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85 en Cartagena - Bolívar, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por

046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-07-23 / 03:26:26 p. m.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica AduaneraRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600402 de 23 JUL. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________

Información Pública Reservada

Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600402Consecutivo Acto 2025Año Calendario 23-JUL-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo .800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 287Planilla Remisión No. 24 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

24 JUL 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P.800053508

Fecha Desfijación:

Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 03 SEP 2025 Hora: 10:01:17

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 15 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N.53.218 del 20 de agosto de 2025 en la página 06.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600402Consecutivo Acto 2025Año Calendario 23-JUL-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social

mvillanueva@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 287Planilla Remisión No. 24 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

287Planilla Remisión No. 24 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

24 JUL 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 03 SEP 2025 Hora: 10:01:17

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 15 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N.53.218 del 20 de agosto de 2025 en la página 06.

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