DIAN - Resolución 600408 de 24-07-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600408 de 24-07-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600408 (24 jul. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002481 de 28 de mayo de 2025, la señora KAREN ANDERSEN PULIDO, identificad a con cédula de ciudadanía 32 .726.468, con tarjeta profesional número 98950, apoderada de la sociedad GANADERIA DE LA COSTA LTDA., con NIT 819 .001.245-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD
FUNCIONAL SISTEMA FOTOVOLTAICOS CON PANELES SOLARES”
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : Formato de solicitud SIE – SARP en dos (2) páginas, mandato en cinco (5) páginas, comprobante de pago en una (1) página, certificado de existencia y representación legal de la sociedad Ganadería de la Costa en ocho (8) páginas, catálogo en seis (6) páginas, RUT de la señora Karen Andersen Pulido en una (1) página, factura comercial en una (1) página, RUT de la sociedad Ganadera de la Costa en seis (6) páginas, oficio de presentación de solicitud de
Pulido en una (1) página, factura comercial en una (1) página, RUT de la sociedad Ganadera de la Costa en seis (6) páginas, oficio de presentación de solicitud de clasificación arancelaria unidad funcional en cuatro (4) páginas, copia cédula de ciudadanía de la señora Karen Andersen Pulido en una (1) página, listado de componentes en una (1) página, diagrama en una (1) página, copia cédula de ciudadanía del representante legal de Ganadería de la Costa en una (1) página, copia tarjeta profesional de la señora Karen Andersen Pulido en una (1) página
La solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil trecientos setenta y dos pesos m/cte ($1.394.372) según Consignación número 9095507 de 16 de abril de 2025 del Banco de Bogotá.
La reunión técnica se llevó a cabo el día 7 de julio de 2025, en la cual se dieron a conocer los equipos, así como el funcionamiento de estos.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora KAREN ANDERSEN PULIDO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: impexsubgerencia@gmai.com - impexoperacionesbaq@gmail.com; o por correo en la dirección CRA 60 #74 208 APT 8B, en Barranquilla - AtlánticoRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600408 de 24 jul. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota de Sección y Texto de Partida
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 85.01
“Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos”
clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 85.01
“Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600408 de 24 jul. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002481 de 28 de mayo de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de aparatos y dispositivos, empleados para generar energía eléctrica a partir de la energía solar, mediante el siguiente proceso:
de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de aparatos y dispositivos, empleados para generar energía eléctrica a partir de la energía solar, mediante el siguiente proceso: El proceso inicia con la captación de radiación solar a través de paneles o módulos fotovoltaicos compuestos por células solares (PV) de material semiconductor. Estas células absorben la luz del sol y generan corriente continua (DC) al liberar electrones que fluyen en un circuito cerrado. Los paneles se montan sobre estructuras de aluminio con accesorios, que permiten su correcta orientación y fijación. El aluminio es ideal por su resistencia a la intemperie y su ligereza, además de ser buen conductor térmico y eléctrico. La energía generada se transporta mediante cables solares fotovoltaicos y de tipo USE-2. Para unir los módulos entre sí y con otros componentes del sistema, se utilizan conectores MC4, que permiten conexiones seguras, y de rápida instalación. Se consideran accesorios esenciales para garantizar la operatividad del sistema. La corriente continua (DC) fluye hacia el inversor solar. Este equipo se encarga de convertir la electricidad DC en corriente alterna (AC), que es la forma de energía eléctrica utilizada en la mayoría de las aplicaciones residenciales, comerciales e industriales. Para garantizar el suministro durante la noche o en días nublados, el sistema incluye baterías solares que almacenan la energía excedente y permiten el uso continuo del sistema sin depender exclusivamente de la radiación solar directa. El sistema incorpora dispositivos de protección eléctrica, como fusibles, interruptores, protectores contra sobretensiones y cortocircuitos , garantizando la seguridad operativa, y
sistema sin depender exclusivamente de la radiación solar directa. El sistema incorpora dispositivos de protección eléctrica, como fusibles, interruptores, protectores contra sobretensiones y cortocircuitos , garantizando la seguridad operativa, y evitando daños por fallas eléctricas o condiciones ambientales adversas. Listado de componentes para kit de 12 Kw:
1. Un (1) inversor hibrido de 12 Kw estandariza la energía producida por los paneles para el funcionamiento de artefactos eléctricos.
2. Dos (2) Baterías de litio, 200 AM, 48 V, ciclo profundo LV, bajo voltaje o alto voltaje: que acumulan la energía producida y la suministran al sistema eléctrico.
3. Veinte (20) Paneles bifaciales de alta eficiencia: transforman la energía solar en energía eléctrica.
4. Seiscientos (600) metros lineales de Cable solar 6 mm: conducen la energía eléctrica desde los paneles a los demás componentes y artefactos eléctricos.
5. Veintiocho (28) MC4: los conectores permiten empalmar los cables para la conducción del fluido eléctrico.
6. Catorce (14) Rieles para montaje de paneles 4700 mm: accesorio de soporte para los paneles solares.
7. Diez (10) conectores end clamp, en aluminio 35 mm.
8. Diez (1) Uniones para el riel solar 7 R.
9. Cuarenta (40) Conectores MID Clamp en aluminio 35 mm.
10. Seis (6) grapas de tierra o ground clamp.
11. Cuarenta (40) clip de conexión a tierra.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600408 de 24 jul. 2025 Hoja No. 4
10. Seis (6) grapas de tierra o ground clamp.
11. Cuarenta (40) clip de conexión a tierra.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600408 de 24 jul. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
12. Treinta y cinco (35) tornillos pasantes de altura variable para anclaje 7R 160 mm
13. Treinta y cuatro (34) L de aluminio con sello.
14. Un (1) DPS 500VDC: dispositivo de protección para que los equipos del sistema no se averíen ante descargas eléctricas o sobretensiones.
Según información aportada por el peticionario en reunión llevada a cabo el 7 de julio de 2025, estos aparatos serán instalados en la ciudad de Santa Marta.
Vista la información allegada, la mercancía a clasificar se trata de un conjunto de máquinas utilizado en la generación de energía eléctrica a partir de la energía solar. En consideración a lo anterior se descarta la posibilidad de clasificarlo en la subpartida 8504.40 del Sistema Armonizado que comprende los aparatos que se utilizan para convertir la energía eléctrica y adaptarla a una necesidad específica.
En virtud de lo anterior, se establece que la combinación de equipos y aparatos relacionados en los numerales 1 al 14, trabajan conjuntamente en la generación de energía a partir de un módulo fotovoltaico de corriente eléctrica alterna, y en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 85.01 de la nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual
4 de la Sección XVI y de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 85.01 de la nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual establece “ Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos ” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8501.80.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “ -generadores fotovoltaicos de corriente alterna”
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.686 ) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de DIEZ MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($10.686), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Reconocer personería Jurídica a KAREN ANDERSEN PULIDO, identificada con cédula de ciudadanía No. 32.726.468, y portadora de la tarjeta profesional 98950, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura Seccional Atlántico, en los términos del poder conferido.
ARTÍCULO SEGUNDO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la
98950, expedida por el Consejo Superior de la Judicatura Seccional Atlántico, en los términos del poder conferido.
ARTÍCULO SEGUNDO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8501.80.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente como un generador fotovoltaico de corriente alterna, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la s Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de del mencionado texto arancelari o, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO TERCERO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora KAREN ANDERSEN PULIDO identificada con cédula de ciudadanía No. 32.726.468, en calidad de apoderada de la sociedad GANADERIA DE LA COSTA LTDA, con NIT 819.001.245-3, a la direcciones electrónicas informadas en laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600408 de 24 jul. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
solicitud: impexsubgerencia@gmai.com - impexoperacionesbaq@gmail.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se
el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CRA 60 #74 208 APT 8B en Barranquilla - Atlántico o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO CUARTO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO QUINTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO SEXTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-07-24 / 03:12:31 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600408Consecutivo Acto 2025Año Calendario 24-JUL-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo .32726468Nit Calidad Actua
KAREN ANDERSEN PULIDO AP. GANADERIA DE LA COSTA LTDA.Razón Social
impexsubgerencia@gmai.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 291Planilla Remisión No. 24 JUL 2025Fecha Pl Remisión
Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 291Planilla Remisión No. 24 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
APODERADO
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
25 JUL 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: DOCTORA: KAREN ANDERSEN PULIDO APODERADA ESPE 98950T/P.32726468
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 OCT 2025 Hora: 11:34:20
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 01 OCT 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.266 del 07 de octubre de 2025 en la página 23.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600408Consecutivo Acto 2025Año Calendario 24-JUL-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo 32726468Nit Calidad Actua
KAREN ANDERSEN PULIDO AP. GANADERIA DE LA COSTA LTDA.Razón Social
impexoperacionesbaq@gmail.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 291Planilla Remisión No. 24 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
APODERADO
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
25 JUL 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: DOCTORA: KAREN ANDERSEN PULIDO APODERADA ESPE 98950T/P32726468
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 OCT 2025 Hora: 11:34:20
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 01 OCT 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2
01 OCT 2025Fecha Ejecutoria Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.266 del 07 de octubre de 2025 en la página 23.