DIAN - Resolución 600434 de 31-07-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600434 de 31-07-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600434 (31 jul. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002529 de 10 de junio de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811 .001.259-7, mandatario de la Sociedad OTACC S.A.S. con NIT 890 .201.201-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER” y
comercialmente “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER GAMECHANGE EL
CASTILLO V”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
-Mandato aduanero. Seis (6) páginas. -Consignación bancaria. Una (1) página. -Catálogo. Dos (2) páginas. -Descripción UF “Tracker”. Dos (2) páginas. -Listado de equipos. Una (1) página.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00)
-Descripción UF “Tracker”. Dos (2) páginas. -Listado de equipos. Una (1) página.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00) según transferencia número 83314 de 04 de junio de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 25b 40, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600434 de 31 jul. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y
Partida:
Regla General Interpretativa 1:
otras disposiciones.
Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y
Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netame nte definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.79:
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307,
subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002529 de 10 de junio de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un sistema de soporte para paneles solares cuyo objeto principal es posicionarlos y aumentar la captación de la radiación solar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600434 de 31 jul. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
El sistema de seguimiento solar opera mediante un mecanismo de un eje orientado de norte a sur, diseñado para optimizar la captación de energía solar al mantener los módulos fotovoltaicos perpendiculares a los rayos solares durante el día. Cada tracker está compuesto por una estructura fija y una mesa móvil sobre la cual se instalan los módulos solares. Esta mesa mantiene su orientación perpendicular a los rayos solares para optimizar la captación de energía. El movimiento de las mesas se r ealiza gracias a un sistema de
compuesto por una estructura fija y una mesa móvil sobre la cual se instalan los módulos solares. Esta mesa mantiene su orientación perpendicular a los rayos solares para optimizar la captación de energía. El movimiento de las mesas se r ealiza gracias a un sistema de actuación conformado por un actuador lineal, un brazo mecánico, un controlador de nodo con batería interna, y un módulo fotovoltaico que alimenta eléctricamente el sistema. El movimiento alcanza un ángulo de hasta 55 grados hacia cada lado.
Durante la operación, la posición de cada mesa es controlada por un controlador central ("master"), el cual transmite instrucciones a los controladores de nodo, permitiendo la sincronización del seguimiento solar o la adopción de posiciones de protección en caso de vientos fuertes, detectados mediante un anemómetro. El sistema incluye componentes estructurales como postes de soporte, cojinetes ("bearings"), tubos de torque donde se fijan los módulos, y correas ("purlins") de sujeción. Las conexiones mecánic as se aseguran mediante tornillería especializada, mientras que amortiguadores ("stow arms") son instalados en algunas mesas para absorber impactos y vibraciones.
En conjunto, el sistema permite el funcionamiento autónomo y eficiente de múltiples “trackers”, los cuales operan de forma independiente pero sincronizada, mediante comunicación inalámbrica. Esto garantiza un rendimiento óptimo en la generación de energía solar, con capacidad de respuesta frente a condiciones ambientales variables y alta confiabilidad operativa.
El sistema se compone de los siguientes elementos:
1. Trescientas cincuenta (350); unidades de postes de acero galvanizado. Los postes soporte de las mesas son un perfil de acero galvanizado en caliente tipo W y tienen
confiabilidad operativa.
El sistema se compone de los siguientes elementos:
1. Trescientas cincuenta (350); unidades de postes de acero galvanizado. Los postes soporte de las mesas son un perfil de acero galvanizado en caliente tipo W y tienen la función de generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema al suelo.
2. Trescientas cuarenta y siete (347); unidades de piezas de unión poste ‑rodamiento de acero galvanizado. Estas piezas actúan como cabezal de las hincas con el fin de poder instalar los rodamientos.
3. Trescientas cuarenta y seis (346); unidades de rodamientos tipo cojinete con interior de polímero resistente y envoltura de aluminio; se encargan de unir los postes con el tubo de torque, permitiendo la rotación del tubo.
4. Trescientas tres (303); unidades de tubos de torque de acero pregalvanizado; incluyen doscientas cincuenta y seis (256); unidades de juntas abulonadas y noventa y ocho (98); unidades de tapas plásticas.
5. Dos mil cuatrocientas cuarenta y seis (2446); unidades de correas preensambladas de acero pregalvanizado; incluyen trescientas cuarenta y ocho (348); unidades de platinas para correas, cinco mil trece (5013); unidades de correa inferior de sujeción, dos mil cuatrocientas setenta (2470); unidades de correa superior de sujeción, dos mil cuatrocientas setenta (2470); unidades de canal de refuerzo ancho y mil trescientas setenta y tres (1373); unidades de correas de conexión a tierra.
6. Cuarenta y cuatro (44); unidades de brazo mecánico de acero galvanizado; incluyen
trescientas setenta y tres (1373); unidades de correas de conexión a tierra.
6. Cuarenta y cuatro (44); unidades de brazo mecánico de acero galvanizado; incluyen cuarenta y ocho (48); unidades de actuador lineal, cuarenta y nueve (49); unidades
de controlador de nodo y cuarenta y ocho (48); unidades de módulo solar auxiliar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600434 de 31 jul. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
7. Veinticinco (25); unidades de amortiguador; incluyen veinticinco (25); unidades de anclaje superior y veinticinco (25); unidades de anclaje inferior.
8. Cuarenta y tres mil quinientas setenta y siete (43577); unidades de piezas de bulonería, que incluyen cuatrocientos cuarenta y tres (443); unidades de tiras de aterramiento. Se trata de diferentes tipos de tornillos y arandelas destinados a la integración mecánica de cada mesa y a la sujeción de sus componentes
9. Un (1) gabinete apto para intemperie que incluye: un (1) controlador central junto con una (1) de batería del controlador principal, una (1) unidad de anemómetro, una (1) unidad de Poste de 25ft de largo y una (1) unidad de ángulo de montaje. Encargado de Indica a los controladores de nodo la posición operativa o de resguardo, asegurando la funcionalidad y seguridad del sistema.
El sistema de seguimiento solar estará ubicado en el municipio de La Unión, departamento de Sucre, Colombia.
de Indica a los controladores de nodo la posición operativa o de resguardo, asegurando la funcionalidad y seguridad del sistema.
El sistema de seguimiento solar estará ubicado en el municipio de La Unión, departamento de Sucre, Colombia.
En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 al 9, corresponden a una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente en el posicionamiento de paneles solares, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “ Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Los demás”, dentro de la subpartida tácita 8479.80 para “Las demás máquinas y aparatos”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA y que de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($314), se le informa que podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($314), se le informa que podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO.Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos mecánicos con función propia que trabajan conjuntamente como seguidores solares, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259 -7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlgistica.com - srodriguez@roldanlogistica.comRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600434 de 31 jul. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 100 25b 40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por
2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-07-31 / 12:36:20 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600434Consecutivo Acto 2025Año Calendario 31-JUL-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .811001259.Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 308Planilla Remisión No. 31 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:32:22
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 97.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600434Consecutivo Acto 2025Año Calendario 31-JUL-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 811001259.Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social srodriguez@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 308Planilla Remisión No. 31 JUL 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable
ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
01 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:32:22
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 97.