DIAN - Resolución 600446 de 04-08-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600446 de 04-08-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600446 (04 ago. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002326 de 07 de abril de 2025, el Sr. LUIS ALBERTO SÁNCHEZ SILVA, identificado con cédula de ciudadanía 79.418.777, agente aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS S A NIVEL 1, con NIT 860.514.173-2, mandatario de la sociedad GRUPO AGROINDUSTRIAL DE SANTANDER SAS con NIT 901 .856.923-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “GALPÓN DE CRIA Y RECRIA” y comercialmente como “BATER ÍA DE CRIA UNIVENT
STARTER UV-S680 SIN CONDUCTO DE AIRE.”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato SIE-SARP en tres (3) páginas, mandato en nueve (9) páginas, comprobante de pago en una (1) página, resumen del proyecto en trece (13) páginas, descripción del galpón en cuatro (4) páginas y descripción de los componentes principales en diecisiete (17) páginas.
resumen del proyecto en trece (13) páginas, descripción del galpón en cuatro (4) páginas y descripción de los componentes principales en diecisiete (17) páginas.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos M/CTE ($ 1.383.686,00) según consignación número 48112899 de 04 de abril de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información RI No. S 2025000100165398000335 del 05 de mayo de 2025, este Despacho solicitó al usuario : Explicar claramente con párrafos cortos y en orden secuencial el proceso que se desarrolla la línea de Galpón de Cría, confirmar el número de cortinas asociadas al sistema de ventilación, y aclarar a qué corresponde el producto denominado "FlexLed Bulb", indicado en el sistema de iluminación. Si es posible, incluir también su nombre en idioma español , informar la zona geográfica del territorio nacional donde se instalará el sistema y anexar el mandato aduanero firmado por los representantes legales el mandante y el mandatario de la Agencia de Aduanas Servicios Aduaneros Especializados S A Nivel 1, el usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000433 del 03 de julio de 2025, con 12 páginas, renunciando al término restante para responder.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600446 de 04 ago. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Mediante radicado No E2025000100165398000521 del 4 de agosto de 2025 se solicitó al peticionario remitir copia del poder debidamente firmado, atendiendo lo solicitado con el radicado No. S2025000100165398000648 del 4 de agosto de 2025 en ocho (8) páginas.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. LUIS FRANCISCO RUÍZ CASTILLO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : francisco.ruiz@servade.com - alberto.sanchez@servade.com o por correo en la dirección CRA 73 48 46 BRR NORMANDIA, en Cartagena - Bolívar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida.
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor
otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida.
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
«Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.»
Texto de la partida 84.36:
«Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.»
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de
mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600446 de 04 ago. 2025 Hoja No. 3
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Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002326 de 07 de abril de 2025 y E2025000100165398000433 del 03 de julio de 2025 , la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos para la crianza de aves ponedoras, mediante el siguiente proceso:
El proceso de alimentación inicia en los silos exteriores, donde se almacena el alimento seleccionado. Para el control del consumo, se implementa un sistema de pesaje electrónico Bintrac instalado en las patas del silo, permitiendo conocer en tiempo real l a cantidad de alimento almacenado. El traslado del alimento hacia el interior de la granja se realiza mediante un sistema Flex Vey, que utiliza un espiral impulsado por un motor dentro de
Bintrac instalado en las patas del silo, permitiendo conocer en tiempo real l a cantidad de alimento almacenado. El traslado del alimento hacia el interior de la granja se realiza mediante un sistema Flex Vey, que utiliza un espiral impulsado por un motor dentro de tuberías conectadas desde el silo hasta las jaulas, con un sensor ubicado en las canaletas detecta la presencia del pienso y detiene el sistema cuando éstas están llenas. El suministro de agua se realiza mediante un sistema conectado a la red principal, compuesto por un filtro, contador, regulador de presión y un bypass para incluir un medicador lo cual inyecta vitaminas o medicamentos. Esta red lleva el agua hasta los bebederos equipados con tetinas y niples accesibles para las aves. Las aves llegan a las jaulas desde su primer día de vida y permanecen allí durante un ciclo de cría de 15 días, seguido por un ciclo de levante de hasta 18 semanas. En esta unidad funcional se alojan 99,000 aves en jaulas de cuatro pisos distribuidas en un galpón de 108 metros de largo por 12 de ancho, garantizando condiciones óptimas de desarrollo y peso acorde a su genética. El galpón cuenta con un sistema de ambiente controlado que garantiza condiciones óptimas de temperatura y ventilación para el bienestar animal. Este sistema combina ventilación lateral para bajas temperaturas exteriores y ventilación en túnel para climas c álidos, permitiendo una regulación eficiente según las condiciones climáticas. Para su funcionamiento, el galpón está completamente cerrado con cortinas de polipropileno, que ayudan a mantener una iluminación mínima en el interior y asegurar la hermeticidad. En un extremo del galpón se encuentran extractores de alta capacidad que renuevan el aire
funcionamiento, el galpón está completamente cerrado con cortinas de polipropileno, que ayudan a mantener una iluminación mínima en el interior y asegurar la hermeticidad. En un extremo del galpón se encuentran extractores de alta capacidad que renuevan el aire caliente por aire fresco cada 35 segundos, mientras que en el extremo opuesto se ubican paneles evaporativos que enfrían el aire entrante mediante un sistema de ag ua en circulación. Para el manejo de residuos, se implementa un sistema automatizado de recolección de estiércol que utiliza bandas bajo las jaulas, las cuales trasladan la gallinaza hacia una fosa mediante un motor. Todos los subsistemas operan bajo control eléctrico de los equipos necesarios como alimentación, gestión de pienso, ventilación e iluminación , resguardando la seguridad operativa mediante dispositivos de protección y un gabinete principal. Este cuenta con una pantalla Viper Touch para la gestión de los procesos y un sistema de alarma ACTouch para advertir fallas o anomalías en tiempo real. El sistema de cría de aves ponedoras está ubicado en la finca la Siberia, el Zarzal de las Lajas en el municipio de Barrancabermeja, Departamento de Santander, sus dimensiones son: 90.00 m de largo x 12.00 m de ancho.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600446 de 04 ago. 2025 Hoja No. 4
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Los elementos que hacen parte del sistema son:
Un (1) sistema de alimentación y transporte de alimentos compuesto por:
1. Un (1) silo de almacenamiento capacidad 21.19 ton, dos (2) líneas de transportes de
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Los elementos que hacen parte del sistema son:
Un (1) sistema de alimentación y transporte de alimentos compuesto por:
1. Un (1) silo de almacenamiento capacidad 21.19 ton, dos (2) líneas de transportes de
125 mm, compuestas por: (2) unidades motrices de 1.47 Hp, (12) unds de tubo de 125 mm y accesorios, (4) unds de curva de 45° referencia FlexVey125 y accesorios, (4) sensores DOL 44RG de tolva vacía. Los silos incluyen (8) unds celdas de carga “BinTrac” para pesaje del alimento.
Un (1) sistema de conexión de agua compuesto por:
2. Un (1) filtro de canastilla, (1) contador de agua, (1) reductor de presión, (1) bypass para la conexión, (1) medicador dosatron de 0.2%-2.0%, 50 m de tubería de 32x1,8 en pvc y sus accesorios.
Un (1) sistema de jaula para cría y recría de gallinas ponedoras compuesta por:
3. Quinientos veinte (520) segmento de jaula UV -S680, (1.040) niples de bebederos para las 4 filas de 4 pisos, cada piso tendrá (2) líneas de bebederos, ( 5.013.84) m de tubería cuadrada de 28 mm en pvc , ( 2.667.48) m de longitud total de canal comedero transitable lámina galvanizada ZnAl , ( 2.667.48) m de cadena de alimentación para el circuito de alimentación, (64) esquineros de 90° para cadena ,
comedero transitable lámina galvanizada ZnAl , ( 2.667.48) m de cadena de alimentación para el circuito de alimentación, (64) esquineros de 90° para cadena , (16) unidades motrices MPF 12m/min 1HP , (2.584.96) m cinta de estiércol longitudinal laminada pvc 1300mm x 1,2mm, (8) unidades motrices HD2 restirada de estiércol longitudinal, ( 4) conjuntos finales de 4 pisos para retirada de estiércol longitudinal, ( 4) conjuntos frontales con columnas de alimentación en lámina galvanizada, ( 1.200) m² aproximadamente de rejillas con barandillas, soportes y accesorios.
Un (1) sistema de retirada de estiércol compuesto por:
4. Una (1) unidad motri z de 4.0 Kw, (24) m para estiércol, (50) m de banda estiércol , (12) m de cubierta para estiércol y cubierta para una (1) unidad motriz, tres (3) soportes de (1) m, 2.5 m y 3.5 m para el transportador y sus accesorios.
Un (1) sistema de ventilación combitunel compuesto por:
5. un (1) conjunto de cortinas dispuestas asi: una (1) cortina de 260g/m² de 7,5 mm de 1,7m x 40m (68m²) con su kit de instalación, una (1) cortina de 206m de largo con sus accesorios y kit de instalación, una (1) cortina fija 30"de 2 dobladillos, faldón 12" de 136m de largo y una (1) cortina de 31m
una (1) cortina de 206m de largo con sus accesorios y kit de instalación, una (1) cortina fija 30"de 2 dobladillos, faldón 12" de 136m de largo y una (1) cortina de 31m de largo, (60) unidades de paneles de plástico con kit de la instalación , (2) bombas centrifuga de 60 Hz, (2) servomotor de 480/3/60, (6) rollos de 45 m de largo malla recubierta en Pvc, (3) extractores 440V 3Ph 60Hz desarmado con cono y compuerta tipo mariposa , rejilla protectora (6) unds de extractores BD Flex 140C -3 2.0HP desarmados con cono.
Un (1) sistema de iluminación compuesto por:
6. Cinco (5) líneas cada una con 33 flex led de 6.3 W regulable, (3) re guladores de alumbrado continuo FlexLED XLG/B6 2 salidas de 275W máx , (601) m de cable
plano 2x1,5 mm² metro lineal FlexLED , esta iluminación trae todos los accesoriosRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600446 de 04 ago. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
cable eléctrico, suspensión y fijación , (1) dimerizador , (210) bombillos, (780) m de cables de 2 X 1.5.
Un (1) sistema de gabinete eléctrico con controlador viper touch, compuesto por:
cable eléctrico, suspensión y fijación , (1) dimerizador , (210) bombillos, (780) m de cables de 2 X 1.5.
Un (1) sistema de gabinete eléctrico con controlador viper touch, compuesto por:
7. Un (1) gabinete eléctrico, (1) unidad básica Viper Touch 2.330 10” sin sensores para
montaje en armario de control, (1) alimentador de corriente USV de 20 V DC de 1.0 A con protección contra sobretensiones, (1) programa para Viper Touch, enjuague de la línea de bebedero, (1) programa Viper Touch Bintrac pesaje de silo de memoria USB, (1) programa para Viper Touch – clima , producción, full layer, (1) módulo de red de datos con bus CAN tipo 2, sensores de medición conformado por: (7) sensores de temperatura (1) sensor de humedad y temperatura, (1) sensor de presión estática con juego de mangueras, sistema de alarma compuesto por: (1) sistema de alarma AC Touch 4 Basic s/escáner huella dactilar (cuenta con batería de respaldo), (1) sirena para alarma con luz rotativa 12 V, (1) sirena exterior 12V -DC, (5.257) m de cable de potencia y control para conexiones de los equipos.
De acuerdo con lo expuesto, los elementos enumerados del 1 al 7 conforman un conjunto integrado de máquinas y equipos diseñados para la crianza de pollitos desde un día de nacidos hasta las 18 semanas, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional.
integrado de máquinas y equipos diseñados para la crianza de pollitos desde un día de nacidos hasta las 18 semanas, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional. Al respecto, en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA), las máquinas que se utilizan para avicultura se encuentran comprendidas en el texto de la partida 84.36 del SA., según la Regla General Interpretativa 1 del SA citada en el acápite de los fundamentos de derecho. De acuerdo con lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y aparatos listados en los numerales 1 al 7, trabajan conjuntamente para la crianza de pollitos desde un día de nacidos hasta los 18 semanas, que de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “ Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, si lvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadores avícolas” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para " - - Incubadoras y criadoras".
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la
Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente en crianza de aves, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor LUIS FRANCISCO RUÍZ CASTILLO identificado con cédula de ciudadanía No. 17.102.990, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS S A NIVEL 1 con NIT 860.514.173-2, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600446 de 04 ago. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
francisco.ruiz@servade.com - alberto.sanchez@servade.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se
Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CRA 73 48 46 BRR NORMANDIA en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-08-04 / 03:08:40 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET
Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600446Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-AUG-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .860514173Nit Calidad Actua LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS
ESPECIALIZADOS S. A. NIVEL 1
Razón Social alberto.sanchez@servade.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
Razón Social alberto.sanchez@servade.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 314Planilla Remisión No. 04 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
04 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO REP LEGAL DE LT/P.860514173
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 SEP 2025 Hora: 10:29:34
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 27 AUG 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto adminnistrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.225 del 27 de agosto de 2025 en la página 43.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600446Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-AUG-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
860514173Nit Calidad Actua LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS
ESPECIALIZADOS S. A. NIVEL 1
Razón Social francisco.ruiz@servade.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 314Planilla Remisión No. 04 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
04 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO REP LEGAL DE LT/P860514173
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 16 SEP 2025 Hora: 10:29:34
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 27 AUG 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto adminnistrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.225 del 27 de agosto de 2025 en la página 43.