DIAN - Resolución 600447 de 04-08-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600447 de 04-08-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600447 (04 ago. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002496 de 04 de junio de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811 .001.259-7, mandataria de la Sociedad BANCOLOMBIA S.A. con NIT 890.903.938-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “LINEA PARA CLASIFICAR LIMON EN FRESCO”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : Formato de solicitud SIE -SARP en dos (2) páginas, mandato aduanero en cinco (5) páginas, comprobante de pago en una (1) página, plano en una (1) página, escrito secuencia en dos (2) páginas y listado de equipos en una hoja excel.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte
plano en una (1) página, escrito secuencia en dos (2) páginas y listado de equipos en una hoja excel.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($1.383.686) según transferencia número 83288 de 03 de junio de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información S2025000100165398000502 del 24 de junio de 2025 este Despacho solicitó al usuario: Indicar el área que ocupará la línea, en el listado de componentes se relaciona repetidamente las estructuras de soporte, aclarar qué función cumplen éstas dentro de la línea.
El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000428 del 2 de julio de 2025, con 2 páginas, renunciando al término restante para atender al requerimiento en mención.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : schaparro@roldanlogistica.com - fsterling@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Cra. 100 No. 25B-40, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600447 de 04 ago. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida.
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netament e definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.33
“Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o
“Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002496 de 04 de junio de 2025 y E2025000100165398000428 del 2 de julio de 2025 , la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como : máquinas y aparatos utilizados para limpieza y clasificación de limones, que funciona mediante el siguiente proceso:
El proceso inicia con la fruta que ingresa en canastillas a la planta, donde se descarga sobre estibas
arancelaria, se describe como : máquinas y aparatos utilizados para limpieza y clasificación de limones, que funciona mediante el siguiente proceso:
El proceso inicia con la fruta que ingresa en canastillas a la planta, donde se descarga sobre estibas y se pesa, luego se ubican las canastillas en la zona de alimentación de la máquina de forma manual sobre la banda transportadora de la volteadora de cajas. Esta banda, programada a una velocidad específica, desplaza y gira gradualmente las canastillas hasta vaciarlas sobre el elevador de rodillos, ya vacías continúan su recorrido hacia un tobogán, donde son recogidas y almacenadas.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600447 de 04 ago. 2025 Hoja No. 3
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La fruta depositada en el elevador de rodillos avanza y, mediante un sistema de gravedad, se van separando las impurezas. Durante este trayecto, operarios inspeccionan visualmente la fruta y retiran manualmente aquella que no cumple con los estándares de calidad, para ser transportada a la zona de descarte. La fruta que cumple continúa hacia el descanicador, donde se separan los frutos de menor tamaño mediante un sistema de rodillos y gravedad.
Posteriormente, los limones aptos ingresan al sistema de lavado y desinfección, compuesto por un tanque de recirculación de agua, ramales de distribución y aspersores a presión. Este sistema, en conjunto con cepillos rotativos, garantiza la limpieza y desinfección de la fruta , que l uego pasa al
tanque de recirculación de agua, ramales de distribución y aspersores a presión. Este sistema, en conjunto con cepillos rotativos, garantiza la limpieza y desinfección de la fruta , que l uego pasa al sistema de secado y cepillado, donde ventiladores y cepillos eliminan la humedad superficial. A continuación, en el sistema de encerado, una bomba dosificadora suministra cera a través de un barril, la cual se aplica uniformemente sobre la superficie del limón mediante rodillos y cepillos especializados.
Luego ingresa al túnel de secado, donde es expuesta a corrientes de aire caliente generadas por ventiladores, asegurando el secado completo de la cera, después ingresa singulador de bandas en V, que organiza de forma mecánica los limones en líneas individuales para su posterior traslado hacia el clasificador modelo minipacking. A medida que los frutos ingresan al clasificador, una cámara de video con lámpara captura imágenes para su clasificación automática según tamaño, color y defectos, desviando a las tolvas de descarte los que no cumplen los parámetros, mientras que los que cumplen son dirigidos a las siguientes 20 tolvas y clasificados por tamaño. En este punto, los operarios proceden a empacar manualmente el producto en cajas de 17 kg.
Las cajas son organizadas en estibas de dimensiones 1.20 m x 1.00 m para conformar pallets de 70 cajas. Posteriormente, estos pallets son almacenados en cuartos fríos hasta su despacho en contenedores refrigerados. Por último, se precisa que la totalidad de la línea es controlada, gestionada y configurada a partir de un gabinete de control.
70 cajas. Posteriormente, estos pallets son almacenados en cuartos fríos hasta su despacho en contenedores refrigerados. Por último, se precisa que la totalidad de la línea es controlada, gestionada y configurada a partir de un gabinete de control. La línea quedará instalada en la vía Barcelona kilómetro 2.5 vía al valle contiguo al barrio Milcíades Segura en el Municipio de Calarcá en el departamento del Quindío.
Listado de componentes:
1. Una (1) volteadora de cajas fabricada en acero al carbón, motor trifásico de 220 - 440V, banda de alimentación de 3.00 m de longitud y tobogán para caja vacía , plancha de resbaladilla fabricada en acero inoxidable.
2. Un (1) elevador de rodillos en acero al carbón compuesto por: tubos de PVC, motor trifásico, guía de desecho lateral para elevador, cajón de desecho lateral, banco para llenado de caja con patas para ajuste de altura, andamio lateral de servicio que incluye barandales.
3. Un (1) descanicador de tubos o rodillos: compuesto por motor trifásico, tolva para recepción de fruta, puerta y banco para llenado de cajas con patas para ajuste de altura.
4. Un (1) sistema de lavado y desinfección: compuesto por cepillos insertados de 4.5” de diámetro corte recto, motor trifásico, sistema de lavado para cepilladora, tina de lavado en acero inoxidable, ramal de aspersores, bomba centrifuga, tapas superiores tipo puerta, charolas de escurrimiento para cepilladora por 10 cepillos en acero inoxidable.
inoxidable, ramal de aspersores, bomba centrifuga, tapas superiores tipo puerta, charolas de escurrimiento para cepilladora por 10 cepillos en acero inoxidable.
5. Un (1) sistema de secado y cepillado: compuesto por cepillos insertados de 4.5” de diámetro corte recto, motor trifásico, ventilador centrifugo, estructura fabricada en acero al carbón y motor trifásico 3hp, charolas de escurrimiento para cepilladoras por 40 cepillos fabricados en acero inoxidable.
6. Un (1) sistema de encerado: compuesto por cepillos insertados de 4.5” de diámetro corte recto, motor trifásico, sistema de encerado tipo disco para cepilladora, bomba dosificadora, motor de disco para distribución de la cera, sistema de control de velocidad, tapas superiores, charolas
de escurrimiento para cepilladora por 10 cepillos fabricadas en acero inoxidable.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600447 de 04 ago. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
7. Un (1) túnel de secado: compuesto por tubos de PVC, motor trifási co, ventilador axial, estructura de soporte en acero al carbón.
8. Un (1) singulador de banda en V: de 2l x 3.05 m.para clasificadora de rodillo paso 3” fabricada en acero al carbón, con motor trifásico.
9. Un (1) clasificador modelo “minipackig”: dimensiones 3” de 2 líneas x10 salidas, descarga
en acero al carbón, con motor trifásico.
9. Un (1) clasificador modelo “minipackig”: dimensiones 3” de 2 líneas x10 salidas, descarga la fruta hacia ambos lados tipo espejo en tolvas, incluye un motor para la trasmisión de la línea de empaque, estructura fabricada en acero al carbón, 10 salidas programables, estructura para soporte de “displays”, estructura de 6 metros de largo, juego de soportes para llenado de caja (“minipacking”) fabricado en acero al carbón, cajón de video con cámaras y lámparas, computadora (monitor, cpu, teclado y mouse).
10. Un (1) gabinete de control: con cableado de motores, arrancadores y contactores, interruptor general y sistema de protección.
Del análisis de la información anterior, se determina que los equipos relacionados en los numerales 1 a 10 arancelariamente corresponden a una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para la clasificación de frutos, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.33 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala “Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para " -- las demás”.
partida 84.37.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para " -- las demás”.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO . Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para la clasificación de frutos, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto Arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: schaparro@roldanlogistica.com - fsterling@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 100 No. 25B-40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesad o que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por elRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600447 de 04 ago. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 , el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 , el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-08-04 / 03:12:59 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600447Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-AUG-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social schaparro@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 314Planilla Remisión No. 04 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:33:06
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2
28 AUG 2025Fecha Ejecutoria Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 98.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600447Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-AUG-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social
fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 314Planilla Remisión No. 04 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:33:06
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria
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2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 98.