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DIAN - Resolución 600450 de 05-08-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600450 de 05-08-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600450 (05 ago. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002546 de 17 de junio de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259 -7, mandatario de la Sociedad AVIDESA DE OCCIDENTE S.A con NIT 815.000.863 -6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “Sistema de ambiente controlado automatizado para pollo de engorde”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

− Mandato aduanero en seis (6) páginas. − Comprobante de pago en una (1) página. − Sistema de ambiente controlado automatizado para pollo de engorde en cinco (5) páginas. − Listado de equipos en una (1) hoja.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00) según transferencia número 83404 de 10 de junio de 2025 del Banco de Occidente al Banco

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00) según transferencia número 83404 de 10 de junio de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: fsterling@roldanlogistica.com - ybarreto@roldanlogistica.com; o por correo en la direcci ón Cra. 100 #25 B 40, Fontibón, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600450 de 05 ago. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor

Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36:

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002546 de 17 de junio de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como máquinas y aparatos que de manera coordinada permiten el alojamiento, crecimiento y engorde de pollos durante su ciclo de crianza en un entorno controlado.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600450 de 05 ago. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El sistema está diseñado para alojar aves desde su primer día de vida hasta alcanzar un peso aproximado de 3 kg en un periodo de 35 a 42 días. Opera mediante subsistemas automatizados que regulan variables esenciales como temperatura, ventilación, humedad, iluminación, alimentación e hidratación, asegurando condiciones óptimas para el desarrollo

peso aproximado de 3 kg en un periodo de 35 a 42 días. Opera mediante subsistemas automatizados que regulan variables esenciales como temperatura, ventilación, humedad, iluminación, alimentación e hidratación, asegurando condiciones óptimas para el desarrollo fisiológico de las aves en cada etapa del ciclo productivo. El módulo de control central coordina en tiempo real la operación de ventiladores, compuertas, luminaria s, líneas de alimento y bebederos, permitiendo su gestión remota. Su arquitectura flexible facilita la integración de múltiples dispositivos y la adaptación a condiciones ambientales variables, garantizando eficiencia operativa y bienestar animal.

La alimentación se gestiona mediante silos exteriores conectados a un sistema de transporte automatizado que traslada el concentrado hasta las tolvas, desde donde se distribuye a través de 12 líneas motorizadas con platos de llenado progresivo. Estos dispositivos cuentan con sistemas de suspensión ajustables en altura para adaptarse al crecimiento de las aves, asegurando un consumo eficiente. El sistema también permite monitorear los inventarios de alimento, registrando cantidades disponibles, consumidas y restantes. El suministro de agua potable se realiza por medio de 16 líneas con bebederos de tetina, reguladores de presión, mecanismos de limpieza automática y ajuste de altura. La infraestructura incluye tanques dimensionados según la densidad poblacional , lo que garantiza un acceso constante a agua fresca y de calidad.

El sistema de ventilación tipo túnel, complementado con paneles de enfriamiento por evaporación, genera un flujo de aire de alta velocidad que permite mantener una temperatura interna adecuada incluso en climas cálidos, reduciendo eficazmente la carga

El sistema de ventilación tipo túnel, complementado con paneles de enfriamiento por evaporación, genera un flujo de aire de alta velocidad que permite mantener una temperatura interna adecuada incluso en climas cálidos, reduciendo eficazmente la carga térmica de las aves. La iluminación artificial está distribuida de forma uniforme a través de cinco hileras de luces con control programado, lo cual asegura los niveles lumínicos necesarios para cada fase del crecimiento. Esta configuración contribuye a reducir el estrés, mejorar el rendimiento zootécnico y disminuir la mortalidad, en cumplimiento de estándares técnicos y de bienestar animal.

El sistema operará en un galpón de 175 metros de largo por 20 metros de ancho, puede albergar hasta 66.500 pollitos y será implementada en la granja Honda, ubicada en zona rural de Palmira Valle del Cauca, Vía Palmira -Pradera, antiguamente conocido como Hacienda Agua Clara.

El proceso se lleva a cabo con los siguientes equipos:

1. Un (1) sistema de control, compuesto por: un (1) set controlador Rotem Platinum Touch; diez (10) sensores de temperatura P-RTS-2 6×30 Rotem Munters; un (1) set sensor de humedad RHS PRO Munters; un (1) set sensor de presión negativa; un (1) set sensor de presión negativa tipo mecánico; dos (2) sets de alarma inteligente visible y auditiva; un (1) set gabinete de control principal; un (1) set gabinete de control secundario; un (1) set de sistema de cableado y de porta cables; un (1) set de sistema de planta de red compuesto por sistema Ethernet Bintrac; cuatro (4) sets

control secundario; un (1) set de sistema de cableado y de porta cables; un (1) set de sistema de planta de red compuesto por sistema Ethernet Bintrac; cuatro (4) sets de básculas; dos (2) se ts de sistemas de autolavado automático para las líneas de bebederos.

2. Un (1) sistema de almacenamiento en silos y transporte de alimento. Compuesto por: tres (3) silos galvanizados de veintidós (22) toneladas, cada uno equipado con un sistema de pesaje (8 sensores de carga por silo ubicados en las patas, y una caja de control de pesaje por silo), conectados con un (1) transportador individual, para cada silo, que llevan el alimento desde los silos hacia los comederos, cada uno con

todos sus componentes para el funcionamiento completo.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600450 de 05 ago. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

3. Un (1) sistema de comederos, compuesto por: doce (12) sets de unidad motriz de 0,75 kW, 440V/60Hz; doce (12) sets de tolvas de sublíneas con accesorios de 100 litros en acero galvanizado; treinta y seis (36) sensores de alimentación tipo DOL; trescientos cuarenta y cinco (345) sets de sistema de tra nsporte de alimento con cuatro entradas; mil trescientos ochenta y tres (1.383) unidades de comederos de seis posiciones; doce (12) sets de conectores anti hábitat; mil doscientos doce (1.212) metros de cable de acero de 5 mm de diámetro; mil sesenta y ocho (1.068)

seis posiciones; doce (12) sets de conectores anti hábitat; mil doscientos doce (1.212) metros de cable de acero de 5 mm de diámetro; mil sesenta y ocho (1.068) metros de cable de acero de 1,5 mm de diámetro; dos (2) unidades de manivela H550 de 2,3 metros de longitud; doce (12) sets de cabestrante de elevación H3500; mil ciento treinta y dos (1.132) metros de cable de suspensión de 3 mm de diámetro.

4. Un (1)) sistema de bebederos, compuesto por: dieciséis (16) sets de kit de finalización de línea que incluyen indicador de nivel y mangueras; mil trescientos ochenta (1.380) bebederos tipo Lubin; dieciséis (16) sets de conectores anti hábitat; dieciséis (16) sets de válvulas reguladoras de presión; dos (2) unidades de manivela h550 de 1,2 m de longitud; dieciséis (16) sets de cabestrante de elevación h1500; cuatrocientos noventa y nueve (499) sets de partes de suspensión para líneas de bebederos; mil cuatrocientos cuarenta y siete (1.447) metros de cable de suspensión de nylon de 4 mm de diámetro; mil setecientos seis (1.706) metros de cable de acero de 3 mm de diámetro; mil cuatrocientos veinticuatro (1.424) metros de cable de acero de 1,5 mm de diámetro. La conexión de agua para c ada una de las líneas de bebedero está compuesta por : dos (2) sets de líneas principales de agua; dos (2) sets de medidores de agua de pulso electrónico de 32 mm de diámetro; dos (2) sets

bebedero está compuesta por : dos (2) sets de líneas principales de agua; dos (2) sets de medidores de agua de pulso electrónico de 32 mm de diámetro; dos (2) sets de sistema de dosificación Dosatron BL5; y veinte (20) metros de tubería principal para la línea de bebederos.

5. Un (1) sistema de ventilación tipo túnel, compuesto por: veintiún (21) ventiladores de 56” FRP, 2,2 kW, con alta presión negativa, motor EC, 440v/60hz; ciento seis (106) unidades de entradas de aire de 1200 mm x 330 mm, con apertura por gravedad y deflector de aire sellado; ciento seis (106) unidades de escudos de viento galvanizados de 1200 mm x 330 mm; dos (2) unidades de motores autocontrolados con soporte manual de 0,55 kW, trifásicos, 440v/60hz; ciento ochenta y cinco punto setenta y seis (185.76) metr os de panel de enfriamiento evaporativo modelo 7060, espesor de 0,15 mm; cinco (5) sets de sistemas de recirculación de agua; cinco (5) sets de filtros; cinco (5) bombas de recirculación de 0,9 kW, 440v/60hz; ciento noventa y uno punto noventa y nueve (191 .99) m2 de malla anti roedores; ciento cincuenta y cuatro punto sesenta y siete (154.67) m2 de lámina de aislamiento FRP tipo sándwich con núcleo EPS de 50 mm; dos (2) sets de motores autocontrolados de 0,75 kW, 440v/60hz; un (1) set de motor autocontrolad o de 0,55 kW, 440v/60hz;

tipo sándwich con núcleo EPS de 50 mm; dos (2) sets de motores autocontrolados de 0,75 kW, 440v/60hz; un (1) set de motor autocontrolad o de 0,55 kW, 440v/60hz; tres (3) calentadores a gas GLP Systel de 65 kW; ciento sesenta y ocho (168) sets de aspersores de doble cabeza; trescientos treinta y seis (336) toberas tipo 3010; un (1) set de marco principal para el sistema de aspersores, compu esto por bomba de 30 l/min, 5,5 kW, 440v/60hz. El sistema incluye la estructura metálica de soporte y erección para su normal funcionamiento.

6. Un (1) sistema de control de Iluminación, compuesto por cinco (5) líneas de iluminación, cada una con: cuarenta y cuatro (44) tubos LED T8 por línea, dos (2) sets de estabilizadores de voltaje, un (1) set de cables y accesorios, un (1) set de caja de conexiones y dos (2) sets de moduladores de luz.

De acuerdo con lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos listados en los numerales 1 al 6 trabajan conjuntamente en la cría de aves de corral, que de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 está comprendid a en la partida 84.36 de la Nomenclatura del SistemaRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600450 de 05 ago. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Armonizado, la cual incluye “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas. ” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “- -Incubadoras y criadoras” dentro de la partida tácita 8436.20 de “ Máquinas y aparatos para la avicultura, incluidas las incubadoras y criadoras:”.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA y que de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($314), se le informa que podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de equipos que trabajan conjuntamente como una criadora para la avicultura, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001 .259-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.com - ybarreto@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el ar tículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 100 No. 25 B 40, Fontibón, en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los

Fontibón, en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600450 de 05 ago. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-08-05 / 12:38:56 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600450Consecutivo Acto 2025Año Calendario 05-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social ybarreto@roldanlogistica.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 316Planilla Remisión No. 05 AUG 2025Fecha Pl Remisión

Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 316Planilla Remisión No. 05 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

05 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:35:04

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 104.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600450Consecutivo Acto 2025Año Calendario 05-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social

fsterling@roldanlogistica.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 316Planilla Remisión No. 05 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

05 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:35:04

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 28 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 104.

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