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DIAN - Resolución 600454 de 05-08-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600454 de 05-08-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 (05 ago. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002539 de 13 de junio de 2025, la señora PAOLA VALDERRAMA BUSTOS, identificada con cédula de ciudadanía 1.020.753.289, agente de aduanas de la AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S A S NIVEL 2, con NIT 830.004.745-8, mandataria de la Sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL FLORES DE FUNZA S.A.S con NIT 860.048.521-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “FLORA BUNCHMASTER 2 SEL”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

− Mandato aduanero en una (1) página. − Consignación bancaria en una (1) página. − Resolución de clasificación arancelaría nro. 2024003980600384 del 2024 en seis (6) páginas. − Diagrama de flujo en tres (3) páginas. − Componentes en una (1) página. − Ficha técnica en siete (7) páginas.

páginas. − Diagrama de flujo en tres (3) páginas. − Componentes en una (1) página. − Ficha técnica en siete (7) páginas.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($1.383.686,00) según transferencia número 6297466 de 13 de junio de 2025 del Banco de Bogotá.

Mediante escrito radicado nro. E2025000100165398000512 del 30 de julio de 2025, el usuario informa la ubicación geográfica que tendrá la línea de producción.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: dianaosorio@interandina.com - revisionexportaciones@interandina.com; o por correo en la dirección CRA 13 NO 28-01 OF 402, en Bogotá, D.C.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 de 05 ago. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.79:

“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,

otra parte de este capítulo.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 de 05 ago. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002539 de 13 de junio de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas que clasifican y agrupan flores para la elaboración de ramos.

El proceso de producción de ramos de flores se inicia con la eliminación precisa de hojas de los tallos mediante una máquina especializada que emplea cepillos de goma ajustables,

máquinas que clasifican y agrupan flores para la elaboración de ramos.

El proceso de producción de ramos de flores se inicia con la eliminación precisa de hojas de los tallos mediante una máquina especializada que emplea cepillos de goma ajustables, adaptándose a la dureza de los tallos para preservar su calidad. Posteriormente, los tallos son alineados y clasificados por longitud utilizando una banda transportadora con sensores ópticos, asegurando una separación adecuada para su procesamiento posterior.

Una vez alineados, los tallos se agrupan en ramos de acuerdo con la cantidad predefinida, utilizando un sistema de conteo que asegura precisión en la formación de cada ramo. Los ramos son atados automáticamente mediante una atadora de alta capacidad, que e mplea un sistema de rotación suave y preciso, permitiendo una producción eficiente y constante. Finalmente, los ramos son encapuchados manualmente con un capuchón plástico y, si es requerido, se les incorpora un sobre de conservante para prolongar su frescura. El proceso culmina con el atado final de cada ramo y su recolección en una banda transportadora, completando así la formación de ramos listos para su embalaje y exportación.

La línea será instalada en el municipio de Funza, Cundinamarca en la vereda “El Cacique” Km3, predio “El Edén”, en un área de 33 metros cuadrados aproximadamente.

Los componentes del sistema son los siguientes:

Defoliación:

1. Una (1) defoliadora para limpiar tallos, compuesta por: un (1) motorreductor Bonora de 0,37 kW, 3 fases, 220-380V, 50Hz; una (1) transmisión para dos ejes por correa

1. Una (1) defoliadora para limpiar tallos, compuesta por: un (1) motorreductor Bonora de 0,37 kW, 3 fases, 220-380V, 50Hz; una (1) transmisión para dos ejes por correa sincrónica con poleas dentadas; cuatro (4) cepillos de caucho para defoliación L170 vk20.

Alimentación de flor:

2. Una (1) banda de alimentación automática de flores, dimensiones: 2.000 mm x 1.000 mm, contiene los siguientes elementos: una (1) banda de 2 x 1 metros; un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230 -400V, 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB-10P4221 IR; una (1) pantalla táctil de 10,1" PCAP 24V (10,1" WXGA FPD ind. Display PCAP USB VGA), ARCDIS-110P-BERCOMEX-APL; una (1) bandeja portacables DG 5,000 EV 35 x 100 mm; un (1) gabinete eléctrico 380x380x200 mm (componentes, variadores de frecuencia, relay, switches, conectores, abrazaderas, cables).

Separación de Flor y Clasificación de Longitud de Flor:

3. Una (1) banda automática donde las flores son separadas y clasificadas por el operador, en grados de calidad, dimensiones: 6.000 mm x 1.000 mm, contiene los siguientes elementos: una (1) banda de 6 x 1 metros; dos (2) bandejas portacables DG 5,000 EV 35 x 100 mm; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB -10P4221 IR;

siguientes elementos: una (1) banda de 6 x 1 metros; dos (2) bandejas portacables DG 5,000 EV 35 x 100 mm; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB -10P4221 IR; dos (2) láser Z10-M18-B-638-LG90; un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz IE3; ocho (8) platinas 2 60 huecos rosca M8 80 x 25 x 6 mm; dos (2) estructuras de soporte 1. 348 x 80 x 40 mm; cuatro (4) soportes ajustables 670 - 1.200 mm; un (1) gabinete eléctrico 800x600x300 mm, para selección bandasRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 de 05 ago. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

(Pos. 020, 025, 030, 035, 040 & 045) con componentes, variadores de frecuencia, relay, switches, conectores, abrazaderas, cables, etc.

Clasificación de Longitud de Flor:

4. Una (1) banda automática donde las flores son separadas y clasificadas en 2 selecciones de calidad, "Selectieband 2 -laags", contiene los siguientes elementos: una (1) banda de 0,65 x 0,5 metros; un (1) motorreductor - banda selección interna inferior de 0,18 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50Hz; una (1) banda de selección

una (1) banda de 0,65 x 0,5 metros; un (1) motorreductor - banda selección interna inferior de 0,18 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50Hz; una (1) banda de selección exterior inferior; un (1) motorreductor - banda selección inferior exterior de 0,18 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230 -400V, 50Hz; una (1) banda de selección exterior arriba (banda de esponja); un (1) motorreductor - banda selección superior externa de 0,18 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230 -400V, 50Hz; una (1) banda de selección en el medio; un (1) motorreductor - banda selección intermedia Elsto de 0,18 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50Hz; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB-10P4221 IR.

Acumulación de Flor en el Segundo Piso:

Una (1) unidad de clasificación 2a. selección, para acumulación de flores en el nivel 2 (superior), contiene los siguientes elementos:

5. Una (1) banda de acumulación, dimensiones: 5,680 mm x 1,000 mm; un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230 -400V, 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB-10P4221 IR; dos (2) bandejas portacables DG 5,000 EV 35 x 100 mm; una (1) band a de transferencia / preacumulación de salida, dimensiones: 1,000 mm x 1,000 mm; un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500

35 x 100 mm; una (1) band a de transferencia / preacumulación de salida, dimensiones: 1,000 mm x 1,000 mm; un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB-10P4221 IR; una (1) banda de acumulación, dimensiones: 3,980 mm x 1,000 mm; un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB-10P4221 IR; dos (2) soportes ajustables 470 - 850 mm;

6. Una (1) banda de acumulación selectiva (con control neumático) dimensiones: 1,000 mm x 1,000 mm, contiene los siguientes elementos: un (1) motorreductor de 0,37 kW, 3 fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz IE3; dos (2) soportes ajustables 300 - 500 mm; una (1) válvula de control de velocidad, Festo, GRLA-1/8-QS-8; dos (2) válvulas de control de velocidad, Festo, GRLA -1/8-QS-6; un (1) cilindro neumático DSNU, Festo, DSNU-32-80-PPS-A; un (1) cilindro neumático DSNU, Festo, DSNU -40-150PPS-A; una (1) electroválvul a, Festo, VUVG-L18-B52-T-G14-1R8L; una (1) válvula de control de presión, Festo, LRMA-QS-8.

PPS-A; una (1) electroválvul a, Festo, VUVG-L18-B52-T-G14-1R8L; una (1) válvula de control de presión, Festo, LRMA-QS-8.

Banda de Alimentación y Corte de Tallos / Alineación de Tallos y Selección de Longitud :

7. Una (1) banda de alimentación de tallos, dimensiones: cuatro mil milímetros por ochocientos milímetros, contiene los siguientes elementos: dos (2) láser Z10 -M18B-638-LG90; un (1) motorreductor de 0,55 kW, tres fases, 1.500 rpm, 230 -400V, 50

Hz; un (1) motorreduc tor para banda de alineación de 0,12 kW, tres fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz; dos (2) sensores ópticos Sick emisor/receptor WS/WE100P3400; una (1) banda espumada para alineación de 800 x 90 mm; una (1) bandeja portacables DG 5,000 EV de 35 x 100 mm; una (1) banda de alineación de 4 x 0,8 metros.

Unidad de Corte: RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 de 05 ago. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

8. Una (1) unidad de corte de la longitud del tallo, con unidad de disco de corte de efecto cizalla, contiene los siguientes elementos: un (1) gabinete eléctrico (alimentación eléctrica principal) de 1200 x 800 x 300 mm con componentes, variadores de

cizalla, contiene los siguientes elementos: un (1) gabinete eléctrico (alimentación eléctrica principal) de 1200 x 800 x 300 mm con componentes, variadores de frecuencia, relés, switches, conectores, abrazaderas, cables y accesorios; una (1) unidad de corte con dos discos de corte; dos (2) ruedas espumadas de sujeción B4530U001; un (1) motorreductor módulo corte de 0,55 kW, tres fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz.

Unidad de Conteo de Tallos, Agrupamiento y Armado de Ramos / Rampa de Conteo,

Amarre y Armado de Ramos:

9. Un (1) módulo FBM, una rampa de agrupamiento automático para contar las unidades de tallos por ramo, armarlos y amarrarlos, contiene los siguientes elementos: cuatro (4) motorreductores de la sección de agrupamiento de 0,25 kW, tres fases, 230-400V, 50 Hz; dos (2) motorreductores de banda elevación en sección agrupamiento de 0,25 kW, tres fases, 230-400V, 50 Hz; dos (2) motorreductores para correas módulo agrupamiento de 0,37 kW, tres fases, 230 -400V, 50 Hz; un (1) motorreductor del módulo del rotor de 0,37 kW, tres fases, 230-400V, 50 Hz; un (1) motorreductor banda acumulador FBM 750 x 800 de 0,37 kW, tres fases, 230-400V, 50 Hz; un (1) sensor óptico fotocelda Sick WT -100-BGB P3419; un (1) sensor de

motorreductor banda acumulador FBM 750 x 800 de 0,37 kW, tres fases, 230-400V, 50 Hz; un (1) sensor óptico fotocelda Sick WT -100-BGB P3419; un (1) sensor de conteo mecánico 906 -195673; una (1) correa naranja de 370 x 25 mm; seis (6) correas naranjas de 780 x 25 mm; una (1) correa naranja de 50 x 1.520 mm; una (1) correa naranja de 50 x 1.290 mm; una (1) correa rueda de espuma de 172 x 25 mm; una (1) banda azul rampa transición de 240 x 450 mm; una (1) banda rampa in icial verde de 870 x 693 mm código 400 -0178491; una (1) banda expulsión residuos B=243 L=2,225 mm; una (1) banda verde buffer Band Grn Rr 2ss 580 x 693 mm; una (1) banda Bufferbelt FBM 750 x 800 mm; una (1) banda verde buffer de 550 x 195 mm; dos (2) soportes ajustables de 1.150 a 1.500 mm; una (1) atadora tipo Tyson Binder, tipo 24R -FBMX1³; un (1) steppermotor para atadora tipo 24R -FBMX con torque de 3 Nm.

Instalación Manual de Capuchones

10. Una (1) banda para transportar las flores hacia la zona de colocación de los capuchones, dimensiones: 6000 mm por 1000 mm, contiene los siguientes elementos: una (1) banda de separación y encapuche de 6 x 1 metro; un (1) motorreductor banda de capuchones de 0,55 kW, tres fases, 1.500 rpm, 230-400V,

elementos: una (1) banda de separación y encapuche de 6 x 1 metro; un (1) motorreductor banda de capuchones de 0,55 kW, tres fases, 1.500 rpm, 230-400V, 50 Hz; una (1) pantalla táctil de 10,1 pulgadas PCAP 24V (10,1" WXGA FPD. Display PCAP USB VGA; dos (2) bandejas portacables DG 5,000 EV de 35 x 100 mm; un (1) motor para correa de espuma de 0,25 kW, tres fases, 230-400V, 50 Hz.

Atado o Amarre Final del Ramo de Flores:

11. Una (1) unidad de atado para el amarre final del ramo con capuchón, contiene los siguientes elementos: un (1) sensor óptico (switch final), Bernstein GC -SU1 AD LS; un (1) pisador de espuma naranja de 3.150 x 50 x 30 mm 3CF; una (1) atadora tipo Tyson Binder, tipo 24R-FX1² con brazo largo +200 mm; un (1) steppermotor para atadora tipo Tyson 24R-FX con torque de 3 Nm, tipo CS-M22430.

Acumulación o Recolección de Ramos Terminados:

12. Una (1) banda recolectora para recolectar los ramos terminados, control y conteo de los ramos por jornada, dimensiones: 2000 mm por 800 mm, contiene los siguientes

elementos: una (1) banda recolectora o acumulación de 2 x 0,8 metros; un (1)RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 de 05 ago. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

motorreductor de 0,37 kW, tres fases, 1.500 rpm, 230 -400V, 50 Hz IE3; una (1) bandeja portacables DG 5,000 EV de 35 x 100 mm; un (1) sensor óptico (switch final).

En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 al 12, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente para la clasificación y agrupación de flores en la elaboración de ramos d e flores, que involucra actividades como desfoliado, alineación, separación, clasificación, transporte y atado de tallos y recolección de ramos florales, que conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este capítulo” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “- - - Los demás" dentro de la subpartida tácita 8479.80 “- Las demás máquinas y aparatos:”.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente para la clasificación y agrupación de flores en la elaboración de ramos, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA identificado con cédula de ciudadanía No. 37.512.143,en calidad de representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S A S NIVEL 2 con NIT 830.004.745 -8, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud : dianaosorio@interandina.comdircomex@interandina.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CRA 13 NO 28-01 OF

2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CRA 13 NO 28-01 OF 402 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600454 de 05 ago. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-08-05 / 08:08:33 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600454Consecutivo Acto 2025Año Calendario 05-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo .830004745Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2 Razón Social dianaosorio@interandina.comDirección

.830004745Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL

2 Razón Social dianaosorio@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 320Planilla Remisión No. 06 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

06 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP LEGAL T/P.830004745

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:37:49

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 29 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 110.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 110.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600454Consecutivo Acto 2025Año Calendario 05-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

830004745Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL

2 Razón Social dircomex@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 320Planilla Remisión No. 06 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

06 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP LEGAL T/P830004745

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 09:37:49

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 29 AUG 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 110.

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