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DIAN - Resolución 600465 de 12-08-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600465 de 12-08-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 (12 ago. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002303 de l 29 de marzo de 2025, el Sr. FRANCISCO JAVIER D ÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandataria de la sociedad BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTARIA COLOMBIA S .A. PUDIENDO UTILIZAR INDISTINTAMENTE PARA TODOS LOS EFECTOS LEGALES EL NOMBRE BBVA COLOMBIA , con NIT 860.003.020-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “MÁQUINA DE CORTE LONGITUDINAL”

El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, descripción del proceso en tres (3) páginas, mandato aduanero en seis (6) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, descripción del proceso en tres (3) páginas, mandato aduanero en seis (6) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos MCTE ($ 1.384.000,00) según transferencia electrónica comprobante No. 81790 del 18 de marzo de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información -RI S2025000100165398000299 del 22 de abril de 2025, este Despacho solicitó al usuario:

1. “Mencionar la ubicación geografía y área en donde se instalará la unidad funcional a clasificar.

2. Explicar cómo se va jalando y pasando la bobina de acero, una vez desenrollada, hasta el equipo de corte longitudinal y cómo se envían de manera continua y al mismo tiempo, las tiras de acero al embobinado.

3. Aclarar qué equipo de la solicitud hace «Si es necesario, se realiza un proceso de enderezado para eliminar curvaturas residuales del material.»

4. Describir brevemente el proceso de corte longitudinal y separación, únicamente se hace

referencia a la función de los equipos. Decir si la máquina de corte longitudinal es tipoRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 de 12 ago. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

prensa (hidráulica o mecánica) y cómo las cuchillas de corte atacan el material sin separarlo.

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

prensa (hidráulica o mecánica) y cómo las cuchillas de corte atacan el material sin separarlo.

5. Decir cómo se controla el proceso de la solicitud y con qué equipo(s) se hace dicho control. Precisar si el (los) equipo(s) son de control numérico o no.

6. Realizar una descripción física de la bobina de acero y del producto final (dimensiones, peso, etc.).

7. Remitir un listado de equipos con su nombre en idioma español, cantidad, unidad de medida (unidad, metros, etc.), características técnicas relevantes, componentes principales, y función.”

Con solicitud realizada en el sistema de fecha 30 de mayo de 2025 , el interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2025000100165398000562 del 07 de julio de 2025. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000447 del 10 de julio de 2025 con cuatro (4) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.

De acuerdo con el escrito radicado Nº E2025000100165398000459 del 14 de julio de 2024, el interesado remitió el acta de reunión firmada. Posteriormente, mediante oficio Nº S2025000100165398000656 del 04 de agosto de 2025, la Coordinación de Clasificación confirmó la recepción del documento.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado :

confirmó la recepción del documento.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 #25b 40, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente defini da,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 de 12 ago. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Texto de la partida 84.62:

«Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los laminadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente.»

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regl a, también se aplican las Notas de

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regl a, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con l os radicados Nos. 235410000002303 de 29 de marzo de 2025 y E2025000100165398000447 del 10 de julio de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos que se utilizan en el corte longitudinal de bobinas planas de acero, mediante el siguiente procedimiento:

El proceso comienza con el cargue de bobinas de acero plano al carbón, con espesores entre 0.8 y 6 mm, anchos de 500 a 1.500 mm, y diámetros internos de 508, 610, 760 o 850 mm, con un diámetro externo máximo de 2.000 mm. Estas bobinas se montan sobre un carro que las traslada hasta el desenrollador donde se nivelan en altura para ser sujetadas por el equipo. Una vez posicionadas, se utiliza un rodillo pisador y una mesa articulada para

carro que las traslada hasta el desenrollador donde se nivelan en altura para ser sujetadas por el equipo. Una vez posicionadas, se utiliza un rodillo pisador y una mesa articulada para guiar la punta de la lámina hacia dos rodillos de presión , donde la tracción entre estos rodillos y el movimiento del desenrollador permite el avance continuo de la lámina sobre los rodillos hasta el cabezal de corte longitudinal. Previo al corte, se realiza el enderezado para corregir curvaturas residuales que se ejecuta mediante un equipo con rodillos de tracción y cinco rodillos de enderezado (tres inferiores y dos superiores), accionados por un motor AC de 45 kW.

A continuación, en el cabezal de corte, la lámina pasa entre cuchillas circulares (traslapadas y ajustadas según el ancho deseado) montadas en dos ejes que realizan cortes precisos mediante efecto tijera y las tiras resultantes se guían sobre mesas con rodillos, evitando enredos y asegurando su desplazamiento uniforme hacia el embobinado, donde las puntas de las tiras se sujetan en una mordaza mecánica y se enrollan sincrónicamente. El productoRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 de 12 ago. 2025 Hoja No. 4

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final son flejes de acero al carbón enrollados, con espesores entre 0.8 y 6 mm, anchos de 60 a 750 mm, y diámetros internos de 508 mm, conservando un diámetro externo máximo de 2.000 mm. Estos flejes mantienen las propiedades del material original y están listos para procesos posteriores de manufactura.

60 a 750 mm, y diámetros internos de 508 mm, conservando un diámetro externo máximo de 2.000 mm. Estos flejes mantienen las propiedades del material original y están listos para procesos posteriores de manufactura.

Durante todo el proceso, se aplica tensión controlada en el desenrollado y el embobinado, garantizando la calidad dimensional del producto. Por su parte, para el control del proceso descrito se dispone de un gabinete eléctrico, tablero de operación y PLC que sincroniza las señales de los motores y coordina el funcionamiento de los equipos. La instalación de las máquinas y equipos se hará en el kilómetro 2 vía Palestina, Chinchiná Caldas (ARME S.A.S).

A continuación, se relacionan los componentes según la respuesta al requerimiento de información correspondiente al archivo en formato Excel denominado “listado de equipos”:

1. Una (1) plataforma en V para traslado de las bobinas, con estructura en forma de V donde se colocan las bobinas madre para facilitar su manipulación y alineación al montaje en el desenrollador, compuesta por: plataforma en V, cilindro hidráulico con capacidad 20 t., 200 de diámetro y 700 mm de recorrido.

2. Dos (2) desenrolladores de conos hidráulicos, cuyas estructuras están compuestas cada una por un cono que sujeta por ambas caras la bobina madre, ajustando el diámetro de cada bobina con accionamiento hidráulico, permitiendo suspender la bobina para el desenrollado, compuestos por: sistema hidráulico para la expansión de los conos, freno, motor 15 kW.

3. Un (1) dispositivo de enhebrado y guiado de la lámina, con rodillo pisador con su

desenrollado, compuestos por: sistema hidráulico para la expansión de los conos, freno, motor 15 kW.

3. Un (1) dispositivo de enhebrado y guiado de la lámina, con rodillo pisador con su respectivo bastidor y motor y la mesa articulada para guiar la punta de la lámina hasta los rodillos de sujeción y tracción, compuesto por: bastidor de pórtico, brazo de prensado hidráulico, mesa articulada con accionamiento hidráulico, rodillo pisador, motor 5,5 kW.

4. Un (1) enderezador (2+5), cuya estructura que contiene un par de rodillos de tracción

(uno sobre otro), cinco (5) rodillos de enderezado, tres (3) inferiores y dos (2) superiores, con un motor AC de 45 kW que transmite la potencia a los rodillos para gener ar el movimiento, compuesto por: un (1) par de rodillos sujetadores de 216 mm de diámetro, cinco (5) rodillos de aplanado de 180 mm de diámetro, montados en un bastidor con elevación mediante tornillos sinfín y motor AC de 45 kW.

5. Una (1) cizalla (6×1.600 mm), que se utiliza para hacer un corte transversal del principio de la bobina madre para garantizar que las cintas van a llegar parejas al enrollador, compuesta por: una (1) cuchilla superior, una (1) cuchilla inferior de 1.600mm de longitud.

6. Una (1) mesa de rodillos, consistente en una estructura de rodillos sobre la cual se desplaza la lámina hasta el cabezal de corte, com puesta por: estructura, rodillos de 90 mm de diámetro y rodamientos.

6. Una (1) mesa de rodillos, consistente en una estructura de rodillos sobre la cual se desplaza la lámina hasta el cabezal de corte, com puesta por: estructura, rodillos de 90 mm de diámetro y rodamientos.

7. Un (1) dispositivo de guiado, estructura conformada por un (1) tornillo sinfín que tiene dos (2) rodillos laterales para ajustar el ancho de la lámina y que está siempre se traslade por la línea centro de la máquina, compuesto por: estructura tipo riel, mecanismo de ajuste, rodillos laterales.

8. Dos (2) cabezales de corte longitudinal, conformados cada uno por un eje superior y

otro inferior donde se montan las cuchillas circulares para efectuar el corte de la láminaRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 de 12 ago. 2025 Hoja No. 5

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en cintas. Son dos (2) unidades de cabezales de corte para disminuir los tiempos de montaje entre órdenes de producción, mientras uno está en producción el otro cabezal está en montaje para la orden siguiente. Cada cabezal de corte se compone de: base fija con la transmisión de potencia con motorreductor de 132 kW; mecanismo hidráulico para posicionamiento de cada cabezal con cilindro de 100mm de diámetro y recorrido de 700 mm; motos de ajuste de los ejes de corte de 3 kW, mesa de alojamiento de los cabezales de corte.

para posicionamiento de cada cabezal con cilindro de 100mm de diámetro y recorrido de 700 mm; motos de ajuste de los ejes de corte de 3 kW, mesa de alojamiento de los cabezales de corte.

9. Dos (2) recogedores de “refile” (borde sobrante del corte a cada lado de la bobina madre, para garantizar el ancho de las cintas de las orillas ). Estos recogedores son carretes motorizados para recoger estas pequeñas cintas sobrantes, compuesto por: b astidor con el carrete para enrollado, motorreductor hidráulico y mecanismo de descarga.

10. Una (1) mesa del foso, de rodillos articulados que cubre el foso en el momento de enhebrar la máquina para trasladar las cintas ya cortadas hasta el recogedor por la línea de trabajo. Después de enhebrar, estas se bajan para que las cintas bajen por el foso y vuelvan a subir a la línea de trabajo para liberar tensi ones, compuesta por: bastidor, rodillos y sistema de izaje para subir y bajar toda la estructura.

11. Una (1) tensionadora, para generar tensión en cada uno de los flejes para poder enrollarlos y que el rollo de la cinta quede consistente, compuesta: estructura, eje separador donde se montan discos separadores para cada cinta, placas tensionadoras accionadas por cilindros y rodillos deflectores.

12. Un (1) enrollador o rebobinador para recoger cada una de las cintas cortadas de manera individual en rollo, compuest o por: mecanismo de engranajes, motor AC de 132 kW, sistema de freno, mandril de expansión, cilindro hidráulico para la expansión del mandril,

individual en rollo, compuest o por: mecanismo de engranajes, motor AC de 132 kW, sistema de freno, mandril de expansión, cilindro hidráulico para la expansión del mandril, brazo pisador con eje separador de cintas.

13. Un (1) carro de salida de cintas o flejes con accionamiento hidráulico para retirar las cintas o flejes del mandril del enrollador con capacidad de carga de 20 t, compuesto por: mecanismo de elevación hidráulico, plataforma en V y ejes guía de soporte.

14. Una (1) unidad hidráulica, consistente en una estación hidráulica que, por medio de un motor acoplado a una bomba, succiona aceite y lo traslada a presión hasta los cilindros hidráulicos para permitir los movimientos de los componentes acoplados a los cilindros, compuesta por: motor 11 kW, bomba de aceite de 16 MPa de presión y volumen de trabajo 40 litros x minuto, mangueras y tubería.

15. Un (1) gabinete eléctrico con todos sus componentes para suministrar y distribuir la potencia eléctrica a los motores, con un nivel de potencia de 3 fases AC, 440 V, 60 Hz.

Tablero de control para de la máquina a través de sistemas electrónicos para la operación de cada componente , que incluye todos sus componentes ( interruptores, guardamotores, contactores, cableado), tablero de control con PLC, cableado, botonera y HDMI.

De acuerdo con lo expuesto, los equipos descritos en los numerales 1 al 15 conforman un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos diseñados específicamente para llevar a cabo el corte longitudinal de las láminas planas de acero al carbón. Esta función consiste

De acuerdo con lo expuesto, los equipos descritos en los numerales 1 al 15 conforman un conjunto de máquinas, aparatos y dispositivos diseñados específicamente para llevar a cabo el corte longitudinal de las láminas planas de acero al carbón. Esta función consiste en dividir la lámina metálica (bobina madre) en varias cintas (flejes) más estrechas, mediante cuchillas circulares montadas en ejes opuestos, siguiendo la dirección del eje de enrollado de la bobina. En consecuencia, el conjunto de equipos mencionados cumple con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional destinada al corte longitudinal de láminas metálicas.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 de 12 ago. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Al respecto, en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA), las máquinas herramienta como lo son las líneas de corte longitudinal, se encuentran comprendidas en el texto de la partida 84.62 del SA., según la Regla General Interpretativa 1 del SA citada en el acápite de los fundamentos de derecho.

En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 15 conforman la unidad funcional previamente identificada, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84. 62 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida «Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón

en la partida 84. 62 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida «Máquinas herramienta (incluidas las prensas) de forjar o estampar, martillos pilón y otras máquinas de martillar, para trabajar metal (excepto los la minadores); máquinas herramienta (incluidas las prensas, las líneas de hendido y las líneas de corte longitudinal) de enrollar, curvar, plegar, enderezar, aplanar, cizallar, punzonar, entallar o mordiscar, metal (excepto los bancos de estirar); prensas para trabajar metal o carburos metálicos, no expresadas anteriormente. » y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8462.32.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para «- - Líneas de hendido y líneas de corte longitudinal.»

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA y que de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8462.32.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente como línea de corte longitudinal de láminas planas de acero , de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comsrodriguez@roldanlogistica.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la Carrera 100 #25b

2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la Carrera 100 #25b 40 en Bogotá, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600465 de 12 ago. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021 , el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección

de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-08-12 / 11:56:15 A. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600465Consecutivo Acto 2025Año Calendario 12-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo .811001259..Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 328Planilla Remisión No. 12 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

12 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259..

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 10:52:32

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 126.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600465Consecutivo Acto 2025Año Calendario 12-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 811001259..Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social srodriguez@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 328Planilla Remisión No. 12 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable

ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

12 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259..

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 10:52:32

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica qu este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 126.

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