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DIAN - Resolución 600485 de 20-08-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600485 de 20-08-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 (20 ago. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002441 de 08 de mayo de 2025, el señor EDGAR ENRIQUE JIM ÉNEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía 85 .201.036, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890 .404.190-5, mandatario de la Sociedad BANCO DAVIVIENDA S.A. con NIT 860.034.313-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ LINEA DE SACRIFICIO DE 200 CERDOS POR TURNO” y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL LINEA DE

SACRIFICIO DE 200 CERDOS POR TURNO”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

-Formato de solicitud de resolución arancelaria ordinaria en dos (2) páginas. -Mandato aduanero en cinco (5) páginas. -Consignación bancaria en una (1) página. -Proceso de matadero y sus funciones en dos (2) páginas. -Plano en una (1) página.

-Mandato aduanero en cinco (5) páginas. -Consignación bancaria en una (1) página. -Proceso de matadero y sus funciones en dos (2) páginas. -Plano en una (1) página. -Lista de equipos y máquinas en dieciocho (18) páginas. -Diagrama de flujo en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($ 1.383.686) según transferencia número 21113 de 06 de mayo de 2025 del Banco Davivienda S.A. al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información - RI nro. S2025000100165398000418 del 26 de mayo de 2025 este Despacho solicitó al usuario la siguiente información: 1. Modificar el listado de equipos de manera que únicamente contenga las máquinas, equipos y aparatos que llevan a cabo el proceso y 2. Indicar el lugar geográfico del territorio nacional en el cual será instalada la planta de sa crificio y área de la misma. M ediante escrito radicado nro. E2025000100165398000460 del 14 de julio de 2025, con 3 folios, el usuario dio respuesta y renunció al término restante para dar respuesta al citado requerimiento.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 de 20 ago. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado :

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : ejimenez@aduanasgama.com - asesor02@aduanasgama.com; o por correo en la dirección AV ARSENAL 8 B 39, en Cartagena - Bolívar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Adicionalmente, para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión,

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjun to se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.38:

“Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, vegetales o de orige n microbiano, fijos o animales.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 de 20 ago. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

_______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002441 de 08 de mayo de 2025 y E2025000100165398000460 del 14 de julio de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos empleados para el sacrificio y obtención industrial de carne de cerdo para el consumo humano.

El proceso de matadero inicia con el ingreso automático del animal al corral, seguido por su paso al canal de aturdimiento, donde recibe un impacto eléctrico para garantizar su insensibilización de manera humanitaria. Posteriormente, se realiza el degüello manual con cuchilla, permitiendo el drenaje completo de la sangre hacia una piscina, desde donde se traslada a una máquina que la transforma en harina de sangre, un producto utilizado como suplemento dietético. A continuación, el cuerpo del animal pasa por la piscina escaldadora que facilita la remoción del vello, el cual es eliminado completamente por un rotor automático de limpieza.

Luego se realiza el corte de cabeza, la cual es enviada al área de almacenamiento, y se procede con la evisceración manual, extrayendo las vísceras que se clasifican en rojas y

automático de limpieza.

Luego se realiza el corte de cabeza, la cual es enviada al área de almacenamiento, y se procede con la evisceración manual, extrayendo las vísceras que se clasifican en rojas y blancas para su adecuado almacenamiento. El cuerpo se divide en dos mitades med iante sierra eléctrica para facilitar su manejo y es almacenado en un cuarto frío por 12 horas, tiempo durante el cual la carne pierde acidez y se vuelve apta para el consumo humano. Finalizada esta etapa, las mitades se trasladan a la zona de corte para el despiece técnico en productos comerciales como lomos, costillas y patas.

Finalmente, las piezas resultantes se conservan en un cuarto frío en estado de congelación para mantener la cadena de frío y garantizar su calidad hasta la comercialización. Los residuos del proceso de corte se destinan al área de embutidos.

La Planta estará ubicada en Polonuevo - Sabanagrande Atlántico e n un terreno de 4.7 hectáreas.

La línea de producción presentada para ser objeto de clasificación cuenta con los siguientes componentes:

1. PROCESO DE INSENSIBILIZACION Y ATURDIMIENTO:

Compuesta por: un (1) descargador hidráulico de cerdos (CA220V); un (1) aturdidor manual; un (1) grueso eléctrico móvil; un (1) canal de entrada para cerdos vivos; un (1) transportador de aturdido eléctrico de tres puntos (cilindro y control de gas) . Función: los cerdos son transportados al matadero y recibidos, donde se realiza un método de insensibilización, como la descarga eléctrica o el uso de gas, con el fin de reducir el dolor y el estrés del

transportados al matadero y recibidos, donde se realiza un método de insensibilización, como la descarga eléctrica o el uso de gas, con el fin de reducir el dolor y el estrés del animal durante el proceso de sacrificio.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 de 20 ago. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

2. PROCESO DE SACRIFICIO Y DESANGRADO:

Compuesta por: dos (2) toboganes deslizantes para cerdos; un (1) transportador de sacrificio y desangrado; un (1) transportador de desangrado con sistema de airbag tensor y control de gas de Festo; cuarenta (40) grilletes de desangrado; un (1) canal de sangre.

3. PROCESO DE ESCALDADO Y DEPILADO:

Compuesta por: una (1) plataforma para lavado de canales; un (1) tanque de escaldado a vapor; un (1) sistema automático de control de temperatura; una (1) despellejadora hidráulica; una (1) mesa de recepción de canales; un (1) elevador de canales; una (1) caldera de vapor eléctrica; un (1) equipo de ablandamiento de agua.

4. PROCESO DE ASEO, DEGUELLO Y EVICERACION:

Compuesta por: un (1) alimentador neumático (cilindro y control de gas); un (1) transportador de canales de cerdo (bolsa de aire tensora y control de gas); una (1) cizalla de cuello; dos (2) cizallas hidráulicas de pezuñas; dos (2) plataformas fijas para r aspar el

transportador de canales de cerdo (bolsa de aire tensora y control de gas); una (1) cizalla de cuello; dos (2) cizallas hidráulicas de pezuñas; dos (2) plataformas fijas para r aspar el pelo remanente; una (1) plataforma fija para cortar la pezuña trasera (1600 x 1000 x 1200 mm); una (1) plataforma fija para sellar el ano y abrir el pecho (1600 x 1000 x 800 mm); una (1) plataforma fija para extraer los despojos blancos (1600 x 10 00 x 400 mm); una (1) plataforma fija para extraer los despojos rojos (1600 x 1000 x 400 mm); una (1) plataforma fija para la inspección de canales (1600 x 1000 x 800 mm); una (1) plataforma fija para dividir canales (1600 x 1000 x 800 mm); una (1) plataforma fija para el despiece de canales (1600 x 1000 x 800 mm); una (1) plataforma fija para el lavado de canales (1600 x 1000 x 800 mm); una (1) plataforma fija para la inspección de despojos (1600 x 900 x 400 mm); una (1) mesa de inspección de despojos; un (1) canal deslizante para despojos; dos (2) canales deslizantes para despojos; una (1) sierra de cinta divisora; una (1) desinfectadora con sierra de cinta divisora; una (1) báscula para canales sobre rieles; un (1) sistema de control eléctrico central; una (1) máquina hidráulica para separar cabezas de cerdo con tres (3) carros para cabezas de cerdo; una (1) tolva de recepción de menudillos blancos y rojos

control eléctrico central; una (1) máquina hidráulica para separar cabezas de cerdo con tres (3) carros para cabezas de cerdo; una (1) tolva de recepción de menudillos blancos y rojos con ocho (8) carros de depósito del proceso; dos (2) dispositivos de lavado de intestino grueso; una (1) lavadora de estómagos.

5. PROCESO DE DESPIECE Maquinaria de deshuese: compuesta por: una (1) mesa de rodillos de recepción de canales; una (1) sierra circular de corte primario; un (1) transportador de deshuesado/recorte de canales; once (11) mesas de deshuesado y corte; estantes para cajas nueve (9) grandes y cuatro (4) pequeños); dos (2) mesas de empaque; un (1) cortador de huesos de carne con diez (10) cuchillas; un (1) sistema de control electrónico del equipo.

Máquina transportadora y empaquetadora : c ompuesta por: un sistema de transporte y almacenamiento de canales con doble riel (capacidad: 280 canales); veintitrés (23) piezas de desvío uni y bidireccional integrado; dieciocho (18) piezas de doble riel con flexión de 90°; quinientos (500) ganchos de polea para canales con doble riel; una (1) báscula para canales sobre riel; un (1) elevador de retorno con gancho inactivo . Función: este sistema está diseñado para facilitar el transporte interno y almacenamiento de medias canales en frío. Utiliza ganchos deslizantes y rodillos para mover al cerdo o bovino por la planta de forma ergonómica. Las líneas están conectadas mediante cruces, formando una red

está diseñado para facilitar el transporte interno y almacenamiento de medias canales en frío. Utiliza ganchos deslizantes y rodillos para mover al cerdo o bovino por la planta de forma ergonómica. Las líneas están conectadas mediante cruces, formando una red eficiente que permite que las canales lleguen con facilidad a su destino final.

6. GESTION DE RESIDUOS.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 de 20 ago. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Compuesta por: un (1) secador de sangre con pulverizador centrífugo . Función: se utiliza para secar materiales derivados del sacrificio, como sangre, plasma o proteína de células sanguíneas, con el objetivo de obtener subproductos útiles y contribuir a la conservación del ambiente conforme a la normativa vigente.

7. PROCESO DE SEPARACION, LAVADO Y ENFRIAMIENTO

Compuestas por: ocho (8) salas o cuartos fríos divididos para procesos de refrigeración y congelación de canales, desposte, cortes, descartes y vísceras. Cada cuarto cuenta con una capacidad de refrigeración de doce (12) toneladas por cada veinticuatro (24) horas.

Paneles tipo sándwich para garantizar higiene y control térmico. Dos (2) unidades enfriadoras por cuarto con sus respectivo s compresores. Caja de control eléctrico. Componentes eléctricos por cada cuarto. Puerta corrediza hermética para asegurar el cierre y evitar cruces de contaminación. Condensador evaporativo.

8. EDIFICACIÓN

Componentes eléctricos por cada cuarto. Puerta corrediza hermética para asegurar el cierre y evitar cruces de contaminación. Condensador evaporativo.

8. EDIFICACIÓN

Compuesto por: un (1) establo de estructura de acero para animales de 1.632 m²; un (1) establo de estructura de acero para animales de 356 m², un (1) matadero de estructura de acero del área de insensibilización y aturdimiento; columna y viga principal de acero (25) del área de despiece; columna y viga principal de acero (25) del área de despiece.

9. AIRES ACONDICIONADOS

Dos (2) aires acondicionados para enfriamiento y ventilación especial del área de insensibilización y aturdimiento; dos (2) aires acondicionados para enfriamiento y ventilación especial del área de sacrificio y desangrado; dos (2) aires acondicionados para enfriamiento (110V) y ventilación especial (40 conductos) del área de escalado y depilado; siete (7) aires acondicionados para enfriamiento (110V) y ventilación especial (40 conductos) del área de aseo del área de degüello y evisceración; dos (2) aires acondicionados para enfriamiento (110V) y ventilación especial (40 conductos) del área de despiece; dos (2) aires acondicionados para enfriamiento (110V) y ventilación especial (20 conductos) del área de despice; un (1) sistema de ventilación especial con veinte (20) conductos del área de gestión de residuos; un (1) aire acondicionado para enfriamiento y ventilación especial de pasillos de interconexión del área de refrigeración y congelación

10. OTROS

conductos del área de gestión de residuos; un (1) aire acondicionado para enfriamiento y ventilación especial de pasillos de interconexión del área de refrigeración y congelación

10. OTROS

Cuatro (4) secadores de botas (20 pares); tres (3) pies lavamanos de tres compartimentos; tres (3) lavabotas manuales de tres compartimentos; dos (2) tanques esterilizadores de cuchillos; un (1) dispositivo para lavado de manos y esterilización de cuchillos (capacidad: diez (10) cuchillos); un (1) lavabotas con sistema de desinfección de manos; vestidores y duchas, “lockers” y zapateros del área de insensibilización y aturdimiento;

Analizada la información anterior se tiene que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI, la función netamente definida identificada para el conjunto de máquinas es la preparación de carne de cerdo abarcando las etapas de sacrificio, procesamiento, despiece y conservación de la carne. Ahora bien, frente al listado de equipos es importante considerar que, en dicha Nota, los términos para realizar conjuntamente una función netamente definida alcanzan solamente a las máquinas o combinaciones de máquinas necesarias para realizar la función propia del conjunto que constituye la uni dad funcional, con exclusión de las máquinas o aparatos que tengan funciones auxiliares y no contribuyan a la función del conjunto. Así las cosas, la mercancía incluida en los numerales 8, 9 y 10 no hacen parte de

la unidad funcional ya que no contribuyen a la función del conjunto por tratarse de laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 de 20 ago. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

infraestructura física o estructural, sistemas de climatización y equipos y mobiliario destinados a la higiene del personal.

En virtud de lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos listados en los numerales 1 al 7, trabajan conjuntamente para la preparación de carne de cerdo, que de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General interpretativa 1 , está comprendido en la partida 84.3 8 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, vegetales o de origen microbiano, fijos o animales.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8438.50.90.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “- - Las demás” dentro de la subpartida 8438.50 para “- Máquinas y aparatos para la preparación de carne:”.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución , salvo las excepciones indicadas en la parte considerativa, en la subpartida 8438.50.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente en la preparación de carne de cerdo, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO identificado con cédula de ciudadanía No. 73.094.097, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 890.404.190-5, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud ejimenez@aduanasgama.com - asesor02@aduanasgama.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, AV ARSENAL 8 B 39

modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, AV ARSENAL 8 B 39 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600485 de 20 ago. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-08-20 / 04:52:48 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600485Consecutivo Acto 2025Año Calendario 20-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social ejimenez@aduanasgama.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 342Planilla Remisión No. 21 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

22 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P.890404190

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 13:21:18

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 12 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 96.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600485Consecutivo Acto 2025Año Calendario 20-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social

asesor02@aduanasgama.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 342Planilla Remisión No. 21 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución:

Fecha Fijación Edicto: 22 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 13:21:18

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 12 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 96.

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