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DIAN - Resolución 600503 de 26-08-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600503 de 26-08-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600503 (26 ago. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002351 de 21 de abril de 2025, el señor WILMAN AUGUSTO L ÓPEZ RAM ÍREZ, identificado con cédula de ciudadanía 79 .360.584, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS AGECOLDEX S.A. NIVEL 1, con NIT 800 .254.610-5, mandatari a de la Sociedad CABLES DE ENERG ÍA Y DE TELECOMUNICACIONES S .A.S. con NIT 890 .300.431-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “LÍNEA DE AMASADO BUSS COMPEO 88 18” y comercialmente como

“UNIDAD FUNCIONAL MÁQUINA EXTRUSORA OSCILANTE CONTINUA DE UN SOLO

TORNILLO”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato SIE-SARP en dos (2) páginas; mandato en una (1) página, comprobante de pago en una (1) página, proceso productivo en tres (3) páginas, plano s en tres (3) páginas y ficha técnica en quince (15)

(2) páginas; mandato en una (1) página, comprobante de pago en una (1) página, proceso productivo en tres (3) páginas, plano s en tres (3) páginas y ficha técnica en quince (15) páginas.

El solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil trescientos setenta y dos pesos m/cte ($ 1.394.372,00) según transferencia número 155831939 de 16 de abril de 2025 del Banco Scotiabank Colpatria al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información S2025000100165398000344 del 08 de mayo de 2025 este Despacho solicitó al usuario: Informar la ubicación geográfica exacta donde se instalará la línea de amasado y el área que ocupa. Elaborar un listado de máquinas y equipos listando sus componentes y características en la casilla de características físicas y técnicas, para lo que se sugiere realizar un archivo editable en Excel.

El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000403 del 20 de junio de 2025, con 21 páginas, sin renunciar al término restante para responder al requerimiento en mención.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600503 de 26 ago. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JULIAN HOLGU ÍN FAJARDO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: fholguin@agecoldex.com - clasificacion@agecoldex.com ; o por correo en la

JULIAN HOLGU ÍN FAJARDO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: fholguin@agecoldex.com - clasificacion@agecoldex.com ; o por correo en la dirección Avenida Calle 24 No 95A-80 Oficina 503, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.77:

“Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y susRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600503 de 26 ago. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002351 de 21 de abril de 2025 y E2025000100165398000403 del 20 de junio de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos que convierten materia prima en un producto granulado, la cual será ubicada en Centelsa, calle 10 No. 38 - 43 planta No. 2 Arroyo Hondo, Yumbo – Valle del Cauca y ocupará un área de 101 M2

Las máquinas y aparatos tienen el siguiente principio de funcionamiento:

El proceso de producción comienza con la dosificación precisa de un polímero mediante un alimentador gravimétrico que transfiere el material a una tolva tipo tornillo. Esta tolva alimenta de forma homogénea la línea de amasado, donde el material granulado es fundido por cizallamiento interno, convirtiéndose en una masa pl ástica moldeable. Durante este proceso, se inyecta silano líquido a través de un alimentador gravimétrico, integrándolo a la masa. Luego, esta es transportada a una bomba de fusión que incrementa su presión antes de pasar por un cambiador de pantalla hidrá ulico, el cual filtra impurezas. Posteriormente, una válvula derivadora permite una inspección visual del material antes de continuar.

masa. Luego, esta es transportada a una bomba de fusión que incrementa su presión antes de pasar por un cambiador de pantalla hidrá ulico, el cual filtra impurezas. Posteriormente, una válvula derivadora permite una inspección visual del material antes de continuar.

Una vez aprobado visualmente, la masa fundida pasa al granulador de corte bajo agua, donde cuchillas giratorias cortan el material en gránulos regulares. Estos se solidifican al ser arrastrados por agua de proceso a través de una cámara de corte y transpor tados por una tubería hasta un secador centrífugo, que elimina la humedad mediante centrifugado. Finalmente, se obtienen pellets de diámetro de 1 a 3 mm . Para el correcto funcionamiento de esta línea de amasado, se requieren equipos auxiliares como unidades de calentamiento/enfriamiento para aclimatar el barril y tornillo, y un gabinete eléctrico que gestiona el control del proceso y la distribución eléctrica a los equipos.

Las máquinas y equipos que hacen parte de la línea de producción son las siguientes:

1. Dos (2) unidades de alimentador gravimétrico para polímero, tanque de alimentación rectangular de acero inoxidable de 200dm3 sobre celdas de pesaje, para alimentación gravimétrica de polímero hacia el dispositivo de entrada.

2. Una (1) unidad de tolva tornillo, fabricada en acero inoxidable , para alimentación de la amasadora.

3. Una (1) línea de amasado, compuesta por: un (1) tornillo amasad or de 88 mm de diámetro, una (1) caja de cambios, un (1) bastidor, un (1) motor tornillo amasador de

amasadora.

3. Una (1) línea de amasado, compuesta por: un (1) tornillo amasad or de 88 mm de diámetro, una (1) caja de cambios, un (1) bastidor, un (1) motor tornillo amasador de inducción trifásico jaula de ardilla, 230kW, 460V/60Hz 320A 1481 RPM , para mezclado de materias primas.

4. Un (1) alimentador gravimétrico de líquido para silano, compuesto por: tanque de alimentación triangular de acero inoxidable de 6 dm3 sobre celdas de pesaje, tubería de conexión, motor 440V, 0.45kW controlado por variador de frecuencia, tolva de relleno 100dm3, proporciona alimentación gravimétrica de líquidos mediante un perno de inyección.

5. Una (1) bomba de fusión, presión máxima en la salida de la bomba: 250 bar. diseño

helicoidal, cartuchos de calentamiento: 4x2kW c/u. motor de accionamiento 20kW conRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600503 de 26 ago. 2025 Hoja No. 4

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caja de transmisión de 49rpm. Función: aumentar la presión del plástico que sale de la amasadora para forzar el compuesto a través de la placa de corte del granulador.

6. Un (1) cambiador de pantalla hidráulico, presión máxima permitida: 500 bar, para filtrar el compuesto de plástico fundido que emerge de la bomba de fundido, antes de ingresar al sistema de granulación.

6. Un (1) cambiador de pantalla hidráulico, presión máxima permitida: 500 bar, para filtrar el compuesto de plástico fundido que emerge de la bomba de fundido, antes de ingresar al sistema de granulación.

7. Una (1) válvula derivadora, que permite desviar el flujo de material fundido desde la posición de desvío hasta la posición de producción (placa de matriz) , canal de flujo del material fundido: 35 mm, calefacción eléctrica: 4 x 1250 W, motor hidráulico: 7.5 kW, clase de protección: IP 54, es útil para alcanzar el caudal requerido durante el arranque en ciertos polímeros.

8. Un (1) cortador bajo agua, que corta las hebras que emergen de la placa matriz en gránulos uniformes ; compuesto por: marco cortador bajo agua y placa de matriz del cortador bajo el agua.

9. Un (1) secador centrífugo, para eliminar el agua residual en los gránulos, tanque de agua de 100 galones con tamiz interno, calentamiento eléctrico, indicador de nivel de llenado, cajón de filtro de agua, intercambiador de calor , medidor de flujo con pantalla digital , bomba de agua de 5 HP, 3500 RPM (60 Hz), calentador de inmersión de 25 kW.

10. Un (1) sistema de agua templado, que p roporciona la circulación de agua caliente al proceso para poder transportar los pellets que se cortan en la placa de matriz, tanque de agua de 100 galones con tamiz interno, calentamiento eléctrico, indicador de nivel de llenado, cajón de filtro de agua, intercambiador de calor, medidor de flujo con pantalla

de agua de 100 galones con tamiz interno, calentamiento eléctrico, indicador de nivel de llenado, cajón de filtro de agua, intercambiador de calor, medidor de flujo con pantalla digital, bomba de agua de 5 HP, 3500 RPM (60 Hz), calentador de inmersión de 25 kW.

11. Dos (2) unidades de calentamiento/enfriamiento (agua) que aseguran automáticamente una temperatura constante previamente seleccionada en las zonas de control de temperatura del amasador y el extrusor de descarga, potencia 21.4 kW, medio de control de temperatura: agua, potencia del motor: 1.1kW, presión de operación: Máx.3 -6 bar, temperatura máxima de alimentación:160°, capacidad de calentamiento: máx. 17KW, flujo:60l/min, presión de la bomba: máx. 9.5 bar.

12. Una (1) unidad de calentamiento/enfriamiento (aceite), que asegura automáticamente una temperatura constante previamente seleccionada en las zonas de control de temperatura del amasador y el extrusor de descarga, potencia total del equipo:22.8 kW,

Voltaje: 440V.

13. Dos (2) Gabinetes eléctricos, que contienen todos los componentes de control y eléctricos que se encargaran de gestionar el proceso de la línea amasadora.

Revisado el proceso descrito, se determina que la amasadora “Buss Compounder” dispone de los elementos fundamentales para llevar a cabo un proceso de extrusión , posee un tornillo amasador que mezcla la materia prima por medio de un movimiento rotatorio y oscilatorio sinusoidal dentro del barril que permite mezclar y amasar la materia prima de

de los elementos fundamentales para llevar a cabo un proceso de extrusión , posee un tornillo amasador que mezcla la materia prima por medio de un movimiento rotatorio y oscilatorio sinusoidal dentro del barril que permite mezclar y amasar la materia prima de manera continua, generando el calor necesario para fundirla y transforma rla en una masa plástica homogénea, de otra parte, tiene una placa de matriz por medio de la cuál mediante presión se forman los espaguetis o cuerpos tubulares (pre-pellets), que posteriormente son cortados para obtener finalmente los pellets.

En virtud de lo anterior se evidencia que el proceso realizado corresponde, desde el punto de vista técnico, a un proceso de extrusión. En este sentido, y considerando tanto su funciónRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600503 de 26 ago. 2025 Hoja No. 5

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como sus componentes, arancelariamente la función netamente definida de las máquinas y aparatos en conjunto está en la extrusión.

De acuerdo con lo expuesto, se concluye que los elementos listados en los numerales 1 al 13 corresponden a un conjunto de máquinas y aparatos destinados a la fabricación de pellets a partir de materia plástica mediante procesos de amasado, cizallamiento, moldeo, y granulación de corte bajo el agua. Dicho conjunto se ajusta a los criterios establecidos en la Nota 4. de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado como una unidad funcional cuya función definida está dada por la extrusión. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuest o anteriormente y con la Regla General Interpretativa 1, la

la Nota 4. de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado como una unidad funcional cuya función definida está dada por la extrusión. Por lo tanto, de conformidad con lo dispuest o anteriormente y con la Regla General Interpretativa 1, la mercancía se encuentra comprendida en la partida arancelaria 84.77 que comprende “Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo ” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8477.20.00.00 la cual está determinada para “ - Extrusoras”

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.686) incluido el IVA . De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de DIEZ MIL SEISCIE NTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($10.686), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8477.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para elaborar pellets de materia plástica mediante

subpartida 8477.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para elaborar pellets de materia plástica mediante extrusión acorde con la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución al señor FRANCISCO JULIAN HOLGUIN FAJARDO identificado con cédula de ciudadanía No. 16.791.252, en calidad de Representante Legal Suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS AGECOLDEX S.A. NIVEL 1 con NIT 800.254.610-5, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud fholguin@agecoldex.comclasificacion@agecoldex.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Avenida Calle 24 No 95A-80 Oficina 503 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo

de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberáRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600503 de 26 ago. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la Página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 del 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-08-26 / 12:07:42 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600503Consecutivo Acto 2025Año Calendario 26-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .800254610Nit Calidad Actua FRANCISCO JULIAN HOLGUIN FAJARDO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS AGECOLDEX S.A. NIVEL 1Razón Social clasificacion@agecoldex.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 355Planilla Remisión No. 26 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:

355Planilla Remisión No. 26 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

27 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JULIÁN HOLGUÍN FAJARDO REP LEGAT/P.800254610

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 13:30:12

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 17 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 170.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600503Consecutivo Acto 2025Año Calendario 26-AUG-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

800254610Nit Calidad Actua FRANCISCO JULIAN HOLGUIN FAJARDO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS AGECOLDEX S.A. NIVEL 1Razón Social

fholguin@agecoldex.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 355Planilla Remisión No. 26 AUG 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

27 AUG 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JULIÁN HOLGUÍN FAJARDO REP LEGAT/P800254610

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 SEP 2025 Hora: 13:30:12

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 17 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 17 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.246 del 17 de septiembre de 2025 en la página 170.

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