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DIAN - Resolución 600527 de 03-09-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600527 de 03-09-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 (03 sep. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002272 de 20 de marzo de 2025, el Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandatario de la Sociedad AVSA S.A con NIT 890.201.881-4, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA COMPLETO AUTOMATIZADO PARA GALPÓN DE POLLO ENGORD.” El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE-SARP en tres (3) páginas, mandato en (10) páginas, comprobante de pago en una (1) página, lista de equipos en una (1) página y descripción del sistema completo automatizado para galpón de pollo engorde en siete (7) páginas.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00)

equipos en una (1) página y descripción del sistema completo automatizado para galpón de pollo engorde en siete (7) páginas.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.384.000,00) según transferencia número 81795 de 18 de marzo de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Con oficio radicado No. S2025000100165398000242 del 03 de abril de 2025 , el usuario solicitó el cambio del nombre de la unidad funcional bajo radicado 235410000002272 del 20 de marzo de 2025, con nombre técnico y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL GALPÓN COMPLETO AUTOMATIZADO PARA POLLO ENGORDE CON TODAS SUS PARTES.” Mediante Requerimiento de Información RI No. S2025000100165398000247 del 03 de abril de 2025, este Despacho solicitó al usuario: Indicar la ubicación geografía y área en donde se instalará el sistema a clasificar y anexar el mandato firmado por la persona que actúa como Representante Legal de la Agencia de Aduanas Roldan S.A.S Nivel 1. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 04 de junio de 2025 , el interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2025000100165398000463 del 12 deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 de 03 sep. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

junio de 2025, el usuario responde mediante radicado No. E2025000100165398000516 del

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

junio de 2025, el usuario responde mediante radicado No. E2025000100165398000516 del 01 de agosto de 2025, con (13) páginas, renunciando al término restante para responder.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : fsterling@roldanlogistica.com - ybarreto@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Cra. 100 No. 25 B 40, Fontibón, Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida.

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI.

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.36:

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 de 03 sep. 2025 Hoja No. 3

subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 de 03 sep. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 46 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículo 313 a 319, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002272 de 20 de marzo de 2025 y E2025000100165398000516 del 01 de agosto de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos que se emplean para criar pollitos a partir de un día de nacidos, mediante el siguiente proceso: El sistema automatizado para pollo de engorde es un conjunto integral de tecnologías y equipos diseñados para optimizar la cría y engorde de aves en un ambiente controlado. Este sistema incluye etapas de crianza, crecimiento y engorde dentro de un galpón q ue proporciona condiciones ideales de temperatura, ventilación, iluminación, alimentación balanceada e hidratación. A través de subsistemas interconectados, se reduce la mortalidad

Este sistema incluye etapas de crianza, crecimiento y engorde dentro de un galpón q ue proporciona condiciones ideales de temperatura, ventilación, iluminación, alimentación balanceada e hidratación. A través de subsistemas interconectados, se reduce la mortalidad de las aves y se mejora la eficiencia energética, ofreciendo un hábitat más saludable y adecuado para el desarrollo de los pollos. El proceso está centralizado en un sistema de control principal llamado “ViperTouch,” una computadora táctil que regula toda la automatización del galpón, “ViperTouch” controla los extractores de aire, calefacción, distribución de alimento, agua de los bebederos, y el monitoreo del rendimiento de las aves. Además, ajusta el clima dentro del galpón a través de ventilación lateral, túneles o combinada, manteniendo condici ones óptimas de temperatura y humedad mediante sensores y alarmas. Esta gestión precisa y eficiente del ambiente asegura el desarrollo saludable de los pollos y minimiza los costos energéticos. Los sistemas de alimentación y bebida están igualmente automatizados. Los silos de almacenamiento de pienso, junto con el sistema de transporte “FlexVey90,” distribuyen el alimento de manera eficiente. Los comederos están diseñados para ajustarse a las necesidades de las aves según su edad, asegurando una distribución equitativa del alimento. Por otro lado, el sistema de bebederos de tetina garantiza agua potable de calidad a las aves en todo momento, y el sistema de medicación en el agua permite ajustar el suministro de fármacos cuando es necesario. El sistema de ventilación, por su parte, optimiza el flujo de aire mediante un sistema túnel combinado que asegura la renovación constante del aire y el aislamiento térmico dentro del galpón, contribuyendo al ah orro

suministro de fármacos cuando es necesario. El sistema de ventilación, por su parte, optimiza el flujo de aire mediante un sistema túnel combinado que asegura la renovación constante del aire y el aislamiento térmico dentro del galpón, contribuyendo al ah orro energético. El galpón alberga 75.600 aves, que se alojan aproximadamente durante 44 días; las dimensiones de la nave son: de 175 m de largo x 24 m de ancho y será instalada en la Granja san Simón, en el municipio Sabana de Torres en Santander, con un área de 4.200 m2. El proceso se lleva a cabo mediante el siguiente listado de equipos:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 de 03 sep. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

1. Un (1) sistema de equipamiento eléctrico: compuesto por: una (1) computadora de clima y producción “Viper Touch” con su armario de conexiones y sus respectivos cables de conexión, dieciséis (16) sensores de medición, un (1) sistema de alarmas.

2. Dos (2) sistema de almacenam iento en silos y transporte de alimento: compuesto por; una (1) unidad motriz de 0.75 Hp, un (1) transportador “Flex Vey 90, longitud de 36.70 m, capacidad de transporte de 2 .500 Kg, incluye “B in Trac” para pesaje del alimento del silo.

3. Un (1) sistema de comederos: compuesto por; catorce (14) líneas de comedero; cada línea de alimentación con tolva de recepción de alimento para su distribución a través

alimento del silo.

3. Un (1) sistema de comederos: compuesto por; catorce (14) líneas de comedero; cada línea de alimentación con tolva de recepción de alimento para su distribución a través de los tubos de acero galvanizado, que llenan los platos plásticos, ciento doce (112) platos “Fluxx 330 -14" veinte (27) tubos con cuatro (4) agujeros, una (1) unidad de elevación mecánico, una (1) unidad motriz de 0 .75 Hp con set final de plato de control.

4. Un (1) sistema de bebederos: compuesto por: dieciséis (16) líneas de bebedero, cada línea de bebedero cuenta con veinte y ocho (28) tubos, quince (15) tetinas cada tubo, cuatrocientos veinte (420) tetinas, cuenta con un (1) regulador de presi ón con enjuague automático y con un (1) desaireador al final de la linea , una (1) unidad de elevación mecánica.

5. Un (1) sistema de conexión de agua: compuesto por; dos (2) set de conexión entre la red de agua el recipiente de agua se compone de dos (2) filtros, dos (2) contadores de agua, dos (2) reductores de presión, dos (2) bypass para la conexión de dos (2) dosificadores.

6. Un (1) sistema de ventilación: compuesto por; ciento sesenta y tres (163) paneles de enfriamiento evaporativo pad cooling plástico de 600 x 1800 mm con kit de instalación, cinco (5) motobomba de 1.5 Hp, tres (3) motor actuador para inlets de

enfriamiento evaporativo pad cooling plástico de 600 x 1800 mm con kit de instalación, cinco (5) motobomba de 1.5 Hp, tres (3) motor actuador para inlets de 0.08 Hp, un (1) motor cortina túnel de EWA de 0.18 Hp, cortina túnel de 842 m2 con kit de instalación, doscientos dieciséis (216) foggers con sus accesorios, veinte (24) extractores de pared (on -off) ocho (8) extractores de pared (control ado) seis (6) ventilador recirculador, treinta y cinco (35) calefactoras a gas.

7. Un (1) sistema de iluminación compuesto por: seis (6) líneas de iluminación, cada línea cuenta contiene cincuenta y una (51) bombillas “Flex Led Ho” dos (2) dimmer, dos (2) outputs with máx. de 275 W, (185) metros de cable de 2 X 1.5 m2.

8. Un (1) sistema de pesaje de pollitos compuesto por; cuatro (4) basculas de pesaje para pollito.

De acuerdo con lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y equipos listados en los numerales 1 al 8, trabajan conjuntamente para la crianza de pollitos desde un día de nacidos hasta el día 44, que arancelariamente se encuentra comprendido en la partida 84.36 “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicu ltura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicosRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 de 03 sep. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas”; que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y con fundamento en la R egla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “- - Incubadoras y criadoras”. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para la cría de aves de corral, y de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XV, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del

aparatos que trabajan conjuntamente para la cría de aves de corral, y de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XV, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comybarreto@roldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 100 No. 25 B 40, Fontibón, en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá

artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600527 de 03 sep. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-09-03 / 06:45:57 A. M.

Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-09-03 / 06:45:57 A. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600527Consecutivo Acto 2025Año Calendario 03-SEP-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social ybarreto@roldanlogistica.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 366Planilla Remisión No. 03 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo

366Planilla Remisión No. 03 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

03 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P.811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 29 SEP 2025 Hora: 10:00:18

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 24 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fuer publicado en Diario Oficial edición N.53.253 del 24 de septiembre de 2025 en la página 32.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600527Consecutivo Acto 2025Año Calendario 03-SEP-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S. NIVEL 1Razón Social

fsterling@roldanlogistica.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 366Planilla Remisión No. 03 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

03 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 29 SEP 2025 Hora: 10:00:18

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 24 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2

24 SEP 2025Fecha Ejecutoria Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fuer publicado en Diario Oficial edición N.53.253 del 24 de septiembre de 2025 en la página 32.

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