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DIAN - Resolución 600529 de 03-09-2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600529 de 03-09-2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 (03 sep. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002563 de 21 de junio de 2025, la señora DIANA CAROLINA TOVAR AZULA, identificad a con cédula de ciudadanía 52.868.540, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS AVIATUR S.A.S. NIVEL 1., con NIT 830.002.571-4 mandataria de la Sociedad POLYBOL S.A.S. con NIT 800.229.1725 presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “LINEA DE SELLADO DE

BOLSAS”

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos : formato de solicitud SIESARP en una (1) página, poder general otorgado mediante escritura pública 1872 del 27 de agosto de 2024 en Notaria Sexta de Cartagena en dieciséis (16) páginas, comprobante de pago en una (1) página, listado de elementos en una (1) hoja excel, detalle del paso a paso de la línea en cuatro (4) páginas, documento denominado “línea de llenado” en veintiuna

pago en una (1) página, listado de elementos en una (1) hoja excel, detalle del paso a paso de la línea en cuatro (4) páginas, documento denominado “línea de llenado” en veintiuna (21) páginas y tres fotografías.

La solicitante pagó un millón trescientos noventa y cuatro mil pesos m/cte ($1.394.000) según Consignación número 10963554 de 18 de junio de 2025 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información RI No. S2025000100165398000571 del 09 de julio de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria: indicar el lugar geográfico del territorio nacional en el cual será instalado el proyecto y área que ocupa, aportar listado de máquinas y equipos que conforman el sistema descrito en su solicitud, indicando con precisión cada ítem: nombre técnico y comercial, cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y la función que realiza, indicar claram ente cuál es el mec anismo que utiliza la máquina para realizar el corte de la bolsa (eléctrico, de laser u otros haces de lux o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impuestos magnéticos etc), indicar la capacidad de producción de la máquina, allegar flujograma en el cual se evidencie claramente como interactúan las máquinas entre sí, dentro del listado de equipos a que se refiere el temperado y cuál es su función. La reunión técnica se llevó a cabo el 5 de agosto de 2025.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000529 del 06 de agosto de 2025, en cinco (5) páginas.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora INDIRA MARGARITA GUARDO MARRUGO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: iguardo2106@gmail.com - iguardo@polybol.co; o por correo en la dirección CL 78 9 57 P 9 ED CHARTIS, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas

indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice”

Partida: 85.15

“Máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), eléctricos (incluidos los de gas calentado eléctricamente), de láser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magnéticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos eléctricos para proyectar en caliente metal o cermet.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A e fectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones artículos 313 al 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002563 de 21 de junio de 2025, y E2025000100165398000529 del 06 de agosto de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos empleados para precortar y sellar bolsas plásticas, mediante el siguiente proceso:

El proceso comienza cuando un operario coloca un rollo de película plástica generalmente con impresión en el desbobinador para su desenrollado, controlando con precisión la tensión del material para que avance de manera fluida. Luego, la película pasa por una serie de rodillos hasta llegar a la zona de sellado, esta unidad cuenta con sensores ópticos (fotoceldas) y servomotores que aseguran que el material esté perfectamente centrado antes de plegarse. El operador programa los parámetros de longitud, tipo de sellado, temperatura, etc.

(fotoceldas) y servomotores que aseguran que el material esté perfectamente centrado antes de plegarse. El operador programa los parámetros de longitud, tipo de sellado, temperatura, etc. Posteriormente, la película se convierte en un tubo que define el cuerpo de la bolsa a través de su paso por rodillos plegadores o un triángulo guía, donde también se forma n fuelles laterales. Posteriormente, en la estación de pre-sellado se aplica una ligera presión y calor sobre las zonas de la película que posteriormente será selladas. Después el tubo pasa por una torre de giro que lo rota 90° o el ángulo necesario para ajustar su orientación antes del sellado. Ya con el tubular en la orientación deseada, se procede al sellado lateral mediante barras térmicas y sistemas de aire caliente, fundiendo las capas internas del film para formar una unión resistente. Una vez sellada, la bolsa es cortad a a la longitud deseada mediante cuchillas mecánicas; el corte puede hacerse al mismo tiempo que el sellado, lo que se conoce como corte y sellado lateral. Si la bolsa requiere micro perforaciones para permitir la salida de aire, rodillos perforadores y sistemas de troqueado realizan estas perforaciones. Si durante el proceso quedan bordes excedentes o irregulares, una estación de “trimming” los recorta. Según el diseño, se puede aplicar tiras de refuerzo o asas troqueladas en la parte superior de la bolsa. Estas se sellan con precisión y son útiles para facilitar el transporte de la bolsa llena del producto. El proceso es gestionado por un controlador lógico programable (PLC) y pantalla HMI, desde allí se regula temperatura, velocidad, conteo y calidad de producción, tiene sistema

con precisión y son útiles para facilitar el transporte de la bolsa llena del producto. El proceso es gestionado por un controlador lógico programable (PLC) y pantalla HMI, desde allí se regula temperatura, velocidad, conteo y calidad de producción, tiene sistema de seguridad y alerta en caso de fallo. Si hay mala alineación, error de temperatura o atasco, la máquina se detiene automáticamente. Al cambiar de formato o tipo de bolsa, se realiza un ajuste simple desde la interfaz HMI. El lugar geográfico del territorio nacional en el cual será instalado el proyecto son las instalaciones de POLYBOL SAS en Mamonal Km. 5 Sector Puerta de Hierro en Cartagena de Indias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Listado de componentes aportados con ocasi ón a la respuesta al requerimiento de información:

No Cantidad Producto Función que realiza 1 1 Alimentación de Film Desbobinador Unidad de desbobinado provista con motor de corriente alterna y unidad de freno magnética 2 1 Unidad de Sujeción de film Sistema presor de la película plástica compuesta por sistema de rodillo de caucho y cilindros neumáticos 3 1 Unidad Acumuladora (Control de tensión) Sistema de rodillos de aluminio para acumulación y alimentación constante de la película plástica. 4 1 Unidad de triangulo de plegado (formación de semitubo) Triángulos metálicos para el plegado de la película y formación de un semitubular.

de la película plástica. 4 1 Unidad de triangulo de plegado (formación de semitubo) Triángulos metálicos para el plegado de la película y formación de un semitubular. 5 1 Unidad de termosellado longitudinal Sistema de sellado por banda metálica rotativa motorizada. 6 1 Unidad de recorte de bordes Sistema de refile de bordes laterales provista de un porta cuchilla metálico. 7 1 Unidad de torsión de burbujas Torre de giro del tubular sellado, provista de engrane de giro motorizado y rodillos de caucho presores superiores. 8 1 Unidad de estampado Unidad de calentamiento térmico para aplanar el tubular (Planchado) 9 1 Unidad de fuelle lateral Unidad de formado de fuelle lateral provista de discos metálicos. 10 1 Precalentador fuelle lateral (ambos lados) Unidad de precalentamiento de fuelles laterales para aplanar los fuelles. 11 1 Sistema de guiado de banda (Kamberroller) Sistema guiador de banda por accionamiento eléctrico. 12 1 Sistema de rodillos de tracción No.1 Sistema de rodillos presores con accionamiento de cierre neumático y tracción con motor eléctrico para halado longitudinal del tubular de forma constante. 13 1 Unidad de sellado de esquinas Unidad de sellado de las esquinas del tubular en selle tipo “K” para dar forma rectangular al fondo de la bolsa formada. La unidad está formada de mordazas de selle y resistencias eléctricas. 14 1 Dispositivo de refrigeración (enfriamiento de bordes soldados o sellados) Sistema de enfriamiento formado por platinas encamisadas para el paso de

mordazas de selle y resistencias eléctricas. 14 1 Dispositivo de refrigeración (enfriamiento de bordes soldados o sellados) Sistema de enfriamiento formado por platinas encamisadas para el paso de agua fría. El objetivo es enfriar los selles preformados y evitar deformación posterior. 15 1 Juego de herramientas PLS (realizar perforaciones en el film segun especificaciones de diseño de prodcuto) Sistema neumático de perforación provisto de unidades de perforación por agujas. 16 1 Aplicador de parches (refuerzos)- Unidad de aplicación de refuerzo y unidad aplicadora de Hotmelt Sistema neumático provista de un troquel metálico para la perforación de la manija de la bolsa formada y sistema de dosificación de película de refuerzo mediante la aplicación de hotmelt. 17 1 Sistema de rodillos de traccion No. 2 Sistema de rodillos presores con accionamiento de cierre neumático y tracción con motor eléctrico, para garantizar el halado constante del tubular. 18 1 Unidad de perforación de Asas Sistema de troquelado provisto de cuchilla metálica para la formación de la manija de las bolsas. 19 1 Unidad de perforacion en FD Unidad de perforación mediante cilindros macho-hembra de agujeros de 5mm de diámetro. 20 1 Unidad EASY OPEN (perforación desgarrable) Unidad de micro-perforación tipo precorte provista de cuchilla metálica con cortes tipo serrucho. 21 1 Unidad de presellado transversal (una sola costura transversal) Unidad de precalentamiento del selle transversal mediante resistencia eléctrica. 22 1

cortes tipo serrucho. 21 1 Unidad de presellado transversal (una sola costura transversal) Unidad de precalentamiento del selle transversal mediante resistencia eléctrica. 22 1 Unidad de soldadura o sellado de costura inferior (se realiza corte de bolsa con cuchilla volante) Unidad de sellado de “fondo” o parte inferior de la bolsa, provista de una mordaza con resistencia eléctrica y una cuchilla metálica de corte. 23 1 Unidad de fuelle inferior Unidad de fuelle inferior provista de un disco metálico giratorio. Este sistema no es motorizado. 24 1 Unidad de sellado de cantos Unidad de sellado provista de mordaza metálica y resistencia eléctrica. 25 1 Transportador transversal de de cinta (para transporte automático de bolsas) Sistema de transporte longitudinal o “conveyor” para mover longitudinalmente la bolsa formada hacia la mesa de indexación. 26 1 Mesa de indexación (transporte de bolsas a unidad de apilado) Sistema de transporte de las bolsas formadas mediante una banda de caucho con motorización eléctrica. 27 1 Unidad de recogida de bolsas (automatizada) Sistema de transporte de las bolsas a la mesa se recolección, provista de una banda de caucho con motorización eléctrica. 28 1 Unidad de succión de residuos Unidad de succión de los residuos desprendidos en las unidades de perforación por troquelado, provista por un sistema de vacío tipo vénturi y un recipiente recolector de los residuos.

De lo expuesto anteriormente, se observa que la mercancía objeto de clasificación arancelaria corresponde a un conjunto de máquinas y aparatos que conjuntamente

recipiente recolector de los residuos.

De lo expuesto anteriormente, se observa que la mercancía objeto de clasificación arancelaria corresponde a un conjunto de máquinas y aparatos que conjuntamente adelantan principalmente un proceso de sellado mediante mordazas metálicas que tienen en su interior resistencias eléctricas de contacto que por intercam bio de calor por conducción calientan las mordazas las cuales se unen para sellar la película.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Una vez identificadas las características técnicas y de funcionamiento de la mercancía, se hace el siguiente análisis de carácter arancelario: La clasificación de mercancías en la Nomenclatura se rige por las Reglas Generales Interpretativas que hacen parte integrante del Convenio Internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, el cual fue aprobado por el Congreso de la República, mediante Ley 646 de 2001. En aplicación a lo establecido en la Regla General Interpretativa 1 se tiene que la clasificación arancelaria de las mercancías está determinada legalmente a nivel de partida por los textos de partidas y las Notas de Sección o de Capítulo. En este sentido tenemos que la Nota 4 de la Sección XVI señala que cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados para realizar conjuntamente una función definida, comprendida en una de las partidas de lo s capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice, disposición que se ajusta a la mercancía a clasificar.

realizar conjuntamente una función definida, comprendida en una de las partidas de lo s capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice, disposición que se ajusta a la mercancía a clasificar. Por su parte, el texto de la partida 85.15 comprende las máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), eléctricos (incluidos los de gas calentado eléctricamente), de láser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magnéticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos eléctricos para proyectar en caliente metal o cermet. Al respecto, las Notas Explicativas de la partida 85.15 del Sistema Armonizado, que son redactadas por el Comité del Sistema Armonizado y aprobadas por el Consejo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA), las cuales constituyen la interpretación oficial de la Nomenclatura y han sido reconocidas por el Consejo de Estado como criterio auxiliar de interpretación, disponen respecto de las máquinas y aparatos para soldar, entre otros, lo siguiente: “…Este grupo comprende ciertos aparatos y máquinas para soldar portátiles o fijos. Estos materiales se clasifican igualmente en este grupo aun cuando puedan realizar también operaciones de corte. (…) H) Las máquinas y aparatos para soldar materias termoplásticas. (…) 2) Soldadura por elementos calentados eléctricamente. Las superficies a unir se calientan por medio de elementos calentados eléctricamente y se sueldan por presión con o sin producto de aporte…” Ahora bien, teniendo en cuenta que a nivel de subpartida y conforme lo establecido en la

Las superficies a unir se calientan por medio de elementos calentados eléctricamente y se sueldan por presión con o sin producto de aporte…” Ahora bien, teniendo en cuenta que a nivel de subpartida y conforme lo establecido en la Regla General Interpretativa 6 la clasificación arancelaria está determinada por los textos de subpartidas, las Notas de Sección, de Capítulo y de Subpartida, se tiene las siguientes subpartidas a nivel de un guion que comprende la partida 85.15: 8515.10 - Máquinas y aparatos para soldadura fuerte o para soldadura blanda: 8515.20 - Máquinas y aparatos para soldar metal por resistencia: 8515.30 - Máquinas y aparatos para soldar metal, de arco o chorro de plasma: 8515.80 - Las demás máquinas y aparatos: 8515.80.10.00 - Por ultrasonidoRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

8515.80.90.00 – Los demás. Teniendo en cuenta que la mercancía objeto de estudio no corresponde a una máquina o aparato para soldadura fuerte o blanda, ni para soldar metal, está comprendida en la subpartida del sistema armonizado: 8515.80 y a nivel nacional en la 8515.80.90.00 por cuanto no se trata de una máquina para soldar por ultrasonido. Ahora bien, respecto a la subpartida sugerida por el solicitante: 8422.30.90.90 este despacho se permite indicar que ésta solamente comprende las demás máquinas y

cuanto no se trata de una máquina para soldar por ultrasonido. Ahora bien, respecto a la subpartida sugerida por el solicitante: 8422.30.90.90 este despacho se permite indicar que ésta solamente comprende las demás máquinas y aparatos para llenar, cerrar, tapar, taponar o etiquetar botellas, botes o latas, cajas, saco s (bolsas) o demás continentes; máquinas y aparatos de capsular botellas, tarros, tubos y continentes análogos y máquinas y aparatos para gasear bebidas, diferentes a las máquinas e llenado vertical con rendimiento inferior o igual a 40 unidades por minuto s, las máquinas para etiquetar y las máquinas para envasar líquidos.; sin embargo, la mercancía objeto de estudio no realiza operaciones de llenado, cerrado, tapado, etiquetado, encapsulado, ni de gaseado de bebidas, por lo que no podría clasificarse en es ta posición arancelaria.

De lo anteriormente expuesto, se concluye que los componentes listados en los numerales 1 a 28 corresponden arancelariamente a un conjunto de máquinas y aparatos utilizados para soldar materias termoplásticas; que de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 85.15 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, que comprende: "Máquinas y aparatos para soldar (aunque puedan cortar), eléctricos (incluidos los de gas calentado eléctricamente), de láser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magnéticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos eléctricos para

eléctricamente), de láser u otros haces de luz o de fotones, ultrasonido, haces de electrones, impulsos magnéticos o chorro de plasma; máquinas y aparatos eléctricos para proyectar en caliente metal o cermet.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8515.80.90.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “- - Las demás”

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de DIEZ MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS, ($10. 314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8515.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para soldar y perforar bolsas plásticas por medio de elementos calentados eléctricamente, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario,

elementos calentados eléctricamente, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora INDIRA MARGARITA GUARDO MARRUGO identificada con cédula de ciudadanía No. 30.773.663, en calidad de representante legal de la sociedad POLYBOL S.A.S. con NIT 800.229.172-5, a la direcciones electrónicasRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600529 de 03 sep. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

informadas en la solicitud iguardo2106@gmail.com - iguardo@polybol.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CL 78 9 57 P 9 ED CHARTIS en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

CHARTIS en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-09-03 / 04:02:17 P. M.

Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-09-03 / 04:02:17 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LONDOÑO OSORIO BLANCA NUBIA

Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600529Consecutivo Acto 2025Año Calendario 03-SEP-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 800229172Nit Calidad Actua

INDIRA MARGARITA GUARDO MARRUGO REP. LEG. POLYBOL S.A.S.Razón Social

iguardo2106@gmail.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 368Planilla Remisión No. 04 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

368Planilla Remisión No. 04 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

04 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: INDIRA MARGARITA GUARDO MARRUGO REP LE T/P800229172

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 01 OCT 2025 Hora: 10:53:58

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 25 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.259 del 30 de septiembre de 2025 en la página 91.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600529Consecutivo Acto 2025Año Calendario 03-SEP-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 800229172.Nit Calidad Actua

INDIRA MARGARITA GUARDO MARRUGO REP. LEG. POLYBOL S.A.S.Razón Social

iguardo@polybol.coDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 368Planilla Remisión No. 04 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

04 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: INDIRA MARGARITA GUARDO MARRUGO REP LE T/P800229172.

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 01 OCT 2025 Hora: 10:53:58

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 25 SEP 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR R

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