DIAN - Resolución 600537 de 04-09-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600537 de 04-09-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600537
(04 sep. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002419 de 02 de mayo de 2025, la Sra. PAOLA VALDERRAMA BUSTOS, identificada con cédula de ciudadanía 1.020.753.289, en calidad de agente de aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S A S NIVEL 2, con NIT 830 .004.745-8, mandataria de la Sociedad THE ELITE FLOWER SAS C I con NIT 800 .141.506-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “CLASIFICADORA DE FLORES” y comercialmente como “FS-ROSESORTER-PROMAX".
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
- Formato de solicitud SIE SARP en dos (2) páginas. - Contrato de mandato en una (1) página - Comprobante de pago en una (1) página. - plano en siete (7) páginas. - Listado de componentes en una (1) hoja excel. - Ficha técnica en cinco (5) páginas. - Flujo de la máquina en una (1) página.
- plano en siete (7) páginas. - Listado de componentes en una (1) hoja excel. - Ficha técnica en cinco (5) páginas. - Flujo de la máquina en una (1) página.
La solicitante pagó seiscientos noventa y dos mil pesos MCTE ($ 692.000,00) según transferencia número 36999268 de 29 de abril de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000379 del 15 de mayo de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria: indicar la ubicación geografía y área en donde se instalará el sistema a clasificar, aportar mandato aduanero con la facultad de solicitar clasificaciones arancelarias, ajustar el listado en Excel de las máquinas y equipos que conforman la unidad funciona l. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000475 del 19 de julio de 2025 con cuatro (4) páginas, r enunciando al termino restante para responder.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada dianaosorio@interandina.com - revisionexportaciones@interandina.com; o por correo en la dirección CRA 13 NO 28-01OF 402, en Bogotá, D.C.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600537 de 04 sep. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de Partida
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Partida 84.33:
"Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37."
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada
o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37."
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 30 3 a 30 6, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 46 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículo 313 a 319, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002419 de 02 de mayo de 2025 y E2025000100165398000475 del 19 de julio de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una máquina modular dispuesta sobre una plataforma común conformada por varias secciones, que forman un solo cuerpo, diseñada para clasificar , limpiar y agrupar flores (rosas), mediante el siguiente proceso: El operador coloca manualmente las rosas en los portadores del módulo de alimentación, que luego son transferidas a la línea principal de transporte, esta línea mueve los portadores a través del módulo de visión, donde se capturan imágenes para analizar el grado de apertura de
El operador coloca manualmente las rosas en los portadores del módulo de alimentación, que luego son transferidas a la línea principal de transporte, esta línea mueve los portadores a través del módulo de visión, donde se capturan imágenes para analizar el grado de apertura de la flor, la longitud del tallo, el tamaño del botón floral y el grosor del tallo.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600537 de 04 sep. 2025 Hoja No. 3
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Una vez procesadas las imágenes para su clasificación, los portadores avanzan al módulo de deshojado, donde unos brazos dispuestos sobre el riel de la maquina eliminan las hojas y espinas según la proporción de longitud del tallo. Las rosas deshojadas pasan al módulo de clasificación, donde son distribuidas automáticamente en las salidas correspondientes según los resultados del análisis. Finalmente, la línea principal devuelve los portadores vacíos al módulo de alimentación, completando así el ciclo de trabajo. La máquina clasificadora de flores estará ubicada en la empresa THE ELITE FLOWERS SAS CI en la Finca el Morado, Facatativá Cundinamarca.
La máquina se compone de los siguientes módulos:
1Una (1) unidad de alimentación compuesta por: cuatro (4) conjuntos de alimentación, estructura de acero, con motor que acciona una correa para hacer circular los portadores; en la conexión hay otro motor para empujar; su función es colocar manualmente las rosas en los soportes del módulo de alimentación, que luego transferirán las rosas a los soportes de la línea principal.
conexión hay otro motor para empujar; su función es colocar manualmente las rosas en los soportes del módulo de alimentación, que luego transferirán las rosas a los soportes de la línea principal.
2Una (1) línea principal de transporte compuesta por: dos (2) estructuras de acero de 7,1 metros y una (1) de 6 metros, conectadas mediante una (1) correa de 41,6 metros, con un (1) motor de 1,5 kW que impulsa doscientos (208) portadores en movimiento cíclico dentro de un (1) riel; su función es transportar las rosas mediante los soportes y la línea principal a cada módulo para completar la clasificación.
3Un (1) sistema de imagen compuest o por: tres (3) gabinetes fabricados con estructura de acero. Incluye siete (7) cámaras CMOS con sus respectivas fuentes de luz, fijadas mediante estructura metálica alrededor del movimiento de la línea principal ; su función es capturar fotos de las rosas.
4Una (1) unidad de deshojado compuesta por: estructura de acero, con n ueve (9) módulos internos que hacen subir y bajar las garras de deshoje, junto con una (1) correa de esponja de 11 metros impulsada por dos (2) motores; una (1) sección de la correa está instalada en la línea principal; su función es eliminar las hojas y espinas del tallo de las rosas según la configuración del programa.
5Una (1) cinta transportadora con estructura en acero compuesta por : una (1) correa transportadora horizontal de 14.095 metros y una (1) correa inclinada de 9.315 metros, ambas
del programa.
5Una (1) cinta transportadora con estructura en acero compuesta por : una (1) correa transportadora horizontal de 14.095 metros y una (1) correa inclinada de 9.315 metros, ambas impulsadas por motores; su función es transportar los residuos de hojas debajo del módulo de deshojado fuera de la zona de operación de la máquina.
6Una (1) unidad de salidas compuesta por: estructura de acero con treinta y dos (32) salidas; en la parte inferior de cada salida se ha recubierto la chapa con goma blanda y tela de nailon. Cada dos (2) salidas comparten un (1) motor vibrador, con un total de dieciséis (16) motores vibradores; su función es una vez que el sistema completa la clasificación, las rosas se empujan desde la línea principal hacia el canal correspondiente para su almacenamiento.
7Una (1) Pantalla de visualización de compartimentos compuesta por: treinta y dos (32) pantallas LED; su función es mostrar información de cada salida.
8Una (1) plataforma de acero compuesta por once (11) escalones y once (11) plataformas. Su función es permitir que el operador se ubique de pie sobre ella para realizar tareas como la alimentación del material.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600537 de 04 sep. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
9Una (1) Estación de procesamiento de imágenes compuesta por: computadora, teclado y ratón, fuente de luz, fuente de alimentación, UPS y switch; su función es procesar y analizar las
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
9Una (1) Estación de procesamiento de imágenes compuesta por: computadora, teclado y ratón, fuente de luz, fuente de alimentación, UPS y switch; su función es procesar y analizar las imágenes de las rosas para completar la clasificación según el plan configurado.
10Un (1) Gabinete de control de alimentación compuesto por: controlador de motor, tablero de distribución, fuentes de alimentación conmutadas, y bloques de terminales; su función es alojar los componentes eléctricos que controlan el movimiento de la sección de alimentación.
11Un (1) Gabinete de control de la unidad principal compuesto por: PLC, disyuntores, tablero de distribución, fuentes de alimentación conmutadas, y bloques de terminales; su función es alojar los componentes eléctricos que controlan el movimiento de la unidad principal.
12Un (1) Gabinete de control de perforación compuesto por: controlador de motor, tablero de distribución, fuentes de alimentación conmutadas, y bloques de terminales; su función es alojar los componentes eléctricos que controlan el movimiento de la sección de perforación.
13Una (1) Pantalla táctil compuesta por: dos (2) pantallas táctiles de 10 pulgadas ; su función es para la puesta en marcha del equipo, configuración de parámetros e interacción hombremáquina. En virtud de lo anteriormente expuesto, se concluye que la mercancía descrita en los numerales 1 al 13, conforman una máquina modular, diseñada para realizar limpieza y clasificación flores (rosas), de conformidad con lo indicado en la Regla General Interpretativa 1 se clasifican en la
1 al 13, conforman una máquina modular, diseñada para realizar limpieza y clasificación flores (rosas), de conformidad con lo indicado en la Regla General Interpretativa 1 se clasifican en la partida 84.33 la cual señala “Máquinas, aparatos y artefactos de cosechar o trillar, incluidas las prensas para paja o forraje; cortadoras de césped y guadañadoras; máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas, excepto las de la partida 84.37.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 84 33.60.90.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Los demás" dentro de la subpartida tácita 8433.60 “-Máquinas para limpieza o clasificación de huevos, frutos o demás productos agrícolas”. Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente SEISCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M/CTE ($691.843) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de CIENTO CINCUENTA Y SIETE PESOS, ($157), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la
Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8433.60.90.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina diseñada para realizar limpieza y clasificación de (rosas), en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA identificada con cédula de ciudadanía No. 37.512.143, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S A S NIVEL 2 con NIT 830.004.745-8, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud dianaosorio@interandina.comrevisionexportaciones@interandina.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600537 de 04 sep. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CRA 13 NO 28-01OF
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CRA 13 NO 28-01OF 402 en Bogotá, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-09-04 / 07:10:05 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: BONILLA JIMENEZ DAVID LEONARDO
Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600537Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-SEP-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .830004745Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2 Razón Social dianaosorio@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
2 Razón Social dianaosorio@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 371Planilla Remisión No. 05 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP LEGAL T/P.830004745
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 01 OCT 2025 Hora: 11:02:04
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 26 SEP 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.259 del 30 de septiembre de 2025 en la página 104.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600537Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-SEP-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
830004745Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL
2 Razón Social revisionexportaciones@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 371Planilla Remisión No. 05 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP LEGAL T/P830004745
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 01 OCT 2025 Hora: 11:02:04
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 26 SEP 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.259 del 30 de septiembre de 2025 en la página 104.