DIAN - Resolución 600545 de 08-09-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600545 de 08-09-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600545 (08 sep. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002586 del 01 de julio de 2025, el Sr. EDGAR ENRIQUE JIMÉNEZ DELGADO, identificado con Cédula de Ciudadanía No. 85.201.036, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890 .404.190-5, mandataria de la sociedad COLCHONES SERRATI S.A.S. , con NIT 901 .136.583-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “UNIDAD FUNCIONAL LÍNEA
CONTINUA PARA PRODUCCIÓN DE ESPUMA DE POLIURETANO” y comercialmente
como “LÍNEA CONTINUA PARA PRODUCCIÓN DE ESPUMA DE POLIURETANO”.
El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, información técnica en seis (6) páginas, diagrama de flujo en una (1) página, plano en una (1) página, listado de componentes en formato Excel con una (1) hoja,
en dos (2) páginas, información técnica en seis (6) páginas, diagrama de flujo en una (1) página, plano en una (1) página, listado de componentes en formato Excel con una (1) hoja, Resolución de Clasificación Arancelaria DIAN No. 004840 de 2019 e n seis (6) paginas, mandato aduanero en quince (15) páginas y comprobante de pago en una (1) página
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($ 1.383.686,00) según transferencia electrónica número 107 del 01 de julio de 2025 del Banco Itaú al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional – RI No. S2025000100165398000608 del 24 de julio de 2025 este Despacho solicitó al usuario aclarar algunos aspectos técnicos del proceso de formación de los bloques de espuma flexible de poliuretano, aportar un diagrama de flujo con la ubicación de los equipos que intervienen en el proceso mencionado y remitir el listado definitivo de componentes actualizado. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000515 del 01 de agosto de 2025, con cinco (5) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado :RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600545 de 08 sep. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
ejimenez@aduanasgama.com - asesor02@aduanasgama.com; o por correo en la dirección AV DEL ARSENAL #8B-39, en Cartagena - Bolívar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida,
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la partida 84.77:
“Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600545 de 08 sep. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002586 del 01 de julio de 2025 y E2025000100165398000515 del 01 de agosto de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas, aparatos y dispositivos conectados mecánicamente mediante estructuras y tuberías que se utilizan en el proceso de formación de bloques de espuma flexible de poliuretano, mediante el siguiente procedimiento:
El proceso de producción de espuma de poliuretano comienza con el cargue de las bobinas de papel desmoldante en el sistema de alimentación, que las dirige hacia el túnel de formación. Este papel recubre la mezcla de poliuretano durante su desarrollo, evitando que se adhiera a las paredes del túnel y permitiendo que avance junto con el bloque en formación.
A lo largo de la línea se encuentra el cabezal de mezcla (manifold) y la tubería de alimentación, donde se combinan los químicos y el agua que reaccionan para formar el poliuretano. Esta mezcla es bombeada desde el paquete de motobombas con tanques menores, que cuenta con instrumentación para una dosificación precisa. La mezcla se vierte en una tina ubicada dentro del túnel, entre las láminas de papel desmoldante, iniciando así la expansión de la espuma.
El túnel de espumado opera a presión ambiente y está controlado por un sistema centralizado compuesto por un PLC, panel de control, sistemas eléctricos y de monitoreo.
iniciando así la expansión de la espuma.
El túnel de espumado opera a presión ambiente y está controlado por un sistema centralizado compuesto por un PLC, panel de control, sistemas eléctricos y de monitoreo. Este sistema regula parámetros críticos como el caudal total (15 –130 kg/min para polioles distribuidos en tres corrientes, y 10–100 kg/min para TDI), la relación poliol/TDI, la velocidad de la banda transportadora (≈2 –4 m/min), y el nivel o altura de la espuma. Los insumos ingresan a una temperatura de 20–25 °C, mientras que durante la reacción el núcleo interno puede alcanzar entre 130 y 160 °C. Al salir del túnel, el bloque presenta una temperatura superficial de 40–60 °C y se enfría a temperatura ambiente durante un reposo de 24 a 72 horas.
Una vez que la espuma se ha formado y consolidado, el papel desmoldante —lateral, superior e inferior— es retirado mediante el sistema de recolección. El bloque de espuma es transportado por una banda de rodillos hasta la máquina de corte, donde se separa según la medida requerida. En esta etapa, la espuma ha pasado de estado líquido a sólido autoportante, con superficie seca al tacto y temperatura en descenso, lo que indica que está curada.
A continuación, se presenta la relación de componentes incluidos en la respuesta al requerimiento de información, conforme al documento titulado “Listado Actualizado de Componentes Unidad Funcional”, los cuales serán instalados en Vía 40 #85 - 999, Parque Empresarial Lógika vía 40, Bodega colchones Serrati, Barranquilla (Atlántico):
Componentes Unidad Funcional”, los cuales serán instalados en Vía 40 #85 - 999, Parque Empresarial Lógika vía 40, Bodega colchones Serrati, Barranquilla (Atlántico):
1. Un (1) p aquete de motobombas mayores, compuesto por c inco (5) motobombas de engranajes / pistón, y su instrumentación. Función: d osificación de químicos de alto caudal hacia el cabezal de mezcla.
2. Un (1) p aquete de motobombas con tanques menores, compuesto por ocho ( 8) motobombas de precisión, ocho ( 8) tanques HDPE 90 l, para agua, silicona, amina, estaño cuatro colores y su instrumentación . Función: d osificación de aditivos y
colorantes hacia el cabezal de mezcla.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600545 de 08 sep. 2025 Hoja No. 4
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3. Un (1) cabezal de mezcla, con motor eléctrico de velocidad variable, cilindro colector de flujos, limpieza y recirculación internas, agitador de alto cizallamiento . Función: mezcla homogénea instantánea de todos los flujos químicos.
4. Un (1) t únel de formación de espuma, consistente en Cerramiento modular, paneles abatibles, contiene placas de caída que tienen altura regulable y sensores de límite, regulación de ancho manual. Función: confinar la espuma y definir el ancho del bloque, control de gases y temperatura durante la expansión, y distribución uniforme del reactivo sobre la banda
regulación de ancho manual. Función: confinar la espuma y definir el ancho del bloque, control de gases y temperatura durante la expansión, y distribución uniforme del reactivo sobre la banda
5. Un (1) sistema de alimentación de papel, consistente en un sistema superior, inferior y lateral de desenrollado de papel con freno y control de tensión . Función: l ámina antiadherente alrededor del bloque de poliuretano.
6. Un (1) sistema de recolección de papel, consistente en un s istema superior, inferior y lateral de enrollado de papel con freno y control de tensión , con rodillos guiadores y recolectores. Función: recolección del papel usado para cubrir el bloque durante la reacción.
7. Una (1) banda transportadora de rodillos, consistente en sistema de rodillos, motores AC con variador, cadena de precisión. Función: transporte del bloque mientras reacciona y se cura.
8. Una (1) máquina de corte de espuma de corte de sierra vertical doble, capacidad bloque 2,5 m × 1,4 m. Función: secciona el bloque continuo a la longitud requerida.
9. Un (1) panel de control, compuesto de PLC industrial y computadora, pantalla táctil, con memoria 100 recetas, registro de datos . Función: g obierno integral, enclavamientos y trazabilidad.
10. Un (1) s istema de control eléctrico, con siete (7) paneles eléctricos, variadores de frecuencia, protecciones, sistema de control eléctrico de las distintas partes de la máquina. Función: alimentación y protección de todos los equipos.
Según lo expuesto, los elementos listados en los numerales 1 a 10 conforman una combinación de máquinas y aparatos que operan de manera conjunta para llevar a cabo el
máquina. Función: alimentación y protección de todos los equipos.
Según lo expuesto, los elementos listados en los numerales 1 a 10 conforman una combinación de máquinas y aparatos que operan de manera conjunta para llevar a cabo el proceso de fabricación de bloques de espuma de poliuretano. Esto se ajusta a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional.
En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 10 conforman la unidad funcional previamente identificada, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde cl asificarse en la partida 84.77 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala para esta partida «Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.» y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8477.80.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para «- Las demás máquinas y aparatos.»
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8477.80.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para fabricar productos de plástico (bloques de
subpartida 8477.80.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para fabricar productos de plástico (bloques de espuma flexible de poliuretano de gran formato), de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600545 de 08 sep. 2025 Hoja No. 5
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ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO identificado con Cédula de Ciudadanía No. 73.094.097, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890.404.190-5, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: ejimenez@aduanasgama.comasesor02@aduanasgama.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la AV DEL
2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la AV DEL ARSENAL #8B-39 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-09-08 / 04:15:30 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica AduaneraRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600545 de 08 sep. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600545Consecutivo Acto 2025Año Calendario 08-SEP-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social
asesor02@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 378Planilla Remisión No. 09 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
09 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 01 OCT 2025 Hora: 11:05:17
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 30 SEP 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.259 del 30 de septiembre de 2025 en la página 116.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.259 del 30 de septiembre de 2025 en la página 116.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600545Consecutivo Acto 2025Año Calendario 08-SEP-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 890404190.Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social ejimenez@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 378Planilla Remisión No. 09 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
09 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 01 OCT 2025 Hora: 11:05:17
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 30 SEP 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.259 del 30 de septiembre de 2025 en la página 116.