DIAN - Resolución 600556 de 11-09-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600556 de 11-09-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600556 (11 sep. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
LA SUBDIRECTORA TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades que le confiere el artículo 23 del Decreto 1742 de 2020 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002619 de 11 de julio de 2025, el señor LUIS ALBERTO SANCHEZ SILVA, identificado con cédula de ciudadanía 79.418.777 agente de aduanas, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS S .A NIVEL 1, con NIT 860.514.173-2, mandataria de la sociedad AVICOLAS R.R. DEL ORIENTE S.A.S con NIT 900.249.983-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente com o “INSTALACION AUTOMATICA DE POSTURA EN JAULA C5 CON 6 PISOS Y 5 FILAS” y comercialmente como “SISTEMA DE POSTURA EN JAULA
C5 FACCO”
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE -SARP en cuatro (4) páginas, mandato en ocho (8) páginas, comprobante de pago en una (1) página, propuesta proyecto avícola en quince (15) páginas, catálogos en veinticuatro (24) páginas, descripción del sistema de postura en jaula en cuatro (4) páginas, flujograma del proceso y componentes principales en trece
avícola en quince (15) páginas, catálogos en veinticuatro (24) páginas, descripción del sistema de postura en jaula en cuatro (4) páginas, flujograma del proceso y componentes principales en trece (13) páginas y resolución de clasificación arancelaria número 2025003980600260 del 5 de junio del 2025 expedida por la DIAN.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según consignación número 40009218 de l 10 de julio de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información RI No. S2025000100165398000605 del 23 de julio de 2025 este Despacho solicitó al usuario: Indicar el área geográfica exacta (lugar) donde se instalarán los equipos y el área física que ocupan en metros cuadrados una vez instalados, aportar mandato firmado por la agencia de aduanas ya que el presentado no contiene firma. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000505 del 28 de julio de 2025, con 9 páginas, renunciando al término restante para responder al requerimiento en mención.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : francisco.ruiz@servade.com - alberto.sanchez@servade.com ; o por correo en la dirección CR 73 No. 48 - 46 BRR NORMANDIA, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
francisco.ruiz@servade.com - alberto.sanchez@servade.com ; o por correo en la dirección CR 73 No. 48 - 46 BRR NORMANDIA, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600556 de 11 sep. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos
Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 84.36:
“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comparar se subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002619 de 11 de julio de 2025 y E2025000100165398000505 del 28 de julio de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos utilizados en un galpón para recolección de huevos y gallinaza, que funciona mediante el siguiente proceso:
Las jaulas están diseñadas para albergar gallinas desde la semana 16 hasta la 96 de vida, cubriendo todo su ciclo productivo. Durante este tiempo, el sistema automatizado se encarga de suministrar alimento y agua, recolectar huevos y gallinaza, y mantener condiciones térmicas adecuadas dentroRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600556 de 11 sep. 2025 Hoja No. 3
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del galpón, garantizando el bienestar de las aves. La alimentación se distribuye mediante comederos de cadena conectados a silos, mientras que el agua llega a través de niples activados por las gallinas.
La recolección de huevos se realiza mediante bandas de polipropileno que transportan los huevos desde cada jaula hasta una torre receptora, que los agrupa y los lleva fuera del galpón. De manera
por las gallinas.
La recolección de huevos se realiza mediante bandas de polipropileno que transportan los huevos desde cada jaula hasta una torre receptora, que los agrupa y los lleva fuera del galpón. De manera similar, la gallinaza se recoge automáticamente con bandas ubicadas bajo las jaulas, que la trasladan hacia una banda transversal para su evacuación. Todo este proceso está programado para operar en intervalos definidos, optimizando la limpieza y la eficiencia del sistema.
El ambiente del galpón se controla mediante sistemas de ventilación tipo túnel, enfriamiento evaporativo y luces LED dimerizables. Estos elementos permiten regular la temperatura, la calidad del aire y la intensidad lumínica, adaptándose a las necesidades de las aves según su edad y etapa productiva. Un cuadro de control central coordina todos los subsistemas, asegurando que las condiciones sean óptimas para maximizar la productividad y el bienestar animal.
Este sistema será instalado en la vereda Dindal, municipio de Caparrapí, en Cundinamarca en un área de 2.000 m2.
Las máquinas y aparatos que conforman el sistema son:
1. Cinco (5) baterías de jaulas de 6 pisos, para un total de 120.120 aves en 9.240 jaulas, dando una superficie de 452 cm2 x ave, fabricadas con malla de acero galvanizado.
2. Cinco (5) cabezales fijos anterior y posterior, uno de cada uno por fila, completas de sistema limpieza con motores
3. Treinta (30) bandas de recolección de gallinaza color blanco de polipropileno en total se trabaja con 10 motores de 1,5 HP
limpieza con motores
3. Treinta (30) bandas de recolección de gallinaza color blanco de polipropileno en total se trabaja con 10 motores de 1,5 HP
4. Cinco (5) sistemas de recogida de huevos “Niágara” con 2 motores, cinta de polipropileno tejida que llevan el huevo desde la jaula hasta la Niágara, y cables de conexión.
5. Cinco (5) cortinas plásticas de protección de gallinaza en plástico para evitar salpicaduras en la caída de la gallinaza a la banda transversal posterior
6. Un (1) centralizador de huevos con 14 metros de largo suplemental fuera de la planta para una distancia total de 30 metros, con una capacidad de número de huevos/hr de 81.600, y cables de conexión.
7. Dos (2) silos, con capacidad para 28,3 toneladas en chapa ondulada con capa protectora hecha a base de zinc aluminio y magnesio, y sistema de carga con Sinfín diámetro 125.
8. Un (1) sistema de bebederos con niples tipo tetina con cuerpo plástico e interior en acero inoxidable, un (1) medicador mecánico, un (1) filtro de 70 micrón y un (1) contador de agua general, Reductores de presión "L" y By pass (1 cada piso de batería) con tubos de descarga.
9. Treinta (30) ventiladores con persianas, para recambio de aire trabajando con velocidad de aire media de 3,08 m/s, y cables de conexión.
10. Un (1) sistema de tomas de aire por medio de ventanas, compuesto por: quince (15) metros de
media de 3,08 m/s, y cables de conexión.
10. Un (1) sistema de tomas de aire por medio de ventanas, compuesto por: quince (15) metros de largo en la cabecera, y veintitrés (23) metros de largo en cada lateral para la entrada de aire por el panel.
11. Un (1) sistema de p aneles de humidificación, compuesto por : quince (15) metros de largo de panel en cabecera, y veintitrés (23) metros de largo en laterales, con su respectiva bomba de
agua.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600556 de 11 sep. 2025 Hoja No. 4
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12. Un (1) c uadro eléctrico completo con interruptor general , accesorios de instalación como cableado y racores de unión, cables de conexión para conexión a alimentación, recogida de huevos, ventilación, refrigeración, extractor de gallinaza, alarmas.
13. Un (1) sistema de i luminación compuesto por: seiscientos noventa y seis ( 696) m de cable de interconexión con conectores rápidos y doscientas cuarent a (240) lámparas con bombilla regulable LED 7W 48VDC regulable y cables de conexión.
14. Un (1) controlador con pantalla táctil 10" con UPS para control de clima (ventilación, tomas de aire, calefacción, refrigeración), fuente de alimentación, medidor de flujo general y plataforma de pesaje, iluminación y alarma externa y gestión de apagón, con sondas y cables de conexión.
Incluye sistema “Smart Black Box” para visualización remota.
aire, calefacción, refrigeración), fuente de alimentación, medidor de flujo general y plataforma de pesaje, iluminación y alarma externa y gestión de apagón, con sondas y cables de conexión. Incluye sistema “Smart Black Box” para visualización remota.
15. Una (1) estructura metálica prefabricada, columna IPE y tijera 430 mm para galpón de 125 metros de largo, 16 metros de ancho y 5,2 metros de alto. Incluye tejado en chapa prepintada, paredes laterales y en culatas con 1.250 metros cuadrados de paneles sólidos, estructura de soporte de ventiladores y puertas de acceso.
Ahora bien, desde el punto de vista arancelario, la función netamente definida de una unidad funcional de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI alcanza solamente a las máquinas o combinaciones de máquinas necesarias para realizar la función propia del co njunto, con exclusión de las máquinas o aparatos que no contribuyan a la función de este. Así las cosas y considerando que la función netamente definida del conjunto de máquinas se dirige a la recolección de huevos, los elementos listados en el numeral 15 no hacen parte de la unidad funcional ya que se trata de una estructura exterior del galpón y por lo tanto deben seguir su propio régimen.
De acuerdo con lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y aparatos listados en los numerales 1 al 14, trabajan conjuntamente para la puesta y recolección de huevos, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud d e la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado que
con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud d e la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado que señala “Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los ger minadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadores avícolas” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “ - - - batería automática de puesta y recolección de huevos”.
En mérito de lo anteriormente expuesto, la Subdirectora Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución , salvo la exclusión indicada en los considerandos, en la subpartida 8436.29.20.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente como una batería automática de puesta y recolección de huevos, en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI, según las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO identificado con cédula de ciudadanía No. 17.102.990, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS
señor LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO identificado con cédula de ciudadanía No. 17.102.990, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS ESPECIALIZADOS S A NIVEL 1 con NIT 860.514.173-2, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: francisco.ruiz@servade.comalberto.sanchez@servade.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 73 No. 48 - 46 BRR NORMANDIARESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600556 de 11 sep. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305
recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-09-11 / 01:37:27 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
ROBLES MARUM SONIA VICTORIA
Subdirectora Técnica Aduanera
Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
ROBLES MARUM SONIA VICTORIA
Subdirectora Técnica Aduanera
Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600556Consecutivo Acto 2025Año Calendario 11-SEP-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .860514173Nit Calidad Actua LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS
ESPECIALIZADOS S. A. NIVEL 1
Razón Social franciso.ruiz@servade.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 382Planilla Remisión No. 11 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable
ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
12 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLOREP LEGAL DE L T/P.860514173
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 OCT 2025 Hora: 11:40:56
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 03 OCT 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.266 del 07 de octubre de 2025 en la página 36.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600556Consecutivo Acto 2025Año Calendario 11-SEP-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
860514173Nit Calidad Actua LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SERVICIOS ADUANEROS
ESPECIALIZADOS S. A. NIVEL 1
Razón Social alberto.sanchez@servade.comDirección 11Departamento 1Municipio
Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO
ESPECIALIZADOS S. A. NIVEL 1
Razón Social alberto.sanchez@servade.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 382Planilla Remisión No. 11 SEP 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
12 SEP 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: LUIS FRANCISCO RUIZ CASTILLOREP LEGAL DE L T/P860514173
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 OCT 2025 Hora: 11:40:56
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 02 OCT 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N. 53.266 del 07 de octubre de 2025 en la página 36.