DIAN - Resolución 600649 de 17-10-2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600649 de 17-10-2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600649 (17 oct. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002701 de l 23 de agosto de 2025, la Sra. DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA, identificada con cédula de ciudadanía No. 1.037.635.803, apoderada de la sociedad POWERCHINA INTERNATIONAL GROUP LIMITED SUCURSAL COLOMBIA, con NIT 901.221.033-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “TRACKER PARQUE SOLAR NÍSPEROS” y comercialmente como “TRACKER PARQUE
SOLAR NÍSPEROS DE 19,9 MW (BARANOA III)”.
La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, descripción unidad funcional en dos (2) páginas, listado de equipos en formato Excel con una (1) hoja, Resolución de desistimiento DIAN No. 2025003980600413 de 2025 en nueve (9) páginas, diagrama de flujo en cuatro (4) páginas, fichas técnicas en seis (6) p áginas, poder especial en dos (2) páginas y comprobante de pago en una (1)
de 2025 en nueve (9) páginas, diagrama de flujo en cuatro (4) páginas, fichas técnicas en seis (6) p áginas, poder especial en dos (2) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos MCTE. ($ 1.384.000,00) según transferencia número 103697650-0 del 05 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por l a interesada: denisipmbrasil@hotmail.com - angelapatricia.apov@gmail.com; o por correo en la dirección CR 59 # 27 B 387 AP 2011, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600649 de 17 oct. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente defini da, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la partida 84.79:
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de
mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002701 del 23 de agosto de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como un conjunto de aparatos de accionamiento electromecánico denominados seguidores solares “trackers”, que operan de manera coordinada junto con equipos de control, con el fin de orientar los módulos fotovoltaicos ubicados dentro de una subestación de generación de energía eléctrica, para maximizar el aprovechamiento de la radiación solar.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600649 de 17 oct. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
El conjunto de seguidores y equipos de control serán instalados en el Parque Solar Nísperos, el cual se encuentra ubicado en el municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, Colombia, a una distancia de 700 metros del casco urbano y sus coordenadas
El conjunto de seguidores y equipos de control serán instalados en el Parque Solar Nísperos, el cual se encuentra ubicado en el municipio de Baranoa, departamento del Atlántico, Colombia, a una distancia de 700 metros del casco urbano y sus coordenadas geográficas son 2748851.6917 N y 4793178.67728 E, según el sistema de referencia CTM12, y está situado a una altitud de 110 metros sobre el nivel del mar. Los componentes mencionados serán distribuidos en un área aproximada de 36 hectáreas. El parque posee una capacidad instalada de potencia pico de 23,4 MW, eficientemente distribuida en 664 seguidores solares “trackers”.
A continuación, se detalla el conjunto de equipos antes mencionados y su función:
1. Estructura móvil “tracker”: fabricada principalmente en acero, que es accionada por un motor eléctrico de 0,060 kW de potencia , la cual se compone de postes direccionales, postes generales, asientos de postes, asientos de rodamiento, motores, bases de motor, unidades de giro (con motor), tubos de torque, conectores de torque, soportes de ejes de transmisión, ejes de transmisión, “purlins” y elementos de ajuste y fijación . Cada estructura móvil conforma un seguidor “tracker”.
2. Unidad de control integrada: ésta gestiona de forma autónoma el movimiento del tracker mediante un algoritmo astronómico y está equipada con un reloj en tiempo real y un inclinómetro de alta precisión que garantizan el seguimiento solar exacto. Estas unidades están distribuidas en los subcampos del parque y se conectan con anemómetros y piranómetros, los cuales gestiona n las señales relacionadas con la
inclinómetro de alta precisión que garantizan el seguimiento solar exacto. Estas unidades están distribuidas en los subcampos del parque y se conectan con anemómetros y piranómetros, los cuales gestiona n las señales relacionadas con la dirección y velocidad del viento, así como la radiación solar.
3. Unidad de control maestr o: encargada de coordinar la red de control de los “trackers”, emitiendo y recibiendo señales para sincronizar el sistema ante eventos como el seguimiento solar o el posicionamiento seguro en función de la velocidad del viento. En estas unidades se encuentran montados de forma permanente los anemómetros y pirómetros.
Los anteriores equipos se comunican mediante Ethernet a un servidor central, que actúa como nodo de comunicación entre los controladores locales y el sistema SCADA externo, permitiendo el monitoreo en tiempo real del estado de cada “tracker”, la optimización de su rendimiento y la operación segura y eficiente de toda la planta solar.
A continuación, se relacionan los componentes de la solicitud:
1. Seiscientos sesenta y cuatro (664) seguidores “trackers (estructura móvil)” los cuales requieren de los siguientes componentes par a conformar su estructura y que corresponden a: 5629 unidades de postes , u n (1) esparcidor de descarga , 3480 unidades de asientos de los postes , seiscientos sesenta y cuatro (664) unidades de componentes giratorios, 1286 unidades esclavas, 5562 unidades de tubos de torsión , seiscientos sesenta y siete ( 667) unidades cajas de control , 1334 unidades de cables de puesta a tierra, 4771 unidades de aros de cable de puesta a tierra, 1334 unidades de
seiscientos sesenta y siete ( 667) unidades cajas de control , 1334 unidades de cables de puesta a tierra, 4771 unidades de aros de cable de puesta a tierra, 1334 unidades de cubiertas de tubo s, 3439 unidades de asientos de rodamientos , 5868 unidades de conectores de tubo de torsión , 3437 unidades de carril de guía , seiscientos sesenta y cuatro (664) unidades de cables de motor, seiscientos sesenta y siete ( 667) unidades de antenas de superficie fija , 3916 unidades de asientos del conductor giratorio , siete (7) unidades de motores, 5586 unidades ejes de transmisión, 3437 unidades de ruedas. 2146 unidades de conectores de transmisión , 5165 unidades de manguitos de transmisión, 3437 unidades de soportes del eje de transmisión , 3437 unidades deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600649 de 17 oct. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
soldaduras superiores colgantes, 5517 unidades de cojinetes de plástico eje de transmisión, 5517 unidades de brazos de cojinetes de plástico de eje de transmisión , 1418486 unidades de buloneria (arandelas, pernos, tuercas, pines, tornillos), 19579 unidades de placas de refuerzo, 39398 unidades de correas, 39398 juntas de correa.
2. Seiscientos sesenta y uno (661) unidades de control integrada s, (control de los “trackers”) compuestas por: seiscientos sesenta y uno ( 661) unidades de cajas de
2. Seiscientos sesenta y uno (661) unidades de control integrada s, (control de los “trackers”) compuestas por: seiscientos sesenta y uno ( 661) unidades de cajas de control, 2668 unidades de cables de extensión de CC de 0,2 m, 1334 unidades de cables de extensión de CC de 17 m, 1334 unidades de bases de montaje de la caja de control, 1334 unidades de aros de la caja de control, nueve (9) unidades de cajas de control de depuración, siete (7) unidades de baterías de litio.
3. Ocho (8) unidades de control maestro (control de red) : compuestas por: ocho (8) unidades de cajas de comunicación , t rece (13) unidades de aros de cajas de comunicación, trece (13) unidades de placas de montaje de la caja de comunicación , trece (13) unidades de soportes de antenas de comunicación , trece (13) unidades de aros de soporte de antenas de comunicación A, trece (13) unidades de aros de soporte de antenas de comunicación B , c inco (5) unidades de cables USB -TTL, c inco (5) unidades de módulos inalámbricos de 2.4 GLoRa, cuatrocientos tres (403) unidades de ajustadores hexagonales interior con agujero de ciruela , 4.852 unidades de cables de conexión USB tránsito , d os (2) unidades de descargadores de simulaci ón, una (1) unidad de cargador (con doble extremo) , 4856 unidades de cables de tránsito para comisión, dos (2) unidades de cables de datos tipo C, dos (2) unidades de cables de red R J45. Siete (7) p ostes de anemómetro . siete (7) p lacas de conexión de la base del
comisión, dos (2) unidades de cables de datos tipo C, dos (2) unidades de cables de red R J45. Siete (7) p ostes de anemómetro . siete (7) p lacas de conexión de la base del anemómetro, siete (7) unidades de a sientos del sensor de viento , siete (7) postes del sensor de viento.
De acuerdo con lo anterior, los componentes enumerados del 1 al 3, conforman un conjunto integrado de aparatos con función propia que se utilizan para orientar mecánicamente los módulos fotovoltaicos del parque solar Nísperos, permitiendo que estos sigan la trayectoria del sol para maximizar la captación de energía solar. La integración de estos elementos permite que el sistema de se guidores opere de manera coordinada, cumpliendo con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerado una unidad funcional.
En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 3 conforman la unidad funcional previamente identificada, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala par a esta partida «Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo» y con fundamento en la Regla General Int erpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para «- - - Los demás».
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor
para «- - - Los demás».
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA y que de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS MCTE ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600649 de 17 oct. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO . Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de aparatos con función propia (seguidores solares) que trabajan conjuntamente en el posicionamiento de paneles solares fotovoltaicos acorde con el rastreo solar, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente
texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA identificada con Cédula de Ciudadanía No. 1.037.635.803, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: denisipmbrasil@hotmail.com - angelapatricia.apov@gmail.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, en la CR 59 # 27 B 387 AP 2011 en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-10-17 / 01:51:54 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600649 de 17 oct. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600649Consecutivo Acto 2025Año Calendario 17-OCT-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
1037635803Nit Calidad Actua DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA AP. POWERCHINA INTERNATIONAL GROUP LIMITED SUCURSAL
COLOMBIA
Razón Social denisipmbrasil@hotmail.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 421Planilla Remisión No. 17 OCT 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
APODERADO
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
17 OCT 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: DOCTORA: DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA APODERAT/P1037635803
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 11 NOV 2025 Hora: 09:54:49
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 10 NOV 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N.53.300 del 10 de noviembre de 2025 en la página 14.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600649Consecutivo Acto 2025Año Calendario 17-OCT-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
1037635803Nit Calidad Actua DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA AP. POWERCHINA INTERNATIONAL GROUP LIMITED SUCURSAL
COLOMBIA
Razón Social angelapatricia.apov@gmail.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
Razón Social angelapatricia.apov@gmail.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 421Planilla Remisión No. 17 OCT 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
APODERADO
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
17 OCT 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: DOCTORA: DENIS LUCENID ECHEVERRI MOLINA APODERAT/P1037635803
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 11 NOV 2025 Hora: 09:54:49
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 10 NOV 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N.53.300 del 10 de noviembre de 2025 en la página 14.