🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 600677 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 600677 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600677 (30 oct. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002717 de 26 de agosto de 2025, el señor JOSE EDUARDO BARRENECHE AVILA, identificado con cédula de ciudadanía 7 .629.776, representante legal de la sociedad C.I. TEQUENDAMA S.A.S, con NIT 819 .004.712-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “PLANTA SOLAR FOTOVOLTAICA NUEVA”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE SARP en tres (3) páginas, fichas técnicas en nueve (9) páginas, manuales en ciento cincuenta (150) páginas, fotografías en cinco (5) páginas, planos en cuatro (4) páginas, formato Dian en cinco (5) páginas, listado de equipos en tres (3) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millon trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según transferencia número SVG6FQVK3Z del 25 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.

El solicitante pagó un millon trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según transferencia número SVG6FQVK3Z del 25 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000742 del 08 de septiembre de 2025 este Despacho solicitó al usuario:

1. Describir en párrafos cortos y secuenciales el proceso que desarrollan los equipos y como se interconectan entre sí.

2. Aportar en archivo editable el listado de máquinas y equipos que conforman la unidad, indicando con precisión cada ítem: nombre técnico y comercial, cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y la función que desempeña cada uno, para lo cual se sugiere utilizar un cuadro Excel.

No se deben relacionar elementos como tornillos, tuercas, arandelas y elementos de sujeción en general, ya que estos sirven de soporte, acople, ajuste, conexión, montaje y cierre, por lo tanto, se consideran parte integral de las máquinas, aparatos y dispositivos de la solicitud.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600677 de 30 oct. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

3. Adjuntar las fichas técnicas de las maquinas que conforman el sistema a clasificar, en idioma español.

4. Indicar que clase de corriente se genera, si es continua o alterna, cómo se genera y de cuantos kilovatios queda la corriente final.

5. Indicar la potencia en W (vatios) del sistema.

idioma español.

4. Indicar que clase de corriente se genera, si es continua o alterna, cómo se genera y de cuantos kilovatios queda la corriente final.

5. Indicar la potencia en W (vatios) del sistema.

6. Explicar cómo se controla el proceso que se adelanta en la planta y a través de que máquina o aparato.

El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000669 del 29 de septiembre de 2025, con 165 páginas, renunciando al término restante para responder al requerimiento.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor JOSE EDUARDO BARRENECHE AVILA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : contabilidad@daabon.com.co - comex@daabon.com.co; o por correo en la dirección CR 1 C 22 58 P 11 ED BAHIA CENTRO, en Santa Marta - Magdalena

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota de Sección y Texto de

Partida:

Regla General Interpretativa 1:

otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota de Sección y Texto de

Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 85.01

“Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos”

Regla General Interpretativa 6:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600677 de 30 oct. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002717 de 26 de agosto de 2025 y E2025000100165398000669 del 29 de septiembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos, empleados para generar energía eléctrica a partir de la energía solar, mediante el siguiente proceso: La Planta Solar Fotovoltaica se compone principalmente de un conjunto de Paneles o Módulos Solares, los cuales convierten la energía solar en electricidad mediante células de silicio. Estos paneles se instalan sobre estructuras de montaje diseñadas para asegurar su fijación y orientación óptima, ya sea en techos o sobre suelo mediante marquesinas. Las marquesinas, más robustas, permiten además aprovechar el espacio inferior para otras actividades, aumentando la funcionalidad del sistema. Una vez instalados, los paneles solares se conectan eléctricamente a los Inversores Solares, cuya función es transformar la corriente continua (CC) generada por los paneles

actividades, aumentando la funcionalidad del sistema. Una vez instalados, los paneles solares se conectan eléctricamente a los Inversores Solares, cuya función es transformar la corriente continua (CC) generada por los paneles en corriente alterna (CA), adecuada para el uso en la red eléctrica. Estos inversor es incluyen sistemas de protección eléctrica y se montan sobre estructuras metálicas, ya sea en el suelo o anclados a paredes, garantizando su estabilidad y seguridad operativa. El monitoreo y control del sistema se realiza mediante una solución especializada que incluye un Data Manager y sondas o sensores conectados a los inversores. Esta solución permite gestionar de forma centralizada el rendimiento del sistema fotovoltaico, controlar la potencia conforme a la red y realizar lecturas de variables climáticas como la radiación solar, asegurando una operación eficiente y adaptada a las condiciones ambientales. Este proceso se realiza con los siguientes equipos:

1. Setecientos noventa y dos (792) paneles solares monofacial, dimensiones 2278 mm x

1134 mm x 30 mm , potencia máxima pico: 590W, dispositivo tecnológico basado en celdas fotovoltaicas de silicio monocristalino que convierte la energía solar en energía eléctrica, con elementos de fijación y conexión (cantidades en unidades) así: (1.620) Abrazaderas G3 30 -50 mm, (288) abrazaderas con bloqueo positivo sencilla, (3.292) abrazaderas trapezoidales para chapa metálica, (72) conectores a tope TF27 -T, (506) conectores universales TopFix 200 , (96) juegos de abrazaderas con bloqueo positivo ,

abrazaderas trapezoidales para chapa metálica, (72) conectores a tope TF27 -T, (506) conectores universales TopFix 200 , (96) juegos de abrazaderas con bloqueo positivo , (312) rieles de soporte TF27-T, 5850 mm, (540) tornillos solar Fastener 8/M10 x 80/50 , (7.400) tornillos autoperforantes 5,5x25.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600677 de 30 oct. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

2. Setenta y dos (72) paneles solares bifacial, dimensiones 2278 mm x 1134 mm x 30 mm, potencia máxima pico: 590W, dispositivo tecnológico basado en celdas fotovoltaicas de silicio monocristalino que convierte la energía solar en energía eléctrica, con su estructura para montaje tipo Marquesina compuesta de (cantidades en unidades) así: (286) arandelas para fijación y montaje, (2) chapas logo (derecha e izquierda), (2) chapas para cargadores (doblada y plana), (14) conectores poste tetón (3 y 5mm), (24) correas (5000mm, 6150mm y 5345mm) , (10) dinteles sur de 4000mm (3 y 5mm) , (137) kits de estanqueidad ( superiores e inferiores) , ( 22) empalmes de correa , (5) empalmes de estanqueidad, (10) kits presor final, (34) perfiles de estanqueidad de 4580mm, 5000mm

estanqueidad ( superiores e inferiores) , ( 22) empalmes de correa , (5) empalmes de estanqueidad, (10) kits presor final, (34) perfiles de estanqueidad de 4580mm, 5000mm y 5650mm (superiores e inferiores), (2) plantillas de anclaje, (7) postes cortos de 1977mm (3 y 5mm) , (7) postes largos 2287 mm (3 y 5mm) , (2) punta llave torx M-6 / inox , (5) resinas químicas - 500 Ml, (8) tapas plásticas para dinteles , (26) tapas plásticas para perfiles de estanqueidad , (15) kits conectores, (22) kits para empalmes de correa , (86) tornillos (M-12X30 / 8.8 - Zn+Ni+Sellante / DIN933, M-6X30 / INOX / DIN), (202) tuercas (M-16 / HDG / DIN934, M -12 / Zn+Ni+Sellante / DIN934, M -6 / INOX / DIN934) y (58) varillas roscadas M16 / HDG / LONG: 330mm.

3. Nueve (9) inversores solares, dimensiones : 621 mm x 733 mm x 569 mm . p otencia nominal: 33300 W / 50000W / 62500W , su función principal es convertir la corriente continua (CC) generada por los paneles solares en corriente alterna (CA), que es el tipo de electricidad que se utiliza en la red, contiene en su interior accesorios de protección eléctrica y es instalado sobre una estructura metálica sobre suelo o anclada a la pared, con los siguientes elementos: (9) descargadores de sobretensión AC, (9) descargadores

eléctrica y es instalado sobre una estructura metálica sobre suelo o anclada a la pared, con los siguientes elementos: (9) descargadores de sobretensión AC, (9) descargadores de sobretensión DC, (9) estructuras metálicas para montaje de cada inversor.

4. Tres (3) SMA Data Manager M, dimensiones: 216 mm x 90 mm x 68 mm, para conectar hasta 50 Inversores , permite la gestión y el control centralizado de los sistemas fotovoltaicos, incluyendo la monitorización, la gestión y el control de la potencia conforme a la red y la lectura de sensores climáticos como la radiación solar; compuesto por: (3) unidades de alimentación SMA para carril DIN, (8) sensores de irradiación meteocontrol que registran la intensidad de la radiación solar.

Los equipos serán instalados en la Refinería Tequendama, Km 1 vía Mamatoco detrás del colegio Bilingüe sector industrial San Francisco , en Santa Marta, ocupando un área de 3.565 M2

De acuerdo con lo expuesto, los elementos enumerados del 1 a 4 conforman un conjunto integrado de máquinas y aparatos diseñados específicamente para la generación de energía eléctrica a partir de una fuente de energía térmica (luz solar); ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), p ara ser considerado una unidad funcional.

Al respecto, en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA), los generadores fotovoltaicos de corriente alterna se encuentran comprendidos en el texto de la partida 85.01, según la Regla General Interpretativa 1, citada en el acápite de los fundamentos.

Al respecto, en la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA), los generadores fotovoltaicos de corriente alterna se encuentran comprendidos en el texto de la partida 85.01, según la Regla General Interpretativa 1, citada en el acápite de los fundamentos.

En virtud de lo anterior, la mercancía descrita en los numerales 1 a 4 corresponde arancelariamente a máquinas y aparatos que trabajan de manera conjunta para la generación fotovoltaica de corriente alterna, que de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 85.01 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “ Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8501.80.00.00RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600677 de 30 oct. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “ - Generadores fotovoltaicos de corriente alterna”

Con base en el análisis técnico del conjunto de equipos destinados a la generación de energía eléctrica a partir de la energía solar, se descarta su clasificación en la subpartida arancelaria 8541.43.00.00, correspondiente a “Células fotovoltaicas ensambla das en módulos o paneles”. Aunque el sistema incorpora células fotovoltaicas, también incluye otros componentes, como los inversores, cuya función principal es transformar la corriente

módulos o paneles”. Aunque el sistema incorpora células fotovoltaicas, también incluye otros componentes, como los inversores, cuya función principal es transformar la corriente continua (CC) generada por los paneles solares en corriente alterna (CA ), que es la forma de electricidad utilizada en la red. Por lo tanto, las células fotovoltaicas constituyen solo una parte del sistema completo.

La función esencial del sistema no se limita a la conversión eléctrica, sino que está netamente definida por la generación de energía mediante el aprovechamiento directo de la radiación solar a través de módulos fotovoltaicos. En consecuencia, el criterio de clasificación debe basarse en la función principal del conjunto, que es la generación eléctrica de origen fotovoltaico.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8501.80.00.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos para la generación fotovoltaica de corriente alterna en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor JOSE EDUARDO BARRENECHE AVILA identificado con cédula de ciudadanía No. 7.629.776, en calidad de Representante Legal de la sociedad C.I.

Resolución al señor JOSE EDUARDO BARRENECHE AVILA identificado con cédula de ciudadanía No. 7.629.776, en calidad de Representante Legal de la sociedad C.I. TEQUENDAMA S.A.S con NIT 819.004.712-5, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: contabilidad@daabon.com.co - comex@daabon.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 1 C 22 58 P 11 ED BAHIA CENTRO en Santa Marta - Magdalena o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución

Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600677 de 30 oct. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-10-30 / 07:46:57 A. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSe certifica que este Acto Administrativo, fue Publicado en Diario Oficial Edición No. 53.317 del 27 de noviembre de 2025, página 15.Se certifica que este Acto Administrativo, fue Publicado en Diario Oficial Edición No. 53.317 del 27 de noviembre de 2025, página 15.

Consultar sobre este documento ...