DIAN - Resolución 600682 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600682 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 (31 oct. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002680 de l 13 de agosto de 2025, el Sr. EDGAR ENRIQUE JIMÉNEZ DELGADO, identificado con cédula de ciudadanía No. 85.201.036, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890 .404.190-5, mandataria de la sociedad GAIA VITARE S.A.S , con NIT 830.114.018-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ UNIDAD FUNCIONAL LÍNEA DE RECICLAJE DE BATERÍAS DE LITIO” y comercialmente como “LÍNEA DE RECICLAJE DE
BATERÍAS DE LITIO”.
El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE SARP en dos (2) páginas, información línea de baterías, en diecisiete (17) páginas, relación de componentes y uso de línea funcional de baterías de litio en formato Excel en una (1) hoja, mandato aduanero en catorce (14) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
componentes y uso de línea funcional de baterías de litio en formato Excel en una (1) hoja, mandato aduanero en catorce (14) páginas y comprobante de pago en una (1) página.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($ 1.383.686,00) según transferencia electrónica número 2507BGI02017 del 12 de agosto de 2025 del Banco Itaú al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000734 del 04 de septiembre de 2025 este Despacho solicitó al usuario:
1. “Allegar contrato de mandato en el que se faculte expresamente al mandatario para solicitar y tramitar ante la DIAN la clasificación arancelaria de mercancía y notificarse en nombre suyo de los actos administrativos correspondientes, puesto que el mandato allegado no confiere esta facultad.
2. Indicar el lugar geográfico exacto (departamento y ciudad) donde serán instalados los equipos, así como el área (m, m2) que ocupará el proyecto.
3. Remitir una breve descripción secuencial del proceso realizado por la unidad funcional solicitada, que incluya la forma en que intervienen todos los equipos mencionados en el
documento técnico, desde la etapa de ingreso de las baterías hasta la separación finalRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
de componentes y la recolección de polvo, mencionado la evacuación o recuperación
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
de componentes y la recolección de polvo, mencionado la evacuación o recuperación de materiales, qué destino tienen los fragmentos metálicos, la masa negra y los vapores capturados y qué métodos se utilizan para separar y clasificar los materiales valiosos como litio u otros.
4. Aclarar si el proceso de triturado, cribado y transporte de materiales se realiza en equipos cerrados.
5. Precisar cómo se controla el proceso descrito en cada etapa del reciclaje, indicando los equipos involucrados y su ubicación física dentro del flujo operativo. En caso de que alguno de los equipos utilizados no esté incluido en el listado suministrado, se sugiere su incorporación junto con la cantidad correspondiente, las características técnicas relevantes y los componentes principales que lo conforman.”
El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000675 del 30 de septiembre de 2025, con treinta y cinco (35) páginas, renunciando al término restante para responder el requerimiento en mención.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : ejimenez@aduanasgama.com - asesor02@aduanasgama.com; o por correo en la dirección AV DEL ARSENAL 8B 39, en Cartagena - Bolívar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente defini da, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
correspondiente a la función que realice.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Texto de la partida 84.79:
“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado s ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002680 de 13 de agosto de 2025 y E2025000100165398000675 del 30 de septiembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de equipos
agosto de 2025 y E2025000100165398000675 del 30 de septiembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de equipos interconectados que operan de manera coordinada para el tratamiento de baterías secundarias de ion de litio, mediante el siguiente procedimiento:
El proceso inicia cuando el operario deposita las baterías secundarias de litio sobre el transportador de banda, el cual las conduce hacia la trituradora de dos ejes subacuática con transportador, donde se emplea una solución salina para neutralizar reacci ones químicas peligrosas y facilitar la trituración segura. En esta etapa, se generan fragmentos metálicos y masa negra húmeda que son evacuados mediante una banda transportadora secundaria hacia la máquina de secado con circulación de aire caliente de cin co capas, la cual reduce la humedad inicial de la masa negra en aproximadamente un 45%, preparando el material para su traslado a la siguiente fase.
Posteriormente, la masa parcialmente deshidratada es conducida por una transportadora de tornillo hacia una segunda máquina de secado con circulación de aire caliente de cinco capas, que realiza una deshidratación intensiva eliminando entre el 95% y 99% de la humedad restante. Una vez seco, el material pasa a la máquina de cribado automática, que mediante tamices vibratorios clasifica los componentes por tamaño y densidad, separando plásticos, grafito, laminillas, hojuelas de cobre y aluminio, así como el concentrado de litiocobalto (masa negra), lo que permite la recuperación eficiente de materiales valiosos que serán reutilizados o exportados para su refinación.
Durante todo el proceso, los vapores y polvos generados son capturados por el colector de
cobalto (masa negra), lo que permite la recuperación eficiente de materiales valiosos que serán reutilizados o exportados para su refinación.
Durante todo el proceso, los vapores y polvos generados son capturados por el colector de polvo de pulso con elemento filtrante, el cual está conectado mediante mangueras a los distintos equipos de la línea , para garantizare la retención de partículas finas como grafito y óxidos metálicos, evitando su dispersión en el ambiente y permitiendo su aprovechamiento posterior.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
El proceso antes descrito se controla de forma mecánica mediante un sistema en cascada que permite el encendido secuencial de las máquinas, asegurando la sincronización operativa de cada etapa. Cada equipo cuenta con su propio tablero de control, lo que facilita supervisar individualmente su funcionamiento y realizar ajustes según las necesidades del flujo operativo.
A continuación, se detalla el conjunto de equipos antes mencionados, los cuales serán instalados en la localidad de Fontibón en la Carrera 123 # 14 – 21 en Bogotá, en un área aproximada de 300 m2:
Numeral Cantidad Unidad Medida
Componente Características Técnicas Función 1 1 Unidad Transportador de banda cinta transportadora de alimentación, voltaje: 440 v/60 Hz trifásica longitud: 4500 mm ancho: 510 mm (diámetro exterior), potencia del motor: 0,18 kW, material del cuerpo:
1 1 Unidad Transportador de banda cinta transportadora de alimentación, voltaje: 440 v/60 Hz trifásica longitud: 4500 mm ancho: 510 mm (diámetro exterior), potencia del motor: 0,18 kW, material del cuerpo: correa de PVC de 3,0 mm más guía, material del cuerpo y el bastidor: acero al carbono, altura de la máquina: 3,1 m Ingresar las baterías de litio al proceso de trituración subacuática. 2 1 Unidad Trituradora de dos ejes subacuática más transportador trituradora de dos ejes y transportador trituración gruesa para baterías de litio 18650 (trituradora submarina de dos ejes) tamaño de la cámara de trituración: 346 x 410 mm, potencia del motor: 3,7 kW x 2 unidades, voltaje: 440 v/60 Hz trifásico. material de las cuchillas: cr12mov, potencia del motor de la cinta de descarga: 0,18 kW (con convertidor de frecuencia), control de la caja eléctrica, material del cuerpo de la trituradora gruesa y del cuerpo de la cinta de descarga: acero inoxidable, tornillo inferior y depósito de agua: acero inoxidable, material del marco: acero al carbono triturar las baterías de litio bajo una solución acuosa salina para evitar conatos al momento de la trituración y entregar la mezcla de metal y masa negra triturado al proceso de secado.
solución acuosa salina para evitar conatos al momento de la trituración y entregar la mezcla de metal y masa negra triturado al proceso de secado. 3 1 Unidad Transportador de banda transportador de banda, voltaje: 440 V/60 Hz trifásico, longitud: 3600 mm ancho: 610 mm (diámetro exterior), potencia del motor: 0,37 kW, material cuerpo: banda de PVC de 3,0 mm más guía, material del cuerpo y el bastidor: acero al carbono, altura de la máquina: 2,58 m. Salen las baterías de litio junto con la masa negra trituradas para el primer proceso de deshidrataci ón.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 5
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
4 1 Unidad Máquina de secado con circulación de aire caliente de 5 capas especial para sistemas de secado de baterías, voltaje: 440 v/60 Hz trifásico, transportador: 5000 x 650 mm (largo x ancho), potencia del motor: 1,5 kW (con convertidor de 1,5 kW), calentador eléctrico: 45 kW, soplador: 1,1 kW, temperatura: 150 °C, correa: correa de silicona resistente a altas temperaturas de 3 mm de grosor, material: piezas en contacto con la materia prima de
soplador: 1,1 kW, temperatura: 150 °C, correa: correa de silicona resistente a altas temperaturas de 3 mm de grosor, material: piezas en contacto con la materia prima de acero inoxidable, material cuerpo y el bastidor: acero al carbono. altura de la máquina: 2,15 m Realizar deshidrataci ón de más de 45 % de humedad de la masa negra proveniente de la baterías de litio 5 1 Unidad Transportador a de tornillo transportador de tornillo, potencia del motor: 4 kW, voltaje: 440 v/60 Hz trifásico material: las piezas en contacto con la materia prima son de acero inoxidable y las demás son de acero al carbono. altura de la máquina: 3,16 m. trasladar la masa negra deshidratada por encima del 45% e ingresarla al sistema de deshidrataci ón # 2 para retirar la humedad restante de la masa negra. 6 1 Unidad Máquina de secado con circulación de aire caliente de 5 capas Especial para sistemas de secado de baterías, voltaje: 440 V/60 Hz trifásico transportador: 5000 x 650 mm (largo x ancho), potencia del motor: 1,5 kW (con convertidor de 1,5 kW), calentador eléctrico: 45 kW, soplador: 1,1 kW, temperatura: 150 °C, correa de silicona resistente a altas temperaturas de 3 mm de grosor,
(con convertidor de 1,5 kW), calentador eléctrico: 45 kW, soplador: 1,1 kW, temperatura: 150 °C, correa de silicona resistente a altas temperaturas de 3 mm de grosor, material: piezas en contacto con la materia prima de acero inoxidable material del cuerpo y el bastidor: acero al carbono, altura de la máquina: 2,15 m Realizar deshidrataci ón de más de 95 % de humedad de la masa negra proveniente de las baterías de litio 7 1 Unidad Máquina de cribado automática cribadora automática de materiales no estándar, potencia del motor: 0,25 kW x 2 unidades, capa de criba: 1, material de la malla: acero inoxidable, material del cuerpo: acero al carbono, altura de la máquina: 1 m separar los metales de la masa negra y el concentrado de cobalto.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
8 1 Unidad Colector de polvo de pulso con elemento filtrante de 3 kW colector de polvo de pulso con elemento filtrante de 3 kW, soplador: 3 kW, conectado al sistema de separación de aire, volumen de aire: 2664 ~ 5268 (m³/h), presión de aire: 1578 ~ 989 (pa)
elemento filtrante de 3 kW, soplador: 3 kW, conectado al sistema de separación de aire, volumen de aire: 2664 ~ 5268 (m³/h), presión de aire: 1578 ~ 989 (pa) área de filtración: 26 m², material del cuerpo y el marco: acero al carbono, altura de la máquina: 2166 m Captar el material particulado y los vapores que se generen durante todo el proceso en la línea de reciclaje de baterías de litio.
De acuerdo con lo anterior, los componentes enumerados del 1 al 8, conforman un conjunto integrado de equipos que operan de manera secuencial y coordinada para llevar a cabo el proceso de trituración de baterías secundarias de litio, con el propósito de recuperar los materiales valiosos contenidos en ellas para su posteri or reutilización. Esta configuración funcional cumple con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerado una unidad funcional.
En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 8 conforman la unidad funcional previamente identificada, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual señala par a esta partida «Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado s ni comprendidos en otra parte de este Capítulo» y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas la cual
comprendidos en otra parte de este Capítulo» y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para «Las demás máquinas p ara mezclar, amasar o sobar, quebrantar, triturar, pulverizar, cribar, tamizar, homogeneizar, emulsionar o agitar».
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.82.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos con función propia que trabajan conjuntamente para tritura r baterías secundarias de litio para recuperación de materiales , de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO identificado con cédula de ciudadanía no. 73.094.097, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890.404.190-5, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: ejimenez@aduanasgama.com - asesor02@aduanasgama.com,
ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con NIT 890.404.190-5, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: ejimenez@aduanasgama.com - asesor02@aduanasgama.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la AV DEL ARSENAL 8B 39 en Cartagena - Bolívar, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitioRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600682 de 31 oct. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución
Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-10-31 / 07:47:53 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
Revisó: BUSTOS PINILLA MARINA ROCIOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600682Consecutivo Acto 2025Año Calendario 31-OCT-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
890404190Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social
asesor02@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 447Planilla Remisión No. 31 OCT 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
31 OCT 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 28 NOV 2025 Hora: 08:21:30
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 25 NOV 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.317 del 27 de noviembre de 2025 en la página 22.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600682Consecutivo Acto 2025Año Calendario 31-OCT-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 890404190.Nit Calidad Actua GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1Razón Social ejimenez@aduanasgama.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 447Planilla Remisión No. 31 OCT 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
31 OCT 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: GABRIEL IGNACIO GALVIS FRANCO REP LEGAL DET/P890404190.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 28 NOV 2025 Hora: 08:21:30
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 25 NOV 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.317 del 27 de noviembre de 2025 en la página 22.