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DIAN - Resolución 600725 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600725 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600725 (11 nov. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002609 de 08 de julio de 2025, el Sr. VÍCTOR ALFREDO TARRA DÍAZ, identificado con cédula de ciudadanía 73.137.446, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS Y SERVICIOS ADUANEROS DE COLOMBIA S A NIVEL 1, con NIT 890 .404.619-2, mandataria de la Sociedad DAIRY PARTNERS AMERICAS MANUFACTURING COLOMBIA LTDA identificada con NIT: 830.138.568-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente “ UNIDAD DE PALETIZADO ” y comercialmente “UNIDAD DE PALETIZADO 2”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato solicitud clasificación arancelaria en dos (2) páginas, mandato en una (1) página, lista de equipos en una (1) página, descripción en doce (12) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos MCTE ($ 1.385.000,00)

página, descripción en doce (12) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos MCTE ($ 1.385.000,00) según consignación número 123504818623 de 07 de julio de 2025 del Banco Popular al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000633 del 31 de julio de 2025 este Despacho solicitó al usuario:

1. Indicar la ubicación geografía y área, en m 2, en donde se instalará el sistema a clasificar.

2. Explicar secuencialmente y en párrafos cortos el proceso que realiza la unidad de paletizado donde se especifiquen las máquinas y aparatos que lo llevan a cabo.

3. Aportar las fichas técnicas en idioma español del paletizador, sistema de control paletizador y aplicador de adhesivo.

4. Indicar como se interconectan y que función cumplen en la unidad de paletizado el trasportador de mallas superior, transportador de cadena (transportador de lengüeta superior), controladora de peso, cinta transportadora de rodillos, selladora de cajas,

cinta transportadora y trasportador de tornillo.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600725 de 11 nov. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

5. Precisar si la mercancía cuenta con control numérico o controlador lógico programable, señalar si se integra con otros sistemas automatizados. 6. ¿Cuál es la capacidad de paletizado por hora?

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

5. Precisar si la mercancía cuenta con control numérico o controlador lógico programable, señalar si se integra con otros sistemas automatizados. 6. ¿Cuál es la capacidad de paletizado por hora?

7. Informar si el proceso que realiza la unidad de paletizado es automático o semi automático.

8. Ajustar el listado de equipos teniendo que existen diferencias entre la información reportada en documento descripción y fotos y el cuadro Excel. Indicar para cada ítem: nombre de la máquina o equipo, cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y la función que realiza cada una. No se deben incluir marcas, ni términos en inglés, ni relacionar elementos, partes y piezas de uso general.

El usuario responde mediante escrito s radicados No. E202500010016539800065 6 y E2025000100165398000659 del 21 de septiembre de 2025, en diez (10) páginas y nueve (9) paginas respectivamente.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. VÍCTOR ALFREDO TARRA D ÍAZ, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : notificacionesjudiciales@asercol.com - vtarra@asercol.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transversal 33 A # 19-21, en Cartagena - Bolívar

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto

anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.28:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600725 de 11 nov. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

“Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos).”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compa rarse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002609 de 08 de julio de 2025, E2025000100165398000656 y E2025000100165398000659 del 21 de septiembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe un conjunto de máquinas y aparatos diseñados para ubicar ordenadamente cajas con producto terminado

de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe un conjunto de máquinas y aparatos diseñados para ubicar ordenadamente cajas con producto terminado sobre “pallets” acorde a un patrón preasignado de manera automática, mediante el siguiente proceso:

Las cajas selladas con producto terminado llegan al paletizador desde la línea de empaque secundario. El paletizador ubica el “pallet” suministrado por el carro RGV del dispensador de pallets y a través de un manipulador de coordenadas rectangulares toma las cajas y comienza a apilarlas por capas, hasta completar el p atrón de apilamiento programado, a cada capa de cajas les añade adhesivo con el fin de aumentar la estabilidad de estas sobre el “pallet”. Los equipos están controlados por el sistema de control paletizador.

El conjunto de máquinas dispuestas para la unidad de paletizado será instalado en la Fabrica DPA Manufacturing de Colombia Ltda. en Valledupar Cesar y ocupa un área aproximada de 312 m2 metros cuadrados.

El proceso se lleva a cabo con los siguientes equipos:

1. Un (1) paletizador dispuesto para organizar las cajas de producto terminado en estibas acorde a un patrón preasignado de manera automática.

2. Un (1) sistema de control paletizador el cual funciona como cerebro del equipo paletizador de cajas, encargado de controlar el proceso.

3. Un (1) aplicador de adhesivo encargado de aplicar adhesivo a las cajas para aumentar la estabilidad de estas cuando se apilan en la estiba.

Teniendo en cuenta lo anterior, se establece que la mercancía listada en los numerales 1 a

aumentar la estabilidad de estas cuando se apilan en la estiba.

Teniendo en cuenta lo anterior, se establece que la mercancía listada en los numerales 1 a 3, corresponden arancelariamente a una combinación de máquinas y aparatos para manipulación de cajas colocándolas ordenadamente sobre “pallets”, que de conformidad con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla GeneralRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600725 de 11 nov. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.28 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual incluye << Las demás máquinas y aparatos de elevación, carga, descarga o manipulación (por ejemplo: ascensores, escaleras mecánicas, transportadores, teleféricos). >> y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8428.90.90.90 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para << - - - Los demás >> dentro de la subpartida 8428.90.90 << - - Las demás: >>

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS ($ 1.314), del cual podrá

($1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS ($ 1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8428.90.90.90 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan mecánicamente para la operación de manipulación de cajas colocándolas ordenadamente sobre “pallets”, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente resolución al señor VÍCTOR ALFREDO TARRA DÍAZ identificado con cédula de ciudadanía 73.137.446, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS Y SERVICIOS ADUANEROS DE COLOMBIA SA NIVEL 1 con NIT 890.404.619-2, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud: notificacionesjudiciales@asercol.com - vtarra@asercol.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del

notificacionesjudiciales@asercol.com - vtarra@asercol.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: Barrio Martínez Martelo Transversal 33 A # 19-21 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el

en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600725 de 11 nov. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-11-11 / 03:39:01 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: CAMARGO TORRES DELASCAR

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600725Consecutivo Acto 2025Año Calendario 11-NOV-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo .890404619Nit Calidad Actua VICTOR ALFREDO TARRA DIAZ REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS Y SERVICIOS ADUANEROS

DE COLOMBIA S.A. NIVEL 1

Razón Social vtarra@asercol.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 471Planilla Remisión No. 12 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

13 NOV 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: VICTOR ALFREDO TARRA DIAZ REP LEG AGENCIA DE ADU T/P.890404619

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 29 DEC 2025 Hora: 12:37:10

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 DEC 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.335 del 15 de diciembre en la página 25.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600725Consecutivo Acto 2025Año Calendario 11-NOV-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

890404619Nit Calidad Actua VICTOR ALFREDO TARRA DIAZ REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ASESORIAS Y SERVICIOS ADUANEROS

DE COLOMBIA S.A. NIVEL 1

Razón Social notificacionesjudiciales@asercol.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 471Planilla Remisión No. 12 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

471Planilla Remisión No. 12 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

13 NOV 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: VICTOR ALFREDO TARRA DIAZ REP LEG AGENCIA DE ADU T/P890404619

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 29 DEC 2025 Hora: 12:37:10

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 DEC 2025Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.335 del 15 de diciembre en la página 25.

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