DIAN - Resolución 600736 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600736 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 (13 nov. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002681 de 14 de agosto de 2025, la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificada con cédula de ciudadanía 45.555.683, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, mandataria de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS con NIT 800.224.148 -5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente “SISTEMA
DE RIEGO POR GOTEO PARA AROMATICAS”
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en cuatro (4) páginas, mandato aduanero en una (1) página, comprobante de pago en una (1) página, fichas técnicas en veintiocho (28) páginas, ficha del Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS en diez (10) páginas, “descripción general del producto”
ficha del Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS en diez (10) páginas, “descripción general del producto” en dieciocho (18) páginas, plano en una (1) página, “listado de equipos” en form ato Excel en una (1) página y plano en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y cinco mil pesos MCTE ($ 1.385.000,00) según consignación número 252815430 de 13 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional No. S2025000100165398000740 del 08 de septiembre de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria:
1. “Cómo y con qué máquina, equipo, aparato o elemento realiza la inclusión de fertilizantes o similares y dónde se encuentra(n) ubicado(s) dentro del sistema.
2. Cuál es el valor exacto por etapa (captación, transporte a la cabecera, transporte hasta el cultivo, aspersión) de la presión que requiere el sistema para cumplir con cada una de estas etapas y cómo garantiza el sistema (con qué máquina, equipo, aparato o elemento) la presión requerida en cada etapa.
3. Indicar el lugar geográfico donde se instalará el sistema de riego.”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
La usuaria responde mediante escrito radicado E2025000100165398000701 del 15 de
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
La usuaria responde mediante escrito radicado E2025000100165398000701 del 15 de octubre de 2025 , con 16 folios, renunciando al término restante para contestar al requerimiento.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85, en Cartagena - Bolívar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 84.24:
“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 3
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subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002681 de 14 de agosto de 2025, y E2025000100165398000701 del 15 de octubre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, que funciona mediante el siguiente proceso: El sistema de riego inicia con la captación del agua proveniente de un reservorio de aguas lluvias ubicado a un nivel inferior al de las parcelas a beneficiar. Dado que no se dispone de acometida eléctrica cercana, la impulsión se realiza mediante un equipo de bombeo con motor Diesel, encargado de suministrar el caudal y la presión requeridos para la operación del sistema. El agua bombeada se conduce a través de una tubería de polietileno hasta el centro de cabecera, donde se lleva a cabo el tratamiento primario.
motor Diesel, encargado de suministrar el caudal y la presión requeridos para la operación del sistema. El agua bombeada se conduce a través de una tubería de polietileno hasta el centro de cabecera, donde se lleva a cabo el tratamiento primario. En primer lugar, el agua pasa por una batería de filtros de anillos dispuestos en paralelo, que cumplen la función de retener los sólidos suspendidos y el material orgánico fino presentes en el agua del reservorio. Este proceso de filtrado físico evita la obstrucción de los emisores y contribuye a mantener la uniformidad en la aplicación del riego, garantizando que las partículas que puedan afectar el funcionamiento de la red sean removidas antes de la distribución. Posteriormente, se realiza un tratamiento químico mediante una unidad de inyección de cloro, conformada por una bomba dosificadora y un agitador de turbina. Esta unidad permite preparar y mantener homogénea una solución de cloro entre 1 y 2 ppm, la cual se incorpora al flujo de agua mediante un sistema de derivación. El objetivo de esta etapa es evitar la proliferación de algas y microorganismos que podrían generar taponamientos en la red de goteo y afectar la eficiencia del sistema. Finalmente, el agua tratada se conduce a través de la canalización primaria y secundaria hacia cada módulo de riego, donde una válvula solenoide controla la apertura y cierre del flujo. Desde allí, el agua llega a la red de superficie compuesta por silleta s, conectores y líneas o cintas de goteo, que entregan el caudal de forma localizada a cada planta. En los extremos de las líneas se instalan válvulas de goteo para facilitar el drenaje y lavado del
líneas o cintas de goteo, que entregan el caudal de forma localizada a cada planta. En los extremos de las líneas se instalan válvulas de goteo para facilitar el drenaje y lavado del sistema, lo que permite mantener su limpieza y prolongar su vida útil. El sistema de riego será instalado en la Etapa 1 de la Hacienda San Antonio en las inmediaciones de Nemocón, Cundinamarca, en un área de 8 hectáreas. La mercancía está compuesta de las siguientes máquinas y aparatos:
Centro de cabecera: RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 4
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1. Un (1) equipo de bombeo Diesel. Compuesto por un motor Diesel integrado; un cuerpo, un impulsor y un acople intermedio en hierro fundido ASTM A -48 clase 30; empaques en Buna Nitrilo y un sello mecánico en Carbón/Cerámica/Buna -N. Hace parte del Centro de Ca becera y permite abastecer la canalización primaria con el agua del reservorio, proporcionando las condiciones de caudal y presión requeridas para la operación adecuada del sistema.
2. Cuatro (4) filtros de anillos. Están compuestos por una coraza plástica (polipropileno) en cuyo interior se encuentra el elemento filtrante (discos polipropileno - malla en acero inoxidable), constituido por anillos plásticos ranurados apilados, los cuales permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras
en cuyo interior se encuentra el elemento filtrante (discos polipropileno - malla en acero inoxidable), constituido por anillos plásticos ranurados apilados, los cuales permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras (sólidos en suspensión y material orgánico fino). Cuenta con tuerca de cierre en poliamida reforzada con fibra de vidrio y juntas en caucho de nitrilo-butadieno (NBR). Hacen pa rte del Centro de Cabecera y permiten la retención de los sólidos suspendidos más gruesos, así como la remoción del material orgánico y suspendido más fino. Durante el proceso de filtración el agua circula desde el exterior hacia el interior, atravesando los discos de filtración donde se alojan las partículas retenidas.
3. Un (1) galápago de derivación. Accesorio en polietileno, diseñado para efectuar derivaciones a las tuberías de polietileno mediante su instalación y la perforación de un orificio del diámetro de derivación requerido, evitando realizar el corte de la misma. Cuerpo y tapa en copolímero de polipropileno negro con alto nivel de estabilización a los rayos UV, empaque O -Ring o junta tórica en NBR negro, anillo de refuerzo en acero inoxidable, tuercas y tornillos en acero zincado. Hace parte del Centro de Cabecera , este accesorio se utiliza para efectuar la derivación correspondiente a la descarga de la unidad de inyección conformada por la bomba dosificadora y el depósito de cloro de la finca, permitiendo que la solución impulsada por la bomba ingrese al agua transportada a través de la canalización primaria.
4. Una (1) bomba dosificadora. Compuesta por motor eléctrico, diferentes tipos de
dosificadora y el depósito de cloro de la finca, permitiendo que la solución impulsada por la bomba ingrese al agua transportada a través de la canalización primaria.
4. Una (1) bomba dosificadora. Compuesta por motor eléctrico, diferentes tipos de piñones (una inyección, dos inyecciones, inyección estándar), juntas tóricas (O-Ring) en caucho de acronitrilo -butadieno (NBR), rodamiento 608 -zz, arandelas elásticas onduladas, tornillos (M6x12 DIN 933 A2 y M5x12 DIN 912 A2) y arandela 18x5x2,5
F5. Hace parte del Centro de Cabecera y consiste en un equipo de bombeo de desplazamiento positivo (pistón o membrana), que permite dosificar productos químicos a una red hidráulica. En este caso, dosifica una solución de cloro con una concentración entre 1 y 2 ppm al agua del sistema de riego para prevenir la proliferación de algas o macroorganismos que puedan generar taponamiento en la red de superficie gota a gota con goteros.
5. Un (1) agitador de turbina. Compuesto por motor eléctrico, tornillos (M6x20 DIN 912, M6x25 DIN 912 A2, M6x16 DIN 913 A2 y M6x8 DIN 913 A2), brida para agitador B14
T80, arandela eje agitador d25, acople eje agitador d25, anillo eje agitador d25, eje agitador T80 D25 L1500 y turbina agitador D150 para 60 Hz. Hace parte del Centro de Cabecera y su función es homogenizar la solución de los productos clorados y el
agitador T80 D25 L1500 y turbina agitador D150 para 60 Hz. Hace parte del Centro de Cabecera y su función es homogenizar la solución de los productos clorados y el agua mediante una turbina, que genera chorros radiales y axiales para asegurar la eficacia del pro ceso de desinfección del agua y evitar la proliferación de microorganismos que puedan taponar la red de riego. Canalizaciones primarias y secundarias
6. Mil ochocientos (1800) metros de tubería lisa de polietileno. Tubería en polietileno HDP - PN4 (0,4 MPa), con gran resistencia a la radiación UV y agentes orgánicos
del suelo, fabricada mediante la extrusión de polietileno virgen de alta calidad. HacenRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 5
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parte de las canalizaciones primarias y secundarias y su función es conducir el agua desde el centro de cabecera hasta los conductos gota a gota con goteros que suministran el agua a las parcelas de riego.
7. Cinco (5) válvulas solenoides. Válvulas de operación hidráulica accionada por diafragma, fabricadas en nylon reforzado con fibra de vidrio de calidad industrial, resistentes a sustancias químicas y daños por cavitación. Permiten un cierre suave sin golpes ni vibraciones, una regulación precisa y estable, baja demanda de presiones y amplio rango de operación. Resistencia a radiación UV y congelamiento.
resistentes a sustancias químicas y daños por cavitación. Permiten un cierre suave sin golpes ni vibraciones, una regulación precisa y estable, baja demanda de presiones y amplio rango de operación. Resistencia a radiación UV y congelamiento. Estas válvulas permiten controlar la apertura o cierre del módulo de riego, habilitando el paso de agua des de la canalización primaria hacia la secundaria y regulando el suministro a las parcelas dependientes.
8. Cinco mil doscientas ochenta (5280) silletas de goteo de 12 y 16 mm. Fabricadas en polietileno y goma termoplástica que soporta 80 °C y 4 bares. Se utilizan para efectuar la derivación de la canalización secundaria a la red de superficie gota a gota con goteros, requiriendo una perforación cuidadosa para su instalación adecuada.
9. Cinco mil doscientas ochenta (5280) conectores de goteo. Fabricados en polipropileno y fibra de vidrio. Este accesorio permite conectar la silleta instalada sobre la canalización secundaria a la red de superficie, garantizando la estanqueidad de la derivación mediante las estrías de sus extremos.
Red de superficie
10. Trescientos dieciséis mil ochocientos (316800) metros de líneas y cintas de riego.
Manguera fabricada en polietileno, extruida con goteros de flujo turbulento insertados a lo largo, que cuentan con un prefiltro para evitar el taponamiento prematuro. Resistencia a la obstrucción, alta uniformidad y óptima resistencia a la tracción durante la instalación. Forman parte de la red de superficie y su función es distribuir el agua de manera uniforme y localizada al cultivo, mediante conductos gota a gota
Resistencia a la obstrucción, alta uniformidad y óptima resistencia a la tracción durante la instalación. Forman parte de la red de superficie y su función es distribuir el agua de manera uniforme y localizada al cultivo, mediante conductos gota a gota con goteros.
11. Cinco mil doscientas ochenta (5280) válvulas de goteo. Diseñadas con espigo para un fácil agarre de los tubos de PE y resistencia a la presión de hasta 4 bar (58 psi), resistentes a impactos, rayos UV y químicos. Consisten en válvulas con conexiones tipo e spigo a ambos lados para tubería de polietileno, que permiten controlar manualmente el drenaje de las líneas o cintas de riego durante los lavados de mantenimiento A partir de la información anterior, se tiene que los elementos listados en los numerales 1 a 11 corresponden a un máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente para el riego de cultivos, ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Secció n XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerados como una unidad funcional.
Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 al 11, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para conformar un sistema de riego por goteo, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas
señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 6
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subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “- - - - por goteo o aspersión” dentro de la subpartida tácita 8424.82.20 "- - - sistemas de riego:"
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución No. 000200 del 19 de abril de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($ 1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con los comprobantes de consignación aportados para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS MCTE ($1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 7
Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600736 de 13 nov. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-11-13 / 03:35:54 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIO
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600736Consecutivo Acto 2025Año Calendario 13-NOV-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio
.800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social
auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 473Planilla Remisión No. 14 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
14 NOV 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P.800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 29 DEC 2025 Hora: 13:47:39
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 09 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.335 del 15 de diciembre en la página 40.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.335 del 15 de diciembre en la página 40.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600736Consecutivo Acto 2025Año Calendario 13-NOV-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social
mvillanueva@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 473Planilla Remisión No. 14 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
14 NOV 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 29 DEC 2025 Hora: 13:47:39
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 09 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo se publicó en Diario Oficial edición N.53.335 del 15 de diciembre en la página 40.