DIAN - Resolución 600773 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600773 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 (28 NOV. 2025)
Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002665 de 04 de agosto de 2025, el señor ROBERTO GALLEGO RESTREPO, identificado con cédula de ciudadanía 98.555.649, representante legal de la sociedad SION GLOBAL LOGISTICS S.A.S., con NIT 900.806.224-8, mandataria de la sociedad INVERSIONES PCH EL REMANSO SAS ESP con NIT 901 .494.641-9, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnicamente “PCH EL REMANSO” y comercialmente “EL
REMANSO PEQUEÑA CENTRAL HIDROELECTRICA U.F DE GENERACCION”
El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud diligenciado en la plataforma SARP en dos (2) páginas, mandato aduanero en dos (2) páginas, comprobante de pago en una (1) página y ficha técnica en doce (12) páginas.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($ 1.383.686,00) según transferencia del 04 de agosto de 2025 de Bancolombia al Banco de Bogotá.
El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($ 1.383.686,00) según transferencia del 04 de agosto de 2025 de Bancolombia al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información No. S2025000100165398000705 del 26 de agosto de 2025 este Despacho solicitó al usuario:
1. “Indicar la ubicación geográfica en donde se instalará la mercancía a clasificar y el área que ocupa.
2. Allegar mandato que contenga la facultad de solicitar clasificaciones arancelarias, adelantar las gestiones relacionadas con su trámite y notificarse del acto administrativo en nombre y representación del mandante.
3. Remitir un cuadro en Excel en que se listen las máquinas y aparatos que componen la mercancía objeto de clasificación, señalando para cada uno: nombre técnico, cantidad, unidad comercial, características técnicas (ampliar información), función que realiza e indicar si alguno de los aparatos o máquinas son equipos de respaldo.
No se deben incluir términos en inglés, ni relacionar elementos, partes y piezas de uso general o de recambio.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 de 28 NOV. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
4. Explicar secuencialmente y en párrafos cortos el proceso por etapas que adelanta la mercancía objeto de clasificación, en el que se pueda evidenciar la máquina o aparato que interviene y la transformación realizada.
5. Indicar la forma o mecanismo como se interconectan los equipos entre sí.
mercancía objeto de clasificación, en el que se pueda evidenciar la máquina o aparato que interviene y la transformación realizada.
5. Indicar la forma o mecanismo como se interconectan los equipos entre sí.
6. Señalar cómo se programa y controla el ciclo del producto a clasificar.
7. Precisar el tipo de corriente que sale del sistema (corriente continua, corriente alterna, etc.) y los kVA de potencia.” Con oficios Nos. 100165398 –2770 y 100165398 –2777 del 10 de septiembre de 2025, dirigidos a los jefes de División de Fiscalización y Liquidación Aduanera, División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria, División Jurídica de varias Direcciones Seccionales y a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, se solicitó a estas dependencias indicar la existencia de procesos investigativos para los bienes objeto de este estudio; cuyo resultado fue negativo.
El usuario respond ió al Requerimiento de Información mediante escrito radicado No. E2025000100165398000729 del 23 de octubre de 2025, con dos (2) documentos en ocho (8) páginas, renunciando al término restante para contestar la solicitud.
Con radicado núm. E2025000100165398000727 del 23 de octubre de 2025, el solicitante envió a través del módulo “ Oficio Otros” del SIE SARP los documentos “LISTA DE EQUIPOS U.F GENERACION EL REMANSO” y “Respuesta Requerimiento U.F. Generación El Remanso”. No obstante, la información técnica que será tenida en cuenta para en el estudio de la solicitud es la que se presentó con el radicado No.
EQUIPOS U.F GENERACION EL REMANSO” y “Respuesta Requerimiento U.F. Generación El Remanso”. No obstante, la información técnica que será tenida en cuenta para en el estudio de la solicitud es la que se presentó con el radicado No. E2025000100165398000729 del 23 de octubre de 2025, como respuesta al Requerimiento de Información, toda vez que el módulo “Oficio Otros” no está dispuesto para adjuntar información técnica.
Posteriormente, con radicado No. E2025000100165398000728 del 23 de octubre de 2025, el solicitante remitió alcance al radicado de solicitud en el que adjunta nuevamente el archivo denominado “MANDATO” en dos (2) páginas, en donde se indica que la sociedad Sion Global Logistics SAS con NIT 900.806.224-8 es mandataria de la sociedad Inversiones PCH El Remanso SAS ESP, con NIT 901.494.641.
El 21 de noviembre de 2025 se llevó a cabo una reunión técnica para precisar algunos componentes de la mercancía.
Por medio del formato se indicó que se notifique al señor ROBERTO GALLEGO RESTREPO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: gerencia@siongl.com - hildapalaciosj@gmail.com; o por correo en la dirección CR 33 1 55 IN 1, en Medellín
- Antioquia
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 de 28 NOV. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de la Partida 85.01:
“Motores y generadores, eléctricos, excepto los grupos electrógenos.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 y 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 304 a 311, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la i nformación suministrada con los radicados No. 235410000002665 de 04 de agosto de 2025 , y E2025000100165398000729 del 23 de octubre de 2025 la mercancía
Según la i nformación suministrada con los radicados No. 235410000002665 de 04 de agosto de 2025 , y E2025000100165398000729 del 23 de octubre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como máquinas y aparatos destinados a generar energía eléctrica a partir de una fuente hídrica, mediante el siguiente proceso:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 de 28 NOV. 2025 Hoja No. 4
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El proceso de generación en la PCH El Remanso inicia con la captación y conducción del agua hasta la casa de máquinas, donde las válvulas de admisión regulan su ingreso hacia las turbinas Francis de eje horizontal. Estas unidades convierten la energía hidr áulica del caudal en energía mecánica mediante el giro del eje, operación que se adapta automáticamente a las variaciones del río a través del sistema de gobernadores de velocidad, encargado de mantener constante la rotación. Para evitar daños en la infraestructura hidráulica ante cierres repentinos, el sistema incorpora válvulas de alivio que permiten la continuidad controlada del flujo y mitigan el golpe de ariete en la tubería de presión.
La energía mecánica producida por las turbinas se transmite a los generadores WKV, que la transforman en energía eléctrica trifásica. Esta energía pasa luego a través de las celdas de media tensión de 6,9 kV, donde es seccionada, protegida y acondicionada antes de su
la transforman en energía eléctrica trifásica. Esta energía pasa luego a través de las celdas de media tensión de 6,9 kV, donde es seccionada, protegida y acondicionada antes de su posterior transformación y entrega al sistema eléctrico. De manera paralela, dispositivos como la resistencia de puesta a tierra del neutro del generador (NGR) aseguran la protección del sistema frente a fallas, mientras que el sistema de válvu la de derivación mantiene estable el caudal hacia la central ubicada aguas abajo, evitando que los cambios de operación afecten su funcionamiento.
El ciclo completo es supervisado y coordinado por el sistema de control automático, el cual integra los tableros de control, protección y comunicación. A través de este sistema se monitorean y regulan variables críticas como caudal, velocidad de turbinas, tensión generada y potencias entregadas, centralizando en tiempo real la supervisión del estado de los equipos. Los cables de potencia, control, baja tensión y comunicación interconectan todos los componentes para garantizar una operación continua, segura y automatizada. El proceso entrega corriente alterna con una capacidad de 20.000 kVA, lista para su uso en el sistema eléctrico.
La mercancía se instalará en el municipio de Abriaquí, departamento de Antioquia, Colombia, en un área de 715.4 m2. A continuación, se lista los elementos que la componen:
1. Dos (2) válvulas de admisión, incluyen un (1) manómetro y un (1) sensor de presión cada una: las válvulas son, tipo mariposa para agua, diámetro nominal de 1200 mm, presión nominal de 25 bar, presión de operación de 189 m.c.a, acompañada de un
cada una: las válvulas son, tipo mariposa para agua, diámetro nominal de 1200 mm, presión nominal de 25 bar, presión de operación de 189 m.c.a, acompañada de un sistema de derivación compuesto por una válvula de llenado eléctrica de 75 mm a 25 bar. Su función es regular y asegurar el flujo de agua hacia la turbina, garantizando la operación, protección y seguridad de la unidad generadora.
2. Dos (2) turbinas , incluyen dos (2) manómetros, un (1) sello de la turbina y dos (2) sensores de presión cada una: las turbinas son de disposición horizontal, operadas en paralelo a la red, con altura neta de diseño de 172.26 m, caudal de diseño de 5500 L/s, potencia de 8699 kW, frecuencia de 60 Hz, velocidad nominal de 720 rpm y elevación del eje a 1589.7 m.a.s.l. Su función es convertir la energía hidráulica del agua en energía mecánica de rotación, que luego se transmite al generador para producir energía eléctrica.
3. Dos (2) sistemas de gobernador de velocidad: compuestos por una unidad de potencia hidráulica HPU (oleo hidráulico con regulador electrónico, capacidad aproximada 200 L, fluido aceite, presión máxima aproximada de 140 bar, una bomba eléctrica, una de respaldo y una manual) y un regulador electrónico PLC WKV SPE 10 con ajuste de velocidad ±5 %, ajuste de caída 0 –10 % y factor proporcional dinámico 0 –300, ubicados en los tableros 3 y 4 . Incluye un (1) indicador de
10 con ajuste de velocidad ±5 %, ajuste de caída 0 –10 % y factor proporcional dinámico 0 –300, ubicados en los tableros 3 y 4 . Incluye un (1) indicador de temperatura de aceite, un (1) indicador de nivel, un (1) sensor de temperatura y unRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 de 28 NOV. 2025 Hoja No. 5
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(1) sensor de nivel cada uno. Su función es regular y controlar la velocidad y potencia de la turbina, ajustando automáticamente los álabes directrices y la válvula de admisión para mantener la sincronización con la red eléctrica.
4. Dos (2) válvulas de alivio de presión síncronas: tipo aguja, presión nominal 25 bar, diámetro nominal 600 mm, fluido de trabajo aceite y fluido de proceso agua. Su función es reducir el golpe de ariete durante el cierre de la turbina, liberando caudal de manera sincronizada y estabilizando gradualmente la presión en la tubería.
5. Dos (2) generadores de alta eficiencia , incluyen seis (6) sensores de temperatura, dos (2) sensores de temperatura del aire refrigerado, dos (2) sensores de vibración y una (1) u nidad de lubricación, cada una : los generadores son tipo sincrónico trifásico de disposición horizontal, potencia de 9500 kVA, voltaje nominal 3×6900 V, corriente nominal 795 A, corriente alterna a 60 Hz, velocidad nominal 720 rpm, peso aproximado de 49.2 ton y aislamiento clase F. Su función es transformar la energía
corriente nominal 795 A, corriente alterna a 60 Hz, velocidad nominal 720 rpm, peso aproximado de 49.2 ton y aislamiento clase F. Su función es transformar la energía mecánica proveniente de la turbina en energía eléctrica trifásica.
6. Dos (2) resistencias de puesta a tierra del neutro (NGR): Equipos nominales 6.9 kV, corriente nominal 100 A y resistencia de 3980 ohm. Su función es proteger el generador y el sistema eléctrico frente a fallas a tierra, limitando y facilitando la detección de la corriente de falla.
7. Cinco (5) celdas de media tensión 6.9 kV: voltaje nominal 12 kV, voltaje de operación 6.9 kV, corriente nominal 1250/2000 A, corriente de cortocircuito 25 kA/1 s, interruptor extraíble y tipo de corriente alterna. Su función es controlar, seccionar y proteger el flujo de energía eléctrica generado antes de su transformación y entrega al sistema.
8. Un sistema de válvulas de derivación para casa de máquinas; incluye un (1) suich límite para posición cerrada, un (1) suich límite para posición abierta y un (1) sensor de posición de válvula. Una (1) válvula de derivación de admisión para casa de máquinas tipo mariposa, su caudal es de 11 m³/s, tiene actuador eléctrico, de 1400 mm a 25 bar, una (1) válvula de llenado eléctrica de 75 mm, una (1) válvula de disipación de energía tipo émbolo de 1000 mm y un (1) dispositivo de admisión de
mm a 25 bar, una (1) válvula de llenado eléctrica de 75 mm, una (1) válvula de disipación de energía tipo émbolo de 1000 mm y un (1) dispositivo de admisión de aire de 1200 mm. Su función es mantener el caudal hacia la central hidroeléctrica ubicada aguas abajo durante cierres de unidad, evitando afectaciones operativas.
9. Siete (7) tableros de equipos de baja tensión (control, protección y comunicación): Incluye tablero 1 (alimentador de salida para protección de línea 110 kV y transformador), tablero 2 (panel común para supervisión y sincronización), tableros 3 y 4 (control manual y automático de generadores, supervisión de variables críticas y sincronización segura), tablero 5 (distribución AC 208/120 V con respaldo Diésel), tablero 6 (distribución y respaldo en 24 Vdc) y tablero 7 (distribución y respaldo en 110 Vdc). Su función es garantizar la protección, supervisión, control y distribución
confiable de energía tanto en AC como en DC para la operación de la central.
10. Un (1) sistema de control automático , basado en PLC con pantalla táctil de 15.6", modos de operación por nivel de agua, potencia, frecuencia y control de excitación.
Su función es coordinar, supervisar y automatizar integralmente la planta de generación, garantizando una operación segura y eficiente.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 de 28 NOV. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
11. Un (1) sistema de cableado eléctrico y de comunicación: Incluye cableado de media tensión a 6.9 kVac de 1210 m, cableado de baja tensión a 208/120 Vac, 24 Vdc y 110 Vdc de 7196 m, y cableado de comunicación tipo UTP de 1250m. Su función es transportar energía eléctrica y señales de control/comunicación entre todos los equipos.
A partir de la información anterior, se tiene que los elementos listados anteriormente corresponden a máquinas y aparatos para generación de energía eléctrica alterna , ajustándose a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerados como una unidad funcional. Así las cosas, se concluye que la mercancía anteriormente descrita en los numerales 1 a 11 corresponde arancelariamente a máquinas y aparatos que trabajan en conjunto para generar energía eléctrica alterna , que de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 85.02 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, que incluye: "Grupos electrógenos y convertidores rotativos eléctricos." y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “- - - De corriente alterna” , dentro de la subpartida 8 502.30, “- Los demás grupos electrógenos:”
clasifica en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “- - - De corriente alterna” , dentro de la subpartida 8 502.30, “- Los demás grupos electrógenos:” En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8502.39.10.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente como un grupo electrógeno de corriente alterna, en virtud de la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor ROBERTO GALLEGO RESTREPO identificado con cédula de ciudadanía No. 98.555.649, en calidad de representante legal de la sociedad SION GLOBAL LOGISTICS S.A.S. con NIT 900.806.224-4, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: gerencia@sion-gl.com - hildapalaciosj@gmail.com; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 039 de 2021.
el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el solicitante: CR 33 1 55 IN 1 en Medellín - Antioquia, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600773 de 28 NOV. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 311 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 13 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 13 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-11-28 / 03:29:40 p. m.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RIVEROS RIVEROS DANIEL MAURICIO
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600773Consecutivo Acto 2025Año Calendario 28-NOV-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo .900806224Nit Calidad Actua ROBERTO ALEJANDRO GALLEGO RESTREPO REP. LEG. SION GLOBAL TRADING AND LOGISTICS S.A.S.Razón Social gerencia@sion-gl.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 492Planilla Remisión No. 28 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
28 NOV 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: ROBERTO ALEJANDRO GALLEGO RESTREPOREP LEG SIO T/P.900806224
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 31 DEC 2025 Hora: 15:03:31
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 23 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.346 del 24 de diciembre de 2025 en la página 127.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600773Consecutivo Acto 2025Año Calendario 28-NOV-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
900806224Nit Calidad Actua ROBERTO ALEJANDRO GALLEGO RESTREPO REP. LEG. SION GLOBAL TRADING AND LOGISTICS S.A.S.Razón Social
hildapalaciosj@gmail.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 492Planilla Remisión No. 28 NOV 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución:
Fecha Fijación Edicto: 28 NOV 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: ROBERTO ALEJANDRO GALLEGO RESTREPOREP LEG SIO T/P900806224
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 31 DEC 2025 Hora: 15:03:31
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 23 DEC 2025Fecha Ejecutoria
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CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.346 del 24 de diciembre de 2025 en la página 127.