DIAN - Resolución 600776 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600776 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600776 (01 dic. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002686 de 17 de agosto de 2025, la Sra. MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificada con cédula de ciudadanía 45 .555.683, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, mandataria de la Sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS con NIT 800 .224.148-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente
como “SISTEMA DE RIEGO POR GOTEO PARA AROMÁTICAS”.
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
- Formato de solicitud SIE –SARP en cuatro (4) páginas. - Mandato aduanero en una (1) página. - Comprobante de pago en una (1) página. - Fichas técnicas en veintiocho (28) páginas. - Plano en dos (2) páginas. - Certificado de Cámara de Comercio en diez (10) páginas.
- Comprobante de pago en una (1) página. - Fichas técnicas en veintiocho (28) páginas. - Plano en dos (2) páginas. - Certificado de Cámara de Comercio en diez (10) páginas. - Documento anexo 1 – sistema de regiego por goteo 3 - Descripción general del producto en dieciocho (18) páginas. - Documento anexo 2 – sistema de riego por goteo 3 listado de equipos en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos M/CTE ($ 1.385.000,00) según consignación número 252815485 de 14 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información RI No. S2025000100165398000713 del 28 de agosto de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria: confirmar la ubicación geográfica, aportar fichas técnicas, mencionar cuáles máquinas, equipos, aparatos componen el centro de cabecera y que función cumple, aclarar si los elementos indicados en el listado de equipos conforman un solo sistema, explicar c laramente, en forma resumida y en orden secuencial, el proceso que realiza el sistema de riego, ampliar la información si el s istema incluye un centro de cabecera, una bomba, una red enterrada, confirmar lapresión de las mangueras, anexar diagrama de flujo del proceso, indicar si el sistema a clasificar cuentaRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600776 de 01 dic. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
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con estación de fertilización, aportar el cálculo de la tubería correspondiente a los 316800 metros de líneas y cintas, ajustar el listado en Excel de las máquinas y equipos que conforman sistema.
La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000702 del 15 de octubre de 2025 con dieciséis (16) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85, en Cartagena - Bolívar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
otras disposiciones.
Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de Partida 84.24:
“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como,
mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600776 de 01 dic. 2025 Hoja No. 3
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subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones – artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002686 de 17 de agosto de 2025 y E2025000100165398000702 del 15 de octubre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, que funciona mediante el siguiente proceso:
El proceso de riego se lleva a cabo de manera secuencial y controlada para garantizar una distribución eficiente del agua a las plantas. En primer lugar, el agua de lluvia se recolecta y almacena en un reservorio, que actúa como fuente principal de suministro.
Desde allí, el agua es bombeada mediante un equipo Diesel hacia el centro de cabecera,
y almacena en un reservorio, que actúa como fuente principal de suministro.
Desde allí, el agua es bombeada mediante un equipo Diesel hacia el centro de cabecera, donde se realiza el tratamiento previo: un filtrado físico, a través de una batería de filtros de anillos, que elimina impurezas y partículas sólidas, y una dosificación química que consistente en la inyección de cloro para desinfectar el agua.
Una vez tratada el agua fluye por la canalización primaria y secundaria hasta llegar a las parcelas de cultivo, donde el paso del caudal es controlado mediante válvulas solenoides. Posteriormente, el agua es distribuida a través del sistema de riego por goteo, el cual suministra el recurso directamente a la base de cada planta mediante líneas de goteo con goteros, optimizando el uso del agua.
Finalmente, cuando se requiere realizar el mantenimiento del sistema, se presurizan las líneas de goteo y se procede a la apertura de las válvulas de final de línea para efectuar la limpieza por arrastre, eliminando sedimentos o materiales acumulados que puedan obstruir los goteros, asegurando así el correcto funcionamiento del sistema de riego.
El sistema será instalado en la Etapa 1 de la Hacienda San Antonio en las inmediaciones de Nemocón (Cundinamarca) en un área total de 8 hectáreas.
Los elementos que hacen parte del sistema son:
Centro de cabecera:
1. Un (1) equipo de bombeo Diesel compuesto por un motor Diesel integrado; un cuerpo, un impulsor y un acople intermedio en hierro fundido ASTM A -48 clase 30; empaques en
Centro de cabecera:
1. Un (1) equipo de bombeo Diesel compuesto por un motor Diesel integrado; un cuerpo, un impulsor y un acople intermedio en hierro fundido ASTM A -48 clase 30; empaques en buna nitrilo y un sello mecánico en Carbón/Cerámica/Buna-N; su función permite abastecer la canalización primaria con el agua del reservorio proporcionando las condiciones de caudal y presión requeridas para la operación adecuada del sistema.
2.Cuatro (4) filtros de anillos compuestos por una coraza plástica (polipropileno) en cuyo interior se encuentra el elemento filtrante (discos polipropileno - malla en acero inoxidable), constituido por anillos plásticos ranurados apilados, los cuales permiten el paso del agua yRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600776 de 01 dic. 2025 Hoja No. 4
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retienen el material de tamaño menor a las ranuras (sólidos en suspensión y material orgánico fino). Cuenta con tuerca de cierre en poliamida, reforzada con fibra de vidrio y juntas en caucho de nitrilo -butadieno (NBR); su función es permitir la retención de los sólidos suspendidos más gruesos, así como la remoción del material orgánico y suspendido más fino.
3. Un (1) galápago de derivación diseñado para efectuar derivaciones a las tuberías de polietileno; únicamente mediante su instalación y la perforación de un orificio del diámetro de derivación requerido, evitando realizar el corte de la misma, cuerpo y tapa en copolímero
polietileno; únicamente mediante su instalación y la perforación de un orificio del diámetro de derivación requerido, evitando realizar el corte de la misma, cuerpo y tapa en copolímero de polipropileno negro con alto nivel de estabilización a los rayos UV, empaque O -Ring o junta tórica en NBR negro, anillo de refuerzo en acero inoxidable, tuercas y tornillos en acero zincado; su función es efectuar la derivación correspo ndiente a la descarga de la unidad de inyección; conformada por la bomba dosificadora y el depósito de cloro.
4. Una (1) bomba dosificadora con motor eléctrico con diferentes tipos de piñones (1 inyección, 2 inyecciones, inyección estándar), juntas tóricas (O -Ring) en caucho de Acronitrilo-Butadieno (NBR), rodamiento 608 -zz, arandelas elásticas onduladas, tornillo s
(M6x12 DIN 933 A2 y M5x12 DIN 912 A2) y arándela 18x5x2,5 F5; su función es permitir la dosificación de una solución de cloro, con una concentración entre 1 y 2 ppm al agua con la cual se abastece el sistema de riego, esto con el fin de prevenir la proliferación de algas o macroorganismos que puedan generar taponamiento de la red de superficie.
5. Un (1) agitador de turbina, motor eléctrico, tornillos (M6x20 DIN 912, M6x25 DIN 912 A2,
M6x16 DIN 913 A2 y M6x8 DIN913 A2), brida para agitador B14 T80, arándela eje agitador d25, acople eje agitador d25, arandela eje agitador d25, anillo eje agitador d25, eje agitador T80 D25 L1500 y turbina agitador D150 para 60 Hz; su función es homogenizar la solución de los productos clorados y el agua mediante una turbina, asegurando la eficacia del proceso de desinfección del agua de riego y evitando la prolifera ción de algas y otros microorganismos que puedan generar taponamiento en la red de superficie gota a gota con goteros.
Canalizaciones primarias y secundarias:
6. Mil ochocientos (1800) metros de tubería lisa de polietileno HDP - PN4 (0,4 MPa), con gran resistencia a la radiación UV y agentes orgánicos del suelo, fabricado mediante la extrusión de polietileno virgen de alta calidad; su función es la conducción de l agua desde el centro de cabecera, hasta los conductos gota a gota con goteros que suministran el agua a cada una de las parcelas de riego determinadas.
7. Cinco (5) válvulas solenoide de operación hidráulica accionada por diafragma, fabricada en Nylon reforzado de fibra de vidrio de calidad industrial y larga duración. Es altamente resistente a las sustancias químicas y a los daños por cavitación. Permite un cierre suave sin golpes ni vibraciones, una regulación precisa y estable con movimientos suaves, baja demanda de presiones de trabajo; su función es controlar la apertura o cierre del módulo
sin golpes ni vibraciones, una regulación precisa y estable con movimientos suaves, baja demanda de presiones de trabajo; su función es controlar la apertura o cierre del módulo de riego; permitiendo el paso de agua desde la canalización p rimaria, hacia la secundaria y controlando de esta manera, el suministro para cada una de las parcelas que dependen de dicho módulo.
8. Cinco mil doscientos ochenta (5280) silletas de goteo de 12 y 16 mm fabricado en polietileno, goma termoplástica que soporta 80 °C y 4 bares; Se utiliza para efectuar la
derivación de la canalización secundaria a la red de superficie gota a gota con goteros.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600776 de 01 dic. 2025 Hoja No. 5
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9. Cinco mil doscientos ochenta (5280) conectores por goteo fabricado en polipropileno y fibra de vidrio; permite conectar la silleta instalada sobre la canalización secundaria a la red de superficie.
Red de superficie:
10. Trescientos dieciséis mil ochocientos (316800) metros de líneas y cintas de riego, manguera fabricada en polietileno, extruida con goteros de flujo turbulento insertados a lo largo de esta, que cuentan con un pre -filtro, como mecanismo de seguridad, para evitar el taponamiento prematuro del gotero; su función es distribuir el agua de manera uniforme y localizada al cultivo, mediante conductos gota a gota con goteros.
largo de esta, que cuentan con un pre -filtro, como mecanismo de seguridad, para evitar el taponamiento prematuro del gotero; su función es distribuir el agua de manera uniforme y localizada al cultivo, mediante conductos gota a gota con goteros.
11. Cinco mil doscientos ochenta (5280) válvulas de goteo, con una resistencia a la presión de hasta 4 bar (58 psi), resistente a impactos, rayos UV y químicos para un rendimiento duradero; este accesorio consiste en una válvula o registro con conexiones t ipo espigo a ambos lados para tubería de polietileno; la cual, proporciona la posibilidad de controlar manualmente el drenaje de las líneas o cintas de riego.
Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 al 11, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente para conformar un sistema de riego por goteo, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “sistemas de riego por goteo o aspersión”.
chorro similares.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “sistemas de riego por goteo o aspersión”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.6 86) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS M/CTE ($1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de
2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600776 de 01 dic. 2025 Hoja No. 6
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-12-01 / 03:07:11 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: BONILLA JIMENEZ DAVID LEONARDO
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600776Consecutivo Acto 2025Año Calendario 01-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social
mvillanueva@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 493Planilla Remisión No. 01 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
01 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 31 DEC 2025 Hora: 15:06:03
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 24 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.346 del 24 de diciembre de 2025 en la página 132.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600776Consecutivo Acto 2025Año Calendario 01-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 800053508.Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1.Razón Social auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 493Planilla Remisión No. 01 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
01 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 31 DEC 2025 Hora: 15:06:03
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 24 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.346 del 24 de diciembre de 2025 en la página 132.