DIAN - Resolución 600787 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600787 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 (02 dic. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002789 del 15 de septiembre de 2025, el señor CHUNXIANG ZHANG, identificado con cédula de extranjería No. 426001, representante legal de la sociedad BYD MOTOR COLOMBIA S.A.S., con NIT 900597369-9, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente “SISTEMA DE BAJO VOLTAJE”.
El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos:
- Formato SIE SARP en dos (2) páginas. • Mandato aduanero en tres (3) páginas. • Ficha técnica en cuatro (4) páginas. • Plano del vehículo en nueve (9) páginas. • Listado de componentes en formato Excel en una (1) hoja. • Mandato aduanero en tres (3) páginas. • Comprobante de pago en dos (2) páginas.
El solicitante pagó seiscientos noventa y uno mil ochocientos cuarenta y tres pesos MCTE ($ 691.843,00) según transferencia electrónica número 52462348 del 11 de septiembre de
- Comprobante de pago en dos (2) páginas.
El solicitante pagó seiscientos noventa y uno mil ochocientos cuarenta y tres pesos MCTE ($ 691.843,00) según transferencia electrónica número 52462348 del 11 de septiembre de 2025 del Banco Davivienda S.A. al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información – RI No. S2025000100165398000826 del 06 de octubre de 2025 este Despacho solicitó al usuario:
1. “Explicar cómo se presenta físicamente la mercancía para su importación: ¿Se trata de un conjunto ensamblado, un sistema interconectado o partes individuales? El archivo Excel presenta los componentes como partes individuales, sin evidencia de ensamblaje como una única mercancía.
2. Describir técnicamente cómo funciona el denominado sistema de bajo voltaje, indicando
cuál es su función principal dentro del vehículo y cómo se integran los componentesRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 de 02 dic. 2025 Hoja No. 2
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listados en el Excel para cumplir dicha función. De la ficha técnica se entiende que el sistema está diseñado para proporcionar una fuente de alimentación DC estable (12V/24V) destinada a subsistemas como control, iluminación, instrumentación, comunicación y equipos auxiliares a bordo.
3. Justificar técnicamente por qué se considera que los componentes listados en el Excel conforman una única mercancía, cuando se observa que corresponden a funciones diversas como distribución eléctrica, control, comunicación, instrumentación y sensores.
3. Justificar técnicamente por qué se considera que los componentes listados en el Excel conforman una única mercancía, cuando se observa que corresponden a funciones diversas como distribución eléctrica, control, comunicación, instrumentación y sensores.
4. Indicar si los componentes listados se encuentran físicamente conectados o integrados de forma funcional en el momento de la importación, o si se trata de partes individuales que requieren ensamblaje posterior para operar como sistema. Aclarar si existe evidencia técnica de que estos componentes están diseñados para operar conjuntamente como unidad.
5. Esclarecer cuál es el componente central o controlador que articula el funcionamiento del sistema, y si este se encuentra incluido en el listado de partes. El plano técnico menciona “PLC” y “Principal BMC”, pero éstos no aparecen en el listado Excel.
6. Mencionar por qué se incluyen en el listado Excel componentes cuya función o relación técnica con un sistema de distribución eléctrica no resulta clara ni está documentada en el plano técnico ni en la ficha técnica o indicada en el Excel; específicamente: tablero de instrumentos, botón de encendido, llave inteligente, tacógrafo, antena GPS, relé flasher, conjunto de antenas de detección, módulo receptor de llave de alta frecuencia, controlador de puerta de enlace, módulo de registro de datos, conjunto del m ódulo de control de la carrocería, interruptores funcionales diversos, microinterruptores, conjunto de interruptores de cambio de marcha, sensores de lluvia/nieve, interruptor de ajuste de suspensión, interruptor de apagado de ASR, interruptor de enfriamie nto de tres velocidades. Indicar si estos elementos están directamente integrados en el
de interruptores de cambio de marcha, sensores de lluvia/nieve, interruptor de ajuste de suspensión, interruptor de apagado de ASR, interruptor de enfriamie nto de tres velocidades. Indicar si estos elementos están directamente integrados en el funcionamiento del sistema de bajo voltaje, si se encuentran representados en el plano técnico (Figura 6), o si corresponden a otros sistemas del vehículo.
7. Justificar por qué no se incluyen en el listado del archivo Excel los siguientes componentes que sí se evidencian en la ficha técnica y en el plano técnico del vehículo, y que se relacionan como componentes relevantes para el funcionamiento del sistema: PLC, Principal BMC, BMC 2A, BMC 2B, BMC 2C, Gateway, anfitrión de radar, PACK 1 y PACK 2. Explicar si estos componentes forman parte del sistema presentado y, en caso afirmativo, por qué no fueron incluidos en el listado de mercancía objeto de clasificación.
8. Explicar cómo funciona el sistema de bajo voltaje representado en el plano técnico
(Figura 6), en relación con los componentes listados en el archivo Excel. En el plano se evidencian elementos centrales como PLC, Principal BMC, BMC 2A, BMC 2B, BMC 2C, Gateway, anfitrión de radar y PACKs, que no están incluidos en el listado Excel.
9. Exponer por qué se sugiere una clasificación como sistema de control eléctrico, cuando en el listado no se incluye el PLC que aparece en el plano técnico, y los elementos listados corresponden a subpartidas distintas según su función individual.
10. Aportar nuevamente el plano técnico del sistema de bajo voltaje, identificando de forma clara y legible en idioma español cada uno de los componentes que se relacionan en el
listados corresponden a subpartidas distintas según su función individual.
10. Aportar nuevamente el plano técnico del sistema de bajo voltaje, identificando de forma clara y legible en idioma español cada uno de los componentes que se relacionan en el
archivo Excel. Aclarar si: a. Los elementos representados en el plano corresponden exactamente con los componentes listados en el Excel.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 de 02 dic. 2025 Hoja No. 3
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b. Existen componentes en el plano que no están incluidos en el listado Excel, tales como PLC, Principal BMC, BMC 2A, BMC 2B, BMC 2C, Gateway, anfitrión de radar, PACK 1 y PACK 2.
11. Aclarar la correspondencia entre los nombres técnicos y comerciales de los componentes representados en el plano técnico, la ficha técnica y el listado Excel.
Específicamente: a. ¿A qué corresponde el “anfitrión de radar”? b. ¿Qué función cumplen “PACK 1” y “PACK 2”? c. ¿El “PLC” del plano corresponde a algún componente listado en el Excel? d. ¿Los BMC mencionados en el plano (Principal BMC, BMC 2A, 2B, 2C) están incluidos en el Excel bajo otro nombre?
12. Remitir nuevamente el listado de componentes del archivo Excel, agregando una columna adicional en la que se indique la función técnica específica de cada componente dentro del vehículo.”
El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000741 del 24 de
columna adicional en la que se indique la función técnica específica de cada componente dentro del vehículo.”
El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000741 del 24 de octubre de 2025, con siete (7) páginas junto con el archivo en formato Excel “Sistema bajo voltaje” en una (1) hoja , renunciando al término restante para atender el requerimiento de información, sin programar previamente la reunión técnica tal como se le informó en el requerimiento en mención.
Este Despacho programó una reunión técnica virtual el 19 de noviembre de 2025, con el propósito de precisar aspectos adicionales relacionados con la mercancía objeto de análisis, conforme a lo establecido en el parágrafo 3° del artículo 306 de la Resolució n 46 de 2019, modificado por el artículo 11 de la Resolución 185 de 2024. Durante la reunión, el personal designado por el usuario explicó que el convertidor DC –DC cumple la función esencial de reducir la tensión proveniente del sistema de baterías de alta (aprox. 600/670 VDC) a 24/28 VDC, con el fin de energizar los demás componentes del vehículo para que estos realicen sus funciones específicas. Asimismo, se detalló la distribución física de los elementos listados en el Excel adjunto a la respuesta al requerimiento, elementos ubicados en diferentes zonas del chasis (delantera, media y trasera), indicando que se trata de:
1. Módulos de control electrónico de baterías (BMS, BCI).
2. Módulo de control del vehículo (VCU).
3. Módulo de grabación de información.
4. Interruptor de fuente de alimentación (máster).
1. Módulos de control electrónico de baterías (BMS, BCI).
2. Módulo de control del vehículo (VCU).
3. Módulo de grabación de información.
4. Interruptor de fuente de alimentación (máster).
5. Interruptor combinado (mandos de direccionales, luces, limpiabrisas).
6. Conjunto de interruptores de cambio de marcha.
7. Conjunto de interruptores de tablero de instrumentos.
8. Interruptores.
9. Tablero de Instrumentos.
10. Módulo de receptor de llave de alta frecuencia.
11. Llave de alta frecuencia.
12. Controlador de puerta de enlace.
13. Conjunto del módulo de control de la carrocería.
14. Convertidor DC-DC.
15. Módulos de accionamiento delantero y trasero
16. Cajas de distribución.
17. Fusible.
18. Cables.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 de 02 dic. 2025 Hoja No. 4
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Así mismo el personal técnico asistente aclaró que estos componentes interactúan para transmitir señales y coordinar funciones específicas del vehículo, pero se presentan como elementos independientes que cumplen funciones distintas y se integran posteriormente en el chasis del autobús eléctrico mediante cables eléctricos.
Este despacho revisó de manera integral la información contenida en los radicados antes mencionados, e identificó varias mercancías. Por lo tanto, con oficio No. S2025000100165398001052 del 20 de noviembre de 2025, se solicitó a l interesado elegir
Este despacho revisó de manera integral la información contenida en los radicados antes mencionados, e identificó varias mercancías. Por lo tanto, con oficio No. S2025000100165398001052 del 20 de noviembre de 2025, se solicitó a l interesado elegir una mercancía a clasificar con la presente solicitud, para lo cual, contaba con 5 días de acuerdo con lo establecido en el artículo 314 de la Resolución 046 de 2019. El usuario respondió mediante escrito radicado No. E2025000100165398000852 del 26 de noviembre de 2025, en una (1) página y allegó el documento “6. ficha técnica” en cuatro (4) páginas, reiterando su pretensión de clasificar el conjunto de mercancías como una mercancía individual.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. CHUNXIANG ZHANG, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : lara.zhang@byd.comgustavo.bello@byd.com; o por correo en la dirección AK 45 #108 - 27 ED Paralelo 108 TO 1 P 9, en Bogotá, D.C.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y texto de partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Texto de la partida 85.04:
“Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo, rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción).”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararseRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 de 02 dic. 2025 Hoja No. 5
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subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306,
subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 46 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000002789 del 15 de septiembre de 2025 , E2025000100165398000741 del 24 de octubre de 2025 , acta de reunión DIAN formato FT-TAH-1674 (Hojas 1 y 2) del 19 de noviembre de 2025, y radicado de respuesta E2025000100165398000852 del 26 de noviembre de 2025 , se observa que el denominado “Sistema de Bajo Voltaje” está compuesto por múltiples elementos que cumplen funciones específicas ( distribución eléctrica, control, protección, comunicación, accionamiento, mando) y se instalan en diferentes puntos del chasis del autobús eléctrico. No se presentan fís icamente integrados en una sola carcasa o cuerpo ni constituyen una única mercancía indivisible al momento de su importación.
Lo anterior, respaldado por la información consignada en el listado en formato Excel de componentes adjunto a la respuesta al requerimiento de información, confirma que se trata de mercancías independientes que cumplen funciones distintas y se integran únicamente
Lo anterior, respaldado por la información consignada en el listado en formato Excel de componentes adjunto a la respuesta al requerimiento de información, confirma que se trata de mercancías independientes que cumplen funciones distintas y se integran únicamente en la fase de ensamblaje del vehículo, lo que refuerza lo señalado en el acta de reunión y en el oficio de elección de mercancía.
Por lo anterior, atendido que el pago efectuado ($691.843) corresponde a una única mercancía, y ante la no elección por parte del solicitante, esta Coordinación procede a seleccionar como objeto de la presente clasificación el “Convertidor DC –DC”, en concordancia con la documentación técnica y l os listados en formato Excel aportados con la solicitud y en respuesta al requerimiento de información.
Este convertidor, ajusta la corriente continua de alto voltaje (~600/670 VDC) proveniente de las baterías de alta tensión del vehículo autobús a bajo voltaje (24/28 VDC) para alimentar subsistemas del vehículo para que estos puedan ejecutar sus funciones dentro del vehículo. También se encarga de mantener la carga de las baterías de baja tensión.
Según lo anterior, el convertidor DC –DC consiste en un elemento que reduce la tensión continua de alta a una tensión continua inferior, adaptándola para usos específicos en el vehículo, tales como la alimentación de sistemas auxiliares, iluminación, comunicación y control, entre otros.
Ahora bien, en relación con la clasificación arancelaria sugerida en la solicitud correspondiente a la subpartida arancelaria « 8537.10.10.00 - - Controladores lógicos programables (PLC) », es pertinente considerar, las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (SA), elaboradas y aprobadas por el Consejo de la Organización Mundial de
programables (PLC) », es pertinente considerar, las Notas Explicativas del Sistema Armonizado (SA), elaboradas y aprobadas por el Consejo de la Organización Mundial de Aduanas (OMA) y reconocidas por el Consejo de Estado como criterio auxiliar de interpretación, en particula r, la Nota Explicativa de la partida 8 5.04 establece para l os convertidores eléctricos, lo siguiente:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 de 02 dic. 2025 Hoja No. 6
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(...)
“II.- CONVERTIDORES ELECTRICOS ESTATICOS
Estos aparatos se utilizan para convertir la energía eléctrica con el fin de adaptarla a utilizaciones ulteriores específicas. Además de los elementos convertidores (válvulas) de diferentes tipos, los aparatos de este grupo pueden llevar dispositivos auxil iares (por ejemplo: transformadores, bobinas de inducción, resistencias o dispositivos de mando). El funcionamiento se debe a que las válvulas convertidoras actúan alternativamente como conductoras o no conductoras. (...)
Este grupo comprende:
C) Los convertidores de corriente alterna y los convertidores de frecuencia que transforman la corriente alterna monofásica o polifásica en corriente alterna de frecuencia o tensión diferentes. D) Los convertidores de corriente continua que transforman la corriente continua en corriente continua de tensión o de polaridad diferentes”
(...)
Por lo anterior, y teniendo en cuenta las características de la mercancía seleccionada y lo
diferentes. D) Los convertidores de corriente continua que transforman la corriente continua en corriente continua de tensión o de polaridad diferentes”
(...)
Por lo anterior, y teniendo en cuenta las características de la mercancía seleccionada y lo señalado en las Notas Explicativas de la partida 85.04 del Sistema Armonizado, resulta claro que la subpartida 8537.10.10.00 corresponde a controladores lógicos pro gramables (PLC), integrados en tableros de control. El convertidor DC–DC seleccionado no es un PLC, no ejecuta funciones de control lógico programable ni constituye un tablero , su función exclusiva es la conversión de energía eléctrica DC/DC, por lo que no procede la clasificación bajo la subpartida indicada en la solicitud.
En conclusión, este Despacho determina que la mercancía seleccionada correspondiente al convertidor DC–DC, arancelariamente consiste en un convertidor eléctrico estático, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, le corresponde clasificarse en la partida 85.04 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida : «Transformadores eléctricos, convertidores eléctricos estáticos (por ejemplo, rectificadores) y bobinas de reactancia (autoinducción)» , y con fundamento en la R egla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8504.40.90.90 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para « - - - Los demás» dentro de la subpartida 8504.40 «- Convertidores estáticos:»
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
estáticos:»
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8504.40.90.90 del Arancel de Aduanas, como un convertidor eléctrico estático (convertidor DC-DC) para sistema de baja tensión de un vehículo eléctrico , en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor CHUNXIANG ZHANG identificado con cédula de extranjería No.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600787 de 02 dic. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
426001, en calidad de representante legal de la sociedad BYD MOTOR COLOMBIA S.A.S, con NIT 900.597.369-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: lara.zhang@byd.com - gustavo.bello@byd.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se
Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, en la AK 45 # 10827 ED Paralelo 108 TO 1 P 9 en Bogotá, D.C., o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-12-02 / 09:12:50 A. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600787Consecutivo Acto 2025Año Calendario 02-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 900597369Nit Calidad Actua
CHUNXIANG ZHANG REP. LEG. BYD MOTOR COLOMBIA S.A.S.Razón Social
lara.zhang@byd.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
lara.zhang@byd.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 499Planilla Remisión No. 02 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
03 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: CHUNXIANG ZHANG REP LEGAL DE LA SOCIEDAD T/P900597369
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 05 JAN 2026 Hora: 11:49:21
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 29 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.353 del 30 de diciembre de 2025 en la página 600.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
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601Codigo Acto 2025003980600787Consecutivo Acto 2025Año Calendario 02-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 900597369.Nit Calidad Actua
CHUNXIANG ZHANG REP. LEG. BYD MOTOR COLOMBIA S.A.S.Razón Social
gustavo.bello@byd.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 499Planilla Remisión No. 02 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
03 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑOR: CHUNXIANG ZHANG REP LEGAL DE LA SOCIEDAD T/P900597369.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 05 JAN 2026 Hora: 11:49:21
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 29 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 29 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.353 del 30 de diciembre de 2025 en la página 600.