DIAN - Resolución 600804 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600804 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 (04 dic. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002702 de 25 de agosto de 2025, la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificad a con cédula de ciudadanía 45 .555.683, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, mandataria de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA SAS con NIT 800 .224.148-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente “SISTEMA
DE RIEGO POR GOTEO PARA AROMÁTICAS”.
La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:
− Formato de solicitud SIE –SARP en tres (3) páginas, − Mandato aduanero en una (1) página, − Comprobante de pago en una (1) página, − Fichas técnicas en veintiocho (28) páginas. − Plano en una (1) página, − Anexo 1 - SISTEMA DE RIEGO POR GOTEO en dieciocho (18) páginas.
− Comprobante de pago en una (1) página, − Fichas técnicas en veintiocho (28) páginas. − Plano en una (1) página, − Anexo 1 - SISTEMA DE RIEGO POR GOTEO en dieciocho (18) páginas. − Anexo 2 - SISTEMA DE RIEGO POR GOTEO 5, listado de equipos en una hoja Excel. − Certificado de existencia y representación legal de la sociedad Irrigación e Industria de Colombia S.A.S. en diez (10) páginas.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos MCTE ($1.385.000) según transferencia número 10730103 de 23 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información - RI nro.S2025000100165398000714 del 28 de agosto de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria : 1. Confirmar la ubicación geográfica (departamento, municipio, etc.) donde se instalará el sistema de riego e indicar el área total a irrigar. 2. Aportar fichas técnicas en idioma español. 3. Mencionar cuáles máquinas, equipos, aparatos componen el centro de cabecera y que función cumple cada una en él y cuál es el aparato o elemento que realiza la inclusión de fertilizantes o similares y donde seRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
encuentra ubicado dentro del sistema. 4. Aclarar si los elementos indicados en el listado de equipos conforman un solo sistema. 5. Explicar claramente, en forma resumida y en orden
Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
encuentra ubicado dentro del sistema. 4. Aclarar si los elementos indicados en el listado de equipos conforman un solo sistema. 5. Explicar claramente, en forma resumida y en orden secuencial, el proceso que realiza el sistema de riego desde la toma de agua del reservorio hasta su uso final. 6. Ampliar la información si el sistema incluye alguno de los siguientes elementos: − Un centro de cabecera (incluye filtros de grava, filtros de anillos, filtros de malla doble, inyectores de abono, válvulas de compuer ta, válvulas unidireccionales, reguladores de presión, manómetros, purgadoras), depósito, recipiente, tanque, etc., para almacenar el agua. − Bomba, motobomba o cualquier otro equipo utilizado para impulsar el agua desde la cabecera por todo el sistema. − Una red enterrada (con canalizaciones primarias o secundarias para transportar el agua de la estación de cabecera hasta una parcela de riego determinada); o en su defecto una red de superficie (conductos gota a gota con goteros). 7. Confirmar la presión de las mangueras expresada en mega pascal (MPa) como unidad de medida. 8. Anexar diagrama de flujo del proceso donde se pueda identificar secuencialmente la interconexión de los elementos que componen el sistema. 9. Indicar si el sistema a clasificar cuenta con estación de fertilización. 10. Aportar el cálculo de la tubería correspondiente a los 316.800 metros de líneas y cintas teniendo en cuanta al área por hectárea a irrigar. 11. Ajustar el listado en Excel de las máquinas y equipos que conforman sistema de riego por goteo Vs la información reportada en las fichas técnicas indicando
hectárea a irrigar. 11. Ajustar el listado en Excel de las máquinas y equipos que conforman sistema de riego por goteo Vs la información reportada en las fichas técnicas indicando para cada ítem: nombre de la maquina o equipo, cantidad, unidad comercial, características físicas y técnicas y la función que realiza cada una. No se deben incluir marcas, ni términos en inglés, ni relacionar elementos, partes y piezas de uso general.
La usuaria responde mediante escrito radicado nro. E2025000100165398000703 del 15 de octubre de 2025, con 16 páginas.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por el interesado : auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85, en Cartagena - Bolívar
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
otras disposiciones.
Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 3
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“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Partida 84.24
“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada
máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones, - artículos 3 13 a 319 mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002702 de 25 de agosto de 2025 y E2025000100165398000703 del 15 de octubre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, que funciona mediante el siguiente proceso:
La captación del agua desde el reservorio de aguas lluvias se realiza mediante un equipo de bombeo Diesel, conformado por un motor de combustión interna acoplado a una bomba centrífuga. Este conjunto proporciona al agua el caudal y la presión requeridos, a l transformar la energía mecánica del motor en energía hidráulica; el agua es tomada por el
centrífuga. Este conjunto proporciona al agua el caudal y la presión requeridos, a l transformar la energía mecánica del motor en energía hidráulica; el agua es tomada por el puerto de succión y descargada posteriormente hacia la conducción primaria. Desde allí, fluye a través de tubería de polietileno hasta el centro de cabecera, donde se efectúan las labores de tratamiento físico y químico necesarias para garantizar condiciones adecuadas de operación del sistema de riego.
El tratamiento físico del agua se realiza mediante una batería de filtrado compuesta por cuatro filtros de anillas instalados en paralelo, encargados de retener sólidos suspendidos finos y material orgánico que podrían obstruir los emisores. Complementaria mente, el tratamiento químico se efectúa mediante una unidad de inyección de cloro, integrada por una bomba dosificadora y un agitador de turbina que homogeniza la solución en el depósito; la inyección se realiza a través de un galápago de derivación instalado sobre la conducción principal.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 4
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Desde el centro de cabecera, el agua tratada es transportada por la canalización primaria en polietileno, que abastece los módulos de riego de cada parcela. Cada módulo está equipado con una válvula solenoide, la cual controla la apertura y cierre del suministro hacia la canalización secundaria. Esta conducción secundaria alimenta la red de superficie conformada por líneas y cintas de goteo, instaladas mediante silletas y conectores que
la canalización secundaria. Esta conducción secundaria alimenta la red de superficie conformada por líneas y cintas de goteo, instaladas mediante silletas y conectores que permiten derivar el agua desde la tubería secundaria hacia cada hilera del cultivo.
Finalmente, la red de superficie gota a gota constituye el sistema de emisión encargado de aplicar el agua directamente en el pie de cada planta, garantizando uniformidad y eficiencia en la entrega hídrica. En los extremos de cada línea se instalan válvula s de goteo que facilitan el drenaje y lavado de las tuberías durante las labores de mantenimiento.
El sistema será instalado en la Etapa 1 de la Hacienda San Antonio en las inmediaciones de Nemocón (Cundinamarca).
Listado de componentes:
Centro de cabecera:
1. Un (1) equipo de bombeo diesel compuesto por (1) un motor integrado, un (1) cuerpo, un (1) impulsor y un acople intermedio en hierro fundido, empaques y un (1) sello mecánico en carbón/cerámica.
Función: Permite abastecer la canalización primaria desde el reservorio, garantizando el caudal y la presión necesarios para el correcto funcionamiento del sistema.
2. Cuatro (4) filtros de anillo. Compuesto por una coraza plástica de polipropileno con un elemento filtrante en su interior (discos polipropilenomalla en acero inoxidable), constituidos por anillos plásticos ranurados apilados que permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras. Cuenta con tuercas de cierre
constituidos por anillos plásticos ranurados apilados que permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras. Cuenta con tuercas de cierre en poliamida, reforzado con fibra de vidrio y juntas en caucho de nitrilo.
Función: Retiene sólidos suspendidos gruesos y remueve material orgánico fino, haciendo que el agua atraviese los discos de filtración donde se alojan las partículas.
3. Un (1) galápago de derivación en polietileno diseñado para efectuar derivaciones a las tuberías, con cuerpo y tapa en copolímero y empaque 0-Ring o junta tórica, anillo de refuerzo en acero inoxidable, tuercas y tornillos en acero zincado.
Función: Permite la derivación para la descarga de la unidad de inyección, haciendo que la solución impulsada por la bomba ingrese al agua transportada por la canalización primaria.
4. Una (1) bomba dosificadora DOSTEC. Con motor eléctrico, diferentes tipos de piñones (1 inyección, 2 inyecciones, inyecciones estándar) juntas tóricas en caucho acronitrilo-butadieno, rodamiento, arandelas elásticas onduladas, tornillos y arandela
18x5x2,5F5.
Función: Permite dosificar una solución de cloro al agua del sistema de riego para prevenir algas y macroorganismos, mediante un equipo de bombeo que inyecta la
solución desde un depósito hacia la red hidráulica.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 5
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solución desde un depósito hacia la red hidráulica.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 5
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5. Un (1) agitador de turbina con motor eléctrico, tornillos, brida para agitador, arandela eje agitador, acople eje agitador, arandela eje agitador d25, anillo eje agitador, eje agitador t80 y turbina agitadora para 60HZ.
Función: Homogeniza la solución de productos clorados y el agua mediante una turbina que genera chorros radiales y axiales, asegurando la desinfección del agua de riego y evitando la proliferación de algas y microorganismos.
Canalizaciones primarias y secundarias:
6. Mil ochocientos (1.800) metros de tubería lisa de polietileno.
Función: Conducen el agua desde el centro de cabecera hasta los conductos gota a gota con goteros que suministran el agua a las parcelas de riego.
7. Cinco (5) válvulas solenoides conformadas por resorte en acero inoxidable de alto grado.
Función: Permite controlar la apertura o cierre del módulo de riego, regulando el paso de agua desde la canalización primaria hacia la secundaria y el suministro a las parcelas.
8. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) silletas goteo de 12 y 16 mm. En polipropileno.
Función: Permite efectuar la derivación de la canalización secundaria hacia la red de
parcelas.
8. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) silletas goteo de 12 y 16 mm. En polipropileno.
Función: Permite efectuar la derivación de la canalización secundaria hacia la red de superficie gota a gota con goteros, requiriendo una perforación cuidadosa para su instalación adecuada.
9. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) conectores de goteo en polipropileno y fibra de vidrio.
Función: Permite conectar la silleta instalada sobre la canalización secundaria a la red de superficie, garantizando la estanqueidad de la derivación mediante las estrías de sus extremos.
Red de superficie:
10. Trecientos dieciséis mil ochocientos (316.800) metros de líneas y cintas de riego en polietileno, extruida con goteros de flujo turbulento insertados a lo largo de esta, cuentan con un prefiltro como mecanismo de seguridad para evitar taponamientos prematuros.
Función: Distribuyen el agua de manera uniforme y localizada al cultivo mediante conductos gota a gota con goteros.
11. Cinco mil doscientos ochenta (5.280) válvulas de goteo, diseñadas con espigo para facilitar el agarre de los tubos.
Función: Permite controlar manualmente el drenaje de las líneas o cintas de riego para efectuar lavados y mantenimiento, mediante una válvula con conexiones tipo espigo para tubería de polietileno.
Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los
para efectuar lavados y mantenimiento, mediante una válvula con conexiones tipo espigo para tubería de polietileno.
Del análisis de la información anterior, se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 al 11, consiste en una combinación de máquinas y aparatos que trabajanRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 6
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conjuntamente para conformar un sistema de riego por goteo, conforme con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en virtud de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual señala para esta partida “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de v apor y aparatos de chorro similares.” y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “sistemas de riego por goteo o aspersión”.
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.686 ) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el
TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.686 ) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS ($1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del
electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez Martelo Transv. 34 #19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600804 de 04 dic. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-12-04 / 06:14:13 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600804Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social
auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 507Planilla Remisión No. 05 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 09 JAN 2026 Hora: 08:31:01
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 31 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 31 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.354 del 31 de diciembre de 2025 en página 330.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600804Consecutivo Acto 2025Año Calendario 04-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 800053508.Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 507Planilla Remisión No. 05 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
05 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 09 JAN 2026 Hora: 08:31:01
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 31 DEC 2025Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.354 del 31 de diciembre de 2025 en página 330.