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DIAN - Resolución 600808 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600808 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600808 (09 dic. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002868 del 28 de septiembre de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S. NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, en calidad de mandatario de la sociedad OTACC S.A.S., con NIT 890.201.201 -6, presentó solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA DE TRACKER” y comer cialmente como “UNIDAD FUNCIONAL

SISTEMA DE TRACKER GAMECHANGE_ LURUACO 1A-IV"

El interesado adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato SIE-SARP en dos (2) páginas, ficha técnica en dos (2) páginas, listado de componentes en formato Excel en una (1) hoja, plano en una (1) página, certificado de existencia y representación legal de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S. en quince (15) páginas, mandato

Excel en una (1) hoja, plano en una (1) página, certificado de existencia y representación legal de la AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S. en quince (15) páginas, mandato aduanero en seis (6) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos MCTE ($1.384.000), según comprobante de pago No. 85211 del 16 de septiembre de 2025, del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información No. S2025000100165398000871 del 09 de octubre de 2025 este Despacho solicitó al usuario:

1. Explicar de qué manera se controla el funcionamiento del tracker, que tipo de controlador tiene.

2. Informar la ubicación geográfica exacta donde será instalado el sistema y el área que ocupa en metros cuadrados.

El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000812 del 18 de noviembre de 2025, con 3 páginas, renunciando al término restante para responder.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600808 de 09 dic. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 # 25 b 40, en Bogotá, D.C.

fsterling@roldanlogistica.com - srodriguez@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 # 25 b 40, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente defini da, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente defini da, comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Texto de la partida 84.79:

“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600808 de 09 dic. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Resolución 46 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículo 313 a 319, mediante la cual se reglamenta las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinaria.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002868 de 28 de

resolución de clasificación arancelaria ordinaria.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002868 de 28 de septiembre de 2025 y E2025000100165398000812 del 18 de noviembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y aparatos de accionamiento electromecánico denominados seguidores solares “trackers”, que operan de manera coordinada junto con equipos de control, con el fin de orientar los módulos fotovoltaicos ubicados dentro de una subestación de generación de energía eléctrica, para maximizar el aprovechamiento de la radiación solar.

A continuación, se detalla el conjunto de equipos antes mencionados y su función:

Postes: sirven de soporte de las mesas de los seguidores, consisten en perfiles de acero galvanizado en caliente tipo W. Su configuración depende del tipo de mesa (interior o perimetral), de la cantidad de módulos (mesa de 56 módulos o de 28 módulos) y de la función estructural que cada poste cumple.

Piezas de unión: actúan como cabezal de las hincas, con el fin de instalar los cojinetes

(bearings).

Cojinetes: con interior de polímero resistente y envoltura de aluminio, que une los postes con el tubo de torque y son de dos tipos: uno para el poste central y otro para los demás postes.

Tubo de torque: de forma cuadrada de acero pregalvanizado que constituye el eje donde se montan los módulos solares. Cada mesa requiere varios tubos unidos mediante platos

postes.

Tubo de torque: de forma cuadrada de acero pregalvanizado que constituye el eje donde se montan los módulos solares. Cada mesa requiere varios tubos unidos mediante platos de unión. Los tubos son de diferentes largos según la posición en la mesa y llevan t apas plásticas en los extremos por seguridad.

Correas para fijar módulos: se utilizan para sujetar los módulos al tubo de torque; los módulos se atornillan en cuatro puntos a estas correas.

Sistema de actuación: Cada mesa cuenta con un sistema compuesto por: brazo mecánico, actuador lineal, controlador de nodo y módulo solar. El actuador lineal permite girar la mesa, unido al brazo mecánico, por su parte, el controlador de nodo emite la orden de posición y cuenta con batería interna y el módulo solar alimenta y carga la batería del nodo.

Amortiguadores: ubicados en los extremos de las mesas, compuestos por amortiguador, dampers.

Controlador central: El sistema cuenta con un controlador máster con anemómetro, instalado en gabinete apto para intemperie sobre un poste de 25 ft, para indicar posiciones de defensa ante vientos fuertes.

A continuación, se relacionan los componentes de la solicitud, los cuales serán instalados en la Planta Solar Luruaco 1A –IV ubicada en zona rural del municipio de Luruaco, departamento del Atlántico, en un área aproximada de 14.750 metros cuadrados (m²), para

conformar un total de 54 seguidores solares “trackers”.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600808 de 09 dic. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

1. Cuatrocientos siete (407) postes en acero galvanizado en caliente tipo W. Función: generar puntos de anclaje de cada mesa del sistema tracker al suelo.

2. Trescientos noventa y cinco (395) piezas de unión poste -rodamiento en acero galvanizado en caliente. Función: actuar como cabezal de las hincas para instalar los rodamientos.

3. Trescientos noventa y tres (393) rodamientos tipo cojinete con interior de polímero resistente y envoltura de aluminio. Función: unir los postes con el tubo de torque y permitir la rotación.

4. Trescientos cuarenta y dos (342) tubos de torque en acero pregalvanizado, que incluyen: doscientas ochenta y cinco (285) juntas abulonadas y ciento dieciocho (118) tapas plásticas. Función: eje donde se apoyan y fijan los módulos solares.

5. Dos mil cuatrocientas setenta y nueve (2.479) correas preensambladas en acero pregalvanizado, que incluyen: cuatrocientas cuarenta (440) platinas para correas, cinco mil trecientas veintiocho (5.328) correas inferiores de sujeción, dos mil quinientas cincuenta y siete (2.557) correas superiores de sujeción, dos mil quinientas cincuenta y

mil trecientas veintiocho (5.328) correas inferiores de sujeción, dos mil quinientas cincuenta y siete (2.557) correas superiores de sujeción, dos mil quinientas cincuenta y siete (2.557) canales de refuerzo ancho y mil seiscientas cinco (1.605) correas de conexión a tierra. Función: sujetar los módulos al tubo de torque.

6. Cincuenta y cuatro (54) brazos mecánicos en acero galvanizado en caliente, que incluyen cada uno su actuador lineal, controlador de nodo y módulo solar auxiliar. Función: transformar el movimiento lineal del actuador en rotación precisa del tubo de torque, permitiendo así el seguimiento solar eficiente.

7. Siete (7) amortiguadores que incluyen siete (7) anclajes superiores y siete (7) anclajes inferiores. Función: reducir sobrepresión por vientos fuertes en los módulos, colocando las mesas en posición de defensa.

8. Cincuenta y un mil quinientos treinta y un (51.531) piezas de bulonería, que incluyen quinientas cincuenta y cuatro (554) tiras de aterramiento. Función: integración mecánica y sujeción de componentes.

9. Un (1) gabinete apto para intemperie con controlador central, que incluye: dos (2) baterías del controlador principal, un (1) anemómetro, un (1) poste de 25 ft de largo y cinco (5) ángulos de montaje. Función: coordinar la red de control y garantizar seguridad ante eventos climáticos.

10. Dos (2) horquillas de rodamiento. Función: herramienta para facilitar la rotación de la

cinco (5) ángulos de montaje. Función: coordinar la red de control y garantizar seguridad ante eventos climáticos.

10. Dos (2) horquillas de rodamiento. Función: herramienta para facilitar la rotación de la mesa para la conexión de los cables.

De acuerdo con lo anterior, los componentes listados conforman un conjunto integrado de máquinas y aparatos con función propia que se utilizan para orientar mecánicamente los módulos fotovoltaicos del parque solar Luruaco 1A –IV, permitiendo que estos sigan la trayectoria del sol para maximizar la captación de energía solar. La integración de estos elementos permite que el sistema de seguidores opere de manera coordinada, cumpliendo con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerado una unidad funcional.

En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 10 conforman la unidad funcional previamente identificada, cuya función es el posicionamiento mecánico de los paneles solares, que en aplicación de la Nota 4 de laRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600808 de 09 dic. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica

“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresado ni comprendido en otra parte de este Capítulo” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, determinada para “- - - Los demás”, dentro de la subpartida 8479.89, que comprende “- - Los demás:”.

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 0200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidades funcionales tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA y que de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS MCTE ($314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos con función propia (seguidores solares) que trabajan conjuntamente en el posicionamiento de paneles solares fotovoltaicos acorde con el rastreo solar, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259 -7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comsrodriguez@roldanlogistica.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 100 # 25 b 40 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con

procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600808 de 09 dic. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-12-09 / 03:00:26 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600808Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social

srodriguez@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 514Planilla Remisión No. 09 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 JAN 2026 Hora: 09:25:21

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.358 del 05 de enero de 2026 en la página 05.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600808Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 811001259.Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 514Planilla Remisión No. 09 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259.

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 JAN 2026 Hora: 09:25:21

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.358 del 05 de enero de 2026 en la página 05.

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