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DIAN - Resolución 600809 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600809 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600809 (09 dic. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002750 del 04 de septiembre de 2025, el señor FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, identificado con cédula de ciudadanía 78.715.646 representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDÁN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.00 1.259-7, mandataria de la Sociedad AVIDESA DE OCCIDENTE S.A con NIT 815.000.863-6, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “SISTEMA DE AMBIENTE CONTROLADO PARA POLLO DE ENGORDE” y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL: SISTEMA DE AMBIENTE CONTROLADO PARA POLLO DE ENGORDEGRANJA HONDA (175 X 20 M)”

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE SARP en tres (3) páginas, mandato en seis (6) páginas, escrito secuencial - unidad funcional: sistema de ambiente controlado para pollo de engorde-Granja Honda (175 x 20 m) en siete (7) páginas,

(3) páginas, mandato en seis (6) páginas, escrito secuencial - unidad funcional: sistema de ambiente controlado para pollo de engorde-Granja Honda (175 x 20 m) en siete (7) páginas, listado cuarta idéntica -unidad funcional: sistema de ambiente controlado para pollo de engorde granja Honda (175 x 20 m) en una hoja formato Excel y comprobante de pago en una (1) página.

El solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cuatro mil pesos MCTE ($ 1.384.000,00) según transferencia número 83245 de 29 de mayo de 2025 del Banco de Occidente al Banco de Bogotá.

Mediante Requerimiento de Información No. S2025000100165398000764 del 19 de septiembre de 2025 este Despacho solicitó al usuario:

1. Respecto al listado de componentes, aclarar en el listado: - Sistema de comederos informar que elementos componen un “set final de plato control” - En el sistema de ventilación si las 278 unidades de paneles de enfriamiento son de 300 x

1800 mm cada uno y a cuantos metros cuadrados de panel equivalen. Indicar que compone el kit de instalación; que elementos componen el kit de instalación del rollo de cortina túnel;RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600809 de 09 dic. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

que son los “foggers” y sus accesorios. Cuál es la diferencia entre los extractores de pared “on-off” y los “controlados”. -Sistema de iluminación: se menciona que son 7 bombillas por regulador, pero éstos no

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que son los “foggers” y sus accesorios. Cuál es la diferencia entre los extractores de pared “on-off” y los “controlados”. -Sistema de iluminación: se menciona que son 7 bombillas por regulador, pero éstos no aparecen en la lista de elementos, informar cuántos son y aclarar exactamente que compone el sistema de iluminación.

2. Indicar la ubicación geográfica exacta y el área que ocuparán los equipos una vez instalados, pues en la solicitud se menciona la Granja Honda, pero no se informa de manera concreta ciudad, municipio o vereda, ni área que ocupa en metros cuadrados el ga lpón instalado.

El usuario responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000850 del 25 de noviembre de 2025, con 29 páginas, renunciando al término restante para responder al requerimiento en mención.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: fsterling@roldanlogistica.com - ybarreto@roldanlogistica.com; o por correo en la dirección Cra. 100 No. 25 B 40 Fontibón, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Texto de la Partida 84.36:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600809 de 09 dic. 2025 Hoja No. 3

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“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o

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“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con los radicados No. 235410000002750 de 04 de septiembre de 2025 y E2025000100165398000850 del 25 de noviembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como o un conjunto de máquinas y aparatos que se emplean para la cría de pollos de engorde, mediante el siguiente proceso:

mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como o un conjunto de máquinas y aparatos que se emplean para la cría de pollos de engorde, mediante el siguiente proceso:

El proceso inicia con la recepción de 63.000 pollitos de un día de nacidos, que permanecen en el galpón hasta alcanzar un peso de aproximadamente 3 kg en un periodo de 35 a 42 días. Para ello, se mantiene un entorno regulado en ventilación, temperatura, il uminación, alimentación e hidratación, dentro de un galpón de 175 metros de largo por 20 metros de ancho, construido para garantizar confort térmico y bienestar durante las etapas de crecimiento y engorde.

El transporte del alimento se realiza por un sistema con tornillos sinfín hasta las líneas de comederos, que distribuyen el alimento de forma uniforme y ajustable según la edad del pollo. Cada línea cuenta con una unidad motriz capaz de cubrir hasta 150 me tros de recorrido. En paralelo, las líneas de bebederos suministran agua potable y fresca mediante tetinas con reguladores de presión, dispositivos de limpieza automática y un sistema de dosificación que permite incorporar medicamentos o suplementos cuando se requiere.

La ventilación se efectúa mediante un sistema combi -túnel que adapta su funcionamiento a las condiciones externas, operando en modo lateral con bajas temperaturas y en modo túnel con altas. Este sistema se complementa con paneles de enfriamiento evaporativo, un cielorraso metálico aislado con fibra de vidrio y un sistema de iluminación con seis hileras de luces dimerizables que simulan los ciclos día-noche. Finalmente, una báscula de pesaje conectada al controlador central permite registrar el peso diario d e las aves, garantizando

de luces dimerizables que simulan los ciclos día-noche. Finalmente, una báscula de pesaje conectada al controlador central permite registrar el peso diario d e las aves, garantizando el seguimiento y la uniformidad del lote durante el ciclo de engorde.

Un computador controla de forma automática los subsistemas de ventilación, calefacción, alimentación, agua e iluminación. Su configuración eléctrica, diseñada a la medida del galpón, permite modos de ventilación natural, mecánica o mixta, y regula temperat ura, humedad, presión y flujo de aire, manteniendo condiciones ambientales óptimas para elRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600809 de 09 dic. 2025 Hoja No. 4

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desarrollo de las aves. El manejo del alimento inicia en los silos de almacenamiento, donde se monitorea el inventario y el consumo mediante sensores conectados al sistema central.

La mercancía será ubicada en la Granja Honda, en Palmira, Valle del Cauca, vía Pradera, en un área de 3500 m2.

El proceso es llevado a cabo por los siguientes equipos:

1. Un (1) sistema de almacenamiento en silos y transporte de alimento, compuesto por: tres (3) silos de acero galvanizado recubiertos con una capa “ZAM” de más de 350 g/m², con capacidad de 32,60 m³ por silo; dos (2) transportadores de 33,70 m de longitud y capacidad de transporte de 2500 kg/h, que llevan la comida del silo al galpón, cada uno

con capacidad de 32,60 m³ por silo; dos (2) transportadores de 33,70 m de longitud y capacidad de transporte de 2500 kg/h, que llevan la comida del silo al galpón, cada uno con una (1) unidad motriz de 0.75 Hp; un (1) sistema para pesaje del alimento del silo y un (1) sensor que indica el nivel de alimento. Función: almacenamiento y transpo rte de pienso a las tolvas de las líneas de alimentación, con monitoreo del peso de pienso distribuido.

2. Un (1) sistema de comederos, compuesto por doce (12) líneas de comederos, cada línea de alimentación compuesta por una (1) tolva de recepción de alimento para su distribución a través de tubos de acero galvanizado que llenan los platos plásticos, ciento dieciséis (116) platos, veintiocho (28) unidades de tubo con cuatro agujeros, una (1) unidad de elevación mecánica y una (1) unidad motriz de 0.55 Hp con elemento final de plato control. Función: las líneas de alimentación permiten movilizar el alimento hast a 150 m, satisfaciendo las necesidades tanto de los pollitos de un día de nacidos como de los animales adultos. Los pollitos acceden al alimento comiendo directamente de cada plato comedero.

3. Un (1) sistema de bebederos, compuesto por dieciséis (16) líneas de bebederos, cada línea con veintinueve (29) tubos y quince (15) tetinas por tubo, para un total de cuatrocientas treinta y cinco (435) tetinas; un (1) regulador de presión con enjuague automático; un (1) desaireador al final de la línea y una (1) unidad de elevación

cuatrocientas treinta y cinco (435) tetinas; un (1) regulador de presión con enjuague automático; un (1) desaireador al final de la línea y una (1) unidad de elevación mecánica. Función: suministro permanente y constante de agua limpia y fresca para la bebida diaria de los pollitos.

4. Un (1) sistema de conexión de agua, compuesto por: dos (2) filtros, dos (2) contadores de agua, dos (2) reductores de presión y dos (2) “bypass” para la conexión de dos dosificadores. Función: suministra el agua a los reguladores de las líneas de bebederos.

También permite administrar vacunas.

5. Un (1) sistema de ventilación, compuesto por: ciento dieciséis (116) entradas de aire

(inlets), doscientas setenta y ocho (278) unidades de paneles de enfriamiento evaporativo tipo “pad cooling" de celulosa 300 x 1800 mm con elementos de instalación, tres (3) motobombas de 1.0 Hp, un (1) motor para “inlets” de 0.2 Hp, tres (3) motores cortina túne l de 0.3 Hp, un (1) rollo de cortina túnel de 446 m² con elementos de instalación, ciento cincuenta (150) “foggers” con sus accesorios, veinte (20) extractores de pared (on -off), cinco (5) extractores de pared controlados, seis (6) ventiladores recirculadores con convertidor de frecuencia y veintinueve (29) calefactoras a gas.

Función: asegura las condiciones adecuadas de aporte de aire y oxigenación requeridas para el crecimiento de las aves.

recirculadores con convertidor de frecuencia y veintinueve (29) calefactoras a gas.

Función: asegura las condiciones adecuadas de aporte de aire y oxigenación requeridas para el crecimiento de las aves.

6. Un (1) sistema de pesaje de pollitos, compuesto por cuatro (4) básculas de pesaje.

Función: la báscula de pesaje se conecta al controlador para registros diarios de peso.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600809 de 09 dic. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

7. Un (1) sistema de iluminación, conformado por cinco (5) hileras de luz, con los siguientes componentes para las 5 hileras: doscientas cincuenta y cinco (255) bombillas “FlexLed HO”, siete (7) r eguladores de Iluminación Conti Flex LED XLG/B6 PDM 2.0 , dos ( 2) salidas máx. 275 W (distibuidos en las 5 hileras de iluminación), novecientos cincuenta (950) m, cable plano 2x1,5mm² metro lineal “FlexLED”.

8. Un (1) sistema de control de equipamiento eléctrico, compuesto por: una (1) computadora de clima y producción de 10” con su armario de conexiones y sus respectivos cables de conexión, dieciséis (16) sensores de medición y un (1) sistema de alarmas. Función : controla los extractores de velocidad variable, la calefacción, sistematiza la distribución del alimento, controla el flujo de agua de los bebederos, monitorea y controla el rendimiento y desarrollo óptimo de las aves.

alarmas. Función : controla los extractores de velocidad variable, la calefacción, sistematiza la distribución del alimento, controla el flujo de agua de los bebederos, monitorea y controla el rendimiento y desarrollo óptimo de las aves.

De acuerdo con lo expuesto, los elementos anteriormente listados conforman un conjunto integrado de máquinas y equipos diseñados específicamente para criar pollos desde un día de nacidos. Esto se ajusta a los criterios establecidos en la Nota 4 de la Secci ón XVI del Sistema Armonizado (SA), para ser considerado una unidad funcional.

Así las cosas, se concluye que los elementos listados en los numerales 1 al 8 corresponden arancelariamente a un conjunto de máquinas y aparatos para crianza de pollos de engorde, que de acuerdo con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en virtud d e la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida "Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, in cluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas" y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “- - Incubadoras y criadoras”

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE

de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1.383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de TRESCIENTOS CATORCE PESOS MCTE ($314) del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que trabajan conjuntamente en la crianza de pollos de engorde, de conformidad con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO identificado con cédula de ciudadanía No. 78.715.646, en calidad de representante legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comsociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: fsterling@roldanlogistica.comybarreto@roldanlogistica.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 delRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600809 de 09 dic. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Cra. 100 No. 25 B 40, Fontibón, en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-12-09 / 03:07:28 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600809Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 811001259$Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social ybarreto@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 514Planilla Remisión No. 09 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259$

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 JAN 2026 Hora: 09:25:53

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.358 del 05 de enero de 2026 en la página 07.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600809Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

811001259Nit Calidad Actua FRANCISCO JAVIER DIAZ BARRETO REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1Razón Social

fsterling@roldanlogistica.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 514Planilla Remisión No. 09 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

514Planilla Remisión No. 09 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑOR: FRANCISCO JAVIER DÍAZ BARRETO REP LEGAL D T/P811001259

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 JAN 2026 Hora: 09:25:53

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.358 del 05 de enero de 2026 en la página 07.

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