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DIAN - Resolución 600810 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600810 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600810 (09 dic. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002927 de 16 de octubre de 2025, la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificad a con cédula de ciudadanía 45 .555.683, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, mandataria de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA S.A.S con NIT 800 .224.148-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnicamente como “ SISTEMA DE RIEGO MANUAL PARA MAÍZ” y comercialmente como “SISTEMA DE RIEGO POR

GOTEO PARA MAIZ”

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato SIE SARP en cinco (5) páginas, mandato en una (1) página, planos en tres (3) páginas, anexo 1 - sistema de riego manual para maíz - descripción general del producto en quince (15) páginas, anexo 2 - sistema de riego manual para maíz - listado de equipos, formato Excel en una (1) página,

riego manual para maíz - descripción general del producto en quince (15) páginas, anexo 2 - sistema de riego manual para maíz - listado de equipos, formato Excel en una (1) página, certificado cámara de comercio Irridelco en diez (10) páginas y comprobante de pago en una (1) página.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos m/cte ($ 1.385.000,00) según consignación número 11631960 de 14 de octubre de 2025 del Banco de Bogotá.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transv. 34 # 19 - 85, en Cartagena - Bolívar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600810 de 09 dic. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.24

“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”

Regla General Interpretativa 6:

líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002927 de 16 de octubre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos para el riego de un cultivo de maíz , mediante el siguiente proceso:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600810 de 09 dic. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El sistema se abastece desde un reservorio de aguas lluvias ubicado en una cota inferior a las parcelas. El agua se impulsa mediante un equipo de bombeo con motor diésel, que proporciona el caudal y presión requeridos. Desde la descarga del bombeo, el agua se conduce por tubería de polietileno de 32 mm hacia el centro de cabecera, donde se ubica la batería de filtros dividida en cinco unidades, una por cada bloque del cultivo.

Debido a la presencia de sólidos y material orgánico en el agua, el sistema incorpora filtros en serie para evitar taponamientos y prolongar la vida útil del riego por goteo. Cada batería cuenta con manómetros antes y después del filtrado para monitorear la presión y determinar la necesidad de lavado. Además, se instalan válvulas de alivio de aire para prevenir acumulaciones que afecten el funcionamiento hidráulico.

Desde el cabezal, el agua se distribuye por una tubería principal hacia los 16 lotes productivos y el área de propagación. El diseño incluye accesorios para facilitar el mantenimiento, como tuberías de drenaje y tapones para lavado periódico de las líneas, utilizando agua o agentes químicos. En el módulo de propagación, se emplean laterales, micro conectores, mangueras y estacas para dosificar el agua directamente en la zona radicular de cada planta.

El sistema de riego está conformado por los siguientes componentes generales: un centro de cabecera, mediante el cual se realiza la captación, impulsión (equipo de bombeo diésel)

radicular de cada planta.

El sistema de riego está conformado por los siguientes componentes generales: un centro de cabecera, mediante el cual se realiza la captación, impulsión (equipo de bombeo diésel) y adecuación primaria del agua (tratamiento físico: batería de filtros de anillas), así como la medición del volumen que ingresa al sistema; una conducción (tubería y accesorios de polietileno), que permite transportarla hasta cada uno de los módulos de riego y una emisión (líneas, cintas y estacas laberinto para riego por goteo), cuyos elementos permiten la entrega del recurso hídrico a cada una de las plantas o cultivos a beneficiar.

Los componentes del sistema de riego por goteo son:

Elementos del centro de cabecera:

1. Un (1) Equipo de bombeo diésel, compuesto por un motor diésel integrado; un cuerpo, un impulsor y un acople intermedio en hierro fundido , empaques en buna nitrilo y un sello mecánico en carbón/cerámica/buna -n, permite abastecer la canalización primaria con el agua del reservorio, proporcionando las condiciones de caudal y presión requeridas para la operación adecuada del sistema.

2. Cincuenta (50) filtros de anillos y malla de 3/4 ",1",1 1/2", 2", 3" y 4" compuestos por una coraza plástica (polipropileno) en cuyo interior se encuentra el elemento filtrante

(discos polipropileno - malla en acero inoxidable), constituido por anillos plásticos ranurados apilados, los cuales permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras (sólidos en suspensión y material orgánico fino), cuenta

ranurados apilados, los cuales permiten el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras (sólidos en suspensión y material orgánico fino), cuenta con tuerca de cierre en poliamida, reforzada con fibra de vidrio y juntas en caucho de nitrilo -butadieno (NBR), permite la retención de los sólidos suspendi dos más gruesos, así como la remoción del material orgánico y suspendido más fino.

3. Treinta y dos (32) galápagos de derivación, accesorio en polietileno, diseñado para efectuar derivaciones a las tuberías de polietileno desde la tubería principal hacía los manómetros, para las válvulas de alivio de aire y para acoplar las válvulas hidrantes de cada uno de los módulos.

4. Diez (10) manómetros de glicerina, que permiten la medición de la presión de un

fluido en determinado punto de la red.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600810 de 09 dic. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

5. Cinco (5) válvulas de alivio de aire de ½”, ¾”, 1", 2" y 3” dispositivos, conformados por cuerpo, cubierta del tapón, tapón, varilla y base en nylon reforzado; permite evacuar las pequeñas bolsas de aire acumuladas a lo largo de la tubería.

6. Diecisiete (17) válvulas reguladoras de presión, que se instalan en cada cabezal de riego, para controlar la presión que entregan las líneas de riego.

6. Diecisiete (17) válvulas reguladoras de presión, que se instalan en cada cabezal de riego, para controlar la presión que entregan las líneas de riego.

7. Una (1) válvula hidrante , fabricada en polipropileno de alto impacto , diámetro: 1". proporciona una opción de acople rápido para mangueras existentes en la finca.

Canalizaciones primarias y secundarias:

8. Veintitrés mil trecientos (23.300) metros de tubería lisa de polietileno, fabricada mediante la extrusión de la materia prima (polietileno de diferentes densidades), permite la conducción del agua desde la captación hasta el cabezal y desde la descarga de este, hasta la zona donde se deben instalar los emisores (líneas y cintas de goteo), es decir, donde se encuentra el cultivo a beneficiar.

9. Veinte mil cuatrocientas (20.400) unidades de silletas de goteo, fabricadas en polietileno, diámetro: 12 y 16 mm, para efectuar la derivación de la tubería madre o tubería principal a los emisores.

10. Veinte mil cuatrocientas (20.400) unidades de conectores de goteo, fabricados en polietileno, permite conectar la silleta instalada sobre la tubería principal de polietileno, con otras mangueras, tuberías o líneas y cintas de goteo.

11. Veinte mil cuatrocientas (20.400) unidades de válvulas de goteo, fabricado en polietileno y polipropileno, la cual permite controlar manualmente los turnos de riego de cada sector según los requerimientos hídricos de las plantas.

11. Veinte mil cuatrocientas (20.400) unidades de válvulas de goteo, fabricado en polietileno y polipropileno, la cual permite controlar manualmente los turnos de riego de cada sector según los requerimientos hídricos de las plantas.

12. Veinte mil cuatrocientas (20.400) unidades de codos goteo, fabricados en polietileno, diámetro: 12 y 16 mm , son accesorios que permiten efectuar cambios de dirección en el trazado del sistema.

13. Veinte mil cuatrocientas (20.400) unidades de Tee de goteo, fabricadas en polietileno, diámetro: 12 y 16 mm, accesorio de acople.

14. Diez mil doscientas (10.200) unidades de tapón de goteo, fabricado en polietileno, diámetro: 12 y 16 mm, accesorio que facilita las labores de mantenimiento.

15. Diez mil doscientas (10.200) unidades de Obturador de goteo, fabricados en polietileno, diámetro: 12 y 16 mm, permite efectuar el cierre de las líneas y cintas de riego por goteo.

16. Seiscientas (600) unidades de microconectores, fabricados en polietileno, diámetro: 3, 6 y 8 mm, permite efectuar la derivación desde cada uno de los laterales de riego, para acoplar una micro-manguera con estaca de riego; la cual se extiende hasta la zona radicular de la planta.

17. Veinte mil (20.000) metros de micro -manguera de 3, 6 y 8 mm, permite conducir el agua desde los laterales en polietileno, hasta las estacas de riego, localizadas en la

zona radicular de la planta.

17. Veinte mil (20.000) metros de micro -manguera de 3, 6 y 8 mm, permite conducir el agua desde los laterales en polietileno, hasta las estacas de riego, localizadas en la

zona radicular de la planta.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600810 de 09 dic. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Red de superficie gota a gota por goteros:

18. Un millón novecientos veinte mil (1.920.000) metros de líneas y cintas de riego , fabricadas en polietileno, la línea de goteo consiste en tubería de pared delgada con gotero plástico insertado y la cinta de riego presenta un laberinto de riego transversal moldeado en su misma superficie.

19. Seiscientas (600) unidades de estacas de riego, fabricadas en polietileno, este elemento se comporta como un emisor; proporcionando el agua requerida de manera localizada, directamente en la zona radicular de la planta.

Los elementos descritos serán instalados en San Juan de Rioseco - Cundinamarca, en un área de 40 hectáreas.

En virtud de lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y aparatos relacionados en los numerales 1 a 19, trabajan conjuntamente como un sistema de riego por goteo usado en la agricultura; de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida

por goteo usado en la agricultura; de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, que comprende: “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.” y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para "- - - Sistemas de riego”, “ - - - - Por goteo o aspersión”, “- - Para agricultura u horticultura” dentro de la subpartida tácita 8424.80 “ - Los demás aparatos.”

Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1’383.686 ) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS M/CTE ($1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y aparatos que funcionan conjuntamente como un sistema de riego por goteo para utilizarse en la agricultura; de conformidad con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.commvillanueva@siasudeco.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículoRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600810 de 09 dic. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Barrio Martínez Martelo Transv. 34 # 19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente Resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por

artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-12-09 / 03:33:58 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: HAROLD LIBARDO ROJAS CASTAÑEDA

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATASUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600810Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo .800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social auditoria@siasudeco.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 515Planilla Remisión No. 10 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P.800053508

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 JAN 2026 Hora: 09:26:36

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.358 del 05 de enero de 2026 en la página 09.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600810Consecutivo Acto 2025Año Calendario 09-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

No.Expediente Impuesto Periodo

800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social

mvillanueva@siasudeco.comDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 515Planilla Remisión No. 10 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado

REPRESENTANTE LEGAL

Representado Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

10 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 08 JAN 2026 Hora: 09:26:36

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 05 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.358 del 05 de enero de 2026 en la página 09.

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