DIAN - Resolución 600831 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600831 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 (17 DIC. 2025)
Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002848 de l 24 de septiembre de 2025, la señora CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA, identificad a con Cédula de Ciudadanía 43.726.577, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S NIVEL 1, con NIT 900.081.359-1, mandataria de la Sociedad ALICO S.A.S. BIC con NIT 890 .928.257-9, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía denominada técnicamente como “MÁQUINA EXTRUSORA POR SOPLADO DE 9 CAPAS” y comercialmente como “MÁQUINA EXTRUSORA POR SOPLADO DE 9
CAPASVAREX II”.
La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos: formato de solicitud SIE –SARP en dos (2) páginas, mandato en doce (12) páginas, comprobante de pago en una (1) página, lista de equipos, flujograma, descripción de la mercancía y descripción del proceso de producción en una (1) hoja Excel y ficha técnica de línea de extrusión de film soplado VAREX en doce (12) páginas.
una (1) página, lista de equipos, flujograma, descripción de la mercancía y descripción del proceso de producción en una (1) hoja Excel y ficha técnica de línea de extrusión de film soplado VAREX en doce (12) páginas.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos M/cte ($ 1.383.686,00) según Transferencia número 109261 de 23 de septiembre de 2025 de Bancolombia al Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S2025000100165398000893 del 15 de octubre de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria:
1. Indicar el lugar geográfico (departamento y ciudad) exacto en el cual serán instalados los equipos y el área total que ocupará la unidad funcional.
2. Describir detalladamente el proceso productivo, explicando de forma secuencial y cronológica las operaciones que se realizan desde la alimentación de las resinas en el sistema de dosificación y transporte, la fusión del material en los módulos extrusores, la conformación de la burbuja en el cabezal, el enfriamiento, calibración, aplanado, tratamiento corona y bobinado final de la película plástica multicapa.
3. Indicar la función que realiza cada máquina o componente dentro del conjunto, precisando además la función específica que cumple cada uno de los sistemas
principales que componen la máquina.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada
4. Precisar cómo se encuentran conectados física y funcionalmente los diferentes módulos del conjunto, indicando si las conexiones se realizan mediante sistemas eléctricos, electrónicos, mecánicos, neumáticos o hidráulicos.
5. Describir cómo se efectúa el control central de la unidad funcional en su puesta en marcha y funcionamiento combinado, señalando si existe un gabinete central de control, un sistema de pantalla inteligente de control o un software integrado que coordine la operación de los equipos.
6. Precisar el tipo de polímeros termoplásticos que pueden procesarse en la máquina
(p. ej. LDPE, LLDPE, HDPE, entre otros), indicando el porcentaje típico en cada capa y si se requieren sistemas de alimentación o mezcla diferenciados para cada polímero.
7. Adjuntar diagramas de flujo, y fotografías de cada módulo de la unidad funcional, así como del sistema completo en montaje operativo.
La reunión técnica se llevó a cabo el 30 de octubre de 2025, en la cual se dio a conocer la mercancía y su modo de uso por parte de la interesada.
La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000781 del 07 de noviembre de 2025, con 7 folios, renunciando al término restante para dar respuesta.
Con oficios Nos. 100165398–3086 y 100165398–3087 del 06 de octubre de 2025, dirigidos a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, y a los jefes de
Con oficios Nos. 100165398–3086 y 100165398–3087 del 06 de octubre de 2025, dirigidos a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externa, y a los jefes de División de Fiscalización y Liquidación Aduanera, División de Fiscalización y Liquidación Aduanera y Cambiaria, División Jurídica de todo el país, se solicitó a estas dependencias indicar la existencia de procesos investigativos de naturaleza aduanera para la mercancía objeto de este estudio, sin que se encontraran antecedentes de mercancías idénticas.
Por medio del formato se indicó que se notifique a la señora CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA, a la dirección electrónica manifestada por la interesada cviana@aduanasml.com.co - esalazar@aduanasml.com.co; o por correo en la dirección CL 16 41 210 OF 405, en Medellín - Antioquia.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 3
otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida:RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”
Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de partida 84.77 “Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productos de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 y 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones, artículos 305 al 311 y 316, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002848 del 24 de septiembre de 2025, y E2025000100165398000781 del 07 de noviembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una línea de máquinas para la fabricación de película plástica, mediante extrusión y soplado por medio del siguiente proceso:
El operador programa, a través del monitor controlador, el software, el cual integra y parametriza todos los sistemas que controlan la máquina extrusora por soplado de 9 capas. Se transportan las resinas desde las tolvas hasta el Sistema de Dosificación y Transporte, el cual se encarga de realizar la succión del material hasta los dosificadores, responsables de efectuar las mezclas que luego descienden por ductos hacia cada uno de los módulos
Se transportan las resinas desde las tolvas hasta el Sistema de Dosificación y Transporte, el cual se encarga de realizar la succión del material hasta los dosificadores, responsables de efectuar las mezclas que luego descienden por ductos hacia cada uno de los módulos del Sistema Extrusor. Dichos módulos realizan el proceso de fundido de las resinas y están compuestos por barril, husillo, motor y caja reductora. Una vez fundida, la masa es inyectada en el cabezal extrusor, componente que le da forma cilíndrica a la masa hasta formar la burbuja, la cual asciende hasta los anillos del Sistema de Enfriamiento, dispositivos que generan un choque térmico mediante aire frío sobre la burbuja proveniente del cabezal, solidificando el material.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada La burbuja se eleva por el centro del anillo, pasando por la canastilla de calibración, estructura que mediante rodillos giratorios anclados a un sistema de apertura y cierre guía y centra la burbuja, otorgándole estabilidad para continuar su ascenso hasta la Estación de Calibración. En esta estación, un módulo giratorio mide y controla el espesor de la película plástica en forma de burbuja. Posteriormente, la burbuja sigue ascendiendo hasta el Sistema de Aplanado (Telera), una estructura triangular vertica l de aproximadamente 3 metros de altura compuesta por rodillos giratorios que inician el proceso de colapsamiento de la burbuja. El Sistema Giratorio Reverso de Tiro se encarga de guiar la película ya
Sistema de Aplanado (Telera), una estructura triangular vertica l de aproximadamente 3 metros de altura compuesta por rodillos giratorios que inician el proceso de colapsamiento de la burbuja. El Sistema Giratorio Reverso de Tiro se encarga de guiar la película ya aplanada, generando tracción y torsión sobre toda la burbuja plástica con el fin de asegurar la distribución uniforme del calibre.
La película plástica desciende a través de rodillos transportadores hasta el Sistema Guiador, donde es alineada para continuar su recorrido. Luego pasa por el Sistema Tratador Corona, el cual incrementa la energía superficial de la película mediante una de scarga eléctrica controlada. Finalmente, la película llega al sistema de corte donde se divide en dos láminas, que posteriormente son bobinadas de manera independiente en el Sistema Bobinador, donde se acumulan o forman rollos sobre un núcleo de cartón, ob teniéndose como producto final los rollos de láminas plásticas.
El sistema será instalado en la Bodega Hacienda Escocia, C arrera 48 #98A Sur -350 la Estrella Antioquía para un área total de 230 m².
Los componentes que desarrollan el proceso son:
1. Un (1) Sistema de dosificación y transporte de resinas, con dimensiones de largo
1976 cm x ancho 1976 cm x alto 1840 cm , conformado por 9 módulos, compuesto por: − Nueve (9) turbinas o aspiradoras. − Treinta y ocho (38) tolvas para mezclado. − Veintinueve (29) tornillos para dosificar. − Ductos y mangueras para el transporte de resinas.
Función: Transporte y dosificación de granos y/o resinas desde las tolvas hasta el módulo extrusor.
− Veintinueve (29) tornillos para dosificar. − Ductos y mangueras para el transporte de resinas.
Función: Transporte y dosificación de granos y/o resinas desde las tolvas hasta el módulo extrusor.
2. Un (1) Sistema extrusor, con dimensiones de largo 3599 cm x ancho 1521 cm x alto
2892 cm, conformado por 9 módulos, compuesto por: − Nueve (9) motores. − Nueve (9) cajas reductoras. − Nueve (9) barriles. − Nueve (9) husillos. − Nueve (9) termorreguladores de aceite. − Dieciocho (18) soportes niveladores (bridas de apoyo).
Función: Plastificar o fundir las resinas poliméricas formando una masa fundida homogénea.
3. Un (1) Cabezal de soplado, con dimensiones de largo 1300 cm x ancho 1100 cm x
alto 1534 cm.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 5
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Información Pública Reservada Función: Recibe la masa fundida del sistema extrusor y, mediante soplado, da forma cilíndrica a la masa, formando una burbuja.
4. Un (1) sistema de enfriamiento, con dimensiones de largo 1300 cm x ancho 1100 cm x alto 550 cm, compuesto por: − Dos (2) anillos de enfriamiento, conformados por compuertas internas y resistencias para direccionar el aire.
4. Un (1) sistema de enfriamiento, con dimensiones de largo 1300 cm x ancho 1100 cm x alto 550 cm, compuesto por: − Dos (2) anillos de enfriamiento, conformados por compuertas internas y resistencias para direccionar el aire. − Un (1) ducto de enfriamiento interno de burbuja de 1500 cm de alto. − Un (1) gabinete de turbinas con ducto tipo acordeón.
Función: Generar un choque térmico sobre la masa cilíndrica fundida proveniente del cabezal y, mediante aire frío, garantizar la homogeneidad del espesor de la burbuja.
5. Una (1) canastilla de calibración, con dimensiones de largo 2600 cm x ancho 2600 cm x alto 1519 cm, compuesta por: − Motor eléctrico y sus conexiones. − Juego de banda–polea, piñones y cadenas. − Juegos de rodillos. − Estructura de montaje.
Función: El giro del motor mueve los rodillos que se acercan o alejan a la burbuja soplada, según el diámetro de la misma, para centrarla y mantenerla estable.
6. Una (1) estación de calibración, con dimensiones de largo 2000 cm x ancho 2000 cm x alto 551 cm, compuesta por: − Módulo K-XRAY reversible. − Estructura de montaje para el módulo K-XRAY reversible. − Aro de movimiento circular sobre la burbuja, compuesto por riel, correa y motor.
Función: Se utiliza para montar el elemento calibrador de espesores y medir/controlar el espesor de la película.
− Aro de movimiento circular sobre la burbuja, compuesto por riel, correa y motor.
Función: Se utiliza para montar el elemento calibrador de espesores y medir/controlar el espesor de la película.
7. Un (1) sistema de aplanado (telera), con dimensiones de largo 3500 cm x ancho
1500 cm x alto 3500 cm, compuesto por: − Juego de rodillos de aplastamiento. − Estructura de montaje vertical (aprox. 3 m de altura). − Dos (2) motores de accionamiento.
Función: Prepara la burbuja para ser colapsada o aplanada.
8. Un (1) sistema giratorio reverso de tiro, modelo Nostic, con dimensiones aproximadas de largo 3500 cm x ancho 1730 cm x alto 2500 cm, compuesto por: − Juego de rodillos haladores, cada uno con motor de accionamiento. − Mesa de torsión, compuesta por rodillos y piñones que giran y tuercen la película. − Tablero y/o gabinete eléctrico de control. − Termorregulador de aceite.
− Regulador de marcha de banda (sensor guía y cilindros).RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 6
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Información Pública Reservada Función: Se utiliza para estirar y distribuir las diferencias de espesor en la película.
9. Un (1) sistema tratador CORONA, con dimensiones de largo 1900 cm x ancho 800
cm x alto 1130 cm, compuesto por: − Transformador.
9. Un (1) sistema tratador CORONA, con dimensiones de largo 1900 cm x ancho 800
cm x alto 1130 cm, compuesto por: − Transformador. − Tratador CORONA tipo L, marca AFS, compuesto por electrodos cerámicos y rodillos encauchados. − Pantalla controladora del tratador. − Tuberías de aspiración.
Función: Mediante una descarga eléctrica controlada a través de los electrodos, incrementa la energía superficial de la película plástica para garantizar la adherencia de otros insumos sobre la película durante los procesos de impresión y/o laminación.
10. Un (1) sistema bobinador FILMATIC II V, con dimensiones aproximadas de largo
5050 cm x ancho 6200 cm x alto 2954 cm, compuesto por: − Doble bobinador. − Juego de rodillos. − Ocho (8) motores eléctricos. − Sección de corte.
Función: Permite acumular y formar el rollo de película sobre un core o núcleo de cartón.
11. Un (1) sistema controlador, compuesto por monitor y gabinete eléctrico, integrado por: − Un (1) monitor controlador, conformado por pantalla táctil, pedestal, cables e impresora con dimensiones largo 800 cm x ancho 800 cm x alto 1534 cm. − Gabinetes eléctricos (15 cabinas) compuestos por drives, conexiones eléctricas, relés, cables y demás elementos electrónicos y eléctricos necesarios para el adecuado funcionamiento de todos los sistemas de la Unidad Funcional con dimensiones largo 600 cm x ancho 600 cm x alto 2200 cm. − Termorregulador para gabinetes.
adecuado funcionamiento de todos los sistemas de la Unidad Funcional con dimensiones largo 600 cm x ancho 600 cm x alto 2200 cm. − Termorregulador para gabinetes.
Función: Controlador de todos los sistemas previamente descritos mediante el software operativo y las conexiones eléctricas de la Unidad Funcional.
De acuerdo con la información técnica aportada, el proceso de conformación de la película plástica inicia con la etapa de plastificación y fundido de las resinas en el sistema extrusor. Sin embargo, para que la masa fundida adquiera su geometría final es i ndispensable la etapa posterior de soplado y estiramiento, mediante la cual se forma la burbuja que determina el espesor, el ancho y las propiedades físicas del material. En consecuencia, el proceso de soplado es el que define la configuración tubular y la s características funcionales de la película plástica obtenida.
Con base en la información anterior se determina que la mercancía descrita en los numerales 1 al 11 consiste en una combinación de máquinas que trabajan en conjunto para fabricar láminas plásticas mediante moldeo por soplado, que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General interpretativa 1 queda comprendida en la partida de la partida 84.77 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, la cual señala para esta partida “Máquinas y aparatos para trabajar caucho o plástico o para fabricar productosRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada de estas materias, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo” , y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8477.30.00.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “Máquinas de moldear por soplado”.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8477.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas que trabajan en conjunto para fabricar láminas plásticas mediante moldeo por soplado, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA identificada con Cédula de Ciudadanía No. 43.726.577, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S NIVEL 1 con NIT 900.081.359-1, a la dirección electrónica informada en la solicitud cviana@aduanasml.com.co - esalazar@aduanasml.com.co de
DE ADUANAS ML S.A.S NIVEL 1 con NIT 900.081.359-1, a la dirección electrónica informada en la solicitud cviana@aduanasml.com.co - esalazar@aduanasml.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 111 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el solicitante CL 16 41 210 OF 405 en Medellín - Antioquia, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 311 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 13 de la Resolución 39 de 2021, el artículo
en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 311 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 13 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASERESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600831 de 17 DIC. 2025 Hoja No. 8
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria _______________________________________________________________________________
Información Pública Reservada
2025-12-17 / 04:38:51 p. m.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: JULIO CESAR MANCIPE FLECHAS
Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
Proyecto: JULIO CESAR MANCIPE FLECHAS
Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600831Consecutivo Acto 2025Año Calendario 17-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo .900081359Nit Calidad Actua CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S. NIVEL 1Razón Social cviana@aduanasml.com.coDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 527Planilla Remisión No. 18 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
18 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP LEGAL T/P.900081359
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico:
Fecha de Impresión: 23 JAN 2026 Hora: 09:44:44
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 14 JAN 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.404 del 19 de febrero de 2026 en la página 39.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600831Consecutivo Acto 2025Año Calendario 17-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
No.Expediente Impuesto Periodo
900081359Nit Calidad Actua CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ML S.A.S. NIVEL 1Razón Social
esalazar@aduanasml.com.coDirección Departamento Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 527Planilla Remisión No. 18 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución:
Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MANUALIngresado
REPRESENTANTE LEGAL
Representado Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
18 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: CLAUDIA PATRICIA VIANA MONTOYA REP LEGAL T/P900081359
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 JAN 2026 Hora: 09:44:44
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No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 14 JAN 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUIS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
MUNEVAR RIVERA LUIS ALBERTOProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.404 del 19 de febrero de 2026 en la página 39.