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DIAN - Resolución 600843 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600843 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 (18 dic. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000003089 de 27 de noviembre de 2025, la Sra. PAOLA VALDERRAMA BUSTOS , identificada con Cédula de Ciudadanía 1.020.753.289, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2, con NIT 830.004.745-8, mandataria de la Sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL FLORES DE FUNZA S.A.S con NIT 860.048.521-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “FLORA BUNCHMASTER 2 SEL”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formato de solicitud en dos (2) páginas, copia de mandato en una (1) página , ubicación de la máquina en una (1) página, diagrama de flujo en tres (3) páginas, resolución de clasificación arancelaria expedida por la DIAN No . 2025003980600454 del 05 de agosto de 2025 , listado de componentes en una (1) página, y comprobante de pago en una (1) página.

expedida por la DIAN No . 2025003980600454 del 05 de agosto de 2025 , listado de componentes en una (1) página, y comprobante de pago en una (1) página.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos m/cte ($ 1.383.686,00) según transferencia número 24707420 de 21 de noviembre de 2025 del Banco de Bogotá.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA, a la s direcciones electrónicas manifestadas por l a interesada dianaosorio@interandina.com - revisionexportaciones@interandina.com; o por correo en la dirección CRA 13 NO 28-01OF 402, en Bogotá, D.C.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 de 18 dic. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida:

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Partida 84.79:

“Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones, artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000003089 de 27 de noviembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos que se utilizan para conformar ramos de flores y estará ubicada en C.I. FLORES DE FUNZA S.A.S., Vereda El Cacique Km3, Predio El Edén, Finca Bosque Municipio de Funza, Cundinamarca.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 de 18 dic. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

El proceso inicia con la defoliadora, donde los tallos ingresan entre cepillos de caucho que giran en sentido contrario, removiendo hojas y material vegetal sobrante. La transmisión por correas mueve los ejes que accionan los cepillos, garantizando un deshoje uniforme.

giran en sentido contrario, removiendo hojas y material vegetal sobrante. La transmisión por correas mueve los ejes que accionan los cepillos, garantizando un deshoje uniforme. Conforme a la ficha té cnica, este equipo permite deshojar tallos livianos o gruesos sin dañarlos, dejándolos listos para la etapa de clasificación. Una vez deshojadas, las flores caen o se colocan sobre la banda de alimentación automática, que regula el flujo hacia el siguiente módulo. El motorreductor controla la velocidad constante, mientras la fotocelda detecta presencia de flores para evitar saturación. La pantalla táctil permite supervisar el caudal. Esta banda asegura un suministro continuo y ordenado hacia la separación y clasificación. Posteriormente viene la separación de la flor y control de rendimiento que se efectúa en la banda de 6 x 1 m, donde el operador separa manualmente las flores según grado de calidad o elimina residuos vegetales, los sensores ópticos y láseres permiten identificar posición y tamaño. La banda entrega las flores directamente al módulo de clasificación de doble nivel.

Se efectúa la clasificación de la flor en dos selecciones en la banda base del sistema de clasificación de 0,65 x 0,5 m , este módulo ejecuta la separación automática en dos calidades mediante varias bandas internas (superior, inferior, externos, intermedia). Cada banda posee su propio motorreductor para controlar tensiones y velocidades. Las flores se distribuyen entre calida des según su alineación y posición relativa , definiendo qué flores siguen al flujo principal y cuáles se envían a acumulación en el segundo piso. A continuación, mediante la banda de acumulación de 5.680 mm x 1.000 mm, l a segunda

siguen al flujo principal y cuáles se envían a acumulación en el segundo piso. A continuación, mediante la banda de acumulación de 5.680 mm x 1.000 mm, l a segunda selección es transportada a un nivel superior mediante esta banda de gran longitud. La acumulación permite procesar primero la selección principal y, cuando la banda superior está llena (detectado por fotocelda), realizar el “cambio de selección” . Una banda de transferencia redistribuye el flujo hacia la banda de salida, y una banda adicional de 3.980 mm permite retener mayor volumen. Todo este sistema garantiza que la segunda selección se procese sin interrumpir el flujo principal. Mediante la a cumulación selectiva (control neumático) que i ncluye cilindros, válvulas y electroválvula que activan desvíos según carga, se abre o cierra los pasos de la banda para liberar o retener flores, asegurando que nunca se mezclen selecciones. Las flores pasan a esta banda de tallos 4.000 mm x 800 mm, para alineación final previa al corte, dos láseres marcan la posición exacta donde debe ubicarse la base del tallo , sensores ópticos verifican la alineación y la velocidad. La banda espumada estabiliza cada flor para evitar deslizamiento, esta sección entrega los tallos perfectamente alineados a la unidad de corte, asegurando longitudes uniformes. Con el equipo de unidad de corte que cuenta con dos discos de corte , se realiza el corte final de longitud mediante dos discos especiales que funcionan como “corte de efecto cizalla”, lo que reduce daños y produce cortes limpios. Las ruedas espumadas sujetan cada tallo individualmente, mientras avanza por la cuchilla. El motorreductor acciona el módulo y

cizalla”, lo que reduce daños y produce cortes limpios. Las ruedas espumadas sujetan cada tallo individualmente, mientras avanza por la cuchilla. El motorreductor acciona el módulo y mantiene la velocidad constante para que las flores salgan con longitudes estandarizadas. El Módulo FBM (rampa automática de agrupamiento) recibe los tallos cortados y comienza el proceso automático de conteo, agrupación y armado del ramo. Los motores de agrupamiento mueven correas que organizan los tallos en un canal , un sensor mecánico cuenta cada tallo hasta alcanzar el número programado . El rotor del módulo sostiene el manojo mientras se completa el conteo , luego, la Atadora Tyson Binder (FBMX) realiza el primer amarre.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 de 18 dic. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

A continuación, mediante la banda de separación y encapuche 6,000 mm x 1,000 mm, l os ramos pasan a esta banda donde el operario coloca el capuchón protector en las cabezas de las flores. La banda transporta el ramo a velocidad regulada y cuenta con pantallas de control, una banda de espuma estabiliza cada ramo para facilitar el encapuchado. Después de colocar el capuchón, el ramo pasa a la segunda atadora yson Binder Tipo 24RFX, que realiza el amarre final asegurando el capuchón al tallo , el pisador de espuma presiona el ramo, y la máquina realiza un amarre firme y uniforme. Finalmente, los ramos ya terminados llegan a la banda recolectora final. Aquí se cuentan,

presiona el ramo, y la máquina realiza un amarre firme y uniforme. Finalmente, los ramos ya terminados llegan a la banda recolectora final. Aquí se cuentan, organizan y retiran manualmente para su hidratación o empaque. El motorreductor mantiene un flujo constante que evita represamientos y finaliza el ciclo completo de la línea BunchMaster. La línea incluye los siguientes componentes principales: 1 Una (1) unidad de defoliación Duoflor, equipada con: un (1) motoreductor Bonora de 0,37 kW / 3 Phase / 220 -380V / 50 Hz; una (1) transmisión para dos ejes por correa sincrónica con poleas dentadas; y cuatro (4) cepillos de caucho para defoliación L170 vk20. Esta unidad ejecuta el proceso de deshojado inicial del tallo.

2 Una (1) banda de alimentación automática de flores, equipada con: una (1) banda de 2 × 1 metros; un (1) motoreductor Elsto de 0,37 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico fotocelda Sick GTB -10P4221 IR; una (1) pantalla táctil de 10,1” PCAP 24V (10,1” WXGA FPD Industrial Display PCAP USB VGA) ARCDIS-110PBERCOMEX-APL; una (1) bandeja portacables DG 5.000 EV 35 × 100 mm; y un (1) gabinete eléctrico 380 × 380 × 200 mm. Esta banda recibe y regula el flujo de flores deshojadas hacia la clasificación.

3 Una (1) banda de separación y control de rendimiento, equipada con: una (1) banda de

gabinete eléctrico 380 × 380 × 200 mm. Esta banda recibe y regula el flujo de flores deshojadas hacia la clasificación.

3 Una (1) banda de separación y control de rendimiento, equipada con: una (1) banda de 6 × 1 metros; dos (2) bandejas portacables DG 5.000 EV 35 × 100 mm; un (1) sensor óptico Sick GTB-10P4221 IR; dos (2) láseres Z10-M18-B-638-LG90; un (1) motoreductor Elsto de 0,37 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz IE3; ocho (8) platinas 2 × 60 huecos rosca M8 80 × 25 × 6 mm; dos (2) estructuras de soporte 1.348 × 80 × 40 mm; cuatro (4) soportes ajustables 670 -1.200 mm; y un (1) gabinete eléctrico 800 × 600 × 300 mm. Este módulo permite separar la flor por criterios de calidad y rendimiento.

4 Una (1) banda automática de clasificación en dos selecciones (“Selectieband 2-laags”), equipada con: una (1) banda de 0,65 × 0,5 metros; un (1) motoreductor para banda de selección interna inferior Elsto 0,18 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz; una (1) banda de selección exterior inferior; un (1) motoreductor para banda de selección exterior inferior Elsto 0,18 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz; una (1) banda de selección exterior arriba (banda de esponja); un (1) motoreductor para banda de

exterior inferior Elsto 0,18 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz; una (1) banda de selección exterior arriba (banda de esponja); un (1) motoreductor para banda de selección superior externa Elsto 0,18 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz; una (1) banda de selección central media; un (1) motoreductor para banda de selección intermedia Elsto 0,18 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz; y un (1) sensor óptico Sick GTB -10P4221 IR. Este sistema clasifica automáticamente la flor en dos calidades diferenciadas.

5 Un (1) sistema de acumulación en segundo piso para la segunda selección, equipado con: una (1) banda de acumulación de 5.680 × 1.000 mm; un (1) motoreductor Elsto 0,37 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico Sick GTB10P4221 IR; dos (2) bandejas portacables DG 5.000 EV 35 × 100 mm; una (1) banda de transferencia de 1.000 × 1.000 mm; un (1) motoreductor Elsto 0,37 kW / 3 Phase /RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 de 18 dic. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico Sick GTB -10P4221 IR; una (1)

Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico Sick GTB -10P4221 IR; una (1) banda de acumulación de 3.980 × 1.000 mm; un (1) motoreductor Elsto 0,37 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz IE3; un (1) sensor óptico Sick GTB -10P4221 IR; y dos (2 ) soportes ajustables 470 -850 mm. Este sistema mantiene almacenada la segunda selección sin interrumpir la línea principal.

6 Una (1) banda de acumulación selectiva con control neumático, equipada con: un (1) motoreductor Elsto de 0,37 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz IE3; dos (2) soportes ajustables 300-500 mm; dos (2) válvulas de control de velocidad Festo GRLA1/8-QS-8; dos (2) válvulas de control de velocidad Festo GRLA-1/8-QS-6; un (1) cilindro neumático Festo DSNU -32-80-PPS-A; un (1) cilindro neumático Festo DSNU -40-150PPS-A; una (1) electroválvula Festo VUVG -L18-B52-T-G14-1R8L; y una (1) válvula de control de presión Festo LRMA-QS-8. Este módulo regula neumáticamente la retención o liberación de flores.

7 Una (1) banda de alimentación y alineación de tallos, equipada con: una (1) banda de

control de presión Festo LRMA-QS-8. Este módulo regula neumáticamente la retención o liberación de flores.

7 Una (1) banda de alimentación y alineación de tallos, equipada con: una (1) banda de alimentación de 4.000 × 800 mm; dos (2) láseres Z10 -M18-B-638-LG90; un (1) motoreductor Elsto 0,55 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz; un (1) motoreductor para banda de alineación Elsto 0,12 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz; dos (2) sensores ópticos Sick emisor/receptor WS/WE100-P3400; una (1) banda espumada para alineación 800 × 90 mm; una (1) bandeja portacables DG 5.000 EV 35 × 100 mm; y una (1) banda de alineación de 4 × 0,8 metros. Este módulo alinea los tallos para garantizar un corte uniforme.

8 Una (1) unidad de corte de tallos, equipada con: un (1) gabinete eléctrico 1.200 × 800 × 300 mm (componentes, variadores de frecuencia, relés, switches, conectores, abrazaderas, cables); una (1) unidad de corte con dos discos de corte; dos (2) ruedas espumadas de sujeción B4530U001 (art. 906 -196147); y un (1) motoreductor Elsto de 0,55 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230 -400V / 50 Hz. Realiza el corte preciso de longitud del tallo.

9 Un (1) módulo FBM de conteo, agrupamiento y armado de ramos, equipado con: dos (2)

del tallo.

9 Un (1) módulo FBM de conteo, agrupamiento y armado de ramos, equipado con: dos (2) motoreductores sección de agrupamiento Elsto 0,25 kW / 3 Phase / 230 -400V / 50 Hz; dos (2) motoreductores adicionales de sección de agrupamiento Elsto 0,25 kW / 3 Phase / 230-400V / 50 Hz; un (1) motoreductor para banda de elevación Elsto 0,25 kW / 3 Phase / 230-400V / 50 Hz; dos (2) motoreductores para correas módulo agrupamiento Elsto 0,37 kW / 3 Phase / 230 -400V / 50 Hz; un (1) motoreductor para correa módulo agrupamiento Elsto 0,18 kW / 3 Phase / 230 -400V / 50 Hz; un (1) motoreductor para módulo del rotor Elsto 0,37 kW / 3 Phase / 230 -400V / 50 Hz; un (1) motoreductor de banda acumulador FBM 750 × 800 Elsto 0,37 kW / 3 Phase / 230 -400V / 50 Hz; un (1) sensor óptico Sick WT-100-BGB P3419; un (1) sensor mecánico 906-195673; diversas correas (naranja, espuma, verde, buffer); soportes ajustables 1.150 -1.500 mm; una (1) atadora Tyson Binder tipo 24R -FBMX1; y un (1) steppermotor para atadora tipo 24RFBMX / 3 Nm / Type CS -M22430. Agrupa tallos, conforma el ramo y ejecuta el primer amarre.

10 Una (1) banda para instalación manual de capuchones, equipada con: una (1) banda de

FBMX / 3 Nm / Type CS -M22430. Agrupa tallos, conforma el ramo y ejecuta el primer amarre.

10 Una (1) banda para instalación manual de capuchones, equipada con: una (1) banda de separación y encapuche 6 × 1 m; un (1) motoreductor banda de capuchones Elsto 0,55 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz; una (1) pantalla táctil de 10,1” PCAP 24V (10,1” WXGA FPD ind. Display PCAP USB VGA) ARCDIS-110P-BERCOMEX-APL; dos (2) bandejas portacables DG 5.000 EV 35 × 100 mm; un (1) motoreductor para correa de espuma Elsto 0,25 kW / 3 Phase / 230 -400V / 50 Hz. Permite colocar manualmente los capuchones protectores.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 de 18 dic. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

11 Una (1) unidad de amarre final, equipada con: una (1) atadora Tyson Binder tipo 24RFX1 (brazo largo +200 mm); un (1) sensor óptico Bernstein GC -SU1 AD LS; un (1) pisador de espuma (naranja) 3.150 × 50 × 30 mm 3CF; y un (1) steppermotor para atadora Tyson 24R-FX / 3 Nm / Type CS-M22430. Realiza el amarre final del ramo con capuchón.

12 Una (1) banda recolectora de ramos terminados, equipada con: una (1) banda de 2 ×

atadora Tyson 24R-FX / 3 Nm / Type CS-M22430. Realiza el amarre final del ramo con capuchón.

12 Una (1) banda recolectora de ramos terminados, equipada con: una (1) banda de 2 × 0,8 metros; un (1) motoreductor Elsto 0,37 kW / 3 Phase / 1.500 rpm / 230-400V / 50 Hz IE3; y una (1) bandeja portacables DG 5.000 EV 35 × 100 mm. Recoge los ramos terminados para hidratación o embalaje. De acuerdo con lo expuesto, los equipos enumerados del 1 al 12 conforman un conjunto de máquinas y equipos interconectados, diseñados específicamente para la agrupación de flores y conformación de ramos, cumpliendo así con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado (SA) para ser considerados una unidad funcional. Ahora bien, dentro de la nomenclatura del Sistema Armonizado (SA), dicha función no se encuentra comprendida en el texto de ninguna partida del Capítulo 84, razón por la cual le corresponde clasificarse en la Partida 84.79 del SA, conforme a lo dispuesto p or la Regla General Interpretativa 1, citada en el acápite de los fundamentos de derecho. En virtud de lo anterior, este Despacho determina que los equipos enumerados en los ítems 1 al 1 2 conforman la unidad funcional previamente indicada, que de conformidad con lo dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, la mercancía se encuentra comprendida en la partida arancelaria 84.79 que comprende << Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo. >> y en aplicación

dispuesto en la Regla General Interpretativa 1, la mercancía se encuentra comprendida en la partida arancelaria 84.79 que comprende << Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo. >> y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8479.89.90.00 la cual está determinada para << - - - Los demás >> dentro de la subpartida 8479.89 << - - Los demás: >>. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas con función propia que trabajan conjuntamente en la elaboración de ramos de flores, de acuerdo con lo establecido en la N ota 4. de la Sección XVI, y en aplicación de las reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA identificada con Cédula de Ciudadanía No. 37.512.143,en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2 con NIT 830.004.745-8, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud dianaosorio@interandina.comDE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2 con NIT 830.004.745-8, a la direcciones electrónicas informadas en la solicitud dianaosorio@interandina.comrevisionexportaciones@interandina.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600843 de 18 dic. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, CRA 13 NO 28-01OF 402 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

2025-12-18 / 08:01:09 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

Proyecto: MARCELA JOHANNA MARTINEZ FAJARDO

Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNALSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600843Consecutivo Acto 2025Año Calendario 18-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo

830004745Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL

2 Razón Social revisionexportaciones@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 531Planilla Remisión No. 19 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

19 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP LEGAL T/P830004745

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 FEB 2026 Hora: 14:57:03

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 15 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.404 del 19 de febrero de 2026 en la página 55.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600843Consecutivo Acto 2025Año Calendario 18-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

0No.Expediente Impuesto Periodo 830004745.Nit Calidad Actua DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2 Razón Social dianaosorio@interandina.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 531Planilla Remisión No. 19 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

531Planilla Remisión No. 19 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

BOGOTABOGOTA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 0Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:

19 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: SEÑORA: DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA REP LEGAL T/P830004745.

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 FEB 2026 Hora: 14:57:03

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo

No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 15 JAN 2026Fecha Ejecutoria

Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.404 del 19 de febrero de 2026 en la página 55.

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