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DIAN - Resolución 600845 de 2025

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 600845 de 2025
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2025

RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 (18 dic. 2025)

Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria

EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA

SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA

En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes

HECHOS

Mediante radicado No. 235410000002996 de 04 de noviembre de 2025, la señora LINA CABEZA CIFUENTES, identificada con cédula de ciudadanía 52.397.411, mandataria, de la sociedad ALPHEX AGROTECH SOLUTIONS SAS, con NIT 901.834.220-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL DE CRÍA DE AVES DE CORRAL

BIOAGRO - INDUAGRICOLA S.A.S”.

La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos:

− Formato de solicitud SARP en dos (2) páginas. − Mandato aduanero en dos (2) páginas. − Comprobante de pago en una (1) página. − Ficha técnica en veinticinco − Listado de componentes una (1) página.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($1.383.686,00) según transferencia número 8933932 de 29 de octubre de 2025 del Banco de Bogotá.

La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y tres mil seiscientos ochenta y seis pesos MCTE ($1.383.686,00) según transferencia número 8933932 de 29 de octubre de 2025 del Banco de Bogotá.

Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la señora LINA CABEZA CIFUENTES, a la s direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: lcabeza@sfslogistia.com - aduanas@sfslogistia.com; o por correo en la dirección CR 65 45-20, en Medellín - Antioquia

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.

Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 de 18 dic. 2025 Hoja No. 2

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.

Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.

Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de partida:

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas

Regla General Interpretativa 1:

“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”

Nota 4 de la Sección XVI:

“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.”

Nota 2 A) 1) Capítulo 84:

“Salvo lo dispuesto en la Nota 3 de la Sección XVI y la Nota 11 del presente Capítulo, las máquinas y aparatos susceptibles de clasificarse a la vez tanto en las partidas 84.01 a 84.24 o en la partida 84.86, como en las partidas 84.25 a 84.80, se clasifican en las partidas 84.01 a 84.24 o en la partida 84.86, según el caso.

Sin embargo,

A) No se clasifican en la partida 84.19:

1°) las incubadoras y criadoras avícolas y los armarios y estufas de germinación (partida 84.36);”.

Partida 84.36:

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o

84.36);”.

Partida 84.36:

“Las demás máquinas y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadoras avícolas.”

Regla General Interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”

Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 de 18 dic. 2025 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones - artículos 313 a 319, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002996 de 04 de noviembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una

CONSIDERACIONES DEL DESPACHO

Según la información suministrada con el radicado No. 235410000002996 de 04 de noviembre de 2025, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas y aparatos ubicados en un galpón, que se utilizan en la crianza de aves de corral, mediante el siguiente procedimiento:

El proceso de crianza de aves inicia con la recepción de pollitos de un día, que se alojan en un ambiente controlado durante aproximadamente 44 días. En esta etapa inicial, la temperatura y la humedad son factores críticos: se requiere mantener 34 °C en la primera semana y 26 °C en la segunda, junto con una humedad relativa adecuada para evitar estrés y enfermedades respiratorias. El objetivo es garantizar que las aves se adapten rápidamente y comiencen su desarrollo sin complicaciones.

Para lograr estas condiciones, se emplea un conjunto de sistemas que trabajan de manera coordinada. El sistema de calefacción a gas proporciona el calor necesario en los primeros días, mientras que las ventilas y extractores aseguran el recambio de aire y la eliminación de gases nocivos como amoniaco y CO ₂. A medida que las aves crecen y la temperatura requerida disminuye, se activa el sistema de enfriamiento con paneles humidificados y la compuerta túnel, que permite una ventilación tipo túnel para aumenta r el flujo de aire y reducir la temperatura interna. El falso techo y el aislamiento térmico complementan este control, evitando pérdidas de calor y manteniendo la homogeneidad del ambiente.

La alimentación y el suministro de agua son completamente automatizados. Los silos metálicos almacenan el alimento y, mediante un sistema de pesaje conectado al

control, evitando pérdidas de calor y manteniendo la homogeneidad del ambiente.

La alimentación y el suministro de agua son completamente automatizados. Los silos metálicos almacenan el alimento y, mediante un sistema de pesaje conectado al controlador, se distribuye la cantidad exacta a las líneas de comederos accionadas por tornillos sinfín y motorreductores. Los sistemas de bebederos, también controlados electrónicamente, regulan el caudal y la presión según la edad de las aves. Ambos sistemas están suspendidos para ajustarse a la altura requerida y facilitar el manejo durante la salida de los animales. Además, el sistema de iluminación programable manipula el fotoperiodo y la intensidad lumínica para estimular el consumo en los primeros días y reducir la actividad en etapas adultas.

Todo el proceso es supervisado por el controlador Munters Rotem Trio, que actúa como el cerebro del sistema, integrando sensores de temperatura, humedad, presión y amoniaco, y tomando decisiones en tiempo real para garantizar el bienestar animal, la eficie ncia productiva y la posibilidad de monitoreo remoto.

El sistema de cría de aves de corral está diseñado para alojar 61.560 pollos en una nave de 180 metros de largo por 18 metros de ancho y se ubicara en departamento del Atlántico, Colombia, en la región caribeña, al suroeste de Barranquilla en las coordenadas 10°37′41.6″ N, 74°48′17.2″ O.

Los componentes del sistema son:

1. Un (1) sistema de falso techo y aislamiento térmico, dispuesto con: siete (7) rollos de

10°37′41.6″ N, 74°48′17.2″ O.

Los componentes del sistema son:

1. Un (1) sistema de falso techo y aislamiento térmico, dispuesto con: siete (7) rollos de zuncho (3203 mts), cinco (5) rollos de tela CF (3,81 m × 184,7 m), ciento setenta y

dos (172) rollos de fibra de vidrio (16,3 m × 1,2 m × 75 mm) y catorce (14) rollos d eRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 de 18 dic. 2025 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

cinta CF-Tape de 4" (50 m). Función: Generar que el flujo del aire sea homogéneo en todo el galpón para crear las temperaturas objetivo y garantizar que las condiciones climáticas creadas por los demás sistemas se mantengan dentro del galpón.

2. Un (1) sistema de enfriamiento, dispuesto con: dos (2) kits MPG de dos paredes, cada uno compuesto por una (1) caja roja con elementos base de 6 metros que incluye dos piezas de tanques de agua inferior (de 3 m y 2,85 m) y el soporte de conexión de suminis tro; cuatro (4) cajas amarillas con elementos centrales de 6 metros que contienen dos piezas de tanque de agua inferior (3 m cada una); una (1) caja gris con kit de distribución que incluye tuberías, uniones y codos para conectar la bomba al sistema; una ( 1) caja negra con bomba de agua; y ciento veinte (120)

caja gris con kit de distribución que incluye tuberías, uniones y codos para conectar la bomba al sistema; una ( 1) caja negra con bomba de agua; y ciento veinte (120) paneles de humidificación en papel de celulosa con dimensiones de 0,6 m de ancho × 1,8 m de alto × 0,15 m de espesor. Función: Reducir la temperatura ambiente del galpón y agregar humedad al aire, gara ntizando confort térmico para las aves; en climas cálidos extremos permite una recirculación continua de agua.

3. Un (1) sistema de ventilación, dispuesto con: diecisiete (17) extractores con estructura metálica y plástica. Función: Extraer el aire que ingresa al galpón por las ventilas, la compuerta túnel y el sistema de enfriamiento, permitiendo generar la temperatura ambiente requerida y realizar el recambio de aire necesario para las aves según su edad.

4. Un (1) sistema de equipamiento y control, dispuesto con: un (1) controlador, un (1) termostato digital, cinco (5) sondas de temperatura, una (1) sonda de humedad relativa, un (1) kit de alarma de emergencia compuesto por una caja plástica, una sirena y una alarma, y una (1) caja de extensión. Función: Actuar como el cerebro del sistema, unificando el funcionamiento de todos los equipos para mantener condiciones óptimas en el galpón; además, permite monitoreo y control automático de temperatura, humedad y ventilación, con respaldo mediante termostato y alarmas ante fallas o pérdida de energía.

5. Un (1) sistema de comedero, dispuesto con: trescientos (300) tubos de comedero

de temperatura, humedad y ventilación, con respaldo mediante termostato y alarmas ante fallas o pérdida de energía.

5. Un (1) sistema de comedero, dispuesto con: trescientos (300) tubos de comedero metálicos de 3 metros de largo y 45 mm de diámetro, diez (10) tornos centrales de 300 lb, novecientos (900) metros de tornillo sin fin diámetro 45 mm (AUGER), diez (10) tolvas comedero plásticas, trescientas treinta (330) poleas medianas de 1 7/8", cincuenta (50) poleas grandes de 3 1/2", diez (10) sensores capacitivos con cable encauchetado, cuatrocientos veinte (420) perros metálicos de 3/16", diez (10) motoreductores trifásico s para comedero y trescientas dos (302) abrazaderas metálicas para asegurar la estructura. Función: Distribuir el alimento al interior del galpón de forma longitudinal.

6. Un (1) sistema de bebedero, dispuesto con: veintiséis (26) válvulas de bola o llaves de paso en PVC, seis (6) universales PVC de 3/4", seiscientos (600) tubos redondos de 3 metros de longitud por 26,7 mm de diámetro, sesenta y cuatro (64) tubos PVC de 3 me tros, seiscientos (600) tubos plásticos cuadrangulares de 3 metros, veinticinco (25) T PVC de 3/4", veinte (20) T PVC de 2" con reducción a 3/4", veinticuatro (24) soportes para tubo PVC de 2", veinticuatro (24) soportes para tubo

veinticinco (25) T PVC de 3/4", veinte (20) T PVC de 2" con reducción a 3/4", veinticuatro (24) soportes para tubo PVC de 2", veinticuatro (24) soportes para tubo PVC de 3/4", veinte (20) reguladores de inicio, cuarenta y cinco (45) racores para manguera PVC, setecientas (700) poleas pequeñas de 7/8", un (1) manómetro de agua, sesenta (60) metros de manguera de riego de 1/2", veinte (20) malacates, siete mil doscientos (7.200) niples, veint e (20) finales de línea, un (1) filtro bebedero de 3/4", dos (2) filtros bebedero, un (1) Dosatron, un (1) contador de agua, diez (10) codos PVC de 3/4", veintidós (22) codos PVC de 2", un (1) buje PVC de 3/4", seisRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 de 18 dic. 2025 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

(6) adaptadores hembra de 3/4", veinte (20) accesorios para regulador de inicio, veinte (20) accesorios para final de línea y setecientas (700) platinas de sujeción para polea pequeña. Función: Distribuir el agua al interior del galpón de forma longitudinal, garantizando el suministro adecuado y regulado para las aves, con posibilidad de medición de presión, filtrado y dosificación de medicamentos.

para polea pequeña. Función: Distribuir el agua al interior del galpón de forma longitudinal, garantizando el suministro adecuado y regulado para las aves, con posibilidad de medición de presión, filtrado y dosificación de medicamentos.

7. Un (1) sistema de ventilas, dispuesto con: ochenta (80) ventilas MWI, cuatro (4) resortes contra fuerza (spring for vents), ciento ochenta y cuatro (184) poleas pequeñas de 7/8", cuatro (4) poleas compuerta panel negras, ochenta y cinco (85) perros metálicos de 3/16" y dos (2) piezas Electro Cylinder 630300 (actuadores de ventila o máquinas para ventila Choretime Vent Machine de 26"). Función: Mantener una ventilación mínima requerida, y permitir un recambio de aire en el galpón que garantice niveles adecua dos de oxígeno, bajos niveles de humedad relativa y amoniaco.

8. Un (1) sistema de compuerta túnel, dispuesto con: setenta y cinco (75) poleas medianas de 1 7/8", setenta y seis (76) perros metálicos de 3/16" (cable clamp galvanizado), una (1) máquina compuerta túnel Choretime Tunnel Machine de 48", dos (2) malacates de 1.100 libras tipo “piso” y dos (2) poleas compuerta panel negras. Función: Generar una ventilación tipo túnel dentro del galpón cuando la demanda de aire aumente para disminuir la temperatura, y mantener una presión estática objetivo que permita un ingreso uniforme del aire.

9. Un (1) sistema de calefacción, dispuesto con: cuatro (4) turbocalentadores. Función: Generar calor mediante combustión para mantener la temperatura objetivo dentro

estática objetivo que permita un ingreso uniforme del aire.

9. Un (1) sistema de calefacción, dispuesto con: cuatro (4) turbocalentadores. Función: Generar calor mediante combustión para mantener la temperatura objetivo dentro del galpón.

10. Un (1) sistema de almacenamiento y pesaje, dispuesto con: dos (2) silos de alimentación, dos (2) raseras plásticas con tapa metálica, dos (2) botas plásticas, dos (2) motoreductores trifásicos, dos (2) sensores capacitivos, diez (10) unidades de manguera de 3” (50 cm), seis (6) curvas PVC de 3” (presión) diámetro 90, dos (2) kits de pesaje LOAD CELL 10 BP compuestos por cuatro (4) células de pesaje RSLC, dos (2) cajas suma y una (1) unidad RSU, ocho (8) bocas de caída en “T” con lengüeta de paso (diámetro 9 0) y cuarenta y nueve (49) metros de tornillo sin fin diámetro 90. Función: Almacenar el alimento de manera eficiente e higiénica, garantizar precisión y control en el suministro, reducir desperdicios y permitir la automatización, control y monitoreo de la cantidad de alimento proporcionado a las aves según su edad.

11. Un (1) sistema de iluminación, dispuesto con: diez (10) cables de unión, ciento setenta y siete (177) soportes para instalación, dos (2) prensas, dos (2) dimmers, treinta y tres (33) tapas de final, setecientos (700) metros de cable de iluminación, dos (2) cables de conexión de 65 metros, un (1) cable de conexión de 80 metros, un

treinta y tres (33) tapas de final, setecientos (700) metros de cable de iluminación, dos (2) cables de conexión de 65 metros, un (1) cable de conexión de 80 metros, un (1) conector y ciento setenta y siete (177) luminarias LED con estructura en aluminio y plástico para su instalación y funcionamiento. Función: Manipular el fotoperiodo de las aves (cantidad de horas de luz al día) y la intensidad lumínica para incentivar o frenar el consumo de alimento, regulando la cantidad de LUX o lúmenes generados a nivel de las aves.

De acuerdo con lo anterior, se establece que la combinación de máquinas y aparatos listados en los numerales 1 al 11 trabajan conjuntamente para la crianza de pollos desde un día de nacidos, de conformidad con la Nota 4 de la Sección XVI, la Nota 2 A) 1) d el Capítulo 84 y la Regla General Interpretativa 1 se encuentra comprendido en la partida 84.36 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado la cual establece “Las demás máquinasRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 de 18 dic. 2025 Hoja No. 6

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

y aparatos para la agricultura, horticultura, silvicultura, avicultura o apicultura, incluidos los germinadores con dispositivos mecánicos o térmicos incorporados y las incubadoras y criadores avícolas” ; y conforme a la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “- - Incubadoras y criadoras”

criadores avícolas” ; y conforme a la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas la cual está determinada para “- - Incubadoras y criadoras”

En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,

RESUELVE

ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8436.21.00.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de máquinas y equipos que trabajan conjuntamente para la cría de aves de corral, y de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XV y la Nota 2 A) 1) del Capítulo 84, aplicando las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones

ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora LINA CABEZA CIFUENTES identificada con cédula de ciudadanía No. 52.397.411, mandataria de la sociedad ALPHEX AGROTECH SOLUTIONS SAS, con NIT 901.834.220 -1, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: lcabeza@sfslogistia.com - aduanas@sfslogistia.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021.

De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, CR 65 45-20 en Medellín - Antioquia o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.

ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica

ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASERESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600845 de 18 dic. 2025 Hoja No. 7

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________

2025-12-18 / 08:55:35 P. M.

De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

HECTOR ARTURO GARAY LEAL

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: SANDRA LUCILA PULIDO DIAZ

Revisó: LEONARDO RICOSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600845Consecutivo Acto 2025Año Calendario 18-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

16No.Expediente Impuesto Periodo 52397411Nit Calidad Actua LINA ANDREA CABEZA CIFUENTES MAND. ALPHEX AGROTECH SOLUTIONS SASRazón Social CR 65 45-20 en Medellín - AntioquiaDirección 5Departamento 1Municipio

Tipo Notificación: CORREO

ARTICULO 763 Y 764 DEL DECRETO 1165Articulo Notifica: 548Planilla Remisión No. 30 DEC 2025Fecha Pl Remisión 850Planilla Correo No. 30 DEC 2025Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. 30-DEC-2025Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

MEDELLINANTIOQUIA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado 2025Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto: 02 JAN 2026Fecha Notificación: 02 JAN 2026Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: T/P

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 FEB 2026 Hora: 14:57:42

Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo No. Prueba de Entrega:Tipo Correo: MENSAJERIA EXPRESA 2169842852 20 JAN 2026Fecha Ejecutoria Correo Correo Correo Correo Correo Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2

Correo Correo Correo Correo Correo Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.404 del 19 de febrero de 2026 en la página 57.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA

COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia

RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto

601Codigo Acto 2025003980600845Consecutivo Acto 2025Año Calendario 18-DEC-2025Fecha Acto

Estado del Acto: EJECUTORIADO

16No.Expediente Impuesto Periodo 52397411.Nit Calidad Actua LINA ANDREA CABEZA CIFUENTES MAND. ALPHEX AGROTECH SOLUTIONS SASRazón Social CR 65 45-20 en Medellín - AntioquiaDirección 5Departamento 1Municipio

Tipo Notificación: CORREO

ARTICULO 763 Y 764 DEL DECRETO 1165Articulo Notifica: 548Planilla Remisión No. 30 DEC 2025Fecha Pl Remisión 850Planilla Correo No. 30 DEC 2025Fecha PL Correo

Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. 30-DEC-2025Fecha Pl. Devolución:

Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado

MEDELLINANTIOQUIA

REPRESENTANTE LEGAL

Representado

2025Año Gravable ADRégimen

Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto: 02 JAN 2026Fecha Notificación: 02 JAN 2026Fecha Recepción Prueba de Ent.

C.C. Noti Personal: T/P

Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 23 FEB 2026 Hora: 14:57:42

Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo No. Prueba de Entrega:Tipo Correo: MENSAJERIA EXPRESA 2169842853 20 JAN 2026Fecha Ejecutoria Correo Correo Correo Correo Correo Observaciones

LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA

FUNCIONARIO NOTIFICADOR

COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES

CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:

2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.404 del 19 de febrero de 2026 en la página 57.

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