DIAN - Resolución 600877 de 2025
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 600877 de 2025
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2025
RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 (29 dic. 2025)
Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria
EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes
HECHOS
Mediante radicado No. 235410000002704 de l 25 de agosto de 2025, la Sra. MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, identificada con cédula de ciudadanía 45.555.683, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, mandataria de la sociedad IRRIGACION E INDUSTRIA DE COLOMBIA S .A.S, con NIT 800.224.148 -5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria ordinaria para la mercancía denominada técnica y comercialmente
como “SISTEMA DE RIEGO POR GOTEO PARA AROMÁTICAS”.
La interesada adjuntó a la solicitud copia de los siguientes documentos:
- Formato de solicitud SIE –SARP en cuatro (4) páginas. - Fichas técnicas en veintiocho (28) páginas. - Plano en dos (2) páginas. - Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad Irrigación E Industria De Colombia S.A.S., en diez (10) páginas.
- Fichas técnicas en veintiocho (28) páginas. - Plano en dos (2) páginas. - Certificado de Existencia y Representación Legal de la sociedad Irrigación E Industria De Colombia S.A.S., en diez (10) páginas. - Documento anexo 1 – sistema de regiego por goteo 4 - Descripción general del producto en dieciocho (18) páginas. - Documento anexo 2 – sistema de riego por goteo 4 listado de equipos en formato Excel en una (1) hoja. - Mandato aduanero en una (1) página. - Comprobante de pago en una (1) página.
La solicitante pagó un millón trescientos ochenta y cinco mil pesos MCTE ($ 1.385.000,00) según consignación número 10730104 del 23 de agosto de 2025 del Banco de Bogotá.
Mediante Requerimiento de Información - RI No. S2025000100165398000781 del 19 de septiembre de 2025 este Despacho solicitó a la usuaria:
1. “Indicar quién debe ser notificado del acto administrativo correspondiente en el marco
de la solicitud de clasificación arancelaria, teniendo en cuenta que el mandante haRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 de 29 dic. 2025 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
conferido poder especial a la señora Julieta Navarro Gómez, quien firma como representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1. No obstante, en el formato de solicitud del sistema SIE SARP, se señala como destinataria
representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1. No obstante, en el formato de solicitud del sistema SIE SARP, se señala como destinataria de la notificación a la señora Martha Cecilia Villanueva Ariza, quien también figura como representante legal. Se solicita aclarar esta discrepancia y confirmar la persona que debe recibir la notificación oficial.
2. Precisar la ubicación geográfica exacta (dirección del predio: vereda, nombre de la finca, lote, carretera, kilometro, etc.) dentro del municipio de Zipaquirá y ratificar si los componentes de la solicitud cubren el total del área a irrigar que es de 8 hectáreas.
3. Confirmar si las tuberías utilizadas para conducir el agua desde la bomba Diesel hacia los filtros de anillas están incluidas en la solicitud de clasificación arancelaria. En caso afirmativo, especificar sus características técnicas (tipo, longitud, diámet ro, presión nominal), cantidad y unidad de medida.
4. Determinar la presión de trabajo requerida para la conducción del fluido hasta las líneas de goteo.”
Con ocasión de la reunión técnica virtual realizada el 25 de septiembre de 2025, la usuaria y los representantes del proveedor expusieron de manera detallada las características, el flujo operativo y el control del denominado sistema de riego. La copia del “Acta de Reunión.pdf” obra como parte de los antecedentes de la solicitud en el sistema SIE SARP. La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000849 del 25 de noviembre de 2025, con cinco (5) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.
La usuaria responde mediante escrito radicado No. E2025000100165398000849 del 25 de noviembre de 2025, con cinco (5) páginas, renunciando al término restante para atender el requerimiento en mención.
Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique a la Sra. MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA, a las direcciones electrónicas manifestadas por la interesada: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com; o por correo en la dirección Barrio Martínez Martelo Transversal 34 #19 - 85, en Cartagena - Bolívar.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001.
Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8ª de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones.
Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y texto de Partida:
Regla General Interpretativa 1:
“Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas
indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los t extos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:”RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 de 29 dic. 2025 Hoja No. 3
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
Nota 4 de la Sección XVI:
“Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamen te definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.”
Texto de Partida 84.24:
“Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”
Regla General Interpretativa 6:
“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden comp ararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.”
Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
Resolución 046 de 2019 de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y sus modificaciones – artículos 313 a 319 mediante la cual se reglamentan las solicitudes de resolución de clasificación arancelaria ordinarias.
CONSIDERACIONES DEL DESPACHO
Según la información suministrada con l os radicados Nos. 235410000002704 de 25 de agosto de 2025 y E2025000100165398000849 del 25 de noviembre de 2025 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de aparatos destinados a desempeñar la función de riego de cultivos, y que funciona mediante el siguiente proceso:
El proceso de riego se lleva a cabo de manera secuencial y controlada para garantizar una distribución eficiente del agua a las plantas. En primer lugar, el agua de lluvia se recolecta y almacena en un reservorio, que actúa como fuente principal de suminis tro. Desde allí, el agua es bombeada mediante un equipo Diesel hacia el centro de cabecera, donde se realiza el tratamiento previo: un filtrado físico, a través de una batería de filtros de anillos, que elimina impurezas y partículas sólidas, y una dosific ación química que consistente en la inyección de cloro para desinfectar el agua.
que elimina impurezas y partículas sólidas, y una dosific ación química que consistente en la inyección de cloro para desinfectar el agua.
Una vez tratada el agua fluye por la canalización primaria y secundaria hasta llegar a las parcelas de cultivo, donde el paso del caudal es controlado mediante válvulas solenoides.
Posteriormente, el agua es distribuida a través del sistema de riego por goteo, el cual suministra el recurso directamente a la base de cada planta mediante líneas de goteo con goteros, optimizando el uso del agua. Finalmente, cuando se requiere realizar el mantenimiento del sistema, se presurizan las líneas de goteo y se procede a la apertura deRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 de 29 dic. 2025 Hoja No. 4
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las válvulas de final de línea para efectuar la limpieza por arrastre, eliminando sedimentos o materiales acumulados que puedan obstruir los goteros, asegurando así el correcto funcionamiento del sistema de riego.
En cuanto a las presiones de trabajo requeridas a lo largo del sistema de riego estas se encuentran en un rango entre: 3 – 4 bar (44 – 60 psi) en la etapa de captación, 2,8 – 3,5 bar (40 – 50 psi) en la etapa de descarga centro de cabecera (Batería de filtrado e inyección de cloro), 2 – 2.5 bar (30 – 35 psi) en la etapa de descarga canalización primaria (aguas
bar (40 – 50 psi) en la etapa de descarga centro de cabecera (Batería de filtrado e inyección de cloro), 2 – 2.5 bar (30 – 35 psi) en la etapa de descarga canalización primaria (aguas arriba válvula solenoide y de 1 – 1.5 bar (14,5 – 22 psi) en la etapa de Aplicación (goteo), presión que garantizada por los equipos de bombeo y por el diseño hidráulico del sistema.
El sistema de riego será instalado en la etapa 4 de la Hacienda San Antonio en las inmediaciones de Nemocón (Cundinamarca) en un área total de 8 hectáreas. Los elementos que hacen parte del sistema son:
Centro de cabecera:
1. Un (1) equipo de bombeo diésel compuesto por un motor diésel integrado; un cuerpo, un impulsor y un acople intermedio en hierro fundido; empaques en buna nitrilo y un sello mecánico en carbón/cerámica/buna-n. Características técnicas según ficha técnica anexa: conexión de succión y de descarga 3 pulgadas, altura (ADT) máx. 54 m, caudal máx. 175 gpm, caudal medio 100 gpm, altura media 49 m, motor diésel potencia 10 hp, velocidad 3600 rpm , peso 78 kg , dimensiones 0.66/0.44/0.6 m. Función permite abastecer la canalización primaria con el agua del reservorio proporcionando las condiciones de caudal y presión requeridas para la operación adecuada del sistema.
2. Cuatro (4) filtros de anillos compuestos por una coraza plástica (polipropileno) en cuyo
condiciones de caudal y presión requeridas para la operación adecuada del sistema.
2. Cuatro (4) filtros de anillos compuestos por una coraza plástica (polipropileno) en cuyo interior se encuentra el elemento filtrante (discos polipropileno - malla en acero inoxidable), constituido por anillos plásticos ranurados apilados, los cuales permit en el paso del agua y retienen el material de tamaño menor a las ranuras (sólidos en suspensión y material orgánico fino). Cuenta con tuerca de cierre en poliamida, reforzada con fibra de vidrio y juntas en caucho de nitrilo -butadieno (NBR). Función: permitir la retención de los sólidos suspendidos más gruesos, así como la remoción del material orgánico y suspendido más fino.
3. Un (1) galápago de derivación diseñado para efectuar derivaciones a las tuberías de polietileno; únicamente mediante su instalación y la perforación de un orificio del diámetro de derivación requerido, evitando realizar el corte de la misma, cuerpo y tapa en copolímero de polipropileno negro con alto nivel de estabilización a los rayos UV, empaque O-Ring o junta tórica en NBR negro, anillo de refuerzo en acero inoxidable, tuercas y tornillos en acero zincado . Función es efectuar la derivación correspondient e a la descarga de la unidad de inyección; conformada por la bomba dosificadora y el depósito de cloro.
4. Una (1) bomba dosificadora con motor eléctrico con diferentes tipos de piñones (1 inyección o 2 inyecciones, inyección estándar), juntas tóricas (O -Ring) en caucho de
depósito de cloro.
4. Una (1) bomba dosificadora con motor eléctrico con diferentes tipos de piñones (1 inyección o 2 inyecciones, inyección estándar), juntas tóricas (O -Ring) en caucho de
(NBR), rodamiento, arandelas elásticas onduladas, tornillos y arandela. Función: es permitir la dosificación de una solución de cloro, con una concentración entre 1 y 2 ppm al agua con la cual se abastece el sistema de riego, esto con el fin de prevenir la proliferación de algas o macroorganismos que puedan generar taponamiento de la red de superficie.
5. Un (1) agitador de turbina, con motor eléctrico, tornillos, brida para agitador , arandela
eje agitador, acople eje agitador, arandela eje agitador, anillo eje agitador, eje agitadorRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 de 29 dic. 2025 Hoja No. 5
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y turbina agitador para 60 Hz . F unción: homogenizar la solución de los productos clorados y el agua mediante una turbina, asegurando la eficacia del proceso de desinfección del agua de riego y evitando la proliferación de algas y otros microorganismos que puedan generar taponamiento en la red de superficie gota a gota con goteros.
Canalizaciones primarias y secundarias:
6. Mil ochocientos (1800) metros de tubería lisa de polietileno, longitud: 12 m, diámetro: 2”
con goteros.
Canalizaciones primarias y secundarias:
6. Mil ochocientos (1800) metros de tubería lisa de polietileno, longitud: 12 m, diámetro: 2” (63 mm), Presión Nominal: PN4 (4 bares – 0,4 MPa – 60 psi), con gran resistencia a la radiación UV y agentes orgánicos del suelo, fabricado mediante la extrusión de polietileno virgen de alta calidad. Función: conducción del agua desde el centro de cabecera, hasta los conductos gota a gota con goteros que suminist ran el agua a cada una de las parcelas de riego determinadas.
7. Cinco (5) válvulas solenoide de operación hidráulica accionada s por diafragma, fabricada en nylon reforzado de fibra de vidrio de calidad industrial y larga duración. Está diseñada para funcionar dentro de un amplio rango de presiones y caudales, desde el goteo hasta el flujo máximo Función: controlar la apertura o cierre del módulo de riego; permitiendo el paso de agua desde la canalización primaria, hacia la secundaria y controlando de esta manera, el suministro para cada una de las parcelas que dependen de dicho módulo.
8. Cinco mil doscientos ochenta (5280) silletas de goteo de 12 y 16 mm fabricado s en polietileno, goma termoplástica que soporta 80 °C y 4 bares. Función; se utiliza para efectuar la derivación de la canalización secundaria a la red de superficie gota a gota con goteros.
9. Cinco mil doscientos ochenta (5280) conectores por goteo fabricados en polipropileno y
efectuar la derivación de la canalización secundaria a la red de superficie gota a gota con goteros.
9. Cinco mil doscientos ochenta (5280) conectores por goteo fabricados en polipropileno y fibra de vidrio . Función: permite conectar la silleta instalada sobre la canalización secundaria a la red de superficie.
Red de superficie:
10. Trescientos dieciséis mil ochocientos (316800) metros de líneas y cintas de riego, manguera fabricada en polietileno, extruida con goteros de flujo turbulento insertados a lo largo de esta, que cuentan con un pre -filtro, como mecanismo de seguridad, para evitar el taponamiento prematuro del gotero . F unción: distribuir el agua de manera uniforme y localizada al cultivo, mediante conductos gota a gota con goteros.
11. Cinco mil doscientos ochenta (5280) válvulas de goteo, diseñadas con espigo para un fácil agarre para los tubos de PE con una resistencia a la presión de hasta 4 bar (58 psi), resistente a impactos, rayos UV y químicos para un rendimiento duradero; este accesorio consiste en una válvula o registro con conexiones tipo espigo a ambos lados para tubería de polietileno; la cual, proporciona la posibilidad de controlar manualmente el drenaje de las líneas o cintas de riego.
De acuerdo con lo anterior, los componentes enumerados conforman un conjunto de aparatos que realizan el riego de un área de cultivo determinada, conformado un sistema de riego por goteo. Esta configuración funcional cumple con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerada una unidad
aparatos que realizan el riego de un área de cultivo determinada, conformado un sistema de riego por goteo. Esta configuración funcional cumple con los criterios establecidos en la Nota 4 de la Sección XVI del Sistema Armonizado, para ser considerada una unidad funcionalRESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 de 29 dic. 2025 Hoja No. 6
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En conclusión, este Despacho determina que los componentes listados en los numerales 1 a 11 conforman la unidad funcional previamente identificada, cuya función es el riego de un área de cultivo, como un sistema de riego por goteo, que en aplicación de la Nota 4 de la Sección XVI y según la Regla General Interpretativa 1 le corresponde clasificarse en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, el cual señala para esta partida «Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.» y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, la cual está determinada para “sistemas de riego por goteo o aspersión”, contenida en la subpartida 8424.82 «- - Para agricultura u horticultura:»
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo
aspersión”, contenida en la subpartida 8424.82 «- - Para agricultura u horticultura:»
Teniendo en cuenta lo establecido en el artículo 1° de la Resolución 200 de 19 de marzo de 2025, el servicio de clasificación arancelaria para unidad funcional tiene un valor equivalente a UN MILLÓN TRESCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y SEIS PESOS MCTE ($1’383.686) incluido el IVA. De acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL TRESCIENTOS CATORCE PESOS MCTE ($1.314), del cual podrá solicitar devolución conforme lo señalado en el artículo 8° ibidem.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como una combinación de aparatos que trabajan conjuntamente como un sistema de riego por goteo, de acuerdo con lo establecido en la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de las Reglas generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE
Resolución a la señora MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA identificada con cédula de ciudadanía No. 45.555.683, en calidad de representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1, con NIT 800.053.508-9, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud: auditoria@siasudeco.com - mvillanueva@siasudeco.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por la usuaria, en el Barrio Martínez Martelo Transversal 34 # 19 - 85 en Cartagena - Bolívar o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede el recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera , el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 41 del
Decreto 659 de 2024 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.RESOLUCIÓN NÚMERO 2025003980600877 de 29 dic. 2025 Hoja No. 7
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria Ordinaria _______________________________________________________________________________
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial y en la página web de la DIAN, de conformidad con el artículo 319 de la Resolución 46 de 2019 modificado por el artículo 114 de la Resolución 39 de 2021, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.
ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
2025-12-29 / 04:00:12 P. M.
De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: RICARDO HERRERA DAZA
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZSUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600877Consecutivo Acto 2025Año Calendario 29-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo
800053508Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social
auditoria@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 546Planilla Remisión No. 30 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución:
Fecha Fijación Edicto: 30 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 25 FEB 2026 Hora: 15:42:07
Páginas 1 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 23 JAN 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.405 del 20 de febrero de 2026 en la página 57.SUBDIRECCION TECNICA ADUANERA
COORDINACION DE CLASIFICACION ARANCELARIADependencia
RESOLUCION POR LA CUAL SE EXPIDE UNA CLASIFICACION ARANCELARIADescripción Acto
601Codigo Acto 2025003980600877Consecutivo Acto 2025Año Calendario 29-DEC-2025Fecha Acto
Estado del Acto: EJECUTORIADO
0No.Expediente Impuesto Periodo 800053508.Nit Calidad Actua MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP. LEG. AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A. NIVEL 1Razón Social mvillanueva@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica:
mvillanueva@siasudeco.comDirección 11Departamento 1Municipio Tipo Notificación: CORREO ELECTRONICO ART. 759 DEC. 1165 DE 2019, MOD. ART 137 DEL DEC 360 DE 2021Articulo Notifica: 546Planilla Remisión No. 30 DEC 2025Fecha Pl Remisión Planilla Correo No. Fecha PL Correo
Fecha Correo Dev: Planilla Devolución No. Fecha Pl. Devolución:
Certificación Acto Administrativo MASIVOIngresado
BOGOTABOGOTA
REPRESENTANTE LEGAL
Representado 0Año Gravable ADRégimen
Motivo Devolución: Fecha Fijación Edicto:
30 DEC 2025Fecha Notificación: Fecha Recepción Prueba de Ent.
C.C. Noti Personal: SEÑORA: MARTHA CECILIA VILLANUEVA ARIZA REP LEGALT/P800053508.
Fecha Desfijación: Publicado en Periodico: Fecha de Impresión: 25 FEB 2026 Hora: 15:42:07
Páginas 2 de Not_Consecutivo_acto.rep Acto ya Notificado: El Acto no se ha remitido al Area Tecnica y/o Archivo
No. Prueba de Entrega: Tipo Correo: 23 JAN 2026Fecha Ejecutoria
Observaciones
LUÍS ALBERTO MUNEVAR RIVERA
FUNCIONARIO NOTIFICADOR
COORDINACION DE CORRESPONDENCIA Y NOTIFICACIONES
CORREALES LEAL LUZ DARYProyectó:
2 Se certifica que este acto administrativo fue publicado en Diario Oficial edición N. 53.405 del 20 de febrero de 2026 en la página 57.