🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 604 de 03-02-2021

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 604 de 03-02-2021
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2021

—— DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA _ RESOLUCIÓN NÚMERO 000604. (03 FEB 2021) Por la cual se E una Resolución de Clasificación Arancelaria .. e a Petición de Cualquier Interesado. ' LA JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DEL SERVICIO DE ARANCEL DE LA - SUBDIRECCIÓN DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA - | En uso de las facultades legales que le confiere el Artículo 42 de la Resolución 001 1 de 2008 y led en cuenta los siguientes, ES HECHOS Mediante radicado No. ESGTA202000489 del 09 de octubre de 2020, el señor Matthieu . Paul. Tenenbaum, identificado con cédula de extranjería 703.687, en calidad derepresentante legal de la empresa RENAULT SOCIEDAD DE FABRICACION DE - AUTOMOTORES S.A.S., con NIT 860.025.792 -3, presentó una solicitud de resolución de : clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado, para la mercancía denominada técnica y comercialmente como TAPIZ piso baúl o maletero”. : El interesado adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud en un (01) folio, o descripción de la mercancía en un (01) folio, catalogo en un (01) folio y recibo de pago en. un (01) folio. o o El solicitante pagó cuatrocientos treinta y nueve mil pesos mete 63 439. 000), según transferencia del 09 de octubre de 2020 de Bancolombia al banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional ofiiccii o No. 100227342. 1577 del 28 de

octubre de 2020 - radicado virtual No. 00052020906637 del 30 de octubre de 2020, esta Coordinación solicitó al usuario especificar las dimensiones, peso, presentación y empaque del producto analizado, aclarar si el tapiz es removible, Señalar el porcentaje de . - participación de cada componente dentro del bien final, Explicar la función que cumplen las - “Fibras resultantes del proceso de la confección” y “Fibras de polipropileno y componente - de bajo punto de fusión”. Con escrito radicado virtual No. 000S2020919617 del 16 de " diciembre de 2020, el interesado atiende el requerimiento de información en tos términos solicitados, en tres (03) folios, sin renunciar al termino restante para dar respuesta. Por medio del formato de solicitud, se indicó que se notifique a Señor Matthieu Paul Tenenbaum, en la Carrera 49 $$ 39 sur 100 en Envigado, Antioquigo,) : RESOLUCIÓN NÚMERO 000604 de 03 FEB 2021 HojaNo.2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 812 de 2016 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto Único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de

Cartagena. l : Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones, por. el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. ' Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capítulo y, sí no:son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 87.08: "Partes y accesorios de vehículos automóviles de las partidas eb 01 a 87. 05.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente . - por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario. » Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional — Artículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atenciónde las solicitudes de clasificaciónarancelaria a petición de cualquier interesado.

Resolución 046 de 2019, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - Artículos : 313 y 314, mediante la cual se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a

petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | En la información allegada mediante radicados Nos. ESGTA202000489 del 09 de octubre de 2020 y 000S2020919817 del 16 de diciembre de 2020, el producto objeto de clasificación arancelaria se describe como una manufactura empleada para recubrir el piso del baúl o maletero de los vehículos, que presenta la siguiente composición: a Alfombra en fieltro 500 +/- 5 Gr/ m2 Total, Fibra. 350O grIm2 +/- 5% PES (100) + Látex -SBR 150 gr/m2 +/-5%. Ñ RESOLUCIÓN NÚMERO 000604, de 03 FEB 2021 Hoja No. 3 o Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado -= «Fieltro de:10 mm fabricado con fibras de poliéster en cables continuos de alta tenacidad, o -- Fibras resultantes del proceso de la confección. - 0% ÓN “Fibras de polipropileno y componente de bajo punto de fusión: - - . Pegante hot melt a base de polímeros termoplásticos. y - Látex Litex material acuoso de un copolímero de estirenobutadieno carboxilato. -- Coagulante Látex - Carbonato de calcio natural. - — Novaprint Negro, colorante para mezcla de látex. - - - Lamina de MDF aglomerado de madera de eucalipto, espesor de 3 mm. - — Etiqueta adhesiva de identifi icación.

  • Se encuentra elaborado con forma ractardita y es adherido en cada extremo por fieltro, lo : que permite que el mismo sea removible, sirve como cubierta para el almacenamiento del. equipaje y mejora la apariencia y acabado al interior del vehículo. : | Se presenta en piezas individuales. sin empaques, y cuenta con dimensiones de 1 ms de ancho por 1 6 mts de largo y pesa 4.2 kg. : ter dos - De “acuerdo con lo anterior, arancelariamente el producto corresponde" a una alfombra, AS removible, empleada en los baúles de los vehículos automóviles, que en aplicación de la -.|- Regla General interpretativa 1 está comprendido en la partida 87.08 de la Nomenclatura |. del Sistema: Armonizado y en acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en. la subpartida, 8708. 29. 90. 00 del Arancel de Aduanas. -En mérito de lo: anteriormente expuesto, la Jefe (A) de la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía 2 descrita. en la presente resolución, en la: subpartida 8708.29.90.00 del Arancel de Aduanas, como una alfombra empleada en los -. - baúles de los vehículos automóviles, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del Sistema Armonizado, contenido en el Decreto 2153 de 2016 y sus modificaciones. : : ARTÍCULO SS EGUNDO. Notificar por correo o de manera subsidiaria mediante aviso enn el z - sitio web de la DIAN, al Señor Matthieu Paul Tenenbaum, identificado con cédula de.

extranjería 703.687, representante legal de la sociedad Renault Sociedad de Fabricacion de Automotores S.A.S., en la Carrera 49 + 39 sur 100 en Envigado, Antioquia, deconformidad con los Artículos 755, 756, 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y Artículo 319: de la Resolución Reglamentaria 0046 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo : procede recurso de apelación ante la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165d e 2019, el Artículo 314 de la: "Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaciódne la presente resolución. enel Diario Oficial, de conformidad con el Artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el Artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 del la Ley 489 de 199). )

RESOLUCIÓN NÚMERO - 000604 de (03 FEB 2021 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cuals e expide una resolución de Clasificación - - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por

medio de la Coordinación de Notificaciones de la Subdirección de Gestión de Recursos Físicos a la Coordinación del Servicio de Arancel de la Subdirección de Gestión Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | 03 FEB 2021

Jefe (a) de la”C oordinación (ES orvicio de Arancel Subdirección de Gestión Técnica Aduanera

Proyectó: Marcela Martínez Fajardo Revisó: Fidel Raui Minoita Benitez AN mim e ren Mve! Contra Boga, DS. í e 30 ABR 2021

Se certihics QUE que 8 meno20L G001 ácio a mnistracfivoo ft e, publicadgen/ Lara ua No: 31.664 aos FE

Consultar sobre este documento ...