DIAN - Resolución 6103 de 27-02-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6103 de 27-02-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
¿X% ——— DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600103 (27 feb. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - - a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En USO de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los slguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000001293 de 17 de noviembre de 2023, el Sr, JUAN . [CAMILO ORTEGA CONVERS, identificado con Cédula de Ciudadanía 79.945.711, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLMAS SAS NIVEL 1, con NIT 830.003.960-0, mandatario de la Sociedad GREENYELLOW ENERGIA DE COLOMBIA S.A.S. con NIT. 900.579.425-7, presentó una solicitud de. resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como UNIDAD FUNCIONAL ESTRUCTURA TRACKER PARA
EL SISTEMA FOTOVOLTAICO DEL. PROYECTO GY SOLAR VASCONIA (5.575MW).
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud SIE- -- SARP en dos (2) folios, mandato aduanero en tres (3) folios, comprobante de pago en un (1) folio, plano en un (1) folio, ficha técnica en once (11) folios, manual de instalación en
setenta y dos (72) folios, lista de componentes en cuatro (a) folios y fotografía en unn t) folio. El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos micte ($ 1. 188. 000,00) según Consignación número 898233066 de 16 de noviembre de 2023 del Banco de Bogotá. o Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. $2023000100165398000667 del 22 de noviembre de 2023 este Despacho solicitó al usuario: Confi irmar los componentes del sistema de acuerdo al Excel anexo, en el item K, verificar cables, sellador de tornillo, entre otros, indicar las cantidades exacta con sus unidades de medida, informar el área que ocupara el sistema y que potencia podría entregar al sistema, indicar la ubicación geografía - donde va a ser instalado la unidad funcional estructura tracker para el sistema fotovoltaico del proyecto Gy solar Vasconia (5.575mw). El usuario responde mediante escrito con radicado No. E2024000100165398000005 del 10 de enero de 2024, con 6 folios, renunciando al término restante para responder. El solicitante manifiesta cambio de nombre técnico y comercial como “UNIDAD
FUNCIONAL ESTRUCTURA TRACKER PARA EL SISTEMA FOTOVOLTAICO DEL
RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600103 de 27 feb. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado PROYECTO GY SOLAR COVEÑAS (5.575MW).” en el adjuntó a la respuesta da requerimiento información con radicado No. E2024000100165398000005 del 10 de ener
de 2024. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr. JUAN CAMILO ORTEGA CONVERS, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado olga.mosquera(Ycolmas.com.co - angela.oviedo(Wcolmas.com.co; o por correo en la dirección Carrera 98 25G-10 Interior 18, en Bogotá, D.C. La notificación del presente acto administrativo se hace a la señora OLGA MOSQUERA BURGOS identificada con cédula de ciudadanía No. 51.766.115, en calidad de Representante Legal de la Socieda: solicitante, de acuerdo a la información consignada en el mandato aduanero, a las direcciones electrónicas informadas en el formato de solicitud. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 dee 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Textos de Partida - Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valar - indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas.
- partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elemento:. individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se -clasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 84.79 “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.”
Regla General Interpretativa 6 RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600103 de 27 feb. 2024 Hoja No. 3 ' - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación: - Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado “La clasificación de mercancías en las raras de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse -- subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también see aplican las Notas de + Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasifi icación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas
Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. e CONSIDERACIONES DEL DESPACHO | Según la información suministrada con los radicados Nos. 2354:10000001293 de 17 de - noviembre de 2023 y E2024000100165398000005 del 10 de enero de 2024 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de vigas horizontales y - postes estructurales impulsadas por un accionamiento mecánico giratorio para orientar los +. módulos fotovoltaicos y girar en su posición óptima con respecto a la radiación solar, mediante el siguiente proceso. El seguidor solar es un sistema mecánico que orienta los módulos solares hacia la ubicacióndel sol, mediante tarjetas de control inteligentes se minimiza el ángulo de la incidencia de la luz que ingresa a los módulos para aumentar la producción de energía. El seguidor solar - de un solo eje es impulsado por cuerdas diseñado para ser significativamente más estable bajo cargas de viento en un tiempo real por parte de los sensores atmosféricos, este sistema incluye un accionamiento síncrono multipunto, lo cual puede aumentar significativamente larigidez torsional del sistema fotovoltaico, con señales electrónicas a tráves de una caja . electrónica que convierte energía eléctrica en mecánica trasladando este movimiento a la 3 estruciura fotovoltaico: El sistema fotovoltaico solar está compuesto por vigas horizontales de acero, denominadas tubos de torsión, alineadas en la dirección norte y sur que se apoyanen una serie de postes estructurales, que se fijan en el suelo. Los tubos de torsión soportan los rielesde montaje
y los módutios fotovoltaicos, a lo largo de la dirección este/oeste y estas vigas horizontales . pueden girar 60” impulsadas por un accionamiento mecánico giratorio para orientar los 0 módulos fotovoltaicos a su posición óptiria e con respecto a la radiación. solar. SS s Los componentes que o hacen parte del sistema son los siguientes:
1. Ciento cuarenta y ocho (148) seguidores de acero. galvanizado dispositivo « que
orienta los módulos fotovoltaicos, el cual, gira mediante un motor DC a 24V,
2. Mil trescientos cuarenta y dos (1342) postes de acero galvanizado, soporta la viga principal y todo el peso de los seguidores.
3. Mil ciento noventa y dos (11.. 192) tubos de torque de acero galvanizado, soporta los 2 paneles solares. : - 4, Ocho mil setecientos cuatro 8. 704) purlins O ganchos de sujeción y fi¡ jación, fij a los - módulos solares a la viga principal.
5. Cuatro cientos diecisiete (417) motores y accionadores.
A RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600103 de 27 feb. 2024 Hoja No. 4 pl Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
6. Ciento cincuenta y uno (151) cajas de control, batería y antena, sirven para poder enlazar la comunicación de la planta y los seguidores solares.
7. Dos (2) anemómetros, recibe la velocidad del viento.
8. Dos (2) cajas de comunicación y antena, transmite la información a los seguidores.
9. Dos (2) antenas loras, transmite los datos y la información de la caja de comunicación de forma inalámbrica. 10.Mil doscientos cuarenta y ocho (1 248) conectores de tubo de torque.
11. Elementos de fijación: trescientos seis setecientos ochenta y seis (306.786) tornillos, tuercas, arandelas, pernos, tres mil seiscientos ochenta y cuatro (3.684) cojinetes de plástico y accesorios, ochocientos noventa y uno (891) ruedas para giros del seguidor, tres mil veinte y ocho (3.028) cojinetes de plástico del eje de transmisión y accesorios, doscientos noventa y ocho (298) cables de tierra, doscientos noventa y ocho (298) tapas de tubo, ocho mil quinientos cincuenta y cinco (8.555) arandelas de puesta a tierra, mil ciento ochenta y ocho (1.188) aros de cable de tierra, once (11) selladores de tornillo.
Del análisis de la información anterior, se concluye que los equipos listados en los numerales 1 a 11 corresponde a un conjunto de máquinas que trabajan conjuntamente y conectados entre sí para realizar un proceso de posicionamiento de la estructura acorciz con el monitoreo y velocidad del viento y la optimización de la captación de los rayos solares, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XV] y de la Regla General Interpretativa % queda comprendido en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8479,89.90.00 del Arancel di Aduanas.
En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas con función propia, para posicionamiento de paneles acorde con el rastreo solar y la velocidad y dirección de los vientos, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en e Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora OLGA MOSQUERA BURGOS identificada con Cédula de Ciudadanía No. 51.766.115, en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLMAS SAS NIVEL 1con NIT 830.003.960-0, a las direcciones electrónicas informadas en la solicitud olga.mosguera(Qcolmas.com.coangela.oviedo(MWcolmas.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo - 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. - De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, Carrera 98 25G-10
interior 18 en Bogotá, D.C. o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600103 de 27 feb. 2024 Hoja No. 5 “ Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. : ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011, ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998, - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2024-02-27 / 03:59:04 P. M. an Fecha ficuse de Recibo: De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera - Proyecto: ROGER DARIO suAREz BoTETr RA] AN Coordinación de Notificaciones Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ | pOR LIMA COLOMBIA MÁS HONESTA Mival Central Bogotá D. Cc” ¿0 MAR ¿02% o certifica que el Acto Aoministrativo tue publicado