DIAN - Resolucion 6108 de 01-03-2024
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolucion 6108 de 01-03-2024
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2024
_—_ SAN e RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600108 (01 mar. 2024) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DELA | SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA -En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS Mediante radicado No. 235410000001169 de 27 de septiembre de 2023, el Sr. NESTOR LAUREANO ROSALES OSORIO, identificado con Cédula de Ciudadanía 7.458.124 en su condición de representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS CARGO FLASH LTDA E NIVEL 1, con NIT 800.241.367-3, mandatario de la Sociedad CORPORACION PARQUE - EXPLORA con NIT 900.145,472-0, presentó una solicitud de resolución de clasificación |. arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente - como “Ciencia En una Esfera (SOSY y comercialmente como: “SCIENCE ON ASPHERE”. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato en cuatro (4) folios; comprobante de consignación en un (1) folio, copia de la solicitud anterior radicado 904 del 13 de mayo de 2023 en dos (2) folios; catálogo en siete (7) folios; Certificado de Certificado - | Il” de Existencia y Representación Legal y RUT de la Agencia de Aduanas Cargo Flash Ltda
- en dieciséis (16) folios; copia del RUT de la Sociedad CORPORACION PARQUE EXPLORA en un (1) folio y Certificado de Existencia y Representación Legal de la misma empresa en doce (12) folios.
El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos mícte. ($ 1.188.000,00) según Consignación número 973356344 de 26 de septiembre de 2023 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA No. S2023000100165398000602 del 01 de noviembre de 2023 este Despacho solicitó al usuario: explicar cómo se interconectan los equipos y elementos que conforman la unidad funcional; detallar cuales - son los “elementos consumibles” relacionados en el listado de equipos y aclarar cómo funcionan las pantallas esféricas del sistema de proyección. | Con oficio No. 100. 165. 398. 2270 del 20 de diciembre de 2024, este Despacho envió aviso - recordatorio al solicitante, teniendo en cuenta el vencimiento de términos para dar | lrespuesta al Requerimiento de Información Adicional No. 52023000100165398000602 del - 1” de noviembre de 2023. e RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600108 de 01 mar. 2024 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado El usuario dio respuesta mediante escrito radicados Nos. E2024000100165398000559 y E2024000100165398000558 ambos del 03 de enero de 2024, cada uno con 6 folios y no
renunció al término restante. Por medio del formato de la solicitud se indicó que se notifique al Sr NESTOR LAUREANO ROSALES OSORIO, a la dirección electrónica manifestada por el interesado gerencia cargoflash.co; alvaro.castillaOcargoflash.co; o por correo en la dirección CL 64 65 48, en Barranquilla - Atlántico FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partide:s y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” | Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente
definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 85.28 “Monitores y proyectores, que no incorporen aparato receptor de televisión; aparatos receptores de televisión, incluso con aparato receptor de radiodifusión O grabación o reproducción de sonido o imagen incorporado.” j Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada. legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600108 de 01 mar. 2024 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, | mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación - arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información proporcionada con el radicado No. 23541000000001169 del 27 de septiembre de 2023; E2024000100165398000559 y E2024000100165398000558 del 03 de
enero de 2024, la mercancía arancelariamente se describe como un conjunto de equipos y aparatos para la proyección de videos temáticos de alta calidad que generan imágenes sobre una pantalla esférica asimilable aun globo terráqueo. : Consiste e« n una herramienta educativa que tiene como propósito presentar de una forma atractiva y más comprensible fenómenos planetarios mediante imágenes animadas, que pueden tener una gran variedad de procesos ambientales, como, por ejemplo: huracanes, cambio climático y las variaciones de la temperatura del mar; ayudando así a ilustrar la - ciencia del sistema terrestre a personas de todas las edades. Las imágenes. se pueden mostrar en la esfera. El proceso se lleva a cabo mediante computadores o estaciones de trabajo que se encargan de generar las imágenes que se muestran a través de proyectores (cada uno con su respectivo lente) al mismo tiempo, rodeando una pantalla de forma esférica, de este modo se consigue una proyección de imágenes y videos de 360”. Contieneun amplificador - sonido, que permite potenciar el audio de los contenidos multimediales, generando una experiencia inmersiva y sensitiva para las personas que lo disfrutan. El sonido se envía hasta los parlantes y el subwoofer que se encuentran alrededor de la esfera. De igual - manera, el sistema trae consigo un micrófono con una consola de conexión y un ipad que posibilita la manipulación de este de forma remota, amplificando así 'a voz del mediador . que dinamiza la conversación con el público. Los computadores se conectan entre ellos en paralelo, a través del cableado de red mediante el Switch y un router wifi, para lograr la conexión entre el sistema y el Ipad. De
" igual manera los proyectores se conectarán a través de extenders por la red hasta los equipos de cómputo, por lo cua! se emplean receptores emisores de vídeo extender. Se compone de los siguientes elementos: 4 Una (1) esfera hueca en fibra de vidrio de 120 cm 1 de diámetro. 2.- Tres (3) accesorios de esfera, consistentes en cables de sujeción de la esfera para «colgar en techo. ni "3. - Cuatro (4) proyectores 3LCD. WUXGA. 6000 lúmenes láser.
4. Cuatro (4) lentes para proyector ETELW20 4
5Cuatro (4) soportes metálico retráctil de pared para proyector. 6.- Cuatro Exterders emisor para envíos de imagen a través de la red. e RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600108 de 01 mar. 2024 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 7.- Cuatro (4) extenders receptor para envío de imagen a través de la pared. 8.- Doscientos cincuenta (250) mts de cable de red UTP, cat 6A 23 AWG. 10 gigabit para conexión de video y datos. 9.-Doce por veinticuatro (12 X 24) conectores RJ45, categoría 5 de 50 micras para transmisión de datos hasta 1 Gbp. 10.- Un (1) Switch LAN TL-SG108E con 8 puertos de 10/100/1000Mbps RJ45.
-11.- Un (1) router wifi Banda doble de 2.4 GHz y 5 GHz,3 antenas externas, velocidad Ce 1704 Mbps, con 6 puertos para conectarse. 12.- Un (1) conmutador KVM USBHDMI con audio de 4 puertos. 13.- Cinco (5) adaptadores Displayport a HDMI 4k 60Hz de 1,2 macho y hembra. 14.- Ocho (8) cables HDMI de alta definición tipo A de alta calidad conexión de equipos de audio/video que reproducen señal. 15.- Dos (2) computadores Workstation Intel) XeonO W-2223, 8 GB, 1x8 GB, DDR4, 2933 MHz, ECC, Unidad de estado sólido (clase 40) M.2 PCle NVMe de 512 GB. 16.- Cuatro (4) tarjetas gráficas PCI Express 3.0 x16, 5 GB GDDR5X, 200 GB/seg. 17.- Un (1) monitor o pantalla de 24 pulgadas, full HD (1080 P) 1920 X 1080 (vga:60 Ez HDMI: 75 Hz). 18.- Un (1) Ipad de 9 generación de 10.2 pulgadas, con chip A13 Bionic, 64 GB. - 19.- Dos (2) parlantes Evid Hifi de Respuesta frecuencia (-10 dB): 180 Hz - 20 kHz1 42 Hz 300 Hz1 Manejo de potencia: 30 W2 200 W2. 20.- Un (1) sub woofer de alto rendimiento de 8 pulgadas, 4/8 ohm. 21.- Cuatro (4) soportes metálicos parlantes para fijar al muro. 22.- Un (1) amplificador de 750W por canal a 4 ohmios,500W por canal a 8 ohmios y
1500W a 8 ohmios en modo mono. 23.- Una (1) consola Mixer para utilizar como Mezclador independiente consta de seis (6) canales, preamplificadores d-pre discretos de clase a de estudio con circuito invertido de Danlington. 24.- Un (1) micrófono inalámbrico con Frecuencias 512 — 542 MHz, 26 dB, entrada: 1 MO, Salida:10 mW. 25.-Tres (3) cables genéricos XLR para transmisión de señales de audio alanceadas. 26.- Un (1) rollo de cable audio div. calibre 14 AWG para conectar los parlantes al sistema de sonido. 27.- Dos (2) cables CPM 3 FW-UNB, asimétricos, longitud: 3 m, con conector A: XLR hembra de 3 pines y conector B: Jack 3,5 mm estéreo y Blindaje en espiral. RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600108 de 01 mar. 2024 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 28.- Tres (3) cables CFY 1,8 WMM CFY 1,8 WMM 3 MINIJACK 3.5 mm estéreo de 1 8 m - de longitud, con conexión 2 XLR macho. | 29.- Un (1) cable CFY 1.5 WPP adaptador en Y monofónico, de dos (2) x Mono jack 6,3 mm macho > Mini jack 3,5 mm, estéreo macho. o 30.- Un mM Nivel láser profesional de tres líneas a 360. 31.- Elementos para instalación: Cable de acero delgado -- utilizado para colgar la esfera del
- techo; anclajes para amarrar el cable de acero a la pared; tensor para nivelar la altura a la -- cual se cuelga la esfera; abrazadera plástica para amarrar y organizar los cables; cable de RED UTP CAT 6 por el cual se realiza la transmisión de video, así como de datos para el funcionamiento de la experiencia interactiva yk terminales. RJ45 consistentes en n terminales de red para cable UTP. - De la información aportada se concluye que, los equipos y elementos listados en los numerales 1 a 31, corresponden arancelariamente a un conjunto de equipos y aparatos, conectados a una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos, que - proyectan imágenes y reproducen sonidos de fenómenos planetarios, que en aplicación - - de la Regla General Interpretativa 1 y de acuerdo con lo dispuesto en la Nota 4 de la Sección XVI, se encuentra comprendido en la partida 85.28 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y acorde con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8528.62.00.00 del Arancel de Aduanas. - En mérito de lo anteriormente expuesto, el jefe (A) de la Coordinación de Clasificación - Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE : ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8528.62.00.00 del Arancel de Aduanas, como como un proyector apto para ser. conectado directamente y diseñado para ser utilizado con una máquina automática para tratamiento o procesamiento de datos de la partida 84.71, de acuerdo con la Nota 4 de la
Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor NESTOR LAUREANO ROSALES OSORIO identificado con Cédula de : Ciudadanía.No. 74.581.24en calidad de Representante Legal de la sociedad AGENCIA ; DE ADUANAS: CARGO FLASH LTDA NIVEL: 1 con NIT 800.241.3673, a la dirección - electrónica informada en la solicitud gerencia(Mcargoflash.co; alvaro.castillaGOcargoflash.co; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto.1165. de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021 y el artículo -319de la: resolución. 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. o De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se - notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario: CL 64 65 48 en Barranquilla - Atlántico o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la : Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de conformidad con lo establecido en los - artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. rS RESOLUCIÓN NÚMERO 2024003980600108 de 01 mar. 2024 Hoja No. 6 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad cún.. lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes ce la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución : en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119: de la Ley 489 de 1998. - ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2024. 08 01 /07:47:33 A. M.
BN¡ Fecha Acuse de Y ee s, De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
HECTOR ARTURO GARAY LEAL
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA
DILAN Coordinación de NofificacioZos FOR UNA COLOMBIA MÁS mnmesra Mivoj Central potes e Se certifica que el Acto Administrativo fue publicado EN DIALIO OFICIAL EDICION Nu SEL IAC CE POZZLE ZO ovas / Jenaro ya Cooránicos ?