DIAN - Resolución 6108 de 06-03-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6108 de 06-03-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
DIAN RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600108 (06 mar. 2023) - Porla cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado : EL - (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DD ELA. - - - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultadess ' legales que le confieró el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de : 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o HECHOS Mediante radicado No. 235410000000857 de 14 de diciembre de 2022, el Sr. JUAN CAMILO ORTEGA. -CONVERS, identificado con cédula de ciudadanía 79.945. 711, representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS CCOLMAS S.A. S., NIVEL. 1, con NIT 830.003.960-0, mandatario de la Sociedad FYPASA Ñ CONSTRUCCIONES. S.A. DE C.V. - SUCURSAL COLOMBIA. con NIT. 901.346.7943, presentó una - solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía : denominada técnica y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL SISTEMA PARA EL FILTRADO DE
SOLIDOS Y LODOS DE AGUA RESIDUAL”.
El interesado adjuntó ala solicitud los siguientes documentos: formato diligenciado en el aplicativo SARP en tres (3) folios, documento titulado “fotografía”, “diagrama” y “ficha técnica (2)” cada uno en veintinueve
- (29) folios (los tres tienen la misma información), documento titulado. “plano” en un (1) folio, copia de ' “consignación en un (1) folio, seis veces el documento titulado “ficha técnica” cad uno con treinta (30) - folios y mandato aduanero en ocho (8) folios. o o El solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos Mete. $ 1064000) según Consigación 89823387-3 del 12 de diciembre de 2022 del Banco de Bogotá. l Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 52023000100165398000017 del. 17 de enero de 2023 este Despacho solicitó al usuario: realizar un diagrama de flujo donde diveli pdrocaes o : en etapas, desde la entrada del agua residual hasta obtenere l agua tratada o hasta la obtención de los lodos secos, describir las actividades que se realiza en cada una, para cada etapa relacionar la o las máquinas, grosso modo que se utilizan, realizar un único listado general de máquinas donde se indique la cantidad, nombre de la máquina, marca, referencia, dimensiones, . características técnicas (potencia, - voltaje, capacidad, entre otras), función que realiza, especificar la capacidad de operación de la unidadfuncional y excluir las máquinas que cumplan funciones de repuestos y aquellas que ho hacen partedirecta del proceso de tratamiento del agua o tratamiento de los sólidos, o aquellas que son adquiridas : “en el mercado nacional, al igual que las obras de infraestructura que se realicen en el sitio. El usuarioresponde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000053 del 17 de febrero de 2023, con 27 folios, renunciando al término restante para dar respuesta. : o
“Según lo señalado €e n el formato de la solicitud, se indicó que se notifique ea la Sra. OLGA MOSQUERA Ñ BURGOS, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: olga. mosquera(Qcolmas. Ccom.co - | astrid. montanezGcolmas.c:c om.co; O Por correo en la dirección CARRERA 987 H 256 - 10 INT 18, en : Bogotá, DO... o e o a FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, “aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600108 de 06 mar. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio | se consideran las siguientes Reglas generales interpretativas, Nota y texto de : partida: . Regla General interpretativa 11 . “Los títulos de las Secciónes, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya + que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección
o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglassiguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: : “Cuando una máquina o una combinación de máquinas - estén constituidas por elementos _ individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida correspondiente a la -. función que realice.” Partida 84.21: “Centrifugadoras, incluidas las secadoras centrífugas; aparatos para filtrar o depurar líquidos o gases.” Regla General Interpretativa e “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente : por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por lasReglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, mediante elcual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición Ñ de cualquier interesado, Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier : interesado. ' o
- CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000657 de 14 de diciembre de 2022 : y E2023000100165398000053 del 17 de febrero: de 2023 la mercancía objeto de clasificaciónarancelaria, se describe como un conjunto de máquinas y equipos para el tratamiento por filtrado desólidos de aguas residuales. - - El proceso se lleva a cabo en las siguientes etapas definidas así: 1. Desbáste de finos: es lograr una : filtración de las aguas evitando el paso de sólidos mayores de 10 milimetros y, por lo tanto, los riesgos de atascamiento en el resto de los procesos; 2. Tratamiento primario: el agua bruta se introduce por la parte inferior del decantador, para obligar al agua a seguir un movimiento descendente, las partículas . sedimentadas (los lodos) depositadas en el fondo del decantador son barridas continuamente que hacen que el lodo vaya hacia un pozo o foso dé concentración del que se extraen; 3. Tratamiento secundario:
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600108 de 06 mar. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icación Arancelaría a Petición de Cualquier Interesadoel água proveniente del reactor biológico se introduce por la parte inferior del decantador, para obligar al | agua a seguir un movimiento descendente, las particulas sedimentadas (los lodos) depositadas en el: - fondo del decantador son barridas continuamente que hacen que el lodo vaya hacia un pozo o foso de
concentración del que se extraen, 4. Tamizado de lodos primarios: para eliminar partículas fibrosas se prevé un tamizado de lodos primarios, los tamices descargan los residuos retirados en un tornillo de cribado compactador - transportador que los conduce hacia un extremo de la plataforma elevada donde se ubican los tamices y los descarga finalmente en un contenedor, 5. Espesamiento de lodos primarios: - . se elige el tipo de espesamiento por gravedad, se construyen dos espesadores, de 9,5 m de diámetro, -3 m de altura cilíndrica útil y 0,69 m de altura troncocónica inferior, que proporcionan un volumen total de 462,63 m', 6. Depósito de lodos mixtos: este depósito compagina la llegada de lodos espesados, tanto primarios como biológicos y con el bombeo de lodos a la digestión, está diseñado para poder trabajar unu mínimo de 7 horas al día. Para la realización del anterior proceso > son necesarias las siguientes máquinas:
4. Tres (3) Rejillas verticales de cadena, tipo de agua: “residual, caudal máx.: 1840 m%/hn,' - dimensiones HLA: (3,7m0,46m1,5m), material: 304L SS, potencia: 0,37. kW, voltaje: 460 V15%, frecuencia: 60 Hz, Retirar los sólidos mayores de 10 mm de tamaño del agua residual.
2. Dos (2) Rascadores de tracción periférica para sedimentador circular 30 'm, tipo de agua: residual, caudal máx.: 1838,5 m/h, dimensiones circulares: 30 m, material: 3041 SS, potencia:
0,25 kW, voltaje: 460 V 15% y frecuencia: 60 Hz. Barre los lodos acumulados en la base de ta Ml estructura y los concentra en el fondo para su extracción. 3 Dos (2) Rascadores de tracción periférica para sedimentador circular 39 Mm, tipo de agua: - - residual, caudal máx.: 1838,5 m/h, dimensiones circulares: 39 m, material: 304L SS, potencia: 0,37 kW, voltaje: 460 V 15% y frecuencia: 60 Hz.. Barre los lodos acumulados en la base de la. estructura y los concentra en el fondo para su extracción. 4, Dos (2) Tamiz de tambor rotativo, tipo de lodo: lodos primarios, caudal: hominal:. 393. mn, o “- dimensiones HLA: 1,34m1,47m1 ,31m), material: 304L SS, potencia: O, 37 kW, voltaje: 460 v: 15% y frecuencia; 60 Hz. Retirar los sólidos fibrosos que aún se encuentran en el lodo. -
5. Un (1) Tornillo de cribado compactador — transportador, tipo de lodo: lodos primarios, caudal méx.: 2 m%h, dimensiones HLA: 0,88m5,66m0,52m), material: 304LSS, potencia: 0,85 kW, voltaje: 460 V +5% y frecuencia: 60 Hz. Transporta los sólidos fibrosos retirados del lodo enel. - tamizado y los deposita en un contenedor.
6. Dos (2) Espesador de Lodos de Control Central, tipo de agua: residual. caudal disponible: 60
m/h, dimensiones circulares: 9,5 m, material: 304L SS, potencia: O, 12 kW, voltaje: 460 V 15% y frecuencia: 60 Hz, compuesto por un equipo de rotación con control central que incluye motor. eléctrico, equipo de reducción a más estadios, cilindro deflector, árbol y sistema raspante: constituido por un par de brazos porta hojas en laa parte inferior y por yu na serie de piquetes de ES ¡espesamiento en: la parte: superior. La capacidad de la unidad funcional se da en metros cúbicos por segundo de agua residual y es de 1 2 m?s (4320, mora). Se determina que los equipos son empleados en el proceso primario que se realiza en el tratamiento de aguas residuales, “siendo inicialmente retirados los componentes en estado sólido y de igual forma la agitación: de las aguas para: “ayudar ala: homogenización y aceleración de los procesos de flocutación, Ñ - teniendo en cuenta que los equipos para esta última parte no están incluidos. - Del análisis de la información que precede, se establece que la mercancia, numerales 1 a 6, corresponde . - a un conjunto de máquinas que trabajan conectadas entre sí para realizarun proceso primario dedepuración de aguas residuales; de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XV! y de la Regla General Interpretativa 1 queda comprendido en la partida 84.21 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla ( General Interpretativa 6 se clasifica e€ n ta subpartida. 8421, 21. 90. 00 del Arancel de Aduanas.
En mérito de lo anteriormente expuesto, elo la Jefe (a) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600108 de 06 mar. 2023 Hoja No. 4 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una. resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar. la mercancia descrita en la presente resolución en la subpartida | 8421.21.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de máquinas que trabajan conectadas entre “sí para realizar un proceso primario de depuración de aguas residuales, acorde con la Nota 4 de la - Sección XVI y en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1y 6 del mencionado texto do arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. - ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la - señora OLGA MOSQUERA BURGOS identificada con cédula de ciudadanía No. 51.766.115, “representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS COLMAS S.A.S., NIVEL 1 con NIT. 830.003.960-0, - a la dirección electrónica manifestada por .la interesado: olga. mosquera(OVcolmas.com.coastrid. montanezWcolmas.com.co de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decteto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de
2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. -. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el. sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección CARRERA 98 $$ 25G - 10INT 18 en Bogotá, D.C., de conformidad « con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. : ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad conl o establecido en el artículo 305 del | Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la - Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y : publíquese en la página yw eb de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE | 0 0 .
Coordinación de Notificacione: POR NA COLOMBIMAÁS MONETTA Nivel:Central Bogotá pr . A AS 2023-03-06 /06:58:12 A.M... Se ceríifica que se l Acto Administrativo fue 7 y Fecha Acuse de Recibo ZAS DIZTA OFIC AL EDIC ide _De conformidad con la resolución No.. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene piena validez y remplazaen todos sus efectos a la firma manuscrita. o
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600108 de 06 mar. 2023 Hoja No.5 - Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado “Proyecto: LEONARDO RICO +0