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DIAN - Resolución 6110 de 06-03-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6110 de 06-03-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600110 (06 mar. 2023) " Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA : SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERAEn uso de las facultades legales que le confiere vel numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la Resolución a 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No, 23541 0000000714 de 13 de enero de 2023, el Sr.- . ANDRÉS FELIPE CARO SERNA, identificado con cédula de ciudadanía No. 1.017.231 479, representante aduanero de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ADUANIMEX S.A NIVEL 1, con NIT 800.143.377-7, mandataria de la sociedad INTERNACIONAL DE DISTRIBUCIONES DE VESTUARIO DE MODA SOCIEDADPOR ACCIONES SIMPLIFICADA con NIT 811.017.000-7, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominadatécnicamente como “TEJIDO DE PUNTO, ELÁSTICO, DISEÑO, RAYADO, PERCHADO POR UNA : CARA" y comercialmente como "TEJIDO DE PUNTO”. | El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: aeseición de la mercancía. en dos (2) folios, ficha técnica en un (1) fotío, certificado de análisis en un (1) folio, fotografías en .

tres (3) folios, comprobante de transferencia bancaria en un 1) folio, mandato en cuatro (4) folios. El (la) solicitante pagó quinientos noventa y cuatro mil pesos mícte. ($ 594. 000) según transferencia : bancaria No. 254904 del 13 de enerode 2023 de Bancolombia al Banco de Bogotá. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al Sr: CRISTIAN MEJÍAGÓMEZ, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: acaroQaduanimex. com.co -: hmontoyaGMaduanimex.com.co; o por correo en la dirección: Cra. 48, No. 98 A Sur 367 Bodega 103 Km 4 Vía Caldas, enn ta Estrella -— Antioquia, FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, : aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, - Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto únicoo de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. “Decreto 1881 de 2021 y sus mociñ caciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otrasdisposiciones, oZ RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600110 de 06 mar. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo . con las Reglas siguientes.” l Partida 60,06: “Los demás tejidos de punto.” Regla General Interpretativa 6: | “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada . legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatismutandís, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo : disposición en contrario.” : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de : cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHOSegún la información suministrada con el radicado No. 235410000000714 de 13 de enero de 2023, la mercancía objeto de. clasificación arancelaria, se describe como un producto textil, con las

siguientes características: l o Tejido de punto, elástico, diseño rayado, perchado por una cara, construcción por trama, conn hilados de distintos colores, ancho 1 67 m, peso 218,87 gim.

Composición: ñ f bras discontinuas de poliéster: 46, 17%, filamentos texturados de poliéster: 22, 80%, | fibras discontinuas de rayón viscosa: 27,86 %, elastómero: 3,17 %. l Considerando lo anterior, arancelariamente la mercancía consisteen un tejido de punto por trama, de fibras sintéticas, con hilados de distintos colores, comprendido en la partida 60.06 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con la Regla General Interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida 6006.33.00.00 del Arancel del Aduanas, . conforme a la Regla General Interpretativa 6

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelariade la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 6006.33.00.00 del Arancel de Aduanas, como un tejido de punto por trama, de fibras sintéticas, con - hilados de distintos. colores, de acuerdo con las Reglas Generales Interpretativas 1 y. 6 del E - mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600110 de 06 mar. 2023 Hoja No. 3

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución alseñor CRISTIAN MEJÍA GÓMEZ identificado con cédula de ciudadanía No. 71.772.111, representante legal suplente de la sociedad INTERNACIONAL DE DISTRIBUCIONES DE - - VESTUARIO DE MODA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA con NIT 811.017.000-7, a la dirección electrónica manifestada por el interesado: acarofMWaduanimex.com.cohmontoyaQaduanimex.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 048 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección: Cra. 48 No. 98 - A Sur 367 Bodega 103 Km 4 Vía Caldas, en La Estrella - Antioquia, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procederecurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de

los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. : ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución enel. Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de : 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la: Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN. 0% NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 202303-0/6 0 7:01:52 A.M. . y Fecha Acuse de Recibo z Men, > Firmado + L£ De conformidad con la resolución No: 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y y Femplaza « en todos sus efectos a la firma manuscrita. : o FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. : Subdirección Técnica Aduanera JAN Coordinación de NOtficacioK. oa E LON UNA COLÓMBIA MÁS HOREVTA Nivel Central Eoga'h nr la]

Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMÍREZ : 40% 800 0 - Revisó: CLAUDIA ALEJANDJURRAADO ZAPATA A AOR UI ares publicado

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