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DIAN - Resolución 6110 de 30-06-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6110 de 30-06-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980601 1 o DE (80 jun. 2029 mos Ñ o Por la ¿cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria oa Petición de Cualquier ii po Z EL (LA) JEFE (Ay DELA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA BÉ. : o LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA A —Enuso de las facultades legales que le confiere el numeral'3.3.1 del artículo 2 de la ES Resolución, 0/0 de. 2021 Y teniendo. en cuenta los siguientes. AR HECHOS Mediante radi cado: No. 235410000000198 de 21 de abril de 2022, el da) Sr. (e) MIGUEL ¿ANGEL FLOREZ PALACIOS, identificado(a ) con Cédula de Ciudadanía 79.724.655, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLVAN S.A.S NIVEL. |, con NIT 860,004.662-4 : apoderado (a) o mandatario. (a). de la Sociedad NETAFIM COLOMBIA S.A.S. con NIT 890.300.012: 5, presentó una solicitud de resolución de: clasificación arancelaria a peticiónde cualquier interesado para la: mercancia. denominada técnicamente como:9 "SISTEMA DE > RIEGO” y comercialmente como “PIVOTE” EN El (la) interesado (a) adjuntó « a la solicitud los “siguientes documentos: solicitud de. clasificación en dos (2) folios, formulario en tres (3) folios, fichas técnicas en cuatro (4) - folios, diagrama de flujo en tres (3) folios, descripción, funcionamiento y lista de equipos en

  • dos (2) folios, consignación o: comprobante. de pago en dos (2) folios, poder o) mabidato en — dos (2) folios, fanua!' y garantía. de mantenimiento en cuarenta y cuatro (44) folios. - -El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos m/cte. ($1. 064, 000 00) sn Consignación número 1027307525 de 11, de abril de 2022, del Banco de Bogotá. E “Mediante Requerimiento de Información Adicional. - RIA No. S2022000100165398000198 A del 12 de mayo. de 2022, este Despacho solicitó: al usuario (( a): explicar. claramente con -párrafos cortos y. en orden secuencial el proceso que desarrolla el sistema de riesgo, desde la toma de agua del codo inicial del pivote central hasta su uso final, y anexar un diagrama de flujo del proceso para el sistema completo y no para: cada subsistema, adjuntar unarelación : delos equipos que: conforman la: mercancía indicando, cantidad, descripción, o - función y. principales, características. El o. (la) usuario(a). responde mediante escrito -fadicado(s) No. E2022000100165398000099 del: 03 de junio: de 2022, con t folios, renunciando: al término, restante legalmente otorgado para la respuesta, Ñ E : Según lo:señalado en el formato: de la solicitud, sé indicó que se notifique ¿ a (eno da) Sr (a) Ñ Carolina Calderón Ramírez, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) - subgerente.ce(UWcolvan.com.co- - mflorezGaviomar. com; o por correo en la dirección AV :

DORADO $ 96A - 47, en ' Bogotá, Pp. e. l RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980800110 de 30 jun. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO | Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobadpoor Colombia mediante Ley 646 de 2001. - Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8" de 1973. Decisión 885 del 2021, de la Comisión de la Comunidad Andina. mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenciatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. : Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones, Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Texto de Partida. Reglas General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 4 Sección XVI “Cuando una , máquina o una combinación de máquinas estén constituidas | por elementos - individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente

definida, comprendida en una de las partidas de los Capitulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice” Texto de partida 84. 24 “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas o en polvo; extintores, incluso cargados; pistolas aerográficas y, aparatos similares: máquinas y aparatos de chorro de arena -o de vapor y aparatos de chorro similares.” Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas dd e una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también seS aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y se us modificaciones - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificacici ón arancelaria a petición de cualquier interesado. Resoluci ión 046 de 2019 y sus modificaciones de. la Dirección de Impuestos y Aduanas "Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - : o : CONSIDERACIONES DEL DESPACHO . RESOLUCIÓN NÚMERO pei de 30 jun. 2022 Hoja No, 3 o Continuación del acto administrativo por el cual: sea :expidé una resolución de Clasificación. :

¿Arancelaria a Petición dee Cualquier Interesado Po Según la información suministrada con el radicado No. 2341000000019 d4 e 21 de abril de: l 2022, y E2022000100165398000099 del 03 de junio de 2022, la: mercancía: objeto declasificación arancelaria, se. describe : como. un conjunto. de máquinas, aparatos y: dispositivos para. riego. por aspersión de uso en da agricultura, mediante el! siguiente - Proceso. AN o Z O, Lo o El sistema de riego sé6 abastece por - bombeo de un pozo profundo ubicado en el terreno de |. aplicación, el cual alimenta una red existente, esta es comunicada por medio de tubería a . enterrada hasta el codo. inicial del pivote central. Ñ Desde el codo. inicial del pivote: empieza el sistema. de fiego y mecanizado. por aspersión, el Ed cual cuenta: con' sistema: de conducción: conformado por tuberias metálicas de 8” y 6” de : dichas. tuberías salen derivacionés de Y compuesta por una manguera. ciega conductora | - de %, acompañada. de un regulador de presión de 10 PSI consu respectiva pesa: para evitar - el movimiento causado por el viento, después dela: pesa viene el componente de emisión, - - el cuales un aspersor de %” de rosca macho NPT. Esta distribución se repite por cada torre de riego. Cada torre se mueve de manera autónoma con motorreductores de 1.5 HP y 0.75 HP, con velocidades de salidas 68/56 RPM y 43/36 RPM, adicional. cada torre: viene

acompañada de dos llantas tipo tractor de 14.9" x-24", Al final de las:8 torres se ubica un |. cañón de aspersión de 2”, e cual. se > encuentra impulsado por, una bomba dooster de 2 HP. - La configuración del pivote eptial se. configura. por la: rotación de las 8 torres. don aspersores distribuidos equidistantemente por toda la. tubería de conducción de 8” y 6”, adicional a los aspersores distribuidos por la tubería pri ipal, se: encuentra un aspersor - final de 2" con su bomba. El sis ma de riégo mecaniza tipo pivote es controlado. poro controlador electrónico elc ual da órdenes a los motorreductores que tiene cada torre. : Para realizar el proceso descrito se requieren los siguientes equipos: | 1 Dos (2) Torres dé alto perfil (14 6) acopladas a tubería de 85/8" de diámetro y 164. 5: o ES | (50.15 mts) de longitud... a

2. Seis (6) Torres de alto perfil (14. 6%) acopladas a tubería de 65/8" de diámetro y 184 A (56.1 mts) de longitud.

Un (1) Voladizo de 6-5/8" de lámetro y y 58: 5 (1 8 mis) de orgia. O E - Dieciséis (16) Cajas de engi e UMC 740U-AD 501. EE Cinco: (5) Motores 68/56 RP! - 1.5 HP. UMC.: N Tres (3) Motores 68/56 RPM - 0.75 HP.LUUMCO: e

  • Ciento noventa y dos (192) Aspersores: Wob2. UP3: Std 9- -gr de A MNPT. 8

ÓCiento noventa y dos (192) Reguladores de presión a 10 psi, %" ENPT, outlet ZN FNPT. : - Ciento noventa y dos (192) Cuellos de descarga sencillos de 180 x %" con rosca hembra. E

10. Ciento noventa y dos (192) Mangueras negras con pesa de 0, 85 lb. -11.Un (1) Aspersor.: tipo cañón SR-75: > de 12.Una (1) Motobomba de 2 HP: tipo booster.E .

13. Un( 1 ) Controlador de pivote estándar. | Del análisis de la información gue precede, se establece que los. equipos: yy elementos : o Jo 3 del Sistema: Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota s: -4 de la Sección XVI y en aplicación de la: Regla General Interpretativa: 1; según la Regla |: General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8424,82.21.00 del arancel de aduanas. Cs En mérito de lo anteriormente expuesto, elo la Jefe (A) de: la Coordinación de Clasificación A Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduahera. e Ds o

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600110de 30 jun. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o RESUELVE o ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la “subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como un sistema de riego por aspersión,

de conformidad con la Nota 4 de Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de -2021 y sus modificaciones. o - O ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electreól nconitecnidao ,d e la presente Resolución al señor (a) Carolina Calderón Ramírez identificado (a) con Cédula de Ciudadania No. 52.784.247, Representante Legal suplente de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS COLVAN S.A.S NIVEL | con NIT 860.004.662-4,a la dirección electrónica manifestada por (el) o. (la) - interesado. (a) subgerente.cefWcolvan.com.co - - mflorez(Qaviomar.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 4165 de 2019 modificado pore l artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. - De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección AV DORADO HH96A 47 en Bogotá, D.C. de conformidad con lo - establecidoen los artículo7s63 y 764 del Decreto 1165 de 2019. .- o ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual

deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el articulo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011... o EN IS ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1185 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. : o o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia: y Notificaciones. de: la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduánera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN, NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEl - Coordinación de Notificaciones rONURACOLOMBIA MÁS NONE bil Contra] Bogotá D.É | soso ost. -Se certifica que el Acto pr ublicado raWenda oAcu.se do Reciba ¿Y)4 El. ETDAan za. EtOt:e eL1 8 E 22 23 .. _ E Fun cion2 geo: xs Indor - De conformidad con la resolución No, 000019 del 26 de marzod e 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a ta firma manuscrita.

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600110 de 30 jun, ii No.5. .

l | Continuación del ácto administrativo por el cual <s e expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA :

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera.

Proyecto: ROGER DARIÓ SUAREZ BOTET

Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL Ao E Sa, 59 : O go | Aras pre A El cado A EE do

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