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DIAN - Resolución 6115 de 06-07-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6115 de 06-07-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600115 A (06 jul. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Peticiónde Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA - En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la : Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000028 del 07 de febrero de 2022, el señor Juan Pablo Molina Echeverri, identifi icado con cédula de ciudadanía No. 16.860.647, representante legal de la sociedad Carvajal Pulpa y Papel S.A., con NIT. 890.301.960-7, presentó una : solicitud de Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado, para la mercancía denominada técnicamente “PRENSA DE TORNILLO SCREW PRESSDE DESHIDRATADO DE LODOS PRIMARIOS EN EFLUENTES” y comercialmente como

“PRENSA DE TORNILLO SCREW PRESS”.

El interesado adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud clasificación arancelaria en dos (2) folios, catálogo del producto en idioma inglés en dos (2) folios, plano en un (1) folio y soporte de pago en dos (2) folios. Mediante oficio virtual de fecha 22 de abril de 2022 el usuario aportó nuevo soporte de pago en un (1) folio debido a que latransferencia inicial no ingresó al sistema. El solicitante pagó uu n millón sesenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.064.000) mediante - f transferencia con referencia No. CLAS235410000026 del 21 de abril de 2022 de : Bancolombia al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000066 : del 28 de marzo de 2022, dirigido a la señora Adriana María Rivera Yepes como se indica en el formulario de solicitud, la Coordinación de Clasificación Arancelaria solicitó a la interesada explicación resumida, breve y comprensible del proceso que realiza la máquina, indicar si los componentes de la máquina vienen en un solo basamento, remitir nuevamente : la información de la máquina y adjuntar la ficha técnica de la mercancía en idioma español, - relacionar en una tabla los equipos que conforman la máquina indicando cantidad, nombre, - caracteristicas físicas o técnicas y breve resumen de la función que realizan. La interesada solicitó reunión virtual mediante correo electrónico del 12 de abril de 2022 la cual se realizó el 22 de abril de 2022. La usuaria contestó con radicado No. E2022000100165398000062 del 10 de mayo de 2022, sin renunciar al término restante para dar respuesta. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600115 de 06 jul. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según lo señalado en el del formato de solicitud, el interesado indicó que se notifique a la señora Adriana María Rivera Yepes en las direcciones electrónicas

adrianamaria.riverayepesOcarvajal.com y jesus.orozcoWMcarvajal.com o en el Kilómetro 6, Antigua Carretera Cali — Jumbo en Jumbo — Valle del Cauca. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973, Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y - otras disposiciones. - Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas y texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapíitulos solo tienen un valor indicativo, - ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricoso de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una - - de las partidas Capitulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función

que realice”. Partida 84.79: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propía, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mulatismutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel, A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto No. 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones, artículos 302 a 307, : mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con la atención de las solicitudes - de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 0046 de 2019 y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. : RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600115 de 06 jul. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHORevisada la información suministrada mediante radicados Nos. 235410000000026 del 07 de febrero de 2022 y E2022000100165398000062 del 10 de mayo de 2022, la mercancía a clasificar se describe como una estructura hermética metálica diseñada internamente con :

un mecanismo que permite recibir y depurar líquidos mediante presión. La función principal de la prensa de tornillo es deshidratar o secar los lodos primarioslíquidos sedimentados en la planta de efluentes ubicada en otra área de la empresa, se requiere pasar de un nivel de humedad muy alto llevarlo hasta una sequedad final mínima de lodo deshidratado de hasta 50 %, los sólidos adquieren una apariencia de biomasa : utilizada posteriormente para quemarla en las calderas de potencia del proceso productivo_del a planta, sustituyendo parcialmente el carbón mineral usado “actualmente en la combustión para generación de vapor, la mercancía a clasificar realiza el siguiente proceso: - Inicialmente la prensa recibe de la planta de efluentes los lodos (residuos) primarios líquidos - -«sedimentados con contenido de carga orgánica del 3 al 6 % (95 al 97 % de agua) que vaa : servir como material energético; el lodo ingresa desde un clarificador a la maquina por elchute de entrada (parte superior) hasta el tornillo sin fin que va girando, empujando, comprimiendo y drenando el agua del lodo, haciendo presión con las aspas hacia el final del tornillo donde cuenta con un sistema de alta presión, luego descarga por la salida de la máquina (parte inferior) un producto con un contenido de humedad de 350 % en sólido (50 -% de agua, 50 % de sólido), el agua se descarga. por otra salida inferior sobre unas bandejas. La mercancía estáa compuesta por los siguientes equipos: 1, Una (1) prensa de tornillo: tiene unas dimensiones de 10.500 mm de longitud, 2. 200 mm.

de ancho y 2.080 mm de alto. Peso total de 21.500 kg, el diámetro del tornillo es de 950mm, funciona a una velocidad de 0,7 a 2,3 RPM. El tornillo es cónico con eje perforadoen el final del tornillo y placas reemplazables por desgaste al rededor y en las puntas del alabe del tornillo. Carcaza del tornillo en acero al carbón pintado. Contiene tres (3) - cribas de filtrado. Incluye gabinete loca! de control neumático (para aire comprimido de 5 bar de presión). Su función es deshidratar lodos primarios sedimentados de las aguas - residuales del efluente en una planta de papel.

2. Un (1) chute de entrada o alimentación: es una sección transversal cilíndrica de aceroinoxidable de 2 m de altura, 26 pulgadas de diámetro y 4 mm de espesor. Su función es : - alimentar controladamente el lodo primario líquido a la prensa3. Un (1) motor eléctrico: de velocidad variable, con potencia eléctrica de 55 kW, velocidad de 1.800 RPM, 460 VAC, trifásica a 60 Hz con acople directo. Su función es darle . - movimiento al eje del tornillo dentro de la prensa y dependiendo de la velocidad controlar : el nivel del lodo liquido dentro del chute de entrada a la prensa. .

4. Un (1) reductor de velocidad: con caja de engranajes tipo planetarios, con factor de reducción de 747,38 a 1. Su función es reducir la velocidad del eje del tornillo acopladopor el lado motriz del eje de la prensa al motor de velocidad variable para controlar el.

nivel del chute de entrada. :

5. Un (1) transmisor electrónico de nivel: se utiliza para visualización y control del nivel del lodo primario liquido del chute de entrada en el display de operación del PLO del sistema : en el panel de control del operador.

6. Un (1) chute de salida: es una sección transversal cilíndrica de acero inoxidable de 1.196 - fim de altura, 1.236 mm de largo y 2.000 mm de ancho; con peso de 330 kg. Utilizadapara descargar el lodo deshidratado hacia el actual transportador de banda del sistemapara descargarlo al piso y luego cargarlo en volquetas para ser llevado a las calderas de potencia.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600115 de 06 jul. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

7. Una (1) bandeja recolectora de agua: en acero inoxidable, de forma cónica, con drenaje a la cañería ubicada debajo de la estructura de la prensa de tornillo efluente. Recoge el agua clarificada extraída del lodo primario deshidratado por la prensa de tornillo y la - descarga por gravedad hacia el actual clarificador del efluente.

8. Un (1) controlador lógico programable - PLC: instalado dentro del gabinete de control, controla y configura la programación lógica de control de variables de proceso, indica y controla el nivel del chute de entrada con la velocidad del motor, controla la humedad final del lodo deshidratado.

9. Una (1) interface de operación — HMI: utilizada para visualización y control de variables

  • del funcionamiento de la prensa de tornillo como el nivel del chute de entrada, la - velocidad del motor, la contrapresión de aire comprimido, etc.

De acuerdo a la anterior información, la mercancía no cumple con la definición de Unidad Funcional según lo estipula la Nota 4 de la Sección XVI y se atenderá la solicitud como un equipo que, arancelariamente corresponde a una máquina que de acuerdo con sus . - componentes sirve para depurar líquidos residuales generados en distintos procesos de un planta de papel, con el fin de obtener un producto sólido utilizado como material energético - capaz de producir combustión, que en aplicación de la Regla General Interpretativa 1 está comprendido en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y conforme a la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas. N Teniendo en cuenta que para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a medio salario mínimo lega! vigente, el cual debe ser acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir quinientos treinta y dos mil pesos mí/cte. ($ 532.000) de acuerdo con la transferencia con referencia No. CLAS235410000026 del 21 de abril de Bancolombia al Banco de Bogotá, aportado para el trámite, queda un saldo a favor por valor de quinientos treinta y dos mil pesos mí/cte. ($ 532.000), el cual podrá utilizar para presentar - úna nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. - En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación '

Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE - ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como una de las demás máquinas y aparatos con función propia, en aplicación del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y: sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO, Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora Adriana María Rivera Yepes, identificado con cédula de ciudadanía No. 66.952.975, a las direcciones - electrónicas manifestadas por el interesado: - adrianamaria.riverayepesOcarvajal.com y jesus.orozcoUMcarvajal.com, de conformidad ' con lo establecido en el Artículo 759 del Decreto 1185 de 2019 modificado por el Artículo 137 del Decreto 360 de 2021; Artículo 311 de la resolución 046 de 2019 modificado porel artículo 111 de la resolución 39 de 2021.. y De no ser posible la notificación en forma electrónica, se notificará por correo a la dirección . procesal informada por el usuario: en el Kilómetro 6, Antigua Carretera Cali — Jumbo en Jumbo -— Valle del Cauca, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, de conformidad con lo establecido en los

  • RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600115 de 06 jul. 2022 Hoja No. 5

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019 y el artículo 311 de la Resolución 046 de - 2019 modificado por el artículo 111 de la Resolución 039 de 2021 ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 314 de Resolución 0046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución . en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 0046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el artículo119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. .

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

  • Proyecto: RAUL VÁRGAS UN

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA

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