DIAN - Resolución 6121 de 13-07-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6121 de 13-07-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600121 (13 jul. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria - a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS| Mediante radicado No. 235410000000167 del 30 de marzo de 2022, la Sra. INGRIDCUELLAR PIÑA, identificada con Cédula de Ciudadanía 35.426.230, de la sociedad ' AGENCIA DE ADUANAS INTERLOGISTICA S.A. NIVEL 1, con NIT 830,098,132-6, - mandataria.d e la Sociedad APERGY. USA, INC. SUCURSAL COLOMBIA con NIT -900.551,847-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición : de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente “BARRAEXTREMO VARILLA AOT / PRO ROD — RON END /PIN END”. La interesada adjuntó los siguientes documentos: formulario de solicitud clasificación : arancelaria en dos (2) folios, descripción de la mercancía en dos (2) folios, ficha técnica del producto en dos (2) folios, catalogo en tres (3) folios, copia del mandato en siete (7) folios, -
y comprobante de pago en un (1) folio. eLa solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos m/cte. ($ 532. 000) según transferencia número 18599840 de 29 de marzo de 2022 del Banco de Bogotá. o : - Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 52022000100165398000136 del 23 de abril de 2022 este Despacho solicitó a la interesada escoger una sola de las referencias y un solo diámetro, y anexar la hoja técnica en español; indicar la forma de : obtención, tipo de acabado, características físicas y composición química exacta del producto; señalar la forma de la sección transversal y del perfil (interior y exterior); indicarlas propiedades mecánicas, clase de tratamiento superficial y trabajos adicionales en elproducto; y remitir imágenes y presentación comercial de la mercancía. La usuariaresponde mediante escrito radicado No, E2022000100165398000075 del 18 de mayo de . 2022, en nueve (9) folios, renunciando al término restante para dar respuesta. Según lo señalado en A formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. INGRID CUELLAR PIÑA, la dirección electrónica - manifestada por la interesada cuellarGinterlogisticazí. com - JoreroGintoriogisticazí com; o por correo en la dirección : carrera 106 15-25 BOD 32 Y 33, en Sogatá. D.C. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600121 de 13 jul. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto - único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Nota 3. de la Sección XV “En la Nomenclatura, se entiende por metal(es) común(es): la fundición, hierro y acero, el cobre, níquel, aluminio, plomo, cinc, estaño, volframio (tungsteno), molibdeno, tantalio, magnesio, cobalto, bismuto, cadmio, titanio, circonio, antimonio, manganeso, berilio, cromo, . germanio, vanadio, galio, hafnio (celtio), indio, niobio (colombio), renio y talio.” Partida 73.26:
“Las demás manufacturas de hierro o acero.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, | mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000167 de 30 de marzo de 2022 y E2022000100165398000075 del 18 de mayo de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una barra de acero, obtenido por un proceso de RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600121 de 13 jul. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado laminado en caliente; la superficie del cuerpo es áspera, no pulida, la sección trasversal es circular, con perfil rectanguiar y en uno de sus extremos tiene la sección lisa y en el otro lasección roscada.. - El propósito del producto es conectar mediante soldadura el extremo liso al cuerpo de la bobina de varilla continua, y por el otro extremo conectar con cualquier otro elemento : roscado; está diseñado para realizar movimientos alternativos, tiene una dureza de 30 (Ro), tensión con capacidad 2.140 (KSI) - 965 (MPa) y límite de elástico de 115 (KSI) - 793 (MPa). La mercancía con referencia “4330 modificado 970N con diámetro 1 1/8 x 1”, se utiliza para completar el sistema de levantamiento artificial basado en varillas en pozos de producción de petróleo y gas. De acuerdo con la información anterior, por la composición y uso del producto, arancelariamente corresponde a una manufactura de acero, que acorde con lo establecido - - en la Nota 3. de la Sección XV, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1, se : encuentra comprendido en la partida 73.26 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6, se clasifica en la subpartida : 7326,90.90.00 del Arancel de Aduanas. | En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita €e n la presente resolución, en la subpartida 7326.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como una manufactura de acero, de acuerdo con la Nota 3. de la Sección XV, en aplicación de las Reglas Generales '
Interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de diciembre de 2021.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de: manera: electrónica, el contenido de la “presente a la. señ INGRID CUELLEAR PIÑA identificada con Cédula de Ciudadanía No. 35.426. 230, “Representante Legal de la sociedad AGENCIA. DE ADUANAS - -INTERLOGISTICA S.A.. NIVEL. 1 con NIT. 830.098.132-6, a la dirección electrónica manifestada por la interesada ¡cuellarGinterlogisticazf.com - jforero(Winterlogisticazf.com de conformidad. con.lo.establecido:en-el. artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo:137:del' Decreto:360: de 2021;“artículo 319 de la resolución 046 de 2019 - modificado.por: et artículo 114 de la resolución 039 de 2021.
De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se ' - notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección carrera 106 15-25 BOD 32 Y 33 en Bogotá, D.C. de conformidad «con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019... ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo. procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1:85. de 2019 y los artículos. 74 Y siguientes de _la Ley 1437 de 2011. ALICE, 2 ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la orctrt tectución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600121 de 13 jul. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998... ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto ad ministrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
- 2022-0/ 705:-401:003 P. M:
(ELL E EN ES De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria -— Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁN o Revisó: SANDRA STELLA HUERFANO BERNAL - 0) z - Coordinación de Notificaciones
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