DIAN - Resolución 6123 de 14-07-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Descargar PDF
Disponible
Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6123 de 14-07-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600123. A (14 jul. 2022) Por la cual se> expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. EL (LA) JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confi lere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes - HECHOS Mediante radicado No. 235410000000156 de 29 de marzo de 2022, el (la) Sr. (a) ALVARORICARDO NAVARRO ESCOBAR, identificado (a) con Cédulad e Ciudadanía 73.098.861, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1., con NIT 800.053.508-9, apoderado (a) 0 mandatario (a) de la Sociedad INDUSTRIA DE GALLETAS GRECO S.A con NIT 811.017.920-8, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado . para la mercancía denominada técnica y comercialmente como “LINEA RECUBRIDORA DE . CHOCOLATE”. : o El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: formulario de solicitud su un. (1) folio, descripción técnica en nueve (9) folios, diagrama funcional en un (1) folio, ficha técnica entres (3) folios, imagen en seis (6) folios, poder o mandato en un (1) folio y comprobante de pago enn (1) folio. El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos mícte. ($ 1.084.000,00) según Consignación número 99499156-1 de 1 de diciembre de 2021, y consignación número 1003168084 de 25 de marzo de 2022, al Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. 82022000100165398000120 del 21 de abril de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a):Explicar de forma sencilla y claramente con párrafos cortos y en orden secuencial, el proceso que se desarrolla la línea . recubridora de chocolate, anexar un cuadro en excel el listado de equipos que componen el sistema, indicandopara cada uno la cantidad, un resumen de las características físicas y técnicas, la función individual - y la función del sistema mencionado El o (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. - E2022000100165398000112 del 11 de junio de 2022, con 16 folios, renunciando a término restante | otorgado para responder. UN : Según to señalado en el formato de la solicitud, se > indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) LUIS ALFREDO VANEGAS CARRIAZO, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) . lvanegasfdsiasudeco.com - gerencia(Wsiasudeco.com; o por correo en la dirección Martínez
Marteio Transversal 34 No. 19-83, en Cartagena - Bolívar.
UNDAMEITOS E DERECNO |
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600123 de 14 jul. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de 2021, de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras : disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas Notas y Texto de Partida. Regla General Interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, - ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas deSección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas s partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la sección XV! “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, Órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida,
- comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasificará en la partida : correspondiente a la función que realice.” Partida 84. 38
Máquinas y aparatos, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo, para la preparación o fabricación industrial de alimentos o bebidas, excepto las máquinas y aparatos para extracción o preparación de aceites o grasas, vegetales o de origen microbiano, fijos o animales. Regla General Interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada : - legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis . mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas delmismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas £c on las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de' cualquier interesado. - Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación : arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000156 de 29 de marzo de 2022, y E2022000100165398000112 del 11 de junio de 2022 la mercancía objeto de clasificación
arancelaria, se describe como un grupo de máquinas que trabajan conjuntamente para recubrir galletas con chocolate, mediante el siguiente proceso: RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600123 de 14 jul. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - Arancelaria a Petición de Cualquier interesado En el tanquede fundición se adiciona cobertura de chocolate para derretir, luegose traslada por - medio de una bomba a la recubridora o al decorador, cuando la cobertura ya estáen la recubridora : y esta cumple con la condición de temperatura mediante el sistema de calefacción, se da arranquea las mallas de la mesa de alimentación y la mesa de baño y se regula su velocidad, posteriormente se bombea el chocolate hasta la mesa de baño y simultáneamente usando el panel de control se da arranque a los túneles de enfriamiento para garantizar que la temperatura baje lo requerido y esté a punto para garantizar el enfriamiento de la cobertura adicionada. Una vez verificados los parámetros como velocidad, temperatura y características de la cobertura, - se procede con la alimentación manual o automática de las galletas a la mesa de alimentación de la recubridora, donde se recubren con chocolate el exceso de este producto es retirado por medio de un soplador; las galletas ya recubiertas continúan su desplazamiento por medio de un sistema motriz y durante el recorrido la temperatura baja facilitando el secado de la cobertura. Finalmente, las galletas recubiertas y frías son decoradas y sometidas a un secado final.
La línea está compuesta por los siguientes equipos:
1. Una (0 Recubridora conn soplador dotada de motor con potencia de 11 000 Kw, tensión de 400 :
Y. Cuadro de mandos, mesa de alimentación, mesa de baño, calefactores de ambiente, turbinade aire, cuadro eléctrico, soplador, bomba de chocolate, circuito de > Chocolate, extracción demallas. l
2. Un (1) Tunel de enfriamiento dispuesta con motor de potencia 12. 000 W, tensión de 400 v, y: una longitud aproximada de 20 mtrs, dos (2) zonas de temperaturas con ventilador de circulación de aire, compresor. de refrigeración y evaporador 380 Voltios. Túnel de Frio, módulo de - .: terminación, módulo de paso, módulo de evaporador y sistema de enfriamiento, grupo -. evaporador, evaporador, bandeja de recogida de agua con desagúe, turbina de presión, - orientador superior impulsión, orientador inferior recepción, grupo motriz, centrador delantero, - cuadro eléctrico.
3. Un (1) Túnel de enfriamiento con motor de potencia 8500 W, tensión de 380 v, y una longitud : - - aproximada de 5 metros, Una (1) zona de temperatura con compresor de refrigeración yo evaporador 380 Voltios. Túnel de Frio, módulo de terminación, módulo de paso, módulo de evaporador y sistema de enfriamiento, grupo evaporador, evaporador, bandeja de recogida deagua con desague, turbina de presión, orientador superior impulsión, orientador inferiorrecepción, grupo motriz, centrador delantero, cuadro eléctrico.
4. Un (1) decorador provisto con motor de potencia 0.5 Kw, tensión 220 V. Grupo motriz,
5. Un (1) Tanque de fundición para el chocolate incluye motor conn potencia 45 Kw, tensión 330 Y.
Grupo motriz, cuadro eléctrico.
6. Un (1) Panel de control centralizado.
Del análisis de la información que precede, se establece que los equipos y elementos relacionados en los numerales 1 a 6, corresponden a una combinación de máquinas que trabajan conjuntamente para recubrir galletas con chocolates, queda comprendido en la partida 84.38 de la Nomenclatura - del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota'4 de la Sección XVI y en aplicación de la Regla General Interpretativa 1; según la Regla General Interpretativa 6 se clasifi ca. -enta subpartida 84.38.10.10.00 del arancel de aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación l Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida84.38.10.10.00 del Arance! de Aduanas, como un conjunto de máquinas y aparatos que trabajanRESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600123 de 14 jul. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado conjuntamente para recubrir galletacson chocolates,de acuerdo conl a Nota 4 de la Sección XVI,
en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, . “contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. o ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor (a) LUIS ALFREDO VANEGAS CARRIAZO identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 8.854.430, Representante Legal suplente AGENCIA DE ADUANAS SUDECO S.A NIVEL 1. con NIT 800.053.508-9, a la dirección electrónica manifestada por (el o (la) interesado (a) lvanegasfsiasudeco.com - gerenciaUsiasudeco.com de conformidad con lo establecido en el arfículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021: artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De ho ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Martínez Martelo Transversal 34 No. 19-835 en Cartagena - Bolívar de conformidad con lo establecido en los artículos763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativoprocede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el
artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. % o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN,
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
DES Baro) LAIA Coordinación de Notificaciones POR UNA COLOMBIA MÁS HONETTA Ent Central Bogotá DC DN Se c. ertifi: c: a que eE l Acto OAdmNin istrati,v o o lbic: ago 2022-07 321 y 4 F ec0 ha4 :4 A5: c39 udP e. s RM ee. c ib o k ¿e En Dieono Oficial, Fede: hos : Firmado». > A á . . : De conformidad con ia ou No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efect la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
Subdirección Técnica Aduanera RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600123 de 14 jul. 2022 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado