DIAN - Resolución 6134 de 22-07-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6134 de 22-07-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600134 (22 jul. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o | EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIADE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la | Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes : HECHOS Mediante radicado No. 235410000000196 de 19 de abril de 2022, el1 da) ) Sr. (( a) ALBERTORODRIGUEZ URIBE, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía: 19.272.915, : Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. . NIVEL 1, con NIT 860.536.003-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica yo comercialmente como “PLOTTER DE CORTE CAMA PLANA FCX2000. El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: descripción técnica en cuatro (4) folios, catálogos de producto en cuatro (4) folios, consignación o comprobante Ñ de pago en un iS ) folio. El (la) solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos micte. ($ 532. 000,00) según : Consignación número 1027305812 de 24 de marzoo de 2022, del Banco de Bogotá al Banco
de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RÍA No. $2022000100165398000145 del 27 de abrit de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): Revisada la información suministrada se evidencia que se trata de varios modelos y/o varias referencias debido a que la solicitud de clasificación arancelaria solo se tramita una referencipaor producto se hace necesario que se indique claramente el modelo y/o referencia que se requiere : clasificar con este radicado de solicitud, y adjuntar ficha técnica de las misma donde indique las características principales; peso, dimensiones, largo, ancho, etc., ampliarl a informacióny descripción del cabezal de corte, cual es la diferencia de las dos herramientas mencionada de la misma, indicar si la maquina a clasificar es multifuncional. El o (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No. E2022000100165398000164 de! 30 de junio de 2022, con ' 3 folios, renunciando a término restante otorgado para responder. Según lo señalado «e n el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o) (la) Sr (a) CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) phenaoQabcrepecev.com - jclavijofdabcrepecev.com; o por correo en la dirección Av. Calle. 24 No. 95-12 Bodega 45, en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C, RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600134 de 22 jul. 2022 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de 2021, de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. l : Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se clon el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas Notas y Texto de Partida. Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Partida 84.79 “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” Regla General interpretativa 6 “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de
Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas “Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 23541 0000000196 de 19 de abril de 2022, y E2022000100165398000164 del 30 de junio de 2022 la mercancía objeto de clasificación aráncelaria, se describe como una máquina de corte con las siguientes dimensiones: 99.7 Pulgadas x 55.4 Pulgadas x 36. 6 Pulgadas. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600134 de 22 jul. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado La máquina presenta las siguientes características: Modelo: FCX2000180vc Área de corte: 36 Pulgadas X 70 Pulgadas - Dimensiones externas: 99.7 x 55.4 x 36.6 PulgadasPeso: 255 lbs Con base y portarrollos Panel de control: tipo LCD de 3.7 pulgadas Bomba de vacío: 110 Volts Cabezal de corte dual Uso para cortar materiales: vinilo fluorescente, reflectivo, papel rígido, cartulina, sanblast,
carón flauta E, F, G, empaques automotrices, policarbonato reflectivo, paneles depolicarbonato, reflectivo grado de diamante, hoja de poliestireno delgado. La máquina de corte de superficie plana es la solución definitiva para creación de prototipos : y pequeñas series de medios de embalaje rígidos y otros materiales alimentados con hojas. - Con tos plotters de corte de cama plana medianos a grandes de Graphtec, tiene la : herramienta adecuada para el corte de contornos sin necesidad de un troquel. Reduzca el : tiempo de procesamiento y desperdicio de medios con el software incluido y dedicado. Del análisis de la información se establece que la mercancía corresponde a una máquinaque funciona mediante el proceso de corte de diferentes materiales, vinilo fluorescente, - reflectivo, papel rígido, cartulina, sanblast, carón flauta E, F, G, empaques automotrices, policarbonato refiectivo, paneles de policarbonato, reflectivo grado de diamante, hoja depoliestireno delgado, con capacidad de conectarse a una red; que de acuerdo con las - disposiciones de la Regla General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de : la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación dee Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, - RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descritaen la presente resolución en la
subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como las demás máquinas, plotter de - corte cama plana, en aplicaciónde las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 de del | mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. | ARTÍCULO SEGUNDO. Notificard e manera electrónica, el contenido de la presente - Resolución al señor (a) CLAUDIA PATRICIA HENAO BERNATE identificado (a) con Cédula |: de Ciudadanía No. 51770861,. Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ABC REPECEV S.A.S. NIVEL 1 con NIT 860536003, a la dirección electrónica manifestada por (el o - (la) interesado (a) phenaoMabcrepecev.com -. jclavijoQabcrepecev.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165: de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser - posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo senotificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas . Nacionales en la dirección Av. Calle. 24 No. 95-12 Bodega 45 en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. - de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. . RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600134 de 22 jul. 2022 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1 165 de 2019 y los artículos 74 Y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por “medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelariade la Subdirección Técnica . Aduanera para lo de su competencia y publiquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE ARENAS, 2022-07-22 / 11:47:23 A.M.
A Fecha Acuse de Recibo De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta fima electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria ' Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: ROGER DARIO SUAREZ BOTET
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ
Coordinación de Notificaciones
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