DIAN - Resolución 615 de 11-04-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 615 de 11-04-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
a POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600015 - (M1 abr. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria 2 ca Petición de Cualquier Interesado 0 Do - EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE CE | LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o - Enuso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución y 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes a - HECHOS Mediante radicado No. 2354100000034 <d e 09 de febrero de 2022, el da) Sr. e) DIANA PATRICIA “OSORIO HERRERA, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 37.512.143, representante legal de '. la AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S. NIVEL 2, con NIT :830,004.745-8, - mandatari(oa ) de la Sociedad THE ELITE FLOWER S.A.S. C | con NIT 800.141.506-1, presentó - una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. para la : mercancía denominada técnicamente como “LÍNEA DE PROCESAMIENTO DE CLAVELES FLORA - : BUNCHMASTER 2 SEL” y comercialmente como “FLORA BUNCHMASTER PARA CLAVEL 2 SEL” El (a) interesado (a) adjuntó. a la solicitud los siguientes documentos: comprobante de pago en un -
(1) folio, ficha técnica en diez (10) folios, plano en dos (2) folios y poder o mandato en dos (2) folios. Ñ -El (la) solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos Mcte. (St. 064. 000) según transferencias | : electrónicas con números de autorización 27359126 del 09 de febrero de 2022 y 334071 19 del 15 : de marzo > de 2022 del Banco de Bogotá. Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No, $2022000100165398000019 del 28 defebrero de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): pagar el valor completo por el servicio, - actualizar el mandato aduanero, realizar un diagrama de flujo por etapas, explicar las actividades - realizadas en cada etapa y las maquinas empleadas en las mismas con la incorporación de las características técnicas. El o (la) usuario(a): responde: mediante: escrito radicado(s) No. : E2022000100165398000018 del 15 de marzo de' 2022, con 13 folios, renunciando al término : restante otorgado para responder. a : - Según lo señalado en el formato de la. solicitud, 'se indicó que se notifique a (el) o, (la) sr a) DIANA | l - PATRICIA OSORIO HERRERA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado. (a) " dianaosorioO)interandina.com ; importaciones? Enterandina ec om o por. correo en la dirección Carrera 13 A 2801 oficina 402, en Bogotá, D. Cc. ES SN
o FUNDAMENTOS DE DERECHO |
- Convenio del Sistema Armonizado. de Designación y Codifici cación de Mercancías. y su anexo, a aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. o l - “Acuerdo: de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley e" de 1978. | "Decisión 885 de la: Comisión de la Comunidad Andina, “mediante la cual se aprobó el Texto único ide la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600015 de 11 abr. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras "disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida: Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Partida 84.79: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo.” Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada -. legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, '
mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse - subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” o Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas coe n: las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas Nacionales «mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición decualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 23541 0000000034 de 09 de febrero de 2022, y E2022000100165398000018 del 15 de marzo de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una combinación de máquinas que se emplea para el procesamiento Ñ de claveles y la fabricación de ramos florales. o “La línea de trabajo esta acondicionada para realizar en forma secuencial el proceso para obtener . ramos de claveles bajo las etapas de defoliación de los tallos de clavel, alimentación de la flor ' defoliada, separación y clasificación grado fancy, alineación, conteo y corte de los tallos, amarre yencapuchado y acumulado de los ramos finales formados; donde algunas etapas son realizadas | mediante las máquinas que conforman la unidad funcional y otras son realizadas manualmente porlos operarios. :
Las máquinas que conforman la línea de trabajo son: 57 Una (1) máquina deshojadora con motor de 110/220 V monofásico, 0,37 kW, trasmisión para dos ejes por correa sincrónica y poleas dentadas, se emplea para retirar material vegetal no : deseado en el tallo. :
2. Una (1) cinta de suministro, -2000x1000 mm _ alimentadora de flores “deshojadas con motorreductor para banda de 0,37 kW, 220/200 V, 60 Hz, 3f + t. sensor óptico o similar, se emplea transportar los tallos deshojados.
3. Una (1) Cinta de clasificación, 7000x1000 mm línea láser y sensores ópticos, con pantalla táctil 13 pulgadas, 24 V. laser 24 V línea roja de luz amplificada y con motorreductor para banda de 0,37 kW, 220/200 V, 60 Hz, 3f+t. sensor óptico 24 V o similar. Los de grado fancy
| Resouución: NÚMERO acid de 11 abr. 2022 Hol No.3 - Continuación del-acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasif icaciónl Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado. N : : deben ir al segundo nivel de la línea; los de calidad estándar permanecer en el mismo nivel : y los de calidad nacional se retira en la mesa auxiliar. cd
4. Una (1) Unidad de clasificación segunda selección: en el nivel 1, una banda de acumulación e - de 5500x1000. mm y en el nivel 2, dos (2) cintas de acumulación, una de 1000x1000 mm y
la otra de 4000x1000mm. Una (1) banda de transferencia de salida 1000x1000 mm, está - compuesta por: rampa nivel 2 grado fancy: un (1) motorreductor para banda de 0,21 kW, 230/200 V, 60 Hz, 3f+t. sensor óptico 24 V, un (1) motorreductor para correa de apoyo de : tallos 0,21 kW, 230/200 V, 60 Hz, 3f+t, dos (2) motorreductores para correas de silicona 0,37kW, 230/200 V, 60 Hz, 3f+t. un (1) motorreductor para banda de dosificación a nivel 2 fancy 0,37 kW, 230/200 V, 60 Hz, 3f+t. un (1) motorreductor para banda de almacenamiento : fancy 0,37 kW, 230/200 V, 60 Hz, 3f+t y sensor óptico 24 Y o similar, un (1) motorreductor para banda de almacenamiento selecto nivel 1 de 0 37 KW, 230/20 v, ¿S0hz, AS yss ensor Óptico 24v o similar. . o e
5. Banda de alineación 4000x80 Omm con y unidad de corte, línea láser, banda espuma para ¿alineación 1590x90 mm. Tablero eléctrico principal y secundario. -6. Una (1) rampa de agrupamiento y conteo con unidad atadora inicial tipo CRM, tipo FR- : - FBMX, donde se hace agrupamiento y conteo de los taílos y la máquina los, ata formando un > ramo. 7... Una (1) banda de separación, capuchones y amarre final 5000x1 000 mm, Atadora tipo CRM, l
tipo: FR-GX;,. pisador de espuma y pantalla táctil principal de operación. Luego de sercolocado el capuchón de forma manual, en esta máquina se hace el atado del capuchón alNe - ramo de flores para formar el producto final.
8. Una (1) Banda recolectora final de 2000x800 mm, con un (mM motoreductor para. banda de . : 0,37kW, 265/200 V, 60 Hz. - : - Acorde con lo anterior la combinación de máquinas conisisto de un sistema de deshojado de tallos - de flores y de bandas trasportadopraraa el cargue de las mismas, que luego son cortadas a unalongitud determinada, agrupadas y atadas para formar ramos de flores, los cuales son encapuchados manualmente, y posteriormente. otra máquina realice el atado del capuchón al ramo : de fiores final. o Es importante mencionar que las máquinas noo realizan los procesos de clasificación y encapuchado O de empacado de los ramos, ya que estas son Tealizadas por los operarios, acorde con las indicaciones de una programación defi nida del proceso. : Del análisis de la información que precede, se establece que la mercancía corresponde a una. combinación de máquinas que trabajan conjuntamente para realizar el proceso de formación de : ramos de flores; que de acuerdo con la Not4a d e la Sección XVI y las disposiciones de la Regla - General Interpretativa 1 está comprendida en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado; según la Regla General interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 8479. 89. 90. 00 del
Arancel de Aduanas. e o - En mérito de lo anteriormeñite expuesto, elo la Jefe: (A) de la: Coordinación, de Clasif icación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, : RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mn ercancía descrita ee n la presente resolución en la subpartida : - 8479.89.90.00 del Arancel de. Aduanas, como: una combinación de máquinas. que trabajanconjuntamente para realizar el proceso de formación de ramos de flores, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI'en aplicación de las Reglas Generales interpretativas 1 y 6 del mencionado textoarancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modifi caciones. o e ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al - - señor (a) DIANA PATRICIA OSORIO HERRERA identificado (a) con Cédula de Ciudadanía No. 37.512: 143, Representante: Legal de la AGENCIA DE ADUANAS ANDINA DE ADUANAS S.A.S NIVEL:2,:con NIT:830.004.745-8, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado - (a) dianaosorioGinterandina.com . y importacionesi(Ginterandina.com de conformidacodn . lo. - establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto . RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600015 de 11 abr. 2022 Hoja No. 4
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la . resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo'se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección Carrera 13H 28- -01 oficina 402 en Bogotá, D.C., de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse : dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el : artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998, “ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio
de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE "De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez yremplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. .
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria
- Subdirección Técnica Aduanera Proyecto: LEONARDO RICO : Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ : > LAN Coordinación de Noticaciones . : auna cr. apt Mivel Central Bogotá 5 e” CERSa PpaIriPa,L eImOs aOl FActIo CAdImiAniLst rat7i vor d | -