DIAN - Resolución 6191 de 28-04-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6191 de 28-04-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600191 - (28abr. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a a Petición de Cualquier, Interesado o EL JEFE DE LAA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA a pi - SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA Enu uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3. 1 del artículo 2 de la | A Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes . HECHOS. | Mediante radicado No. 235410000000628 de 25 de noviembre de. 2022, el Sr. EDWIN LEAL BOLAÑOS, identificado con Cédula de Ciudadanía 3.028. 771, en su momento actuando como Agente de Aduanas de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIN LIMITE -S.A.S NIVEL 2, con NIT 800.171.746-0, mandataria de la Sociedad TMK S.A. S. con NIT 900.608.621-1;, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como : “SISTEMA DEAFORO Y CLASIFICACIÓN MEDIANTE -ESPIRAS Y PIEZO ELECTRICO PARA.
CLASIFICACION POR EJES Y LONGITUD INCLUIDA DETECCION DE EJE DE RUEDA" y comercialmente como: SISTEMA DE AFORO AVC”.
El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: mandato en ocho (8) folios: ñ dos (2) recibos de consignación; ficha técnica en cinco (5) folios; listado de componentes
en un 0) folio y plano en un (1) folio. | Con el radicado E2022000100165398000441 del 28 de hoviembre de 2022, el solicitante presentó el recibo de consignación 97525957-4 del Banco de Bogotá, con el cual realizó el pagó por un millón sesenta y cuatro mil pesos m/cte ($ 1.064.000,00), por cuanto la consignación con Transferencia número 58933187002 de 25 de noviembre de 2022 del A Bancolombia S. A. al Banco de Bogotá fue rechazada. Ñ Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000688 : del 21 de diciembre de 2022 este Despacho solicitó al usuario: describir de manera clara ysecuencial el proceso que desarrollan las máquinas y equipos en el. “Sistema de Aforo | AVC”; explicar en forma detallada y precisa cómo se interconectan los equipos y aparatos | - que conforman el sistema; aportar una imagen del producto en dondese visualicen e : | identifiquen cada uno de los elementos que lo componen; informar si el sistema tiene una : Unidad de control, y en caso afirmativo, como funciona; “aclarar el pago realizado por transferencia del Banco de Colombia el día 25 de noviembre de 2022 frente ala consignación realizada e€ n el Banco de Bogotá el díaa 28 de noviembre de 2022. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600191 de 28 abr. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación
Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado El señor EDUARDO ELBERTO CALDERON GARZÓN, identificado con la cédula de ciudadanía No.79.044.761 actuando en calidad de representante legal de la sociedadAGENCIA DE ADUANAS SIN LIMITE S.A.S. NIVEL 2 con NIT. 800.171.746-0 mediante : radicado físico No.003E2023005894 del 20 de febrero de 2023 y documento radicadovirtualmente a través del SIE SARP con No. E2023000100165398000065 del 27 de febrero de 2023, con 11 folios dio respuesta al requerimiento adicional de información, y renunció -. al término restante. Con el escrito No. E2023000100165398000065 del 27 de febrero de 2023, el señor Eduardo Elberto Calderón Garzón en su calidad de representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS SIN LIMITE S.A.S NIVEL 2 con NIT. 800.171.746-0, informo que se notifique a la señora Dayany Gutiérrez García con cédula de ciudadanía No. 1.022.371,452 a las direcciones electrónicas: jefecomexGMaduanasinlimite.com; contadorOdaduanasylogistica.com o por correoa la Carrera 74 No. 52%-58 Normandía ll Sector en Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. - Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973.
Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modifi icaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y | otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes disposiciones normativas: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valorindicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes”. “Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, Órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” Nota 3 del Capítulo 90: | 3. “Las disposiciones de las Notas 3 y 4 de la Sección XVI se “aplican también a este Capítulo.” Partida 90.31: : : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600191 de 28 abr. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
«Instrumentos, aparatos) y máquinas de medida 0) control, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capítulo; proyectores de perf les”. Regla General Interpretativa 600: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, | .mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse -. subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Rega, también s: e aplican las Notas deSección y de Capítulo, salvo disposición en 1 contrario. se Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus S modif icaciones - “artículos 303 a 306, : mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas coc n las solicitudes de clasificación Ñ arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y “Aduanas ] Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. - e CONSIDERACIONES DEL DESPACHO o Sea lo primero precisar, que mediante escrito presentado a través del Sistema SIE SARPo con el No. E2023000100165398000065 del 27 de febrero de 2023, el señor Eduardo Elberto Calderón Garzón identificado con cédula de ciudadanía número 79.044.761 expedida. en 'Engativá en su calidad de representante legal de la AGENCIA DE ADUANAS SIN LIMITE | S.A.S NIVEL 2 con NIT. 800.171.746-0, informo que el señor Edwin Leal Bolaños :
- identificado con C.C 3.028.771 quien realizó inicialmente la Solicitud de Resolución deClasificación No. 235410000000628 del 25 de noviembre de 2022 ya no se encuentra vinculado actualmente en esa compañía, por lo que avaló dar continuidad con el trámite de : «Solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado que nos ocupa. Así mismo informó las personas, direcciones electrónicas y física para surtir notificaciones. Datos estos a que serán . tenidos. en cuenta en. el presente Acto
Administrativo. Según la información suministrada. con el radicado No: 235410000000628 de 25 de noviembre de 2022, y E2023000100165398000065 del 27 de febrero de 2023 la mercancía : objeto de clasificación arancelaria, se describe como aparatos que permiten recolectar E monitorear información del flujo vehicular que pasa por una vía determinada, a través de | sensores piezoeléctricos, El sistema funciona de la siguiente manera: Se instalan los sensores en el asfalto (en dada séñtido de la carretera) que cuentan el 0 número de vehículos y el peso de cada uno. Los datos son transportados mediante - | cableado, hasta el armario de telemetría donde se encuentra el PC; para posteriormente |. ser enviados mediante conexión de internett satelital al software > del proveedor para realizar Ad los. análisis Correspondientes. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600191 de 28 abr. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado Para lo anterior, cercano a los sensores, se coloca el equipo electrónico para alimentarlos y acondicionar-su señal. El equipo se carga con corriente alterna y/o energía solar. Existe un enlace para la comunicación a través de un modem. El sistema proporciona información correspondiente a cada vehículo (lo cual se logra mediante los sensores piezoeléctricos), de la siguiente manera: determinando el número - de ejes, espaciamiento entre ejes, clasificación del vehículo, número de orden, hora y fecha, longitud del vehículo, ejes de rueda simple o doble, velocidad del vehiculo, número de carril, código de identificación de sitio, sentido de circulación, 0 La recolección y “monitoreo de los datos se realiza mediante el módulo de TMU4 querecogen a través de ul n cableado las magnitudes eléctricas, bara posteriormente procesar : los datos. - Es necesario aclarar que los sensores están compuestos por material semiconductqoure, para medir, utilizan una presión ya sea por tensión o fuerza y estos 5 transforman estas : lecturas en señales eléctricas. - Los equipos que componen el sistema son los siguientes: 1.- Un (1) Armario en aluminio de 3mm con doble pared en toda la superficie rellena de material aislante. Para contener y proteger los elementos que componen el sistema de aforo
2. Un (1) PC robusto de 1,3 | con chipset H410 para la 10.? generación de procesadores . con puertos Intel LAN y COM duales, que proporciona una conectividad versátil y un - funcionamiento fiable, tiene. como función almacenar las aplicaciones y los datos
recolectados. . 3.- Un (1) ROUTER 36 LTE de Upt to 42 Mbps, intensidad de la señal (RSSI, SINR, RSRP, RSRO, EC/IO, RSCP, Bytes enviados/recibidos, banda conectada, IMSI, ICCID. Conexión : . Wi-Fi, que normalmente está conectado a un modem y envía la información de internet a: PC 4.- Un (1) Controlador de tráfico TMUA; este dispositivo detecta las señales que generan los piezos y las espiras y las envía al computador, realizando la recolección de datos de tráfico de alta velocidad y peso en movimiento. BCuatro (6) Piezos CLIl (2MX60M), son sensores eléctricos tipo polimérico clase ll para detección de ejes. Utilizados en instalaciones permanentes con un encapsulado con resina .epóxica para la adquisición de datos de tráfi co en las Carreteras, tienen como función Ñ . detectar el peso del vehículo. -6.- Cuatro (4) Piezos CLil (3MX6G0M) corresgonde a sensores eléctricos tipo polimérico clase ll para detección de ejes. Utilizados en instalaciones permanentes con un encapsulado con resina epóxica para la adquisición de datos de tráfico en las carreteras, tienen como función detectar el peso del vehículo. 7.- Doscientos (200) metros de Cable de Loop, material cobre flexible recocido estañado, Clase 5. El aislamiento / cubierta / revestimiento es de caucho de etileno propileno / CSP (polietileno clorosulfonado). Tiene como función guiar los cables de forma segura y reduce vibraciones e impactos RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600191 de 28 fila Hoja No.5 o
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificiec ación :: Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 8Nueve 9) Resinas PU200 dde poliuretano que€ corresponden a un sistema de relleno en too frío para encapsular bucles de detectores inductivos, Su función es el. encapsulado de los | piezos Cll (2MX60M). 9.- Seis (6) Resinas PU2O4. de poliuretano cq ue corresporiden:aa un. | sistema de relleno en : | frío para encapsular bucles de detectores inductivos. Su función es el encapsulado de los Ñ piezos CLII (3MXS0M).. De lo anterior se concluye que, el conjunto de aparatos y equipos relacionados en los.. numerales 1 a 9 corresponden a una combinación de máquinas. y aparatos, constituidos - |. por elementos individualizados que trabajan conjuntamente para realizar mediciones | mediante la aplicación de tensiones eléctricas generadas por los cristales piezoeléctricos . para el conteo, pesaje y demás datos de los vehículos que circulan por una carretera: que : - en aplicación de la Regla General interpretativa 1 y de acuerdo con lo dispuesto en Nota 4. de la Sección XV! y la Nota 3 del Capítulo 90, se encuentra comprendido arancelariamente en la partida 90.31 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y acorde con la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida 9031.80.90. 00 del Arancel de Aduanas En mérito de lo. anteriormente expuésto. el jefe. (a de la Coordinación de Clasificación - a Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera,
RESUELVE.
ARTÍCULO FP RIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución, enl a a : subpartida 90.31.80.90.00 del Arancel de Aduanas, como un sistema para recopilar y procesar información de vehículos, en. aplicación. del mencionado texto arancelario, 2. contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones.
ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de: manera electrónica, el contenido de la presente.
Resolución al señor EDUARDO ELBERTO CALDERÓN GARZÓN identificado con cédula. | de ciudadanía número 79.044.761 en su calidad de Representante Legal: de la |. sociedad AGENCIA DE ADUANAS SIN LIMITE S.A.S NIVEL 2 con NIT.800.171.746-0, a o :] cla dirección electrónica manifestada por el interesado: jefecomexQaduanasinlimite.com; | contadorGMaduanasylogistica.com; de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución. 046, de. 2019: modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible. la notifiic cación en forma electrónica, el presente acto administrativo se. notificará por. correo..a.la. dirección. procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en. el sitio web. de la Dirección de Impuestos y Aduanas : |: |. Nacionales en la dirección Carrera 74 No. 522.58 Normandía 1! Sector en Bogotá, de od
conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 20199 y los artículos Y4 y siguientes dd e > | la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar uu na vez en firmé, la publicación de la présente resolución | en el Diario Oficial, de conformidad « con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600191 de 28 abr. 2023 Hoja No. 6 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resoluciónde Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 ye el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por - medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección -- Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
E DLAN A
58 OUTRPlO D A 2023-04-28 / 03:12:59 P. M. ce a Fecha Acuse de Recibo ¿$ DS 5 : Firmado L De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria. Subdirección Técnica Aduanera
- Proyecto: BETTY CECILIA CASTILLO SANJUAN
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATAAI Coordinación da Notificaciones > |
POR UNA COLOMBIA MÁS HONFSTA Mi;v el Central Bogotá A D.C