DIAN - Resolución 6194 de 12-08-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6194 de 12-08-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600194 (12 AGO. 2022) Por la cual se expide una Resolución Anticipada de Clasificación ArancelariaEL LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta loss siguientes :
HECHOS.
Mediante radicado No. 235410000000218 de 29 de abril de 2022, el señor ALEJANDRO - JOSE MORENO BENITEZ, identificado con Pasaporte PAJO75654, Representante Legalde la sociedad SOL DE LAS CIÉNAGAS S$.A.S. E.S.P, con NIT 901.541.876-4, presentó una solicitud de Resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria para la mercancía ' denominada técnicamente “Sistema soporte de módulos fotovoltaicos de seguimiento a un . eje horizontal de una potencia pico en conjunto de 56.417016 MWp” y comercialmente “Sistema de seguimiento un eje bifila 1 módulo en vertical tipo AxOne Duo”. El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: ficha técnica en doce (12) : folios; especifi caciones técnicas de diversos componentes en ochenta y un (81) folios, resoluciones de clasificación arancelaria de mercancías similares en Quince (15) folios y comprobante de consignación en un (1) folio. - El solicitante pagó uu n millón sesenta y cinco mil ciento doce pesos S mícte. ($ 1 065.112 00)
- según Transferencia número 5093387 de 26 de abril de 2022 del Banco ltaú al Banco deBogotá. l o Mediante Requerimiento de información Adicional - RIA No.S2022000100165398000200 : del 12 de mayo de 2022 este Despacho solicitó al usuario: confirmar la denominación - - exacta del nombre comercial del producto, hacer una descripción secuencial de un ciclo de : operación del conjunto, informar el área que ocupará el sistema de seguimiento, indicar qué requerimientos puede satisfacer la potencia reportada y especificar si tanto el generadorfotovoltaico como los módulos fotovoltaicos hacen parte del conjunto, entre otros. - ElRepresentante Legal Suplente responde mediante escrito radicado No.
E2022000100165398000113 del 13 de junio de 2022, con 27 folios, renunciando al término : restante para dar respuesta. o Mediante oficios Nos. 100165398-110-357-0984 yy 100165398-110-357-0985 del 23 demayo de 2022, dirigidos a las Subdirecciones de Recursos Jurídicos y de Representación Externas y a los jefes de División de Fiscalización aduanera, de liquidación aduanera y - jurídica de las Direcciones Seccionales de Aduanas de Barranquilla, Bogotá, Cali, Cartagena y Medellín de las Direcciones Seccionalesde Impuestos y Aduanas de . Bucaramanga, Buenaventura, Cúcuta, Ipiales, Manizales, Pereira y Santa Marta,
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600194 de 12 AGO. 2022 Hoja No. 2
Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de
Clasificación Aranesiana: respectivamente; sea solicitó indicar la existencia de procesos investigativos para los bienes objeto de este estudio, no encontrándose información sobre investigaciones relacionadas con este tipo de producto.
Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al señor DANIELALBERTO CHAVES PEREZ, a las direcciones electrónicas manifestadas por el interesado: daniel.chavesOcanadiansolar.com - chavesxp(GHhotmail.com; o por correo en la direcciónCI 70 Bis No. 4 41, en Bogotá, D.C. - FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su | anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. . Acuerdo de Cartagena, aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto : único de la Nomenclatura Común de los Paises Miembros del Acuerdo de Cartagena. | Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual see adopta el Arancel de Aduanas y: - otras disposiciones. E - Para el caso en estudio se considerarán las siguientesn ds Nota y Texto de Partida: Regla General Interpretativa no 0 | | | | “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas ' y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas |
partidas y Notas, de acuerdo cón las Reglas siguientes:” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos - individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de : transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos84 u 85, el conjunto se olasificará en la partida correspondiente a la función que realice.” Partida 8E 4. 19 “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos en otra parte de este Capitulo.” l l Regla General Interpretativa e: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se > aplican las Notas de : Sección y de Capítulo, salvo disposición €e n contrario.” : Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 298 a 302 yRESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600194 de 12 AGO. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada de Clasificación Arancelaria 307, -mediante el cual se. dictan las disposiciones relacionadas :c on las. resoluciones : anticipadas de clasifi icación arancelaria Resolución 046 de 2019 y y sus modificaciones, de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales, mediante la cual se reglamentan las resoluciones anticipadas de clasificación arancelaria CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000218 de 29 de abril de 2022, y E2022000100165398000113 del 13 de junio de 2022 la mercancía objeto declasificación arancelaria se: describe como un conjunto equipos electromecánicos convenientemente dispuestos y provistos de una estructura soporte, de forma que de : “acuerdo a una programación previa de datos de posición solar, dirección y velocidaddel - “viento, se pueda rastrear y seguir la posición progresiva del sol en dirección este - oeste - mediante el movimiento de dos filas de 96 módulos fotovoltaicos que comprenden la acción . de 901 seguidores, captando la máxima radiación posible, con el ñ n de convertirla a su vez en energía aprovechable en forma de corriente contínua. : Mediante algoritmos astronómicos preestablecidos y configurados en un equipo de . cómputo industrial incorporado en una centralita (TBOX), se ubica la posición del sol; la información así obtenida se envía de forma. inalámbrica vía LoRa (equipo de - comunicaciones inalámbricas long range) hacia las cajas de control inteligentes (DBOX, - cada una alimentada con su propio panel fotovoltaico); el sistema cuenta además con : «sensores atmosféricos compuestos por anemómetros, instalados en las cajas de sensores -(MBOX), que se encargan de enviar a la caja TBOX los datos de dirección y velocidad del . viento obtenidos.
-. Toda la información se envía en tiempo real vía LoRa a las unidades seg uidoras O trackers, que por medio de cajas controladoras accionan los motores ubicados en la viga principal, con el fin variar la inclinación de los paneles solares instalados sobre cada viga hasta la posición adecuada, que se controla a través de un sensor de inclinación. El motor se alimenta de la energía producida por un panel destinado para este fin; a través del . movimiento del eje principal se transmite el movimiento en el eje secundario que se conecta con la viga principal a través de la viga de accionamiento. o En caso de que los sensores detecten velocidades del viento Superiores al parámetro : establecido, el sistema puede hacer que los paneles puedan ponerse en posición de - “seguridad para minimizar el efecto atmosférico; se señala que los paneles solares, distintos a los módulos fotovoltaicos incluidos en los equipos DBOX, no hacen parte del conjunto objeto de la presente Resolución. El sistema completo está diseñado para ocupar un área : de 480 m2 y satisfacer la demanda energética de hasta 65.015 viviendas de consumo medio mensual de 0,15 MWh. La relación de los elementos que componen el sistema de seguimiento comprendido ee n los 901 seguidores es como sigue:
1. Novecientas dieciséis (916) cajas de contro] (DBOX), incluyen armario, batería, sistema - electrónico, inclinómetro. 2.- Novecientos veintitrés (923) módulos fotovoltaicos | de autoalimentación de las comunicaciones DBOX y MBOX. : : 3.- Novecientos diez (910) motores eléctricos 24 VDC.
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Continuación del acto administrativo pore l cual se expide una resolución Anticipada deClasificación AAr ancelaria | 4 Novecientas siete (907) unidades de giro actuador para accionar el movimiento de rotación 5. - Nueve (9) anemómetros para detección de velocidad y dirección del viento 6. - Una (1) caja de comunicación TBOX, con PLC y PC industrial 7. - Siete (7) cajas de sensores MBOX 8. - Tres (3) equipos de comunicaciones LoRa Gateway 9. - Nueve (9) torretas metálicas para soporte de los elementos 10. - 17.658 postes (hincas) para soporte de la viga principal y de los seguidores 11, - 14,449 vigas o tubos de torque para soporte de los paneles ss olares (No incluidos). - 12. - 90.370 purlins o ganchos de sujeción Ñ 13. - Elementos de sujeción (Tornillos, arancelas, tuercas, pernos, soportes plásticos, etc. Del análisis de la información que precede, <s e establece que la mercancía referida en los : numerales 1 a 13 anteriores corresponde a un conjunto de máquinas y elementos que trabajan coordinadamente en el seguimiento de la posición del sol de acuerdo a unos protocolos establecidos, que de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XV! y de la Regla General Interpretativa 1 queda comprendido en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y según la Regla General interpretativa. 6 se.
clasifi ica en la subpartida 8479. 89. 90. 00 del Arancel de Aduanas. Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a un salario mínimo mensual vigente acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir, UN MILLÓN SESENTA Y CUATRO MIL. pesos mi/cte. ($1'064.000,00), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de MIL CIENTO DOCE pesos m/cte. ($1.112,00), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe de la Coordinación de Clasificación o Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita « en la presente resolución en la subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como un sistema de rastreo de laposición del sol, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las ReglasGenerales interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y Sus modificaciones. | ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor DANIEL ALBERTO CHAVES PEREZ identificado con Cédula de Ciudadanía No. 1'018.410.037, Representante Legal de la sociedad SOL DE LAS CIÉNAGAS S.A.S. E.S.P. con NIT 901.541.876-4, a las direcciones electrónicas
manifestadas por el interesado: daniel.chaves(OHcanadiansolar.com -- - chavesxpQGhotmail.com, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto : 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 311 de la resolución 046 de 2019 modificado pore l artículo 111 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se - notificarpáor correo a la dirección procesal informada por el usuario, Oo de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600194 de 12 AGO. 2022 Hoja No. 5 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución Anticipada dd e
- Clasificación Arancelaria
| Nacionales en la dirección Cl 70 Bis No. 4 41 en Bogotá. D.C.- Bogotá D.C. de conformidad - con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de. 2019. - ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo _ procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá - - interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 298 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 306 de la Resolución 046 de 2019 y los Artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación en el Diario Oficial de la presente resolución, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 de la Resolución 046 de 2019, el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por : medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección - - Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. > - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE : De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena. validez y templaza en todos sus efectos ala fi irma manuscrita, . . . FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria . Subdirección Técnica Aduanera E -' Proyecto: LUIS ALBERTO CAMARGO CAMACHO | Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ eN e e ó Dl AN. Coordinación de Notiaciones o POEMA eme shin Ural Manteg] Bogoé DO |