DIAN - Resolución 6206 de 22-08-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6206 de 22-08-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
o POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA -— RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600206 (22 ago. 2022) o Por la cual se expide uy na Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado o : o EL (LA) JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIAA DE : _ LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA | En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes -. HECHOS | Mediante radicado No. 235410000000079 de 23 de febrero de 2022, el A RAFAEL. - GOMEZ PEDRAZA, identificado con Cédula de Ciudadanía 79. 903. 122, de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN S.A.S NIVEL 1, con NIT 811.001.259-7, mandatario dela Sociedad INTERCONEXION ELECTRICA S.A 3 S.P con NIT 860.016.610-3, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado ' para la mercancía denominada técnicamente “SUBESTACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA” - y comercialmente "SUBESTACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA NUEVA CUESTECITAS 500 kV”, El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos formato solicitud en cuatro - (4) folios, información de la unidad funcional en diecisiete (17) folios, copia mandato en seis . - (6) folios, plano en once ( 1) folios, lista de componentes ee n un 1) folio y y comprobante de
pago en unu (1) folio... a o 0% El solicitante pagó un , millón sésenta y cinco mil pesos mícte st. 065. 000 00) según” Transferencia número 55738 de 16 de febrero de 2022 del Banco de Occidente al Banco : de Bogotá. Con oficios Nos. E2022000100165398000001 y E2022000100165398000002 del 24 de. febrero de 2022, el usuario solicitó cambiar como titular de la resolución, al señor BORIS MAURICIO SANCHEZ con cédula de ciudadanía 79.660.859, por el: señor CESARAUGUSTO RAMIREZ ROJAS con cédula ciudadanía 4.344.455 representante legal de la Agencia de Aduanas; con oficios radicados Nos. S2022000100165398000170 y S2022000100165398000172 del 129 de abril de 2022, esta Coordinación respondió un M0. folio a lo solicitado. o AN Ñ Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA $2022000100165328000084 del 05. - de abril de 2022, este. Despacho solicitó al usuario: explicar paso. a paso en orden secuencial las etapas del proceso; cómo se programa y controla el ciclo del producto; confirmar el voltaje y tensión nominal de la mercancía; remitir imágenes reales y a color de la mercancía, señalando y nombrando los equipos relacionados en la solicitud de . RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600206 de 22 ago. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
clasificación arancelaria; y en un solo cuadro, confirmalro s componentes del sistema, indicando para cada uno: cantidad exacta, características técnicas (ampliar información), : función de los equipos (ampliar información) y aparatos que conforman cada etapa. : Con solicitud realizada en el sistema de fecha 02 de junio de 2022, el interesado solicitó prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. - 32022000100165398000261 del 03 de junio de 2022, el usuario responde mediante radicado No. E2022000100165398000175 del 07 de juliode 2022, con nueve (9) folios, renunciando al término restante para dar respuesta. Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique al Sr. RAFAEL GOMEZ PEDRAZA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado | fsterlingOroldanlogistica.com - srodriguezWroldanlogistica.com; o por correo en la dirección Carrera 100 25b-40, en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y suanexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. | Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y |
otras disposiciones. . : : : : - Para el caso en estudio se considerarán las siguientes Reglas, Nota legal y Texto de partida: Regla General interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas ' y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes.” Nota 4 de la Sección XVt “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, . cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” - o Partida 85.35: “Aparatos para corte, seccionamiento, protección, derivación, empalme o conexión de circuitos eléctricos (por ejemplo: interruptores, conmutadores, cortacircuitos, pararrayos, limitadores de tensión, supresores de sobretensión transitoria, tomasde corriente y demás conectores, cajas de empalme), para una tensión superior a 1.000 voltios”. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600206 de 22 ago. 2022 Hoja No, 3 «Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasifi icación
Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoRegla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse -subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de ' Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del. Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 302 a 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación - arancelaria a petición de cualquier interesado. l . Resolución 046 de 2019. y sus “modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas : Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a 1 petición de cualquier iin nteresado. : l l - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con los radicados Nos. 235410000000079 de 23 de febrero de 2022 y E2022000100165398000175 del 07 de julio de 2022 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como un conjunto de máquinas, aparatos y. dispositivos eléctricos inmersos en gas dieléctrico (Hexafluoruro' de azufre SF6) y contenidos dentro de un envolvente metálico modular sellado, los cuales trabajan de manera combinada para transmitir energía eléctrica en alta tensión (500 kV), sin modificarla, : para que pase de forma segura y controlada, a otro punto, dentro de un sistema de potencia :
eléctrica, mediante el siguiente proceso: La: energía eléctrica en alta tensión qué proviene de un transformador elevador i ingresa al : módulo de la subestación aislada en gas (GIS) por medio del barraje conductor, pasando - por un conjunto de equipos (cuchilla de puesta a tierra, seccionadores e interruptor), loscuales actúan de manera automática o accionados de forma manual, ante una eventualidadcausada por fenómenos eléctricos, razones operativas de mantenimiento, o arreglo de : equipos, desviando a tierra, abriendo o cerrando el paso continuo de la corriente eléctrica, según la contingencia que se pueda presentar. : . La programación y. control de la GIS se realiza por el sistema Scada (no objeto de - importación), contiene los tableros propios de mantenimiento y control manual. - Ñ “La subestación encapsulada está compuesta por los siguientes equipos: |
1. Dos (2) interruptores, características: interruptor de mando monopolar aislado SF6, ml tensión del sistema 500 kV, máxima tensión de operación 550 kV, corriente nominal 2500 A, corriente de corta duración admisible asignada 40000 A y frecuencia 60 Hz.
Función: Se encarga de permitir o interrumpir el paso de corriente entre equipos, se a puede operar por maniobra le) ante fallas. : o 2, Cuatro (4) seccionadores maniobra, características: tensión del sistema 500 kV, Ñ corriente nominal 1600 A, corriente de corta duración admisible asignada 40000 A.
Función: Permite el paso y/o camino entre equipos. 3 Cinco (5) seccionadores de puesta. a tierra, características: tensión del sistema 500 >
kv, corriente nominal 1600 A, corriente de corta duración admisible: asignada 40000
A. Función: realiza conexión a terra de los 5 equipos l
RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600206 de 22 ago. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado
4. Seis (6) transformadores de corriente, características: tensión nominal 500 kV, o corriente nominal 2500 A, corriente de corta duración admisible asignada 40000 A, frecuencia 60 Hz, un (1) núcleo de medida 2500-1250-625/1-A, dos (2) núcleos de protección 2500-1250-625/1 A. Función: son utilizados para obtener las medidas de corriente en los sistemas eléctricos para poder proteger, controlar y medir latransmisión de la energía con los sistemas de protección y control,
5. Tres (3) transformadores de tensión, características: tensión nominal 500 kV, - corriente de corta duración admisible asignada 40000 A, frecuencia 60 Hz, tres (3) núcleos de medida/protección 288000/63,5 V, 0,2 (3P), 15 VA. Función: son utilizados para obtener las medidas de tensión (Voltaje) en los sistemas eléctricos para poder proteger, controlar y medir la transmisión de la energía con los sistemas de protección y control, : : ' En virtud de lo señalado, los equipos listados en los numerales 1 al 5 corresponden
arancelariamente a una combinaciónd e máquinas y elementos que, conectados entre sí, trabajan en conjunto, permitiendo el paso seguro de la corriente eléctrica a una tensión de a 500 kV, sin modificarla, de un punto a otro, dentro de un circuito eléctrico, abriendo o cerrando el dispositivo de corte (interruptor); que en aplicación de la Regla General -Interpretativa 1 se encuentra comprendida en la partida 85.35 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, y en aplicación de la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la subpartida arancelaria 8535.30.00.00 del Arancel de Aduanas. o Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria tiene un valor equivalente a 28 UVT acercado al múltiplo de mil más cercano, es decír, UN MILLON SESENTA Y CUATRO MIL pesos mí/cte. ($ 1.064.000), de acuerdo con el comprobante aportado para el trámite queda un saldo a favor de mil en pesos mí/cte. ($ 1.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, | RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8535.30.00.00 del Arancel de Aduanas, como un interruptor para una tensión superior, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVÍ, en aplicación de las Reglas Generales
interpretativas 1 y 6, del mencionado texto arancelario, contenido en el Decreto 1881 de diciembre de 2021 y sus modificaciones. | ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente . Resolución al señor RAFAEL GOMEZ PEDRAZA identificado con Cédula de Ciudadanía No. 79.903.122, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS ROLDAN -S.A.S NIVEL 1 con NIT 811.001.259-7, a la dirección electrónica manifestada por el | interesado fsterlingOroldanlogistica.com - srodriguezOroldanlogistica.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el ' artículo 114 de la resolución 039 de 2021. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600206 de 22 ago. 2022 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier InteresadoDe no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas . Nacionales en la dirección Carrera 100 25b-40 en Bogotá, D.C. - Bogotá D.C. de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.
ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución - enel Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, pormedio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección . Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2022-08-22 / 02:08:49 P. M. a te fecha Acuse de Recibo De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. -
FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA
Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: CAROL XIMENA DUQUE BELTRÁN '
Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA
, LA N Coordinación de Nofíficaciones DA UNA LR e "Est Cantral Bogotá D.C