🇨🇴⚖️ La Rama Judicial valida a Ariel en prueba de concepto de IA. Conoce los resultados aquí

DIAN - Resolución 6208 de 22-08-2022

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

Icono de documento PDF

Descargar PDF

Disponible

Detalles

Título
DIAN - Resolución 6208 de 22-08-2022
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2022

DA POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600208. (22 ago. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - EL (LA) JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE | LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la - Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOSMediante radicado No. 235410000000060 de 18 de febrero de 2022, el (la) Sr. (a) GLORIA INES CANCHILA PATERNINA, identificado (a) con cédula de ciudadanía 42.207.058, de lasociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1, con. NIT 890.404.190-5, apoderado (a) o mandatario (a) de la Sociedad ACERIAS PAZ DEL RIO S.A. con NIT 860.029.995-1, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición : “de cualquier interesado para la mercancía denominada técnicamente como “LANZA DE OXICOMBUSTIÓN PARA EL INICIO Y ARRANQUE DE ALTO HORNO” y comercialmente como “UNIDAD FUNCIONAL LANZA DE 'OXICOMBUSTIÓN | PARA. EL paid Y ARRANQUE DE ALTO HORNO”. e o El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: ficha técnica condescripción del proceso y listado de los componentes en tres (3) folios, formato FT-OA2354 en tres (3) folios, comprobante de transferencia bancaria: en un (1) folio, contrato de mandato especial con representación en catorce (14) folios. El (la) solicitante. pagó un millón sesenta y cinco mil pesos m/cte. (S 1. 065. 000 00) según Ñ transferencia bancaria número 22028G100268 de 18 de febrero de 2022. Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA 520220001 001 65398000058 del 22de marzo de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): explicar el proceso que desarrolla la mercancía, adjuntar un cuadro con los componentes de la mercancía, indicando cantidad y señalando además los elementos auxiliares con que cuenta cada uno, aclarar por qué selistan 10 mangueras si sólo se requiere hacer conexión para 3 gases, precisar si cada lanza dispone de un grifo para el lanzamiento, indicar en qué consiste el gas de reducción calientey cómo se forma, anexar un diagrama de bloques con la secuencia del proceso, explicar si: _la lanza de oxicombustión opera permanentemente o sólo cuando se requiere fundir arrabio . y escorio en un alto horno, aclarar si la lanza se opera y controla desde un único punto. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 14 de mayo de 2022 Elo (la) interesado (a) solicitoprórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2022000100165398000215 del 18 de mayo de 2022, El o (la) usuario(a) responde mediante radicado(s) No. E2022000100165398000177 del 8 de julio de 2022, con 4 folios. .

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600208 de 22 ago. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a) - GLORIA INES CANCHILA PATERNINA, a la dirección electrónica manifestada por el interesado (a) ejimenezQaduanasgama.com, asesor01(Maduanasgama.com;, o por correo en la dirección: Av. El Arsenal 8B 39, en Cartagena, Bolívar. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su ' anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Texto de partida. Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor | indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas : y de las Notas de Sección o de Capítulo y, si no son contrarias a los textos de dichas

partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” Nota 4 de la Sección XVI: “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos -individualizados (incluso separados o unidos sí por tuberías, órganos transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, - comprendida en una de las partidas Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida - correspondiente a la función que realice.” o Partida 84.79: “Máquinas y aparatos mecánicos con función propia, no expresados ni comprendidos enotra parte de este Capítulo.” Regla General Interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” OS RESOLUCIÓN NÚMERO 20220039806002de0 822 ago. 2022 Hoja No. 3 Continuación del acto administrativo por el cual seo expide. una resolución de Clasif icación Arancelaria a Petición de : Cualquier Interesado Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional. y sus modificaciones- ' artículós 302 a 307, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasifi icación : : arancelaria a petición de cualquier interesado. a 0 Resolución 046 de 2019 y sus modif icaciones S de la Dirección de Impuestos y Aduanas

Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria o a petición de cualquier interesado. : o - CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - . Según |l a información suministrada con el radicado No. 235410000000060 de 18 de febrero - de 2022 y E2022000100165398000177 del 08 de julio de 2022 la mercancía objeto declasificación arancelaria, se describe como un conjunto de aparatos que trabajan para : introducir una mezcla de gases en un alto horno, permitiendo generar el calor requerido para eli inicio y arranque del alto horno, mediante el siguiente proceso: Por medio de mangueras de conexión para gases (oxígeno, nitrógeno y gas natural), se : conectan la estación de control y las lanzas de oxicombustión. Antes de introducir las : lanzas, se realiza. una preparación del alto horno con perforaciones que se hacen su la: base. . A partir de la mezcla de los tres g€ ases, se , genera calor al interior del alto homo, con el cual - se logra que el hierro y la escoria que se encuentran adentro en estado sólido pasen a estado líquido, y de esa manera puedan evacuarse por los orificios de salida. : La estación de contro! cuenta cón instrumentos que permiten regular y medir el flujo de los gases que alimentan a las lanzas. Se insertan termocuplas para medir la temperatura de : ese flujo de gases e indicar el estado térmico en el interior del alto horno. Las lanzas se operan desde la estación de control, funcionan aa máximaa potencia durante : 24 horas o más si se requiere, al mismo tiempo que algunas toberas se abren en el alto

horno para introducir aire caliente, aumentando la producción de hierro líquido; a partir de : ese momento el hierro fundido y la escoria llegan a los orifi cios de salida. Una vez que el metal caliente llega a las lanzas, éstas mostrarán « signos de qiiémado: se: retiran por medio de una grúa. Una vez retiradas, el metal líquido fluye pE ara poder salir yPermitir el normal funcionamiento del alto horno. E

Componentes:

1. Una (1) estación de control, conformada por: un (0) gabinete de instrumentos que : incluye un (1) computador portátil con un (1) mouse y un (1) registrador dd e datos. o Función: regular y medir el flujo de los gases. o -.2. Cuatro (4) lanzas en acero con. revestimiento - refractario, incluyen: seis (6) termocuplas, una (1) mirilla de 4-1/2” de 114 x 3 mm, dos (2) reductores con conexión DN50 a DN25, dos (2) válvulas antirretorno y dos (2) supresores de explosiones con : conexión DN25. Función: introducir los gases en el interior del alto horno o

3. Una (1) caja con 20 termocuplas. Función: registrar temperatura del hierro y ta . escoria que se encuentra dentro del alto horno. o

4. Diez (10) mangueras de goma de alta presión, 40 bar de presión, con brida conexión e -- DN5O. Función: transportar los gases del ¡origen a la estación de control y luego a las lanzas. l

RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600208 de 22 ago. 2022 Hoja No. 4

Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado De acuerdo con la información aportada, el conjunto de aparatos relacionados en los numerales 1 a 4, permite introducir una mezcla de gases en un alto horno, para generarel calor requerido durante el inicio y arranque, quedando comprendido arancelariamente en la partida 84.79 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la Regla General | -Interpretativa 1 del Sistema Armonizado, y se clasifica en la subpartida 8479.89.90.00 del : Arancel de Aduanas, conforme a la Regla General interpretativa 6. Teniendo en cuenta que, para el caso en particular, el servicio de clasificación arancelaria | tiene un valor equivalente a un salario mínimo mensual vigente acercado al múltiplo de mil más cercano, es decir, un millón sesenta y cuatro mil pesos mí/cte. ($1.064.000), de acuerdo con la transferencia bancaria número 2202BGI00268 del 18 de febrero de 2022, aportado para el trámite, queda un saldo a favor de un mil pesos mí/cte. ($1.000), que podrá utilizar para presentar una nueva solicitud, o en su defecto solicitar la devolución. En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de ClasificaciónArancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la

subpartida 8479.89.90.00 del Arancel de Aduanas, como un conjunto de aparatos que permite introducir una mezcla de gases en un alto horno, para generar el calor requerido durante el inicio y arranque, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto ' arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente - Resolución al señor (a) GLORIA INES CANCHILA PATERNINA identificado (a) con cédula de ciudadanía No. 42.207.058, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS GAMA S.A.S. NIVEL 1 con NIT 890.404.190-5, a la dirección electrónica manifestada por (el) o (la) interesado (a): ejimenezQaduanasgama.com - asesor01(Maduanasgama.com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. | o De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativose notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera : subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección: Av. El Arsenal 8B 39 en Cartagena, Bolívar, de conformidad con

  • lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019.

ARTÍCULO TERCERO. informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad - con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600208 de 22 ago. 2022 Hoja No.5Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado ' ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y

remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

- FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZ

Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ

  1. LAN ES de Nofificaciones

POR UNA cores amteat Bonotá DC ENS e certifiDcaI ASu s el Acto july ista Aa fue |

Consultar sobre este documento ...