DIAN - Resolución 6212 de 23-08-2022
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6212 de 23-08-2022
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2022
DIAN POR ! UNA COLOMBIA MÁS HONESTA | - RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600212 (23 ago. 2022) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE
LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA .
En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la | | Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes o
HECHOS .
Mediante radicado No. 23541 00000001 88 de 09 de abril de 2022, el (la) Sr. (a) JOSE LUIS -LONDOÑO CADAVID, identificado (a) con Cédula de Ciudadanía 70563744, Representante Legal de la sociedad 1.C. RIBON S.A., con NIT 900202606-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la - mercancía . denominada - técnica. y cComercialmente como “JUNTAS. O: EMPAQUETADURAS DE DISTINTA COMPOSICIÓN” o A El (la) interesado (a) adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: ficha técnica en tres (8) folios y comprobante de consignación. : El (la) solicitante pagó quinientos treinta y dos mil pesos mícte. ($ 532. 000 00) según Consignación número 101898096 del 08 de abril de 2022 del Banco de Bogotá. : Mediante Requerimiento de Información Adicional - RIA No. 82022000100165398000150 |
del 27 de abril de 2022 este Despacho solicitó al usuario (a): definir con exactitud la (s) pieza (s) en la cual (es) van montada las juntas; señalar la aplicación especifica, las piezasque las componen, la composición %, la presentación y el empaque, aclarar silos productos se encuentran reforzados, cuantas unidades vienen por empaque y aportar imagen del producto. El o- (la) usuario(a) responde mediante escrito radicado(s) No.- - E2022000100165398000070 del 13 de mayo <d e 2022, con 3 folios, sin renunciar al témino restante para dar respuesta. Este despacho rtr evisó de manera z integral la información contenida en los radicados antes mencionados, e identificó varias mercancías. Por lo' tanto, con oficio. No. S2022000100165398000360 del 26 de julio de 2022, se solicitó a (el) o (la) interesado (a) “elegir una mercancía a clasificar con la presente solicitud, para lo cual, contaba con 5 días : de acuerdo a. lo establecido en el artículo 314 de la Resolución 046 de 2019. Se recibe - respuesta con escrito radicado No. E20220001 0016539800021 9 del 30 ) de julio de 2022, en 4 folios, y se escogió la junta ded estanqueidad. o a A RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600212 de 23 ago. 2022 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Según lo señalado en el formato de la solicitud, se indicó que se notifique a (el) o (la) Sr (a)
JOSE LUIS LONDOÑO CADAVID, a la dirección electrónica manifestada por el interesado - (a) comribonQune.net.co - comprasribonGHgmail.com; o por correo en la dirección cr. 54 72 A 225, en Itagúí - Antioquia FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizadode Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. o Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas y Texto de partida Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente porlos textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas : partidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” Partida 84.84: SN ÓN “Juntas metaloplásticas; surtidos de juntas o empaquetaduras de distinta composición ' presentados en bolsitas, sobres o envases análogos; juntas mecánicas de estanqueidad.” Regla General! interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada
legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de | Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 302 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. O Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelariaa petición de cualquier interesado. - - CONSIDERACIONES DEL. DESPACHO Según la información suministrada con el radicado No. 235410000000188 de 09 de abril de 2022, E2022000100165398000070 del 13 de mayo de 2022 y E2022000100165398000219 del 30 de julio de 2022, la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como elemento sellante colocado entre piezas para aislar. RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600212 de 23 ago. 2022 Hoja NN o. 3 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - El producto a clasificar corresponde a una junta de estanqueidad o empaquetadura, la cual es una pieza formada de materiales blandos, que se ubica entre dos piezas para lograr unbuen ajuste entre ambas, evitando perdida o entrada de fluidos (aceite, agua, refrigerante,
combustible, etc.). Los materiales más utilizados para la fabricación de juntas son: caucho, - silicona, metal, corcho, fieltro, fibra de vidrio, polímeros y para algunos usos específicos contiene asbesto : Uso: Las juntas van ubicadas, en gatos hidráulicos, Boom, Arrastre, motor de giro, motorde traslación, gatos tensores, center join, porque siempre entre piezas de acero, hierro yaluminio, habrá una fuga de fluido y gases, por microscópica que sea y crecerá. Además, : donde hay movimiento y contacto aparece el desgaste, que en combinación con la corrosión |. genera fugas. donde debe mantener el sellado entre la cámara y el bloque, evitar fugas del ' tíquido refrigerante y aceite del motor, bajo las distintas temperaturas en que opera. En los automotores se reconocen múltiples aplicaciones para la empaquetadura en la z - culata, Carter, tapa válvulas y en las bombas de agua y aceite. La junta más importante es la que se coloca en la unión entre el bloqué y la culata, debido a 1 las altas temperaturas yo presiones que soporta. o EN o Función de las juntas y empaquetaduras: La función principal es lograr la estanqueidad del motor, donde se evite la fuga de lubricante o presión, también garantiza la hermeticidad delmotor. Otra función de las juntas de motor es proporcionar el sellado. de. los gases de : Combustión, aceite de lubricación y refrigerante. : o Presentación: Viene en empaque plástico de -8a+15 unidades de diferentes tamaños, pero mismas composiciones, en algunos casos, dependiendo del modelo de la máquina, viene
una junta (solo una por empaque) q« ue esta reforzada con aluminio alrededor y se conoce como guardapolvo. De acuerdo con la información anterior, arancelariamente el producto corresponde una : - junta empaquetadura reforzada con aluminio, cuya función es evitar la pérdida de fluidos entre la unión de piezas en automotores; 84.84 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y acorde con la Regla General Interpretativa 6, se clasifi ica en la subpartida 8484. 20. 00. 00 : del Arancel de Aduanas" e En mérito de lo anteriormente expuesto, el o la Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación : Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, o, l RESUELVE | ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8484.20.00.00 del Arancel de Aduanas, como una junta mecánica deestanqueidad, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el conteniddoe la presente Resolución al señor (a) JOSE LUIS LONDOÑO CADAVID identificado (a) con Cédula de - Ciudadanía No. 70563744, Representante Legal de la sociedad !.C. RIBON S.A. con NIT 900202606-5,...a: la. dirección electrónica manifestada por (el) o. (la) interesado. (a) comribonQune. net:co - comprasribonOgmail. com, de conformidad con lo establecido :
en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 RESOLUCIÓN NÚMERO 2022003980600212 de 23 ago. 2022 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier interesado de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la o o - resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y AduanasNacionales en la dirección cr 54 72 A 225 en Itagúí —- Antioquia de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado (a) que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE PAD $ 103 sar COSIdxe Sereect a EY 2022-08-23 /07:37:07 A.M. , X Fecha Acuse de Recibo $ dBess, . Flemad E e e Sa rmin De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA - - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera
Proyecto: MARIA TRÁNSITO HURTADO GARCIA — Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ EN DIARIOS oHaACcE a casal na
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