DIAN - Resolución 6213 de 10-05-2023
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
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Detalles
- Título
- DIAN - Resolución 6213 de 10-05-2023
- Autor
- DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
- Categoría
- Infralegal
- Área del derecho
- Tributario Aduanero y Cambiario
- Año
- 2023
- RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600213 (10 may. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria. a Petición de Cualquier Interesado EL (LA) JEFE E (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE : LA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA y . y En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3. 3. 1 del artículo 2 de la.
Resolución 070 de 2021 y teniendo en Cuenta los siguientes HECHOS “Mediante radicado No. 235410000000762 del2 3 de febrerod e 2023, la Sra. ANGELA: XIMENA TORRES. CELIS, identificada con Cédula de Ciudadanía 52.338.133, - Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS SA SNIVEL 2, con NIT 900300002-7, mandataria de la Sociedad NUPROXA COLOMBIA SA S con NIT. 900187365-0, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de - cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente como
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La interesada adjuntó a la solicitud los s siguientes documentos: ficha técnica en un (1) folio; $ mandato en un (1) folio y comprobante de consignación. OS La solicitante pagó quinientos noventa. y cuatro. mil pesos mícte. isla 000 00) segúnMl Consignación número 992587164 de 21 de febrero de 2023 del Banco de Bogotá. - Mediante Requerimiento de Información Adicional - -R IA No. 82023000100165398000099 :
-del 28 de febrero de 2023 este Despacho solicitó ala usuaria: informar sí el producto se encuentra formulado para ser usado como se comercializa, en caso de que su respuesta sea negativa, indicar como y en que proporciones se mezcla con el: alimento de los animales, y aportar una imagen clara de la etiqueta del producto, donde se visualicen las condiciones de uso y la composición. La usuaria responde mediante escrito radicado No. -E2023000100165398000147 del 02 de mayo de 2023, con 12 folios, sin renunciar. al término legal restante para dar respuesta. Según lo señalado enel formato de la solicitud, se indicó que se notifique a la Sra. ANGELA XIMENA TORRES CELIS, a la dirección electrónica manifestada por la interesada ximenatorresQaasecuritys.com - - corporativoQaasecuritys. com; 0 por correo en la o . dirección calle 94 a ta 53, en Bogotá, D. Cc. o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600213 de 10 may. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancias y su. anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8? de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena.
Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones, Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Notas y Partida Regla General interpretativa 1 “Los títulos de las secciones, de los capítulos o de los subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las notas de sección o de capitulo y, si no son contrarias a los textos de dichas partidas y notas, de acuerdo con las reglas siguientes:” Nota 1 Capítulo 23 Se incluyen en la partida 23.09 los productos de los tipos utilizados para la alimentación de los animales, no expresados ni comprendidos en otra parte, obtenidos por tratamiento de materias vegetales o animales y que, por este hecho, hayan perdido las características . -'esenciales de la materia originaria, excepto los desperdicios vegetales, residuos y subproductos vegetales procedentes de estos tratamientos.” Partida 23.09 “Preparaciones de los tipos utilizados para la alimentación de los animales”. Regla General Interpretativa 6 | | “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinada legalmente por los textos de estas subpartidas y de las notas de subpartida, así como, mutatis mutandis, por las reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse : subpartidas del mismo nivel. a efecto de esta regla, también se aplican las notas de sección y de capítulo, salvo disposición en contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 306, - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación
arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de impuestos y Aduanas - - Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria . a petición de cualquier interesado. CONSIDERACIONES DEL DESPACHO Según la información suministrada con radicados Nos. 235410000000762 de! 23 de febrero de 2023 y E2023000100165398000147 del 02 de mayo de 2023 la mercancía objeto de clasificación arancelaria, se describe como una materia prima de origen vegetal, utilizada como sustento nutricional en alimentos para animales. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600213 dea 10O may. 2023 Hoja No, 3 Continuación del acto administrativo por rel cual se expide una resolición de Clasifi icación. Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado E producto es una mezcla de harinillas. de trigo, harina de duraznillo blanco y almidón pregelatinizado de trigo. La harina de duraznillo blanco (también conocida como Solanum olaucophyllum) es $ una planta que contiene naturalmente 1,25-dihidroxicolecalciferol-glucósido, que es una fuente vegetal de la forma - bioactiva de vitamina D; como el contenido de 1,25dihidroxicolecalciferol-glucósido en la planta varía, se necesita una cantidad variable de harinillas de trigo (utilizada como vehículo) para la estandarización. Se añade almidón de trigo pregelatinizado por razones tecnológicas. pa Polvo fino que puede variar de color verde oscuro a verde claro de buená' fluidez, o
indicaciones de uso:: suplemento vitamínico en aves y cerdos, tipo de empaque o Composición ES : Duraznillo blanco (Solanum Glaucophyilum) Harinillas de trigo - Almidón pregelatinizado de trigo : Uso: Exclusivo para: la fabricación de: productos destinados : a:l a alimentación animal; : suplemento vitamínico en aves y cerdos. - Presentación: bolsas de 20 kg - Grado: alimenticio — animales De acuerdo con la composición el producest oun a mezcla de origen vegetal utilizado como. soporte nutricional en los preparados alimenticios de animalesde las especies avícola y porcina, arancelariamente se concluye que en aplicación de la Nota 1 del Capítulo 23 y Regla General Interpretativa 1 se clasifica.en la partida 23.09 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado y con fundamento en la Regla General Interpretativa 6 se clasifica en la Subpartida arancelaria 2309. 90.90.00 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe. (A) de la Coordinación de Clasifi icación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE . ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la Ñ subpartida 2309.90.90.00 del Arancel de Aduanas, como una preparación nutricional para alimentación animal, en aplicación de la Nota 1 de Capítulo 23 y las Reglas Generales “ Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto. arancelario, contenidas. en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. |
ARTÍCULO SEGUNDO. “Notificar de. manera electrónica, el contenido de la presente Resolución a la señora ANGELA XIMENA TORRES CELIS identificada con Cédula de Ciudadanía No. 52.338.133, Representante Legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS SECURITYS "S A. 5 NIVEL. 2 con NIT 9003000027, a la dirección electrónica manifestada por. la “interesada ximenatorresQaasecuritys.com'. -: corporativo Qaasecuritys. com de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del - Decreto 1165 de 2019: modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la són 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021, o RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600213 de 10 may. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado - De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo .a la dirección procesal informada por el Usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección calle 94 a 11 a 53 en Bogotá, D.C., de conformidad con lo - establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. o ARTÍCULO TERCERO. Informar a la interesada que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá
- interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011.
ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ÓN ARTICULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección . Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página web de la DIAN. -NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE 2023-05-40 / 09:25:58 A. M. . Fecha Acuse de Reciba Je AS Mes Firmado - De conformidad con la resolución No. 000019 del2 8 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita. FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA - Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera |
Proyecto: MARIA TRÁNSITO HURTADO GARCIA : :
Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ NJ UN
o o Coordinación de Notificaciones POR UNA COLOMBIA MÁS HONESTA Mivyel Central Bogotá DC . Se certifica que el Acto Administrativo fue publicado