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DIAN - Resolución 6215 de 10-05-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6215 de 10-05-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600215 o “Por la cual se expide" una Resolución de Clasificación Aráricelaria Z a Petición de Cualquier Interesado EL JEFE (A) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA E SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA o En usoo de las facultades legales « que le confiere el numeral 3.3.1 del: artículo 2 de la: Ñ Resolución 070 de 2021 y teniendo en cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000773 de 01 de marzo de 2023, el señor - OSCAR : ERNESTO NIETO MOLANO, identificado con cédulade ciudadanía No. 80809832, en calidad de Agente de Aduanas de la AGENCIA DE ADUANAS MOVE CARGO S.A NIVEL 1, con NIT 800,248.3224, mandataria de la sociedad BANCO DAVIVIENDA S.A, con NIT 860.034.313-7, presentó una solicitud de resolución de clasifi icación arancelaria a petición Ñ - de cualquier interesado para la mercancía denominada técnica y comercialmente “' UNIDAD .,

FUNCIONAL: LINEA TREFILADO EMPOWERS560/1 + S500/9”.

El interesado adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: descripción de la mercancía : [en cinco (5) folios, listado de equipos en un (1) folio, flujograma en dos (2) folios, planos en cinco (5) folios, mandato en ocho (8) folios y comprobante de pago en un. y) folio. ES

El solicitante pagó un millón ciento ochenta y ocho mil pesos Mcte ($ 1.188.000,00) según : Transferencias del 24 de febrero de 2022 y del 24 de febrero de 2023, al Banco de Bogotá. : Mediante » Requerimiento de Información Adicional - RIA No. S20230001001653980001 13 del 10 de: marzo de 2023 este Despacho solicitó al. usuario: indicar la. utilidad de la calaminadora en el proceso, señalar por qué hay un monobloque de la trefi ladora distinto a los otros nueve, informar si todos los dados o hileras trabajan simultáneamente y especificar | Ñ gué utilidad tiene el uso de carburo de tungsteno y de óxido de cromo en la operación, entre : | otros. El usuario responde mediante escrito radicado No. E2023000100165398000097 del 17 de marzo de 2023, con 2 folios, renunciando al tiempo restante para dar respuesta o | Según lo señalado en el formato de la: solicitud, se: “indicó que se “notifique. al señor. | SEBASTIAN FAJARDO OSORIO, a las direcciones electrónica manifestadas por el e | interesado: sebastian. fajardoQmovecargo. co - martha. molanoQmovecargo.cc o; o: por. correo en la dirección CRA 102A 425 H 45 Of.201, en Bogotá, D. e. o

o FUNDAMENTOS DE DERECHO o

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600215 de 10 may. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001, Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisión de la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto único de la Nomenclatura Común de los Países Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. - Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Textode partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo, ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichaspartidas y Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes:” (...) Nota 4 de la Sección XVI “Cuando una máquina o una combinación de máquinas estén constituidas por elementos individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, - cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 u 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice.” - Partida 84.63: “Las demás máquinas herramienta para trabajar metal o cermets, que no trabajen por arranque de materia.” : Regla General interpretativa 6:

“La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma partida está determinadalegalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, - mutatis mutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse : subpartidas del mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección y de Capítulo, salvo disposición en contrario.” - Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificacionesartículos 303 a 307, ; - mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadasc on las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas . Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria -. a petición de cualquier interesado. -ESOLOCIÓN NÚMERO 2023003980600215 de 10 may. 2023 Hoja No. 3 : - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado CONSIDERACIONES DEL. DESPACHO “Según ll a información suministrada con los radicados Nos. 235410000000773. de 01 de marzo de 2023 y E2023000100165398000097 del 17 de marzo de 2023, la mercancía al objeto de clasificación arancelaria se describe como una serie de máquinas y equipos que |. trabajan conjunta y coordinadamente en el trefi lado o reducción de un alambrón de acero - desde un diámetro o calibre en rangos de 5,5 mm hasta 1.20 mm, mediante operaciones |

z mecánicas sin arranque de viruta, utilizando dados reductores llamados hileras, diseñadas | e con un orificio cónico y angular por donde pasa el alambre friccionado. o | inicialmente, la materia prima es desen rollada por un equipo que efectúa la operación desde o chipas de alambrón de hasta 2.500 kg y 5,5 mm de diámetro; el portarrollos tiene un o diámetro de 650 mm y. altura de 3.100 mm, la polea superior tiene una altura aproximada : de 7.100 mm y cuenta con una unidad de potencia de 4,0 KW; la altura de la polea permite un mejor devanado sin formación de nudos; a continuación, el alambrón pasa por unadecalaminadora mecánica que elimina el óxido superficial (calamina) por limpieza mediante prensa estática para uso con lana de acero, residuo que se extrae mediante una brida de recolección de calamina para la: conexión con el sistema de extracción, Ñ “El alambrón pasa así a la trefi ladora, compuesta dd e diez bloques o hileras mecánicos para 2 el estirado en frío y formación del alambre; doble velocidad por los impulsos de avance, tiene 10 motores eléctricos principales, los rodillos de ingreso y los. rodillos sensores contienen carburo de tungsteno, así como las poleas y la zona de tiro contienen un recubrimiento cerámico de óxido de cromo; estos productos aumentan la vida útil del equipo : y evitan daños | por el desgaste de las bobinas al paso del alambre. Finalmente, el alambré con el calibre prógrámado: es recibido por un » enrollador en dofide

  • se forma el rollo de alambre trefilado de peso hasta 1 .500 kg, bobina de diámetro 600 mm, . velocidad de la máquina máximo de 25 m/seg, aire comprimido de presión 500/700 kPa; el. control de la operación se lleva a cabo desde un panel operador, que se fija junto a lamáquina, que incluye un monitor LCD y un teclado; la línea produce nominalmente de 0,7 |. 20,9 toneladas por hora de alambre trefi lado aproximadamente, para calibres desde 1 20 mm hasta 2,14 mm.

Lista de equipos: Ip 4, Un (1) desenrollador Doble Alambrón con base metálica, dos pivotes pora rollos, central N hidráulica, fabricado en acero al carbón.

2. Una (1) decalaminadora. mecánica con: base métálica y circuito de rodillos. internos quebrantadores, sistema de cepillado final, motor y cableado. a

3. Una (1) trefiladora, con estructura de chapa soldada, bloques de trefilado montados € en estructura, con acople. de accionamientos mecánicos Y transmisión, 10 motores eléctricos principales. 4. -Un (0). enrollador horizontal estático, con estructura de y chapa. soldada, bloque de enrollado, con acople de accionamientos mecánicos y transmisión, motor eléctricoo principal, plataforma giratoria d< e rosetado. nl o Z

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600215 de 10 may. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación

Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

5. Un (1) gabinete de control, con suministros eléctricos y cableado, con diagramas eléctricos. - De acuerdo con la anterior información, se establece que las máquinas y aparatos numerados del 1 al 5 arriba citados, consisten arancelariamente en una combinación de máquinas que funcionan conjunta y coordinadamente en el trefilado de alambrón, función que de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI y la Regla General Interpretativa 1, está comprendida en la partida 84.63 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, y de acuerdo con la Regla General interpretativa 6, se clasifica en la subpartida 8463. 10. 10.00 del

Arancel de Aduanas. En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (A) de la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, RESUELVE ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8463.10.10.00 del Arancel de Aduanas, como una máquina herramienta de trefilar alambrón de acero, de acuerdo con la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. -. | ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presenteResolución al señor SEBASTIAN FAJARDO OSORIO identificado con cédula de ciudadanía No. 80197801, Representante Legal de la AGENCIA DE ADUANAS MOVE

CARGO S.A. NIVEL 1 con NIT 800.248. 322-4, alas direcciones electrónica manifestadas por el interesado: sebastian. fajardo(Omovecargo. co - martha.molano(Mmovecargo.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artícu31l9 od e la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección CRA 102A +25 H 45 Of.201 en Bogotá, D.C, de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de laa Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119

de la Ley 489 de 1998. o ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección : RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600215 de 10 may. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica - Aduanera para lo de su competencia y publíquese en la página webde la DIAN. NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASEET o ae 202305: 10 /09:30:14A . M. e Fecha ¿Acuse de Recibo ; Ny¿HiFriaramdaod o+ . l De conformidad 'con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y. remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita,

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

Proyecto: LUIS ALBERTO'CAMARGO CAMACHO Revisó: FIDEL RAUL MINOTTA BENITEZ 2) LAA ISP : Coordinación de Notiieácione

POR UMA COLOMBIA mas Momesza Mivo! Central Bogotá DC Se certifica que el Acto Administrativo fue publicado o

EN _DIAETO DEICIAL EDICION No

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