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DIAN - Resolución 6226 de 17-05-2023

DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales

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Detalles

Título
DIAN - Resolución 6226 de 17-05-2023
Autor
DIAN - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Categoría
Infralegal
Área del derecho
Tributario Aduanero y Cambiario
Año
2023

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600226 (17 may. 2023) Por la cual se expide una Resolución de Clasificación Arancelaria : a Petición de Cualquier Interesado EN EL JEFE (a) DE LA COORDINACIÓN DE CLASIFICACIÓN ARANCELARIA DE LA sE : SUBDIRECCIÓN TÉCNICA ADUANERA : ds, En uso de las facultades legales que le confiere el numeral 3.3.1 del artículo 2 de la Resolución : 070 de 2021 y tenierido e€ n cuenta los siguientes HECHOS Mediante radicado No. 235410000000617 de 17 de noviembris de 2022, la Sra. DAYAN BIBIANA. JIMENEZ URIBE, identificada con cédula de ciudadanía 52.804.369, agente de aduanas de la AGENCIA DE ADUANAS COLVAN S.A.S NIVEL | con NIT 860.004.662-4, mandataria de la - sociedad NETAFIM COLOMBIA S.A.S. con NIT 890.300.012-5, presentó una solicitud de resolución de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado para la mercancía denominada. iSenicamente: como “SISTEMA DE RIEGO" y comercialmente “PIVOTE DE 6 TORRES”. : La interesada adjuntó a la solicitud los siguientes documentos: descripción del sistema y listado de - equipos a importar en dos (2) folios, diagrama de flujo del sistema con imágenes en un (1) folio; — || datos de los componentes « end os (2) folios, consignación bancaria en un AA folio, mandato en dos : | (2) folios. o La solicitante pagó un millón sesenta y cuatro mil pesos mícte. ($ 1.064.000) según consignación ]

bancaria número 1008040740 del 4 de noviembre de 2022 del Banco de Bogotá. : Mediante Requerimiento de Información AdicionalRIA $2022000100165398000678 del 13. de E diciembre de 2022, este Despacho solicitó al usuario (a): explicar el proceso que realiza el conjunto de los componentes que se importan, sin incluir los aparatos, equipos y elementos que ya existen | en la finca; indicar si entre los componentes se incluyen los elementos que conforman un centro de cabecera (filtros de malla, inyectores, válvulas, reguladores de presión, manómetros, etc.), o estos ya existen en el predio; adjuntar un cuadro con el listado de los componentes que se importan, - - indicando cantidad exacta, función, características técnicas y elementos auxiliares que incluye cada || uno; precisar la forma en que el sistema motriz permite el movimiento de cada torre, cómo opera el controlador electrónico, y dónde se ubica); anexar una imagen en donde se observe totalmente lamercancía. Con solicitud realizada en el sistema de fecha 6 de febrero de 2023 la interesada solicito - prórroga para dar respuesta, la cual fue autorizada con oficio No. S2023000100165398000065 del 8 de febrero de 2023. La usuaria responde mediante radicados Nos. E2023000100165398000113,- E2023000100165398000114, — -E2023000100165398000115, E2023000100165398000116, E2023000100165398000117 y E2023000100165398000118 del 31 de marzo de 2023, con 31 MM

folios, sin renunciar al término restante para responder, . El acto administrativo. se notificará al representante legal de la , AGENCIA DE ADUANAS COLVAN : S.A.S NIVEL |, Sr. MIGUEL ÁNGEL FLÓREZ PALACIOS con cédula de ciudadanía 79.724.655. | il (según consulta del RUT hecha por esta Coordinación el 27 de abril de 2023), a la dirección - | RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600226 de 17 may. 2023 Hoja No. 2 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de ClasificaciónArancelaria a Petición de Cualquier Interesado electrónica manifestada por la interesada: subgerente. .ce(Ocolvan.com.cocontroller.operativo(Ocolvan.com.co; o por correo en la dirección: AV DORADO + 96 A 47, en Bogotá, D.C. FUNDAMENTOS DE DERECHO Convenio del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías y su anexo, aprobado por Colombia mediante Ley 646 de 2001. Acuerdo de Cartagena aprobado por Colombia mediante Ley 8 de 1973. Decisión 885 de la Comisiónde la Comunidad Andina, mediante la cual se aprobó el Texto únicode la Nomenclatura Común de los Paises Miembros del Acuerdo de Cartagena. Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones, por el cual se adopta el Arancel de Aduanas y otras disposiciones. Para el caso en estudio se consideran las siguientes Reglas, Nota y Textos de partida: Regla General Interpretativa 1: “Los títulos de las Secciones, de los Capítulos o de los Subcapítulos solo tienen un valor indicativo,

ya que la clasificación está determinada legalmente por los textos de las partidas y de las Notas de -: - Sección o de Capítulo y, sí no son contrarias a los textos de dichas partidas yA Notas, de acuerdo con las Reglas siguientes” - Nota 4 de la Sección XV: “Cuando una máquina O una combinación de máquinas estén constituidas por elementos l individualizados (incluso separados o unidos entre sí por tuberías, órganos de transmisión, cables eléctricos o de otro modo) para realizar conjuntamente: una función netamente definida, comprendida en una de las partidas de los Capítulos 84 uy 85, el conjunto se clasifica en la partida correspondiente a la función que realice:” Partida 84.24: “Aparatos mecánicos (incluso manuales) para proyectar, dispersar o pulverizar materias líquidas O ' en polvo; extintores, incluso cargados, pistolas aerográficas y aparatos similares; máquinas y aparatos de chorro de arena o de vapor y aparatos de chorro similares.”. : Regla General interpretativa 6: “La clasificación de mercancías en las subpartidas de una misma. partida está determinada . legalmente por los textos de estas subpartidas y de las Notas de subpartida así como, mutatismutandis, por las Reglas anteriores, bien entendido que solo pueden compararse subpartidas del - mismo nivel. A efectos de esta Regla, también se aplican las Notas de Sección yod e Capítulo, salvo disposición en 1 contrario.” Decreto 1165 de 2019 del Gobierno Nacional y sus modificaciones - artículos 303 a 307, mediante el cual se dictan las disposiciones relacionadas con las solicitudes de clasificación arancelaria a:

  • petición de cualquier interesado.

Resolución 046 de 2019 y sus modificaciones de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales mediante las cuales se reglamentan las solicitudes de clasificación arancelaria a petición de cualquier interesado. RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600226 de 17 may. 2023 Hoja No. 3 - Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación - ¿Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado CONSIDERACIONES DEL DESPACHO - Según la información suministrada con los radicados Nos. 2354100000017 « de 17 de noviembre de 2022, -E2023000100165398000113, +: .E2023000100165398000114, : E2023000100165398000115, E2023000100165398000116, E2023000100165398000117 y E2023000100165398000118 del 31 de marzo de 2023, la mercancía objeto de clasificación arancelaria se describe como una combinación de aparatos y accesorios que trabajan en conjunto para hacer el riego por aspersión, para uso en agricultura, mediante el siguiente proceso: El sistema se abastece de un pozo profundo ubicado en la finca, alimentando por bombeo una red | existente, la cual se comunica mediante tubería enterrada hasta el codo inicial del pivote €c entral.

El sistema: de riego mecanizado por aspersión (objeto de clasifici cación arancelaria) comienza desde . el codo inicial del pivote; cuenta con tubería de: conducción. metálica de 6”, de la que «salenderivaciones de %” conformadas por una bajante de polietileno (manguera) de 3, un regulador de :

presión de 10 PS! con su respectiva pesa para evitar el movimiento causado por el viento, un. aspersor de Ya de rosca macho NPT (ubicado entre la pesa y el regulador de presión). La distribución anterior se repite por cada torre de riego (en total son 6 torres); cada una se muevede manera autónoma con ayuda de motorreductores de 0,75 HP (los cuales transmiten el movimiento a unos cardanes que van acoplados a los engranajes de transmisión que mueven las ruedas) y dos llantas tipo tractor de 14.9” x 24”. Al final de las 6 torres se ubica un cañón final de 2. -el cual es impulsado por una motobomba “booster” de 2 HP. La conf iguración del pivote central se lleva a cabo por la rotación de las 6 torres con aspersores distribuidos equidistantemente por toda la tubería de conducción:: El. sistema cuenta con un controlador electrónico o tablero de Control que da órdenes a los motorreductores de cada torre; está localizado en la torre central; allí llega la corriente que alimenta il el pivote y a través de sistemas electrónicos envía las señales eléctricas alos diferentes mecanismos del equipo para permitir el funcionamiento, que consiste en: arranque y parada de los motores ubicados en cada torre, funcionamiento adelante o atrás, aumento y disminución de lavelocidad, operación de la bomba “booster” y de la válvula eléctrica de 2” para funcionamiento delcañón final, parada de seguridad, voltímetro, contador de horas, parada. y arranque por presión, parada por temperatura. )HComponentes:

e Seis (6) torres de alto perfi 11203, 5 (62 m) de largo y5m de alto, con una tubería metálica principal | de 6" de diámetro (372,18 m), incluyen: una (1) luz final, cables eléctricos (384 m, tornillería, tensores, seis (6) mangueras de conexión entre las torres... o 2. Un (1) voladizo de alto perfil 84 (25, 6 m) de largo y 5mde alto, con unaa tubería metálica principal N de 6" de diámetro; incluye: una Mm válvula eléctrica 2” e |

3. Doce (12) engranajes de transmisión umc 740U-AD 50: 4 o 4, Seis (6) motorreductores 44/37 RPM=0, 75 HP umc |

5. Ciento cincuenta y cuatro (154) aspersores ' “Komet Twister kr" de y

6. Ciento cincuenta y cuatro (154) reguladores de piesión de 10 psi de Y rodea hembra NPT TY Ciento cincuenta y cuatro (154) cuellos de descarga ses ncillos de 180" x Y con rosca hembra - NPT inet!

8. Ciento cincuenta y cuatroo (1 54) bajantes dd e polietileno con pesa , de O. 85 lb.

RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600226 de 17 may. 2023 Hoja No. 4 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado

9. Un (1) cañón final de 2”.

10. Una (1) motobomba de 2 HP tipo “booster”.

11. Un (1) “Icontrol Remote” de pivote estándar.

12. Seis (6) juegos llantas 14.9" X 24"; cada juego por dos (2) llantas.

13. Una (1) válvula de engranaje de 8” con reductor.

14. Un (1) medidor de flujo “Woltmann” 8" DN200mm PN16 con “Chronos meter”, |

15. Una (1) bomba dosificadora DOSTEC50P-750 l/n - 13 bares. 16.U n (1) agitador de turbina trifásico de pinza y barra de 1,5 m.

17. Un (1) generador de corriente de 35 KVA con motor diésel y tablero de control.

18. Una (1) torre central; incluye: un (1) codo inicial de torre, un (M pivot flex”, un (1) codo inferior torre, un (1) tubo elevador. l

19. Un (1) tablero de control; incluye: cinco (5) cajas eléctricas intermedias, una (1) caa ja eléctrica final con “control remote”.

20. Un (1) manómetro.

Considerando lo anterior, se concluye que la combinación de los aparatos y accesorios relacionados en los numerales 1 a 20 trabajan en conjunto para hacer riego por aspersión, para uso en agricultura, - quedando comprendido arancelariamente en la partida 84.24 de la Nomenclatura del Sistema Armonizado, de acuerdo con las disposiciones de la Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de la - Regla General interpretativa 1 del Sistema Armonizado; y se clasifica en la subpartida

  • 8424.82.21. 00 del Arancel € del Aduanas, conforme a la Regla General Interpretativa 6.

En mérito de lo anteriormente expuesto, el Jefe (a) de la Coordinación de Clasificación + Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera, e RESUELVE : ARTÍCULO PRIMERO. Clasificar la mercancía descrita en la presente resolución en la subpartida 8424.82.21.00 del Arancel de Aduanas, como un sistema de riego por aspersión, de acuerdo con la -Nota 4 de la Sección XVI, en aplicación de las Reglas Generales Interpretativas 1 y 6 del mencionado texto arancelario, contenidas en el Decreto 1881 de 2021 y sus modificaciones. ARTÍCULO SEGUNDO. Notificar de manera electrónica, el contenido de la presente Resolución al señor MIGUEL ÁNGEL FLÓREZ PALACIOS identificado con cédula de ciudadanía No. 79.724.655, representante legal de la sociedad AGENCIA DE ADUANAS (CCOLVAN S.A.S NIVEL | con NIT 860.004.662-4, a la dirección electrónica manifestada por elo interesado: subgerente.ce(OWcolvan.com.co - controller.operativo(Wcolvan.com.co, de conformidad con lo establecido en el artículo 759 del Decreto 1165 de 2019 modificado por el artículo 137 del Decreto 360 de 2021; artículo 319 de la resolución 046 de 2019 modificado por el artículo 114 de la resolución 039 de 2021. De no ser posible la notificación. en forma electrónica, el presente acto administrativo se notificará

por correo a la dirección procesal informada por el usuario, o de manera subsidiaria mediante aviso en el sitio web de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales en la dirección: AV DORADO + RESOLUCIÓN NÚMERO 2023003980600226 de 17 may. 2023 Hoja No. 5 Continuación del acto administrativo por el cual se expide una resolución de Clasificación Arancelaria a Petición de Cualquier Interesado 96 A 47 en Bogotá, D.C. de conformidad con lo establecido en los artículos 763 y 764 del Decreto 1165 de 2019. ARTÍCULO TERCERO. Informar al interesado que contra el presente acto administrativo procede recurso de apelación ante la Subdirección Técnica Aduanera, el cual deberá interponerse dentro de los diez (10) días siguientes a su notificación, de conformidad con lo establecido en el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019 y los artículos 74 y siguientes de la Ley 1437 de 2011. - ARTÍCULO CUARTO. Ordenar una vez en firme, la publicaciónde la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 305 del Decreto 1165 de 2019, el artículo 319 de la Resolución 046 de 2019, el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011 y el Artículo 119 de la Ley 489 de 1998. ARTÍCULO QUINTO. Remitir una vez en firme, copia del presente acto administrativo, por medio de la Coordinación de Correspondencia y Notificaciones de la Subdirección Administrativa a la Coordinación de Clasificación Arancelaria de la Subdirección Técnica Aduanera para lo de su.

competencia y publiquese en la página web de la DIAN. - NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE - De conformidad con la resolución No. 000019 del 28 de marzo de 2018, esta firma electrónica tiene plena validez y remplaza en todos sus efectos a la firma manuscrita.

FABIAN ALBERTO GARCIA CASTAÑEDA

Jefe (A) Coordinación de Clasificación Arancelaria Subdirección Técnica Aduanera

- Proyecto: EDDIE FERNANDO GUTIERREZ RAMIREZ

Revisó: CLAUDIA ALEJANDRA JURADO ZAPATA

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